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CAPITULO II

DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FISICA

 

A. CONSIDERACIONES GENERALES

En este cap�tulo, la Comisi�n examinar� el derecho a la vida y, 8U corolario, el derecho a la integridad personal. Luego de citar las leyes paraguayas tocantes a estos asuntos, la Comisi�n abordar� en concreto lo relativo al derecho a la vida, el problema de las desapariciones en Paraguay y, finalmente, la pr�ctica de la torture, en ese orden.

La Declaraci�n de los Derechos y Deberes del Hombre, que es un instrumento internacional aplicable a Paraguay, establece en su art�culo I lo siguiente:

Art�culo I. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la integridad de su persona.

Lo sucinto del enunciado de la Declaraci�n Americana exige realizar algunas precisiones a fin de considerar correctamente los diversos aspectos involucrados en derechos tan importantes como son el derecho a la vida y a la integridad personal. Con tal objeto, la Comisi�n utilizar� 10B aspectos doctrinarios pertinentes que se deriven de la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos que, si bien no es aplicable a Paraguay por no haberla ratificado, s� ha sido considerada por la Comisi�n como la "doctrine m�s recibida" en Am�rica en materia de derechos humanos.

En lo relativo al derecho a la vida, la Convenci�n lo consagra en el art�culo 4 y estima que el mismo deber� ser protegido por la ley "en general" desde el momento de la concepci�n. Establece asimismo la prohibici�n de privar de la vida arbitrariamente. EL mismo art�culo tambi�n establece diversas restricciones a la aplicaci�n de la pena de muerte, especificando que ella no deber� ser aplicada por delitos pol�ticos ni comunes conexos con aqu�llos.

Con respecto al derecho a la integridad personal, la Convenci�n reconoce este derecho en el articulo 5, defini�ndolo en t�rminos amplios a fin de contemplar los aspectos f�sicos, s�quicos y morales del individuo. La Convenci�n en ese art�culo prohibe la aplicaci�n de la torture como as� tambi�n de penes o tratos crueles inhumanos o degradantes. El articulo 5, asimismo, se ocupa de regular la forma en que deben ser cumplidas las penas privativas de la libertad con el objeto de evitar que se produzcan situaciones que vulneren el derecho a la integridad personal.

La Constituci�n de la Rep�blica del Paraguay, por su parte, establece lo siguiente:

Art�culo 30: Toda persona tiene derecho a ser protegida por el Estado de su vida, su integridad f�sica, su seguridad, su propiedad, su honor y su reputaci�n.

Art�culo 65: En ning�n caso se aplicar�a la pena de muerte por causas pol�ticas. No se admite la confiscaci�n de bienes. Nadie ser� sometido a tortures ni a tratos crueles o inhumanos. EL r�gimen penitenciario ser� desarrollado en establecimientos adecuados, sanos y limpios, y tender� a promover la readaptaci�n social del recluso, por medio de un tratamiento integral que ser� determinado por la ley.

 

B. LA PR�CTICA DEL GOBIERNO

En Paraguay no existe la pena capital por razones pol�ticas y en t�rminos de flagrantes violaciones al derecho a la vida, ha habido pocos casos documentados durante el per�odo comprendido en este informe.

EL caso m�s c�lebre (N� 6812) en los a�os recientes ocurri� en marzo de 1980 en Caaguaz�, donde un grupo de 20 campesinos de Acaray-�, en el Alto Paran�, se apoderaron de un autob�s en las monta�as y lo condujeron a Asunci�n pare hacer protestas por disputes agrarias. Algunos de los campesinos llevaban viejas armas de fuego. Cuando el bus se aproximaba al pueblo de Campo 8 en el Departamento de Caaguaz�, la polic�a comenz� a dispararle oblig�ndolo a detenerse. La zona fue luego cerrada por la polic�a y los campesinos fueron perseguidos hasta la aldea de Guyrua-gu�. EL 10 de marzo, diez de los campesinos que hab�an participado en el secuestro del bus fueron muertos.

