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CAPITULO V

DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION, OPINION
Y DIFUSION DEL PENSAMIENTO

 

 A. CONSIDERACIONES GENERALES

 

EL articulo IV de la Declaraci�n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre reconoce que "Toda persona tiene derecho a la libertad de investigaci�n, de opini�n y de expresi�n y de difusi�n del pensamiento por cualquier medio".

A su vez, la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos, desarrollando el concepto de libertad de expresi�n, ha precisado que �sta consiste en "el derecho a transmitir por cualquier medio de comunicaci�n social los hechos y las ideas) pero, tambi�n, por otro lado, la libertad exige el derecho que le asiste a toda persona a conocer las informaciones sin interferencias, cualesquiera que �stas sean".1

Ampliando esos conceptos, la Comisi�n ha agregado:

La interdependencia de los pueblos de Am�rica exige la mayor comprensi�n entre los mismos, pare cuya efectividad es indispensable la libre informaci�n de las ideas y de las noticias. Para el logro de los fines antes mencionados, los medios de informaci�n deben estar librea de todo g�nero de presi�n o imposici�n y quienes utilizan los medios de informaci�n asumen una gran responsabilidad ante la opini�n p�blica y deben, por lo tanto, ser fieles a la verdad de los hechos.

La libertad de expresi�n es universal y encierra en su concepto la facultad jur�dica que asiste a toda persona, individual o colectivamente considerada, pare expresar, transmitir y difundir su pensamiento, paralela y correlativamente, la libertad de informarse tambi�n es universal y entra�a el derecho colectivo de las personas a recibir la informaci�n que los dem�s las comunican sin interferencias que la distorsionen.2

Un aspecto en el que ha insistido reiteradamente la Comisi�n ea que la libertad de expresi�n no puede ejercerse plenamente si existe un clima de temor e inseguridad, como es el que generan los prolongados estados de emergencia. En tales circunstancias, ha sostenido la Comisi�n, no puede desarrollarse aut�nticamente una libertad de expresi�n ni los ciudadanos pueden informarse adecuadamente; ello, a su vez, contribuye a crear las condiciones para que se vulneren otros derechos humanos.3

En el caso espec�fico de Paraguay, la libertad de expresi�n y opini�n y particularmente su ejercicio mediante la libertad de prensa, adquiere una especial importancia ya que a trav�s de ella puede ser posible --como efectivamente lo ha sido en algunos per�odos de la historia reciente paraguaya-- la difusi�n de noticias que permitan contribuir a corregir abusos de las autoridades, lo cual resulta importante de se�alar en una sociedad caracterizada por la concentraci�n del poder pol�tico, la carencia de instituciones verdaderamente aut�nomas y la falta de efectividad de los poderes legislativo y judicial para fiscalizar y controlar al Poder Ejecutivo.

En este cap�tulo la Comisi�n se referir� al r�gimen legal aplicable a las libertades de opini�n y expresi�n en el Paraguay, a la situaci�n en que se encuentran los diferentes medios de comunicaci�n en la pr�ctica, con especial referencia a ciertos restricciones espec�ficas que han padecido los medios de comunicaci�n y los periodistas paraguayos.

 

B. EL REGIMEN LEGAL

La Constituci�n de Paraguay de 1967 consagra en su art�culo 71 la libertad de expresi�n y de pensamiento en los siguientes t�rminos:

La libertad de pensamiento y la de opini�n quedan garantizadas por igual pare todos los habitantes de la Rep�blica. No se permitir� predicar el odio entre los paraguayos, ni la lucha de clases, ni hacer la apolog�a del crimen o de la violencia. La cr�tica de las leyes es libre, pero nadie podr� proclamar la desobediencia a lo que ellas disponen.

Disposiciones siguientes regular este derecho en los t�rminos que a continuaci�n se transcriben:

Art. 72. La libertad de expresi�n y la de informaci�n, sin censura previa, son inviolables, y no se dictar� ninguna ley que las limita o imposibilite, salvo en lo referente a las prohibiciones del art�culo anterior. En tiempo de guerra, las informaciones sobre asuntos relacionados con la seguridad de la Rep�blica y la defensa nacional podr�n ser censuradas.

Art. 73. Ser� libre el ejercicio del periodismo en cualquiera de sus formas. No se admitir� la prensa sin direcci�n responsable, ni la publicaci�n de temas inmorales.

Art. 74. Ninguna persona o empresa editora de peri�dicos, as� como ninguna difusora de radio o televisi�n, podr� recibir subvenci�n de fondos p�blicos o privados del extranjero sin autorizaci�n del Gobierno.

Art. 75. En los procesos que se promovieron con motivo de publicaciones de cualquier car�cter, que afectaren el honor, la reputaci�n o la dignidad de las personas y que se refiriesen a delitos de acci�n penal privada, o a conductas privadas que esta Constituci�n y la ley declarar exentas de la autoridad de los magistrados, no ser� admisible la prueba de la verdad ni de la notoriedad de tales hechos. Dichas pruebas ser�n admitidas cuando el proceso se promueva por la publicaci�n de censures a la conducta oficial de los funcionarios p�blicos, y en los dem�s casos que establezca expresamente la ley.

