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CAPITULO VI

 LIBERTADES DE CONCIENCIA, CULTO Y RELIGION1/

  

A.                 Disposiciones Constitucionales 

El Art�culo 120 de la Constituci�n de Nicaragua garantiza la libertad de conciencia y de cultos en los siguientes t�rminos: 

�Se garantiza la libertad de conciencia, la manifestaci�n de todas las creencias religiosas y la pr�ctica de todos los cultos que no sean incompatible con la vida e integridad f�sica de la persona humana, o no se opongan a la mora, a las buenas costumbres o al orden p�blico.  Los actos contrarios al orden p�blico o a la moral que se ejecuten con ocasi�n o bajo pretexto del ejercicio de un culto, caen bajo la sanci�n de la ley.� 

Sin embargo, en la misma Constituci�n, en otra de sus disposiciones, --el Art�culo 71, p�rrafo 3-- se restringen esas libertades al disponerse que: 

�No se podr� hacer en ninguna forma propaganda pol�tica por cl�rigos, seglares o ministros de cualquier culto, invocando motivos religiosos o vali�ndose de las creencias religiosas del pueblo.  En los templos, adem�s, con ocasi�n de actos de culto o propaganda religiosa, no se podr� hacer cr�tica a las leyes del Estado, al Gobierno o a los funcionarios p�blicos en particular.� 

Tal disposici�n, que se presta a interpretaciones restringidas, podr�a significar una grave limitaci�n al ejercicio de la libertad de culto, especialmente en lo que ata�e a la defensa por parte de los cl�rigos y sacerdotes de la observancia de los derechos humanos, que ellos consideran inherentes a su funci�n religiosa.

 

B.                 Manifestaciones de estas libertades en la pr�ctica 

Durante su visita, los miembros de la Comisi�n tuvieron oportunidad de entrevistarse con diversas autoridades de la Iglesia Cat�lica, incluyendo al Arzobispo de Managua, Monse�or Obando, y al Presidente de la Conferencia Episcopal Cat�lica de Nicaragua y Obispo de Le�n, Monse�or Salazar, adem�s de varios sacerdotes cat�licos, los que tanto en Managua como en las ciudades del interior visitadas por la Comisi�n, prestaron su testimonio respecto a la situaci�n de los humanos en este pa�s.  La Comisi�n, en cambio, no pudo entrevistarse con representantes de otros credos religiosos. 

Del testimonio con los sacerdotes entrevistados, as� como de otras fuentes que la Comisi�n pudo disponer, puede se�alarse que, si bien estrictamente, el ejercicio de las libertades religiosas y de cultos se encuentran formalmente respetadas, de hecho, los sacerdotes y cl�rigos encuentran serias restricciones para el ejercicio de su ministerio.  As�, en una circular de 9 de septiembre del presente a�o, la Curia Arzobispal de Managua describe los siguientes casos de abusos cometidos en los �ltimos meses contra personas e instituciones de la Iglesia Arquidiocesana: 

�Se ha herido a la Iglesia especialmente con el ultraje cometido contra los Rvdos. Padre Jos� Mar�a Gonz�lez, irrespetado a pesar de su venerable ancianidad, y Donaldo Garc�a L�pez, Capell�n del Ej�rcito, golpeado brutalmente por un efectivo militar.� 

�Esta Arquidi�cesis de Managua denuncia adem�s el allanamiento y ametrallamiento, por efectivos militares, de la Parroquia San Antonio de Jinotepe, de la Iglesia San Jos� de Diriamba y Convento de los Padres Franciscanos anexo a dicha Iglesia; el allamiento reiterado y violento de la Parroquia de la Asunci�n de Masaya y del Colegio �Don Bosco� de los Padres Salesianos de la misma ciudad.� 

�La Parroquia de Mar�a Auxiliadora y la Iglesia de Santa Mar�a de los Angeles, en Managua, recibieron impactos de bala de alto calibre disparados por elementos desconocidos.� 

En una comunicaci�n posterior, la misma Curia Arzobispal denunci� la expulsi�n, el d�a 8 de septiembre, del Rev. Padre Jos� Mar�a Pachecho, Director del Colegio Don Bosco de Masaya y P�rroco de la Iglesia Santa Magdalena de la misma ciudad.

 En otra circular, de 27 de septiembre de 1978, la Curia de Managua volvi� a denunciar algunos hechos acaecidos con posterioridad al 9 de septiembre, mencionando, entre otros, los siguientes: 

�El se�or Jefe de Radio y TV prohibi� la difusi�n de Circulares enviadas por esta Curia dici�ndole telef�nicamente al Vicario General que �aunque eran ciertas las cosas all� expresadas, no pod�an decirse en p�blico porque pod�an soliviantar los �nimos�. 

�El d�a domingo 10 de septiembre fueron apresados y ultrajados de palabras cinco sacerdotes del Colegio Calasanz de Managua y uno de ellos, el P. Jos� Ma. Saced�n, fue golpeado f�sicamente.  El mismo Arzobispo Mons. Miguel Obando Bravo fue irrespetado gravemente por soldados en presencia de sus oficiales, cuando indagaba en la Central de Polic�a sobre el paradero de los padres del Calasanz. 

�En Jinotepe, el Sacerdote Marcial Baltodano, enfermo y de edad avanzada, fue golpeado y vejado en su casa de habitaci�n, que fue saqueada por los mismos efectivos militares.� 

�En la misma ciudad de Jinotepe fue nuevamente balaceado el templo San Antonio, poniendo en peligro de muerte al joven sacrist�n de dicha parroquia.  Este templo fue arbitrariamente mandado a cerrar. 

�Las Parroquias de San Sebast�an de Diriamba y Asunci�n de Masaya han sido tomadas por la Guardia Nacional hasta el d�a de hoy.� 

          Por otra parte, siete miembros del Consejo Pastoral de la Di�cesis de Estel� relataron a la Comisi�n serios actos de hostigamiento y maltrato que la Guardia Nacional ha cometido y comete en perjuicio de los campesinos de su di�cesis.  Tales actos tienen las caracter�sticas de una represi�n, que seg�n los sacerdotes es una manera de perseguir a la iglesia, a la que la Guardia Nacional se�ala como responsable del descontento general de la poblaci�n.  Tambi�n pudo la Comisi�n observar en varias ciudades y barrios que visit�, los bombardeos realizados por la Guardia Nacional en perjuicio de templos e instituciones cat�licas y que fueron denunciados por autoridades de la iglesia,  las cuales aseguraron que en los templos e instituciones visitadas por la Comisi�n no hab�an combatientes, lo que conformaron vecinos de cada lugar. 

Adem�s, la Comisi�n pudo constatar, a trav�s de entrevistas sostenidas con autoridades del Gobierno y muchas otras fuentes, una constante animosidad por parte de las autoridades en contra de la generalidad del clero, en la que su activa preocupaci�n por la defensa de los derechos humanos fundamentales ha sido distorsionada, imput�ndoseles acciones ajenas a su ministerio, con lo cual, de ese modo, se les ha dificultado el ejercicio mismo de �ste.  La animosidad en contra del clero llega hasta el hostigamiento, detenciones, muertes y expulsiones del pa�s de sacerdotes.

 

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1 /            El Art�culo III de la Declaraci�n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre se�ala:  Toda persona tiene el derecho de profesar libremente una creencia religiosa y de manifestarla y practicarla en p�blico y en privado.