B1 Gobierno respondi� alegando que las personas involucradas eran delincuentes comunes y que las muertes ocurrieron en un tiroteo con las autoridades. Sin embargo, los cad�veres nunca fueron entregados a sus deudos ni jam�s se presentaron certificados de defunci�n. Los diez fallecidos son: Adolfo C�sar Br�tez, Gumersindo Br�tez Coronel, Fulgencio Castillo Uliambre, Concepci�n Gonz�lez, Federico Guti�rrez, Reinaldo Guti�rrez, Mario Ruiz D�az, Secundino Segovia Br�tez, Estanislao Sotelo y Feliciano Verd�n.

Estima la Comisi�n que un hecho de la gravedad del rese�ado, en el cual la polic�a impide la entrada al �rea de personas que luego puedan actuar como testigos, que el Gobierno reconoce posteriormente la muerte de diez personas pero que no entrega los cad�veres ni proporciona ning�n documento que sirva de sustento a su afirmaci�n de que murieron en un tiroteo, est� indicando una clara responsabilidad por parte del Gobierno en la muerte de los diez campesinos. La forma de proceder descripta, adem�s, permite considerar que esa forma de actuar est� expresamente dirigida a crear un ambiente de terror en la poblaci�n y de esta forma evitar que actos de esa naturaleza ocurran nuevamente. Ese terror se ve reforzado por el otro elemento que surge de este hecho: la impunidad concedida por las autoridades a los ejecutores de las muertes.

A este incidente le sigui� la detenci�n masiva de unos 200 a 300 campesinos. En la secci�n sobre torture de este Cap�tulo, se har� referencia nuevamente a este caso. Baste decir por ahora que uno de los detenidos en esta redada, Marcelino Casco, muri� en un hospital de la polic�a despu�s de oblig�rsele, seg�n se dice, a estar de pie al sol por muchas horas y posteriormente ser golpeado en los hombros y cabeza y obligado a subir y bajar escaleras corriendo. Casco ten�a m�s de 70 a�os de edad.

Otro de los arrestados en las redadas de Caaguaz�, Leonidas Bogado de Gonz�lez, muri� de c�ncer mientras estaba detenido, habi�ndosele negado atenci�n m�dica adecuada. Ten�a 50 a�os de edad.

Otro caso relativo al derecho a la vida es el de Carlos Bogar�n, que fue arrestado con varios otros j�venes en la ciudad de Puerto Presidente Stroessner, Departamento de Paran�, en la noche del 8 de agosto de 1983 por sospecha de haber participado en el robo de un autom�vil.

Una hora despu�s de su arresto, la familia del joven de 23 a�os fue notificada de que �ste hab�a muerto y que podr�an recibir su cad�ver en la morgue de Hermandarias, su ciudad de origen. Cabe se�alar al respecto que Eulalio Rojas, otro sospechoso arrestado al mismo tiempo que Bogar�n, fue llevado al hospital de Asunci�n en estado grave. Esta persona qued� con el cuerpo tan cubierto de heridas y contusiones que no pod�a comer ni orinar. Este indicio de la responsabilidad del Gobierno en la muerte de Bogar�n se ve reforzada por el hecho de que nunca se proporcion� un documento oficial dando cuenta de la muerte del afectado ni se proporcionaron informaciones detalladas sobre las causas de la muerte: tampoco se permiti� a personas independientes constatar las causas de la defunci�n de Bogar�an.

EL resultado de estos abusos de la autoridad policial fue el arresto de diez oficiales que admitieron haber golpeado a Bogar�n, Rojas y los dem�s detenidos, por instrucciones del Jefe de Investigaciones. Sin embargo, los cargos contra la polic�a fueron finalmente retirados.

Un caso m�s reciente (N� 9714) referente al derecho a la vida e. el de Rodolfo Gonz�lez, estudiante de leyes de la Universidad Nacional, que muri� el 10 de abril de 1986.