A pesar de las garant�as constitucionales a que se ha hecho referencia, el ejercicio de las libertades de opini�n, expresi�n y difusi�n del pensamiento ha encontrado serios obst�culos regales derivados de la situaci�n jur�dica general a que se ha hecho referencia en el cap�tulo I. La restricci�n incluida en el art�culo 71 referida a la prohibici�n de "predicar el odio entre los paraguayos, ni la lucha de clases, ni hacer la apolog�a del crimen o de la violencia" ha sido empleada repetidamente por el Gobierno pare silenciar simples expresiones de disconformidad de la oposici�n. Tambi�n ha cumplido este papel la disposici�n que prohibe proclamar la desobediencia a lo dispuesto por las leyes. A su vez, estas disposiciones han servido de base a legislaci�n de contenido claramente represivo.

De un modo especial, las leyes 294 de 1955 y 209 de 1970 incluyen importantes restricciones al ejercicio de tales derechos. As� el art�culo 8� de la Ley 294 de 1955 prescribe que si algunos de los delitos penados en esa Ley sobre "Defensa de la Democracia" fueren cometidos "por medio de la prensa, la radiodifusi�n o agencia de noticias e informaciones, la publicaci�n, radioemisora o agencia ser� suspendida por un per�odo de uno a seis meses y clausurada en caso de reiteraci�n o reincidencia, sin perjuicio de la sanci�n penal que corresponda a 1O8 culpables, y los libros, folletos, peri�dicos, proclamas y cualesquiera impresos ser�n decomisados"

A su vez, la Ley 209 de 1970 llamada "De Defensa de la Paz P�blica y Libertad de las Personas" contiene disposiciones que por su excesiva vaguedad y generalidad pueden constituir --y de hecho han constituido-- serias restricciones a las libertades de expresi�n y de opini�n, como es el caso de su art�culo 4�, el que sanciona con uno a seis a�os de penitenciar�a al que "por cualquier medio predicare p�blicamente el odio entre paraguayos o la destrucci�n de las clases sociales".

M�s grave a�n es el texto del art�culo 8� de la Ley 209 de 1970, el cual contempla nada menos que el delito de opini�n al sancionar con una pena de hasta cinco a�os de Penitenciar�a a quienes "introduzcan, impriman, mantengan en dep�sito, distribuyan o vendan folletos, revistas, l�minas, peri�dicos, pel�culas cinematogr�ficas o televisivas de la doctrine o sistema ..." "... de cualquier partido comunista u organizaci�n que se proponga destruir por la violencia al r�gimen democr�tico republicano de la Naci�n".

13. Si en alg�n aspecto el car�cter autoritario del r�gimen paraguayo ha quedado de manifiesto ha sido precisamente por las severas limitaciones existentes pare el ejercicio de las libertades de expresi�n y del pensamiento. Tales restricciones, como se ver� a continuaci�n, no s�lo han constado en la legislaci�n a la que se ha hecho referencia, sino tambi�n tales restricciones han tenido vigencia en la pr�ctica.

 

C. SITUACION DE HECHO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL

14. Para entender la vigencia que en la pr�ctica tienen la libertad de expresi�n y de opini�n en Paraguay resulta importante se�alar que la propiedad de la gran mayor�a de los diferentes medios de comunicaci�n est� en manos de personas que tienen estrechas vinculaciones, algunas incluso de orden familiar, con el Presidente Stroessner, o que, al menos, mantienen una posici�n conformista frente al r�gimen imperante. Como se ver� luego, si bien han existido y a�n subsisten medios de comunicaci�n disidentes del Gobierno, �stos han sufrido persecuciones que han hecho sumamente dif�cil el ejercicio de un periodismo libre e independiente.

En lo que respecta a la prensa escrita, despu�s de la clausura en agosto de 1984 del peri�dico "ABC Color" y del cierre de "La Tribuna", en la actualidad los cuatro principales diarios que se editan en Asunci�n son "Ultima Hora", "Hoy", el "Diario Noticias" y "La Patria". Salvo el primero de ellos que mantiene una l�nea independiente y que espor�dicamente incluye informaciones que contienen elementos de cr�tica al Gobierno, los otros est�n vinculados, por lazos familiares, con el Presidente Stroessner o, como el caso de "La Patria", constituye el �rgano oficial del Partido Colorado de Gobierno.

Los �nicos �rganos de prensa escritos disidentes del r�gimen son el peri�dico semanal EL Pueblo, del Partido Revolucionario Febrerista y el quincenario Sendero de la Iglesia cat�lica, los cuales, no obstante, tienen una circulaci�n relativamente limitada.

La Comisi�n debe informar que en el mes de agosto de 1987, y mientras el Gobierno de Paraguay se encontraba realizando las observaciones al presente Informe, procedi� a clausurar el peri�dico "EL Pueblo", eliminado as� una de las dos publicaciones independientes que a�n subsist�an en ese pa�s.

