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CAPITULO III

 DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL 1/

 

 A.                 Disposiciones constitucionales y antecedentes generales

El Art�culo 52 de la Constituci�n de Nicaragua prohibe �todo acto de crueldad o tortura contra detenidos, procesados o penados.  La violaci�n de esta garant�a constituye delito�.  Asimismo, el Art�culo 197 establece que �En ning�n caso podr� afectar el derecho de suspensi�n restricci�n (de las garant�as constitucionales)... la prohibici�n de todo acto de crueldad o de torturas y penas infamantes. 

Sin embargo, la Comisi�n ha recibido innumerables testimonios de que tales disposiciones, en la pr�ctica, no se cumplen.  As�, a inicios del mes de agosto del presente a�o, poco antes de que se iniciara la lucha armada, la Conferencia Episcopal Cat�lica de Nicaragua dio a publicidad un documento en el cual hac�a un llamado a la paz y la concordia.  En esta carta los Obispos nicarag�enses se�alaban, entre otras cosas que: 

�El n�mero de heridos, encarcelados, torturados, desaparecidos, es interminable y crece a diario.� 

 

B.                 La realidad observada por la Comisi�n 

Como se anota en otra parte de este Informe, La Comisi�n visti� 12 sitios de detenci�n tanto en Managua como en el interior del pa�s.  Estas visitas le permitieron entrar en contacto directo con gran n�mero de detenidos, de entrevistarlos a solas, tomar sus fotograf�as, as� como nota de sus testimonios. 

Durante las pl�ticas con los presos, la Comisi�n Especial recibi� reiteradamente numerosas denuncias de torturas f�sicas y s�quicas.  La gran mayor�a de los detenidos alegaba que durante la detenci�n hab�an sido duramente golpeados con culatas de fusil, pistolas, pu�os y puntapi�s.  En varias ocasiones, los detenidos mostraron, con gran temor a que fuesen vistos por los guardias, cicatrices en la cabeza y otras partes del cuerpo, amoratados, y  fracturas de costillas y huesos.  Asimismo la Comisi�n constat� que muchos presos que alegaban haber sido colgados de los brazos ten�an cicatrices muy visibles en las mu�ecas.  Estas huellas fueron encontradas una y otra vez en diferentes sitios del pa�s, y lo que llama la atenci�n es la consimilitud de las cicatrices. 

La Comisi�n tambi�n recibi� denuncias relacionadas con la aplicaci�n de descargas el�ctricas mediante el empleo de un �chuzo el�ctrico� o con cables conectados a generadores, bater�as o simples tomacorrientes.  Los sitios donde los reclamantes alegaron que se utilizaba m�s corrientemente este medio de tortura fueron en las Comandancias de la guarida nacional de Masaya y Jinotepe y en la oficina de Seguridad Nacional de Managua. 

Por otra parte, muchos presos informaron a la Comisi�n que al momento de ser detenidos eran vendados, y que al llegar a la Oficina de Seguridad Nacional eran encapuchados y mantenidos en esta situaci�n por largos per�odos.  Esta denuncias fue confirmada a la Comisi�n por un Capit�n de la oficina de Seguridad quien admiti� que muchas veces los detenidos llegaban vendados con sus propias camisas y que despu�s se les encapuchaba para los interrogatorios.�

 Asimismo, la Comisi�n recibi� denuncias de que varios presos hab�an sido encapuchados e incomunicados por prolongados per�odos, pasando a veces varios d�as sin recibir ni agua ni comida.  Otros expresaron que durante la incomunicaci�n hab�an sido desnudados y mantenidos en un cuarto con los aires acondicionados en la temperatura m�s fr�a. 

Muchos de los presos se quejaron de que frecuentemente son amenazados de muerte, ellos y sus familiares.  En algunos casos alegaron que estas amenazas eran proferidas por los guardias mientras le apuntaban con sus armas. 

En varias ocasiones, la Comisi�n pudo constatar que algunos presos estaban heridos de bala y en condiciones precarias de salud.  Un joven, de apenas 14 a�os de edad, en la c�rcel de Masaya ten�a heridas de bala en una pierna, con la bala adentro, y no hab�a visto un m�dico desde su llegada a la c�rcel.  En esa misma c�rcel, as� como en el Cuartel de Polic�a de Managua, se encontraban con los reos comunes y pol�ticos dos personas cuyas apariencias y comportamiento indicaban que eran esquizofr�nicos.  En todas partes los presos alegaron que en la c�rcel apenas hab�an visto un m�dico y que, por lo menos en un caso, cuando lo vieron fue dando instrucciones sobre la cantidad de voltaje a aplicar durante las torturas, as� como examinando a las personas torturadas para ver si pod�an resistir m�s. 

Una y otra vez, la Comisi�n pudo constatar que los locales en los cuales se lleva a cabo la detenci�n de cientos de personas son manifiestamente inadecuadas y atentatorios contra la salud y el bienestar de las personas.  La Comisi�n not� que decenas de personas se encontraban hacinadas en celdas con deficiente ventilaci�n e inaceptables condiciones higi�nicas.  En una celda en el Cuartel de Polic�a de Managua denominada �la chiquita� no existe sanitario y los que all� se encuentran detenidos tienen que utilizar un tarro para sus necesidades.  La Comisi�n fue informada por varias personas que esta celda, llamada �la chiquita� por su reducido espacio, ha sido llenada de presos hasta el punto que apenas se pod�an mover.  Similar situaci�n observ� la Comisi�n Especial en Jinotepe. 