Las partes pertinentes de la queja recibida acerca de este caso y enviadas al Gobierno el 9 de mayo de 1986, fueron las siguientes:

En estos momentos de huelgas y desfiles, manifestaciones y demostraciones sindicales, estudiantiles y pol�ticas queremos denunciar el asesinato a manos de las autoridades policiales del joven estudiante de la Facultad de Derecho, RODOLFO GONZALEZ, cuya muerte ocurrida el 10 de abril de 1986 se ha querido rodear del m�s profundo misterio y falsas circunstancias por la polic�a. A1 punto de que, seg�n dieron a conocer a la prensa, al haberse hecho p�blico el hecho de su fallecimiento, manifestaron que el mismo fue consecuencia de las heridas que sufri� en un accidente de tr�nsito, siendo lo cierto, seg�n consta de la autopsia practicada, que presentaba una bale calibre 22 alojada en el cr�neo y otra herida de bale as� como signos de torture en su cuerpo. Con este motivo ea que las propias autoridades, pare intimidarlo y con el pretexto de la huelga de m�dicos y enfermeras del Hospital de Cl�nicas se llevaron preso varios d�as despu�s al m�dico que practic� la autopsia al cad�ver del estudiante Gonz�lez, el Dr. Jos� Bellassi.

Demandamos la libertad inmediata del destacado galeno y el esclarecimiento y castigo de los responsables de la muerte de nuestro compa�ero Gonz�lez.

La respuesta del Gobierno del Paraguay, fechada el 2 de junio de 1986, fue simplemente: Caso N� 9714, Rodolfo Gonz�lez Instrucci�n Sumarial a Cargo Juez de Primera Instancia en lo Criminal Dr. C�sar Garay.

Otros casos notificados de violaciones al derecho a la vida incluyen el deceso, en julio de 1985, de un marinero que muri� estando detenido por la polic�a, supuestamente por haberse disparado accidentalmente su arma de fuego. Sin embargo, su cad�ver ten�a rastros de torture y los esfuerzos hechos por su padre de que se investigara el asunto no dieron ning�n resultado.

Adem�s, en julio del mismo a�o muri� en Concepci�n, en un supuesto intento de escape, un hombre de quien se sospechaba que hab�a cometido un robot Dos polic�as han sido acusados en este incidente, pero con resultados desconocidos.

Anteriormente ese a�o, en febrero, se acus� a un comisario y dos oficiales de polic�a del asesinato de un preso com�n, Pablo Mart�nez D�az, que estaba detenido por la polic�a (Caso No.9500). En su defensa, la polic�a aleg� que el preso se hab�a suicidado ahorc�ndose. Sin embargo, la investigaci�n revel� que la v�ctima muri� de una grave herida en la cabeza. En este caso, un juez orden� el 10 de septiembre la detenci�n preventiva de tres oficiales de polic�a, y dos de ellos fueron posteriormente enviados a prisi�n en 1986.

A mediados de julio de 1986, un numeroso grupo de familias campesinas del Distrito de Juan E. O'Leary, del Departamento de Caaguaz�, invadi� una parte de la Estancia Englewart. Dicha Estancia, d 2,800 hect�reas, es de propiedad del se�or Humberto Englewart.

EL 11 de julio de ese a�o, dos campesinos murieron por heridas de bale cuando la polic�a desaloj� a los invasores. Sus nombres son: Francisco Mart�nez, de 21 a�os y Aurelio Silvero de 24 a�os. Con respecto a esas muertes el Gobierno respondi� que los disparos hab�an sido un accidente y que los polic�as responsables fueron procesados de acuerdo a la ley. EL resultado d ese proceso no ha sido comunicado a la Comisi�n.

EL 4 de agosto, el Juez Far�as orden� el retiro de los invasores y el arresto de cinco hombres: Raimundo Espinola, Ram�n Rol�n, Bruno Galarza, Carmelo Araujo y Epifanio Riveros, quienes fueron acusados de atropello, usurpaci�n, abigeato y amenaza de muerte.