A ellos cabr�a agregar la revista mensual "Nuestro Tiempo" dirigida por el Obispo del Chaco, Monse�or Medina, pero que se publica en Foz de Iguazu, 8rasil. A ese respecto cabe agregar que esa revista, como en general todas las publicaciones extranjeras, no puede circular libremente en el Paraguay puesto que requieren de una especial autorizaci�n para ser internadas, la que suele denegarse si tales publicaciones contienen art�culos o informaciones que el Gobierno considera inconvenientes.

En relaci�n a las radioemisoras debe se�alarse que de las aproximadamente cincuenta que hay en Paraguay, con la sola excepci�n de radio C�ritas de la Iglesia Cat�lica, de Radio Primero de Marzo y, hasta enero de 1987, de Radio �andut�, todas ellas pertenecen al partido de Gobierno o a personas vinculadas al r�gimen, por lo cual sus informaciones y comentarios generalmente son laudatorios al Gobierno y no incluyen los puntos de vista de los grupos opositores.

En lo que ata�e a la televisi�n, debe mencionarse que en el Paraguay existen s�lo dos canales de televisi�n. Uno es estatal y el otro es de propiedad de una persona estrechamente vinculada al actual r�gimen. Sus programas noticieros son cuidadosamente autocensurados sin que incluyan informaciones o comentarios que pudiesen ser perjudiciales al Gobierno.

La propiedad de los medios de comunicaci�n --concentrada primordialmente el allegados al Presidente-- y las graves dificultades que han encontrado los �rganos de prensa independientes o disidentes explican el clima de autocensura que en general caracteriza a los medios de comunicaci�n social en Paraguay.

A lo anterior resulta necesario agregar que, especialmente a partir de abril de 1983 recrudeci� en contra de las personas independientes que operan en los medios de comunicaci�n social una fuerte represi�n gubernamental caracterizada por arrestos, detenciones u hostigamientos ilegales de periodistas y clausuras y cierres de peri�dicos o radios. Las expresiones m�s graves de tales atentados han sido la clausura del peri�dico "ABC Color" y la suspensi�n de sus transmisiones de la radioemisora �andut�.

 

D. EL CASO DE "ABC COLOR"

Posiblemente la clausura indefinida del peri�dico "ABC Color" constituya el caso m�s grave de violaci�n a la libertad de expresi�n y de opini�n, puesto que se trataba del peri�dico m�s importante del pa�s con una circulaci�n diaria de 75.000, ejemplares que llegaba casi a los 100.000 el d�a domingo.

EL 16 de marzo de 1984 el Director del peri�dico, Aldo Zucolillo, fue arrestado por negarse a revelar el nombre del reportero que hab�a escrito una informaci�n en la quo citaba unas declaraciones contrarias al Gobierno del dirigente del MOPOCO, se�or Miguel Angel Gonz�lez Casabianca. Luego, el 22 de marzo de 1984 el Ministro del Interior doctor Sabino A. Montanaro dispuso la suspensi�n, por tiempo indeterminado, del diario "ABC Color" a partir de oso d�a.

Invocando las disposiciones constitucionales y regales que prohiben expresamente "practicar el odio entre los paraguayos", "la lucha de clases", y "hacer la apolog�a del crimen o de la violencia", y que exig�a que "la cr�tica de las leyes ea libre, pero nadie podr� proclamar la desobediencia a lo que ellas disponen", el Ministro del Interior sobre la base de considerar que "el Diario ABC Color ha violado sistem�ticamente y con conocimiento de cause los preceptos de la carta magna, en un af�n permanente de subvertir el orden p�blico, poniendo en peligro la paz de la Rep�blica y la estabilidad de las instituciones, con la pr�dica diaria de opiniones de corte sedicioso, ya sea en sus editoriales o sirviendo de vocero permanente de grupos pol�ticos irregulares, desprovistos de sustentos jur�dicos e institucionales, promoviendo as� un estado de confusi�n, de intranquilidad en la opini�n p�blica y creando la alarma social" dispuso tan dr�stica medida, la que se mantiene en vigencia hasta la fecha de la aprobaci�n del presente informe.

La clausura indefinida del diario "ABC Color" fue seguida por otras medidas adoptadas por el Gobierno, las que inequ�vocamente demuestran el af�n de �ste de impedir en el futuro la reaparici�n de este importante peri�dico. Entre esas medidas debe recordarse el desmantelamiento de la empresa editora AZE$A, de propiedad tambi�n del se�or Aldo Zucolillo, as� como tambi�n la prohibici�n de publicaci�n de otras publicaciones de la referida empresa, como la revista de deportes "Extra Deportivo" y la publicaci�n "Suplemento Educacional", destinada a la ni�ez y que el Gobierno clausurara "por razones de seguridad interna".

La clausura indefinida de ABC Color fue denunciada a la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos, la cual bajo el No. 9250 abri� un caso al respecto y con fecha 17 de mayo de 1984 adopt� una resoluci�n. En dicha resoluci�n la Comisi�n consider� que la suspensi�n indefinida del diario ABC Color, sin que mediara ning�n tipo de proceso en el cual pudieran sustentarse las acusaciones vertidas contra ese medio de comunicaci�n y en el cual los personeros del mismo pudieran ejercer su derecho de defensa, constitu�an graves violaciones a las disposiciones de la Declaraci�n Americana de Derechos y Deberes del Hombre que consagran los derechos a la libertad da investigaci�n, opini�n, expresi�n y difusi�n del pensamiento, as� como el derecho a proceso regular.

La Comisi�n en la mencionada resoluci�n recomend� al Gobierno del Paraguay que dejara sin efecto la resoluci�n No. 227 de 22 de marzo de 1984 del Ministerio del Interior, permitiendo, de conformidad con las leyes vigentes, la libre impresi�n y circulaci�n del diario ABC Color.

 

E. EL CASO DE RADIO �ANDUTI

Uno de los casos que mejor puede ilustrar las adversas condiciones en que se ejercitan las libertades de expresi�n y opini�n lo constituye el de Radio �andut�, la que con una alta sinton�a se hab�a caracterizado por radiar noticias y comentarios que inclu�an elementos de cr�tica al Gobierno.

A partir de 1983, hasta su cierre temporal en enero de 1987, Radio �andut� fue objeto de diversos hostigamientos y de medidas que importaban una clara violaci�n a los derechos que se analizan en este cap�tulo, como son los que se exponen a continuaci�n.

As�, el 9 de julio de 1983 el Ministerio del Interior dispuso el cierre de la radioemisora por un t�rmino de 30 d�as. Posteriormente, el 22 de septiembre de 1983, se clausur� su programa llamado "SUPERONDA" y al Director de la radio, Sr. Humberto Rub�n, se le prohibi� participar en sus propios programas, medida que se mantuvo vigente hasta el 10 de noviembre de 1983. Asimismo, desde el 5 de noviembre de 1984, tambi�n se le prohibi� actuar como locutor de programas radiales en general.

EL 17 de enero de 1984 el Sr. Humberto Rub�n fue llamado a comparecer ante el Director de la Administraci�n Nacional de Telecomunicaciones (ANTELCO) Sr. Angel Barbosa, quien le previno no transmitir noticias referentes a agrupaciones que no fueran verdaderos partidos pol�ticos autorizados. Por disposici�n de la ANTELCO, mediante Resoluci�n N� 1009 del 9 de agosto de 1985, se determin� nuevamente la clausura de la radioemisora, esta vez por el t�rmino de 10 d�as.

Al Sr. Humberto Rub�n se le volvi� a detener el 3 de diciembre de 1985, manteni�ndosele arrestado, por unas pocas horas, en la Estaci�n Central de la Polic�a, en la capital, Asunci�n, donde fue advertido por el Director del Departamento de Orden P�blico, Sr. Carlos Schreiber, de que deb�a cambiar 8U posici�n editorial o lo expulsar�an del pa�s. La emisora radial fue clausurada nuevamente a principios del mes de enero de 1986, por espacio de 15 d�as, acusada de contribuir a crear "la discordia social" .

En abril de 1986, el Sr. Humberto Rub�n denunci� la denegaci�n de la polic�a a darle protecci�n tras repetidas amenazas de muerte formuladas contra �l, miembros de su familia inmediata y colaboradores de su radio. Voceros oficiales hab�an acusado previamente a la Radio �andut� como responsable de las manifestaciones callejeras ocurridas en las �ltimas semanas en la capital, y en la madrugada del 30 de abril una horda de medio centenar de simpatizantes del Gobierno atac� a pedradas la fachada del edificio de la radio, disparando al aire armas de fuego y destruyendo casi todas sus vidrieras exteriores. EL 3 de mayo de 1986, otro grupo compuesto por unas cinco personas armadas y encapuchadas, asalt� de nuevo a la radioemisora, destruyendo esta vez su planta y equipos transmisores y rob�ndose parte de los mismos. Dos d�as m�s tarde la radioemisora amaneci� sin comunicaciones, con todos sus tel�fonos cortados.

Con posterioridad la radioemisora comenz� a ser objeto de variadas interrupciones debidas a "interferencias radiales" que paulatinamente fueron haci�ndose m�s fuertes e increment�ndose durante los �ltimos meses, hasta llegar a afectar finalmente a m�s del 90% de sus emisiones, habi�ndosele prohibido tambi�n difundir informaciones o comentarios cr�ticos sobre el Gobierno.

Por otra parte, seg�n informaciones recibidas por la Comisi�n, autoridades del Gobierno comenzaron a presionar a varios comerciantes pare obligarlos a retirar su respaldo, mediante la cancelaci�n de sus anuncios. As�, por ejemplo, en los �ltimos d�as de mayo de 1986 el programa oficialista "La Voz del Coloradismo" (emitido en cadena en todo el pa�s de lunes a s�bado), se dedic� a difundir la n�mina de los anunciantes de Radio �andut�, algunos de los cuales cedieron a este tipo de chantaje y cancelaron sus contratos con Radio �andut�.

Finalmente, el Director de la Radio �andut�, Sr. Humberto Rub�n, hizo p�blica, el 14 de enero de 1987, la decisi�n de suspender las transmisiones de la radioemisora, ante la falta de garant�as por parte de las autoridades paraguayas, a las que acus� de no haber mostrado inter�s ni voluntad alguna en solucionar los problemas denunciados, lo cual hab�a llevado a la empresa al borde de la quiebra, si�ndole imposible continuar operando econ�micamente la misma, por lo que avis� cesar�an temporalmente sus transmisiones, confiando que se le har�a justicia y en el futuro podr�a gozar de las garant�as necesarias pare renovar sus transmisiones.