EL s�bado, 23 de agosto de 1986 a la 1:30 p.m., cientos de soldados y polic�as bloquearon esa �rea. Despu�s de una hora unas 50 personas se entregaron y se les dieron pasajes de autobuses para que salieran de esa zona, quedando atr�s unas doscientas personas, quienes a media noche accedieron a retirarse. Diez de esas personas fueron detenidas y al resto se les dio pases de salvo conducto pare que salieran de la Estancia. Las diez personas que se quedaron fueron expulsadas y sacadas del lugar.

Con posterioridad se produjeron otros arrestos que afectaron a un total de 20 personas quienes fueron llevadas a una �rea de la Estancia Englewart y atados a unos �rboles de naranja, donde pasaron la noche. En los d�as siguientes varios de los detenidos fueron puestos en libertad mientras otros estuvieron atados a los �rboles por cuatro d�as.

Seg�n alegaciones comunicadas a la Comisi�n, durante la detenci�n esas personas fueron repetidamente sujetas a las siguientes formas de torture: golpes por parte de los polic�as y soldados con guachas, cachiporras, palos y puntapi�s. Despu�s todos fueron puestos en libertad menos cinco: Silvino Rol�n, Ferm�n Cabanes, Ram�n Rol�n, Raimundo Espinola Brites y Domingo Corrent�o de Guerrero.

EL Gobierno sostiene que a esos individuos se les acus� de usurpaci�n de propiedad privada, da�o intencional, hurto y abigeato de animales y que estaban detenidos en el Penal de Tacumb� en Asunci�n esperando un juicio.

 

C. DESAPARICIONES

Durante el per�odo a que se contrae este informe, varios ciudadanos paraguayos desaparecieron, y dado que las desapariciones casi siempre significan que las v�ctimas han sido asesinadas y los cad�veres eliminados secretamente, el estudio de este tema corresponde naturalmente a este cap�tulo sobre el derecho a la vida. Tambi�n cabe hacer notar que la mayor�a de los casos de paraguayos desaparecidos ocurrieron antes de 1980 y que en a�os recientes esto ha sido pr�ctica com�n en este pa�s.

Las desapariciones de paraguayos de dividen en por lo menos tres categor�as. La primera es la cl�sica, en el sentido de que las v�ctimas son detenidas por personas vestidas de civil y sencillamente no se las vuelve a ver jam�s.

La segunda son las personas que han sido arrestadas abiertamente, detenidas y que luego desaparecen de todos los registros oficiales de las autoridades que efectuaron los arrestos. Se las saca de las prisiones y penitenciar�as ordinarias y no se encuentra rastro de ellas. Todas las indagaciones acerca de su paradero encuentran el silencio, la sorpresa o la negativa oficial de que las v�ctimas hayan estado alguna vez detenidas.

La categor�a final se refiere a los ciudadanos paraguayos que desaparecieron en Argentina durante la reciente dictadura militar que hubo en ese pa�s. En algunos casos se trata de paraguayos que se exiliaron en Argentina. En otros, las v�ctimas paraguayas fueron expulsadas de su pa�s por las autoridades paraguayas y luego desaparecieron mientras estaban en Argentina.

A continuaci�n se da una lista de paraguayos desaparecidos en Paraguay. Cabe notar que la gran mayor�a de estos desaparecidos fueron aprehendidos antes de 1978. Sin embargo, la Comisi�n insiste en que el Gobierno del Paraguay tiene la constante obligaci�n de investigar, informar al respecto y pedir cuentas a 1O8 responsables de estos actos, que la Asamblea General de la OEA denomina "delitos contra la humanidad". La Comisi�n debe dejar constancia, asimismo, que no ha sido informada de nuevas desapariciones en fecha posterior a 1979.

Informaci�n proporcionada a la CIDH por diversas fuentes, incluyendo el Consejo Mundial de Iglesias, ha permitido confeccionar la siguiente lista de personas detenidas y desaparecidas en Paraguay:

 

Nombre

Fecha Detenci�n

Lugar

1. Bienvenido Arguello  Mayo 12, 1978 Clorinda, Argentina

2. Am�rico Villagra  

Nov. 1975  

Clorinda, Argentina

3. Mart�n Ram�rez Blanco  

1976  

DIPC en Asunci�n

4. Mart�n Rol�n  

Abril 4, 1975  

5. Diego Rodas  

Abril 14, 1976  

San Juan (Misiones)

6. Adolfo L�pez  

Mayo 13, 1976  

San Juan (Misiones)

7. Elixto L�pez  

Mayo 13, 1976  

San Juan (Misiones)

8. Francisco L�pez  

Mayo 13, 1976  

San Juan (Misiones)

9. Policardo L�pez  

Mayo 13, 1976  

San Juan (Misiones)

10. Ram�n Pintos  

Mayo 1976  

11. Rub�n Gonz�lez Acosta  

Dic. 1975  

Acaray (Alto Paran�)

12. Rodolfo Ram�rez Villalba  

Nov. 1974  

DIPC en Asunci�n

13. Benjam�n Ram�rez Yillalba  

Nov. 1974  

DIPC en Asunci�n

14. Miguel Angel Soler  

Nov. 30, 1975  

15. Derlis Villagra  

16. Am�lcar Oviedo  

Nov. 15, 1974  

17. Carlos Jos� Mancuello  

Nov. 25, 1974  

Asunci�n

18. Lorenzo L�pez  

Abril 9, 1970  

19. Dar�o Go�i Mart�nez  

Abril 17, 1979  

20. Faustina Torres de Quintana 

Mayo 10, 1970  

 

En sus observaciones, el Gobierno de Paraguay manifest� lo siguiente respecto a la lista transcripta:

 

"1. Bienvenido Arguello Y Am�rico Villagra: Resid�an en Clorinda (Rep�blica Argentina) y nada tiene que ver el Gobierno del Paraguay con la supuesta desaparici�n de los mismos.

2. Mart�n Ram�rez Blanco: Fue puesto en libertad y cruz� al Brasil por Puerto Presidente Stroessner, junto con Rodolfo y Benjam�n Ram�rez Villalba, Am�lcar Oviedo y Carlos Jos� Mancuello.

3. Mart�n Rol�n Centuri�n: Muri� en la madrugada del 4 de abril de 1976 en un enfrentamiento con la Polic�a en Valle Apu�, suburbio sur de Asunci�n. Su muerte fue publicada en los diarios y su cad�ver entregado a sus familiares.

4. Dieqo Rodas Y Adolfo, Elixto, Francisco y Policarno L�nez y Ram�n Pintos. Todos ellos eran integrantes de una organizaci�n subversiva llamada 'Organizaci�n Pol�tica Militar' (OPM). A1 ser perseguidos se embarcaron en canoas en Villa Florida y navegando por el r�o Tebicuary, hasta su desembocadura, huyeron a la Argentina.

5. Octavio Rub�n Gonz�lez Acosta Y Lorenzo L�pez. Actualmente se les cite y emplaza por Edictos, publicados en el diario 'HOY' de la capital, a presentarse, por si o por apoderado, a tomar intervenci�n en el juicio caratulado 'Declaratoria de ausencia, con presunci�n de fallecimiento', que obra ante el Juzgado de Primera Instancia en los Civil y Comercial del 6to. Turno, a cargo del Juez Eduardo Ben�tez Colombo, y Secretar�a del se�or Ernesto Vel�squez Arga�a.

6. Faustina Torres de Quintana. No se posee informaci�n alguna sobre este caso. Es totalmente desconocida.

7. Miguel Angel Soler y Derliz Villagra Arzemendia. Secretario General y Miembro del Comit� Central del llamado Partido Comunista Paraguayo. Ambos abandonaron el pa�s hace muchos a�os y no regresaron.

8. Dar�o Go�i Mart�nez. Ciudadano uruguayo. Fue expulsado del pa�s, juntamente con un liban�s de apellido Mesconi, en mayo de 1979".