Los hechos expuestos fueron denunciados a la Comisi�n, la cual abri� con el N� 9642 un caso y adopt� una resoluci�n el 28 de marzo de 1987.

En la mencionada resoluci�n, la Comisi�n advierte que tanto por las autoridades administrativas como judiciales paraguayas, bien por inacci�n o por la ineficiencia de sus actuaciones, no han llegado, en ning�n caso, a la identificaci�n de los responsables y mucho menos al castigo de los culpables de los atropellos y arbitrariedades sufridos por Radio �andut�, manteniendo a la empresa jur�dicamente en un verdadero estado de indefensi�n y coloc�ndola econ�micamente en una situaci�n de clara bancarrota que ha forzado el cierre temporal de la misma.

El Gobierno de Paraguay formul� sus observaciones a la resoluci�n de la Comisi�n, la cual adoptar� oportunamente una resoluci�n definitiva sobre el asunto.

 

F. OTRAS SUSPENSIONES Y CLAUSURAS DE MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL

Adem�s de los casos del diario ABC Color y de la Radio �andut�, que se han expuesto precedentemente, el Gobierno paraguayo al amparo de la legislaci�n vigente, en estos �ltimos a�os ha procedido a suspender temporalmente y a clausurar definitivamente otros medios de comunicaci�n social. Algunos ejemplos de tales medidas se mencionan a continuaci�n:

EL 18 de junio de 1979 el Ministro del Interior Dr. Sabino Montanaro emiti� la Resoluci�n N. 435 ordenando la suspensi�n por 30 d�as de los peri�dicos Ultima Hora y La Tribunal La vaguedad de las acusaciones formuladas contra esos �rganos period�sticos, en las que no se impute ninguna conducta delictiva, queda de manifiesto en el texto de los p�rrafos considerativos que se transcriben a continuaci�n:

Que de un tiempo a esta parte los Diarios "Ultima Hora" y "La Tribuna" a m�s de realizar una cr�tica parcial e interesada contra disposiciones gubernativas y altos funcionarios del Estado, han venido creando en la opini�n p�blica un clima de desmoralizaci�n y un estado de desconcierto a trav�s de la propalaci�n sensacionalista de noticias falsas y tendenciosas;

Que a m�s de esto, se ha calumniado y difamado en numerosas oportunidades a altos dignatarios de la Naci�n, ridiculiz�ndolos y sin guardar el respeto que se merecen quienes tienen a su cargo la atenci�n de la cosa p�blica;

Que es innegable que al divulgar noticias internacionales relacionadas con momentos dram�ticos por los cuales atraviesan otras Naciones, en la forma de expresi�n y a trav�s de comparaciones absurdas, aviesamente los redactores de dichos Diarios est�n tratando de crear en la opini�n p�blica un ambiente de p�nico, angustia y tensi�n;

....

En el a�o 1980 Radio Itapir� fue suspendida por el t�rmino de un mes despu�s de transmitir varias noticias sobre el asesinato del General Somoza que hab�an provocado la ira del Gobierno. Igualmente en octubre de ese a�o, se prohibi� la publicaci�n y distribuci�n del semanario El Pueblo del Partido Febrerista y su reapertura no fue autorizada sino hasta julio del a�o 1982.

EL 30 de diciembre de 1980 fue clausurado el peri�dico La Rep�blica por orden del Ministerio del Interior, el cual le imput� "pretender desestabilizar al Gobierno", sin que ella se haya vuelto a publicar.

En 1981 el peri�dico EL Enano, publicado por el Partido Liberal, fue clausurado temporalmente sin que se haya vuelto a imprimir.

EL 26 de diciembre de 1985 el Gobierno suspendi� el semanario Aqu� caracterizado por difundir noticias policiales. La raz�n que se esgrimi� era de que dicha revista era m�rbida. Posteriormente ese semanario, el m�s antiguo de Paraguay, con una circulaci�n de 25.000 ejemplares, fue clausurado definitivamente.

 

G. ARRESTOS, DETENCIONES, HOSTIGAMIENTOS Y EXPULSIONES DE PERIODISTAS

Otra grave limitaci�n que han encontrado en la pr�ctica la libertad de expresi�n y de opini�n en el Paraguay han sido los frecuentes arrestos, detenciones, hostigamientos y expulsiones de periodistas y empresarios de medios de comunicaci�n. Huelga decir que tales medidas han producido un efecto intimidatorio que en buena medida ha contribuido a que los �rganos period�sticos no puedan ejercitar sus funciones de difundir y comentar las noticias libre y objetivamente y, como resultado de ello, la gran mayor�a hayan optado por autocensurarse.