La Comisi�n, por otra parte, considera necesario se�alar que el Grupo de Trabajo sobre Desaparici�n Forzada o Involuntaria de la Comisi�n de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en el Informe del 24 de diciembre de 1986 (documento E/CN. 4/1987/15, p�ginas 38 y 39), indica que consider� 23 casos de presuntas desapariciones en Paraguay, de los cuales, a la fecha del Informe, quedaban dos sin haber sido aclarados por parte del Gobierno.

 

D. TORTURA

La brutalidad policial en Paraguay es la regla y no la excepci�n. Sin embargo, en justicia, ha habido varios casos recientes de polic�as que han sido procesados, y por lo menos en un caso, sentenciado a prisi�n por haber maltratado a los presos. Esta tendencia es alentadora.

Es interesante que estos casos hayan coincidido con per�odos de relativa libertad de prensa y parecen haber respondido a presiones de la opini�n p�blica. Sin embargo, dadas las restricciones de la libertad de prensa, a lo cual nos referiremos con mayor detalle en el cap�tulo que trata dicho tema en este informe, la mayor�a de los casos de torture y trato degradante de los detenidos quedan en realidad sin ser informados y en la pr�ctica le permiten a la polic�a actuar impunemente.

EL patr�n de brutalidad policial es com�n. Los sospechosos, tanto de delitos comunes como de supuestas infracciones pol�ticas, son arrestados y durante la primera o segunda semana de su detenci�n son sometidos a torture sistem�tica con el fin de extraer informaci�n. Las t�cnicas incluyen pu�etazos y palizas, puntapi�s, punzadas con la picana el�ctrica y algunas veces acompa�adas de inmersi�n en la "pileta" de agua inmunda. Con frecuencia se obliga al preso a permanecer de pie al sol por largos per�odos sin comida ni agua, dej�ndolo incomunicado. Otras veces le golpean los pies o se le confine a un peque�o "caj�n" o bien se le obliga a adoptar una posici�n fetal, el llamado "feto", por horas y horas. Las torture psicol�gica incluye amenazas contra familiares y amigos de la v�ctima. Por lo menos un detenido fue colgado de los pies, en la posici�n llamada "murci�lago". Hay presos que han sido esposados en los tobillos durante largos per�odos limit�ndoles el movimiento f�sico y el ejercicio. Las mujeres encarceladas han sido sometidas a abuso sexual y violaci�n. Por lo menos un preso ha llegado, en su desesperaci�n, a tratar de quitarse la vida. En otro caso reciente, diez campesinos fueron arrestados, obligados a caminar una gran distancia bajo la lluvia y golpeados, por lo cual no es sorprendente que hayan ca�do gravemente enfermos y con fiebre. Luego est� "la cigarra", donde al preso se le cuelga de un �rbol por las mu�ecas, de cara al tronco. Otro m�todo, llamado "el caballo", es atarle a la persona un objeto muy pesado y obligarla a arrastrarlo.

La realidad es que en Paraguay existe una terminolog�a especial pare la torture: "la picana", "la pileta", "el caj�n", "el murci�lago", "el feto", "la cigarra" y "el caballo". Un macabro vocabulario folcl�rico.

Los detenidos en los cuarteles de polic�a y militares se encuentran en condiciones extremadamente males. Celdas peque�as y oscuras esperan a los nuevos arrestados. La atenci�n m�dica en esta etapa casi siempre se niega. Generalmente, una vez que se ha acusado formalmente a los presos, �stos son trasladados a c�rceles ordinarias donde las condiciones por lo general son mejores. Los locales de m�xima seguridad administrados por el Ministerio del Interior y los de la Polic�a de Asunci�n, m�s espec�ficamente el Departamento de Investigaciones, por otro lado, son austeros y se reservan para los opositores acusados de delitos pol�ticos. Uno de los m�s famosos de �stos es la Guardia de Seguridad, situada en la capital. Otro ea la Comisaria Segunda. Las c�rceles ordinarias, por el contrario, son inspeccionadas peri�dicamente por las autoridades judiciales y accesibles al Comit� Internacional de la Cruz Roja.