A las violaciones de derechos humanos que fueron objeto los propietarios de "ABC Color" y de Radio �andut�, se�ores Aldo Zucolillo y Humberto Rub�n, respectivamente, y que han sido expuestas precedentemente, pueden agregarse las que se exponen a continuaci�n:

EL 5 de noviembre de 1979 fue detenido Alcib�ades Gonz�lez del Valle, columnista del Diario ABC Color, a quien se mantuvo bajo arresto e incomunicado hasta el 21 de diciembre de 1979. Este fue nuevamente detenido el 25 de junio de 1980 por orden judicial y se le mantuvo bajo arresto en la prisi�n de Tacumb�, hasta el 2 de septiembre de 1980.

EL periodista H�ctor Rodr�guez de ABC Color fue detenido el 29 de febrero de 1980 y mantenido bajo arresto hasta el 27 de marzo de 1980.

EL 30 de octubre de 1980 se detuvo al periodista chileno Rafael Mella La Torre, reportero del peri�dico "Hoy", manteni�ndosele arrestado por espacio de tres meses en el Departamento de Investigaciones, donde se aleg� hab�a sido torturado. Desde all� fue transferido a la prisi�n de la Guardia de Seguridad donde se le mantuvo prisionero en una peque�a celda de 1 x 3 metros, al amparo del estado de sitio (Art. 79 de la Constituci�n de 1967). En junio de 1984 finalmente se le formularon cargos bajo las disposiciones de la Ley 209 de 1978 sobre "Defensa de la Paz P�blica y Libertad de las Personas", de haber tomado distintas fotograf�as del asesinato del General Somoza, y se le transfiri� entonces a la prisi�n de Tacumb�, en espera de la celebraci�n de juicio.

EL periodista del Diario Hoy, Hernando Sevilla, fue detenido el 6 de febrero de 1981, y se le mantuvo bajo arresto e incomunicado durante un a�o y medio, habi�ndose alegado que tambi�n fue torturado en prisi�n.

EL 20 de febrero de 1981 se arrest� a Juan Andr�s Cardozo, editor de La Tribunal

En marzo de 1981 se mantuvo arrestado a Rolando Chaparro, del peri�dico Hoy. Otro periodista, F�lix Ruiz, logr� escapar al Brasil mientras era buscado por la polic�a.

EL 26 de noviembre da 1981 fue detenido F�liz Humberto Paiva, periodista de Ultima Hora, quien permaneci� arrestado hasta el 2 de diciembre de 1981.

Al director de Ultima Hora, Fernando Cazenave, se le detuvo el 26 de noviembre de 1981 y se le mantuvo bajo arresto hasta el 24 de diciembre del mismo a�o, fecha en que fue liberado.

EL 17 de agosto de 1982 se detuvo a Ram�n Santiago Moreno, del ABC Color y se le mantuvo bajo arresto e incomunicado hasta el 24 de diciembre de 1982.

EL 28 de septiembre de 1982 se expuls� del pa�s a Hernando Sevilla, periodista de Hoy, quien hab�a guardado prisi�n desde el mes de febrero de 1981, sin que nunca llegaran a formularse cargos en su contra.

EL 9 de abril de 1983 se expuls� del pa�s al periodista uruguayo Jos� Mar�a Orlando, asesor del diario ABC Color y el siguiente mes de mayo tambi�n se expuls� a otro periodista del "O Estado de Sao Paulo", de Brasil, quien hab�a viajado a Asunci�n pare escribir sobre el asedio contra el diario ABC Color.

EL periodista Gustavo Codas, de ABC Color, se vio obligado a refugiarse en la Embajada de Venezuela y abandonar el pa�s, en el mes de junio de 1983, mientras la polic�a le buscaba pare detenerlo.

EL 6 de junio de 1983 se arrest� y mantuvo detenidos por 48 horas a cerca de una docena de artistas gr�ficos e impresores de la empresa impresora Litocolor, quienes publicaban la revista Nueva L�nea, del Departamento de Sociolog�a de la Universidad Cat�lica, la que a la saz�n se hab�a clausurado.

EL 15 de julio de 1983 se detuvo al Director del ABC Color, Aldo Zucolillo, a quien se tuvo arrestado durante 11 d�as en la prisi�n de Tacumb�.

En septiembre de 1983 se detuvo y mantuvo durante dos meses en la prisi�n del Buen Pastor a Raquel Rojas, del peri�dico Hoy.

Al periodista Alcib�adea Gonz�lez del Valle se le arrest� por tercera vez el 23 de septiembre de 1983 y se le mantuvo semi-incomunicado en esta oportunidad hasta el 8 de diciembre de 1983, en el Departamento de Investigaciones.

Jes�s Ruiz Neszoza, periodista del ABC Color, fue arrestado el 20 de diciembre de 1983 y estuvo bajo arresto e incomunicaci�n en el Departamento de Investigaciones hasta el 24 de diciembre de 1983.

A H�ctor Guar�n, tambi�n da ABC Color, se le arrest� el 31 de diciembre de 1983 y estuvo detenido e incomunicado en la Tercera Estaci�n de Polic�a hasta el 2 de enero te 1984, fecha en que se le puso en libertad.

Al director de Radio �andut�, Humberto Rub�n, se le condujo pare "averiguaciones" al Departamento de Investigaciones, el 17 de enero de 1984, donde permaneci� detenido por espacio de varias horas.