La Comisi�n ha recibido diversa informaci�n seg�n la cual las siguientes personas son algunas de las que fueron torturadas durante el per�odo cubierto por este informe.

 

 

V�CTIMAS DE TORTURA

 

Nombre

Fecha de Detenci�n

Circunstancias

Capit�n Modesto
Napole�n Ortigoza

1962

Sentenciado a 25 a�os de prisi�n por asesinato y conspiraci�n para derrocar al Presidente. Golpeado por guardias en 1983. Sufre de graves disturbios mentales. Trat� de suicidarse.

Sargento Guillermo
Escol�stico Ovando

1962

Acusado con el Cap. Ortigoza. Sentenciado a 15 a�os. Mantenido en prisi�n por a�os despu�s de cumplida la sentencia; confesi�n extra�da por tortura.

Remigio Gim�nez

Dic. 1978

Arrestado en Brasil. Entregado a autoridades paraguayas. Torturado. Retenido durante 15 meses. Arrestado e interrogado nuevamente en 1981 y golpeado brutalmente.

Virgilio Barreiro

1978

Ingeniero. Detenido por largo per�odo y torturado.

Juan Cris�stomo

1979

Detenido, golpeado y despojado de sus pertenencias por valor de $3,000.

Angel Austacio
Rodr�guez

Mayo 30

1980

Arrestado y torturado durante 3 meses; detenido e incomunicado. Posteriormente trasladado a la Penitenciaria Nacional de Tucumb�. Sentenciado a 3 a�os de prisi�n en virtud de la ley 209.

Andr�s Centuri�n
Luis Centuri�n
Ram�n Paiva Acosta
Eliodoro, Gim�nez

Marzo 1980

Arrestados en relaci�n con el secuestro del autob�s den Caaguz�. Tortura. Hicieron huelga de hambre. Continuaron detenidos sin juicio, sobrepas�ndose los l�mites posibles de sentencia dispuestos por la ley.

Hernando Sevilla

1981

Periodista, de nacionalidad argentina. Torturado. Dejado en libertad el 30 de septiembre de 1980 despu�s de un a�o y medio sin que se le hicieran cargos.

Sever Ferm�n Pastor Gim�nez

Feb. 19

Alba�il, acusado de conexiones con u partido maoista. Torturado

Antonio Gonz�lez Arce

Feb. 1982

Acusado de ser maoista, torturado por la CIPC. Sentenciado a cuatro a�os de c�rcel en junio de 1984. Dejando en libertad condicional en diciembre de 1985.

Mar�a Margarita
B�ez Romero

Feb. 1983

Colgada de los barrotes de una ventana al sol, con una cuerda atada a esposas durante seis d�as. Quemada y golpeada. Atada a una silla por las noches. Viuda de una de las v�ctimas de Caaguaz�, sufr�a como resultado alucinaciones y dolores de cabeza.

Euladio Rojas

Agosto 8 1983

Torturado. Llevado al hospital de la polic�a cuando ya no pudo comer ni orinar a causa de los golpes al est�mago y ri�ones.

Enrique Goosen

Mayo 11, 1983

Trabajada en el Banco Paraguayo de Datos. Acusado de subversi�n. Azotado, encapuchado, sumergido en "la pileta".

Roberto Villalba

Mayo 11, 1983

Empleado del Banco Paraguayo de Datos. Azotado en los muslos y espalda. Desnudo, atado y metido a "la pileta". Sufri� un ataque card�aco.

Rub�n Lisboa

Mayo 11, 1983

Empleado del Banco Paraguayo de Datos. Golpeado y mantenido incomunicado.