Como se expres� anteriormente, Aldo Zucolillo, director del ABC Color, fue detenido nuevamente el 16 de marzo de 1984 y se le mantuvo arrestado en esta ocasi�n por once d�as, en el Departamento de Investigaciones.

Juan Jos� R�os, antiguo director del peri�dico semanal "EL Pueblo", �rgano publicitario del Partido Revolucionario Febrerista, fue detenido el 10 de abril de 1985 y permaneci� arrestado en las barracas del Batall�n Escolta del Ej�rcito hasta que se le puso en libertad el 27 de mayo de 1985, siendo la cause aparente de su detenci�n el estar cargando propaganda partidista en su cami�n, no obstante tratarse en este caso de uno de 'los partidos legalmente reconocidos por el Gobierno.

EL periodista Edwin Br�tez, de la revista Nuestro Tiempo, que 8e publica en Brasil bajo la direcci�n del Obispo Cat�lico Monse�or Malario Medina fue arrestado en su domicilio el 16 de julio de 1985 y se le condujo al Departamento de Investigaciones, donde permaneci� detenido hasta el d�a siguiente que se le dej� en libertad. Igualmente, cinco meses m�s tarde, por portar varios ejemplares de la revista Nuestro Tiempo cuando entraba al Paraguay por Ciudad Stroessner se mantuvo detenido e incomunicado por 2 d�as, del 4 al 5 de noviembre de 1985, a Francisco Barboza, en el Departamento de Investigaciones, previni�ndosele por las autoridades gubernamentales que la pr�xima vez "podr�a permanecer encarcelado por varios a�os" si continuaba internando esa revista al Paraguay.

Adem�s de las detenciones al Director del diario ABC Color, se�or Aldo Zucolillo, que han sido expuestas anteriormente, a �ste se le detuvo nuevamente el d�a 4 de noviembre de 1985, aunque s�lo por espacio de unas 10 horas, tras citaci�n de la Direcci�n de Investigaciones, a su regreso de Nueva York, donde acababa de recibir el premio period�stico "Mar�a Moors Cabot" en la Universidad de Columbia, por su contribuci�n a la libertad de prensa. De acuerdo al comunicado oficial del Gobierno, las declaraciones que hiciera al recibir el premio constituyeron una incitaci�n a la subversi�n como m�todo de cambiar la estructura pol�tica del pa�s. Por su parte, el Jefe de Polic�a, General Francisco Brites Borges, al comunicarle que se le dejaba en libertad, le "aconsej�" que abandonara el pa�s si no estaba de acuerdo con el Gobierno del Presidente Stroessner.

En el curso del a�o 1986 los ataques y hostigamientos contra la prensa y sus representantes se intensificaron. Cabe a este respecto recordar la golpeadura de Nicol�s Arguello y Miguel Angel Arguello, del peri�dico La Tarde y de la Radio �andut�, respectivamente, cuando cubr�an una manifestaci�n de los estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional, el 24 de abril de 1986 e igualmente, en el acto de protesta de los mismos estudiantes, el 28 de abril, de los periodistas Osvaldo Fonseca y Roberto Baz�n del Canal 13 de Televisi�n y Mart�n Ciccano del Diario de Noticias y los maltratos, vej�menes y detenci�n de Jos� Luis Sim�n, del semanario EL Pueblo, �rgano publicitario del opositor Partido Revolucionario Febrerista, conjuntamente con cuatro corresponsales de un equipo del Canal Uno de la televisi�n estatal germana (Nikolaua Brender, Peter Wendt, Jos� Antonio Vul�n y Eduardo Johnson), as� como tambi�n del Agregado de Prensa y Cultura de la Embajada de Alemania Occidental, Armir Stever, que los acompa�aba, mientras cubr�an la manifestaci�n pac�fica organizada el 27 de abril por el opositor Partido Liberal Radical Aut�ntico (PLRA). Si bien lo8 alemanes fueron liberados unas horas m�s tarde ese mismo d�a, devolvi�ndoseles sus equipos (con da�os apreciados en unos $40.000), al periodista Sim�n se le mantuvo bajo arresto e incomunicado por dos d�as, antes de liberarlo: en esta oportunidad, aunque no fue detenido, tambi�n le fue confiscado su equipo de grabaci�n al periodista Clemente C�ceres del Diario de Noticias.

A Pedro Ferrari, periodista de un noticiero televisado del Canal 13 de la televisi�n nacional, se le arrest� el 28 de mayo de 1986 y despu�s de hab�rsele tenido bajo arresto domiciliario por varios d�as se le traslad� a la Central de Investigaciones donde permaneci� detenido por espacio de una semana bajo las disposiciones reguladoras del estado de sitio. Aunque no se dio ninguna explicaci�n oficial sobre las causes de su detenci�n, se estim� que la misma obedec�a a que hab�a enviado fuera del pa�s un film en que aparec�an agentes policiales y miembros de las "milicias coloradas" atacando brutalmente a cachiporrazos y con picanas el�ctricas a distintos participantes en las manifestaciones p�blicas ocurridas �ltimamente. Su abogado defensor present� un recurso de habeas corpus el 4 de junio de 1986, habi�ndosele puesto en libertad el 5 de junio de 1986, sin formul�rsele cargos.