Ferminda Zunilda
Gonz�lez

Mayo 1983

Empleada dom�stica y madre de 17 a�os. Retenida por 50 d�as despu�s que sus patrones la acusaron de hurto. Estuvo los primeros 8 d�as en el Departamento de Investigaciones en Asunci�n, donde fue golpeada durante cuatro d�as hasta que accedi� a firmar una confesi�n.

Alba Antonia Rojas
Noguera

Feb. 1985

De 31 a�os, madre de tres ni�os. Acusada de hurto. Torturada. Al ser transferida del cuartel de polic�a a la c�rcel de mujeres "Casa del Buen Pastor", tuvo que permanecer 8 d�as en cama para recuperarse de las heridas recibidas.

Regina Chaparro

Mayo 25, 1986

Una mucama que acusa haber sido detenida arbitrariamente y torturada por sospecha de hurto. El Departamento de Investigaciones de la Polic�a Central "me aplic� las puntas de cables a los dedos me�iques. Aunque muchas veces trat� de explicar que yo no hab�a robado nada, me aplicaron muchos choques el�ctricos que me causaban espasmos y contracciones en el cuerpo". Dejada en libertad el 5f de junio, present� queja formal contra sus torturadores, pero �stos nunca fueron procesados.

Colonos brasile�os
Y del Paraguay

1986

Implicados en disputas por terrenos entere campesinos ind�genas. Arrestos masivos, palizas, denuncias de hab�rseles introducido agujas bajo las unas a los presos y uso del "caballo", donde el individuo se le pone un arn�s, como a un animal, y se le obliga a arrastrar objeto muy pesados.

Campesinos indios Mby'a

Nov. 13 1986

Obligados a desalojar la finca privada llamada "La Golondrina" en el Departamento de Caaguaz�; los indios fueron amenazados de muerte y una mujer fue violada.

Quint�n Gonz�lez Escobar

Abril 25 1986

Pertenece a una minor�a del Partido llamado MOPOCO. Detenido por 5 d�as al entrar al Paraguay desde Argentina. Torturado y expulsado del pa�s.

Marcelino Coraz�n Medina

Mayo 1 1986

Arrestado muchas veces en los a�os 70 y 80 y torturado. Recientemente arrestado en 1ro de mayo de 1986 y apaleado brutalmente con garrotes por hombres de civil. Luego puesto en libertad.

 

La Comisi�n ha sido informada, siempre en materia de derecho a la integridad personal, que luego del levantamiento del estado de sitio las autoridades policiales han hecho empleo de singular violencia cuando se ha tratado de disolver manifestaciones pac�ficas, provocando de esta forma serias lesiones entre los concurrentes. Los malos tratos, seg�n la informaci�n recibida, continuaron durante la detenci�n de los afectados.

 

E. CONCLUSIONES

Durante el per�odo cubierto por el presente Informe, el an�lisis realizado le ha permitido a la Comisi�n observar que se ha producido una disminuci�n de las violaciones al derecho a la vida en Paraguay, las cuales cuando ocurren obedecen m�s del abuso excesivo de las autoridades policiales o militares que a una estrategia pare eliminar a miembros de la oposici�n pol�tica. Se han dado casos, sin embargo, en los cuales se ha producido la muerte de opositores sin que hasta la fecha se hayan esclarecido las circunstancias de la muerte. Tampoco conoce la Comisi�n las condenas que han sido impuestas a personal policial cuando ha sido encontrado responsable de violaciones al derecho a la vida cometidas.

En lo que respecta al derecho a la integridad personal, la presentaci�n realizada permite a la Comisi�n concluir que la torture y malos tratos son aplicados de manera rutinaria, tanto a opositores pol�ticos como a lea personas acusadas de delitos comunes. Esta condenable pr�ctica de las autoridades paraguayas ha sido facilitada por la negativa del Poder Judicial a tramitar los recursos de habeas corpus cuando rige el estado de sitio. Resulta por ello imprescindible, a juicio de la Comisi�n, que el Gobierno de Paraguay investigue los casos de tortures y malos tratos a fin de sancionar a los responsables de manera ejemplar.

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