Tambi�n en el curve del a�o 1986 tuvo lugar un grave atentado a la libertad de expresi�n al haberse impedido regresar a Paraguay al Director de la Radio C�ritas, Rvdo. P. Javier Aranc�n, sacerdote espa�ol de la Orden de los Franciscanos, quien anteriormente hab�a sido advertido por el Ministro de Educaci�n y Culto, Carlos Ortiz Ram�rez, "que cambiara la l�nea informativa de la emisora y despidiese al Jefe de los locutores, Sr. Guillermo Yaluff, si deseaba permanecer en el Paraguay". Al Padre Alarc�n primero se le detuvo en Puerto Falc�n, donde se le incaut� toda su documentaci�n paraguaya, oblig�ndosele a abandoner el pa�s, cuando regresaba de un congreso al que asisti� en la Rep�blica Argentina.

Los esposos Benjam�n Ram�n Livieres, periodista del rotativo La Tarde y miembro del Sindicato de Periodistas del Paraguay y Mar�a Herminia Feliciangeli, del Sindicato de Comercio, fueron detenidos el 24 de octubre de 1986 a las 10:30 a.m., al salir del edificio de la empresa del diario Hoy, por varios polic�as armados vistiendo ropas de civil, sin mediar mandamiento- judicial, y mantenidos presos e incomunicados, sin formul�rseles cargos, en el Departamento de Investigaciones de la Polic�a de Asunci�n. EL Gobierno contest� que ambos eran activos comunistas y que se hallaban procesados por supuesta transgresi�n de la Ley N� 209 y m�s tarde agreg� que por orden del Juez de Primera Instancia en lo Criminal de turno hab�an sido puestos en libertad, respectivamente, ella el 18 y el el 30 de diciembre de 1986.

Luir Alberto Gorosito, periodista y el cantante popular Alberto Gonz�lez Rodas fueron arrestados por aplicaci�n de la ley antisubversiva N� 209, el 28 de noviembre de 1986, por su participaci�n en el tradicional Festival Folcl�rico de Ypacara�, que se efectu� en Posadas, Argentina, al prohibirse su celebraci�n este a�o en Paraguay por el Ministro del Interior, Dr. Sabino Montanaro "porque el mismo se hab�a vuelto muy politizado". Ambos estuvieron guardando prisi�n en la Penitenciar�a Nacional de Tacumb�, hasta el 19 de diciembre de 1986 en que se les puso en libertad.

EL periodista Oscar Acosta de Radio �andut� y miembro del Sindicato de Periodistas, fue detenido el 21 de diciembre de 1986 en compa��a del estudiante Nicanor Felipe Duarte, durante la celebraci�n de una misa ofrecida en una iglesia de Asunci�n por los presos pol�ticos y fueron trasladados y mantenidos bajo arresto en el Departamento de Investigaciones de la Polic�a capitalina. EL estudiante Duarte fue liberado el 30 de diciembre de 1986, mientras que al periodista Acosta se le mantuvo preso en la Penitenciar�a de Tacumb�, acusado de violar la Ley N� 209, antisubversiva, y a principios de enero de 1987 fue llevado ante la justicia criminal ordinaria, donde el juez de turno ratific� su detenci�n y decret� el embargo de su. bienes, medida preventiva a la que usualmente se acude por algunas autoridades pare hostigar a los miembros de la oposici�n se le dej� en libertad bajo fianza el 14 de enero de 1987.

Por �ltimo, cabe mencionar que el locutor y animador de programas radiales Isaac Villalba fue arrestado el 31 de diciembre de 1986, al amparo del Art. 79 de la Constituci�n Nacional (estado de sitio) y puesto en libertad a los pocos d�as, el 9 de enero de 1987.

 

H. CONCLUSIONES

Los antecedentes expuestos llevan a la Comisi�n a concluir que durante el per�odo a que se refiere este informe las libertades de expresi�n, opini�n y difusi�n del pensamiento se han visto seriamente afectadas en Paraguay y que, como consecuencia de ello, los medios de comunicaci�n se han desenvuelto dentro de muy series limitaciones. En efecto, el Gobierno, al amparo de una legislaci�n represiva y que otorga excesivas y discrecionales atribuciones al Poder Ejecutivo, ha dispuesto la clausura o su pensi�n temporal de varios medios de comunicaci�n social, y ha procedido a la detenci�n o expulsi�n de periodistas y empresarios de los medios de comunicaci�n o adoptado actos de hostigamiento en contra de �stos que les ha dificultado o impedido el ejercicio de sus funciones.

Tales acciones del Gobierno paraguayo, adem�s de importar objetivas violaciones a derechos garantizados en la Declaraci�n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, han creado, a la vez, condiciones que en el hecho hacen del ejercicio del periodismo una tarea dif�cil y riesgosa que demanda, si se quiere desarrollar libre e independientemente, coraje y valent�a. A la vez, la situaci�n descrita ha generado en los �rganos de prensa un generalizado temor que los ha llevado muchas veces a una autocensura que los ha inhibido de cumplir con objetividad sus funciones.

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1  Informe Anual de la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos 1981 p�gina 121.

2  Ibid, p�gina 122.

3  Ibid, p�gina 121.