A continuaci�n se transcribe un caso de lo vivido por un nicarag�ense en las c�rceles de su pa�s.  Se ha seleccionado este caso, entre las numerosas denuncias recibidas, porque en �l se ilustran v�vidamente los diferentes m�todos de tortura que se vienen narrando: 

�Fui capturado el d�a s�bado 17 de junio del a�o en curso a las 8:30 a.m. en mi lugar se trabajo sin ninguna orden de captura que fuera emitida por autoridad constituida y con todo lujo de sa�a, golpes y atropellos.  Fue saqueado dicho recinto llev�ndose pertenencias y equipo de oficina como tambi�n el carro de mi propiedad que se encontraba en reparaci�n como tambi�n 2 carros que pertenec�an a clientes.  Fue conducido a las oficinas de seguridad en donde se me procedi� a torturar f�sica y sicol�gicamente, golpe�ndome con garrotes, pu�os, patadas y golpes de karate en la cabeza, costillas... y patadas en la columna como tambi�n sometido a intensos interrogatorios de hechos que desconozco, durante el cual se me impon�an ejercicios f�sicos hasta llegar a la extenuaci�n y cuando mi resistencia llegaba al l�mite era salvajemente golpeado y obligado a seguir a base de patadas y golpes; en el d�a se me manten�a en una celda caliente y en la noche en un cuarto con aire acondicionado puesto al m�ximo.  Durante 10 d�as se me mantuvo sin comer y no se me daba agua; debido a las torturas pas� 10 d�as orinando sangre y sin poder defecar y ped� un viernes que se me sacara al servicio m�s no me lo concedieron sino hasta el domingo, con dificultades para orinar ya que no se proporcionaba servicio higi�nico teni�ndolo que hacer en un tarro cuando me lo quer�an pasar.  Debido a los golpes y torturas en mis �rganos genitales todav�a conservo lesiones ya que fui acostado boca abajo desnudo y alguien se me par� en las posaderas restreg�ndome las partes en el piso.  Fui sacado con presi�n sicol�gica de que iba a ser baleado un viernes en la noche; durante 13 d�as �permanec� esposado siendo golpeado, pateado, obligado a hacer ejercicios, todo esto en el tiempo que no era interrogado, y luego en cada uno de los interogarotorios que eran extensos y cansadores era nuevamente golpeado y humillado.� 

�Permanec� tres d�as en un calabozo del s�tano en ese per�odo y a la semana de estar all� fui obligado a lavar la camisa que me ten�an como venda y me la pusieron de nuevo empapada pasando tres d�as con ella lo que me produjo dificultades en la vista y grandes peladuras en la cara ya que el jab�n era detergente; posterior a eso tuve dificultades tanto para orinar como para defecar pues lo hac�a con sangre.� 

�Fui obligado a firmar una declaraci�n que desconozco lo que dec�a.  Trasladado el 30 de junio al juez de polic�a en donde con medios de presi�n, con testigos falsos y adictos al r�gimen, adem�s de estar en estado de ebriedad, fue inventada una declaraci�n con la cual me remitieron al juez.  El mismo 30 fui trasladado a la central de polic�a en donde se me llev� a una celda com�n en donde de nuevo fui sometido a despojos y golpes de los presidarios impuestos por las autoridades del penal como cabos de celda.� 

�Una vez que se hab�a despojado de lo que llevaba fui trasladado a una celda llamada �la chiquita�, la cual no cuenta con las m�nimas condiciones de higiene, ni servicios elementales, estando en ella desde el 30 de junio hasta el d�a jueves 28 de setiembre que cuando trasladado a la C�rcel Modelo; durante esa estancia fui sometido a ultrajes, torturas sicol�gicas, amenazas directas de muertes, privaci�n de visita de mis familiares y ning�n tipo de asistencia m�dica, privado de servicios higi�nicos en la celda como de agua potable obligado a orinar en una porra junto con 10 y hasta 11 personas m�s, siendo sacado al inodoro cuando al encargado de guardia se les ocurr�a sacarnos y no cuando lo necesitaban, teniendo que soportar deseos de defecar hasta de dos horas a veces y la insalubridad e una porra de orinar.� 

�Durante todo el d�a sin agua potable para tomar, sin circulaci�n de aire, sin recibir sol durante todo ese tiempo y con una filtraci�n de agua ... ya que dicha celda se encuentra entre dos ba�os.� 

�En todo ese tiempo jam�s se me concedi� alimentaci�n del penal ya que es de lo m�s insalubre como de la peor calidad, basada en arroz con chile, frijoles duros en gallo pinto y algunas veces tallarines, todo ello en estado de descomposici�n y hecho una sola masa.� 

�Las veces que hab�a alguna acci�n en la calle se me privaba de la salida al inodoro, la visita, y se nos pon�a guaridas en la puerta de la celda apuntando con sus armas hacia adentro bala en boca y sin seguro, dispuesto en cualquier momento a disparar, no sin antes amenazarlo de hacerlo, pues dec�an que ya ten�an orden de a cualquier movimiento o disparos que se escuchara, tirar.  En la Central durante todo ese tiempo fui muchas veces privado de la visita de mi familia.� 

�Tambi�n mis familiares fueron ultrajados por el jefe del pabell�n; adem�s de esto, se someti� a todos mis familiares a intenso chequeo como tambi�n las casas de habitaci�n, llegando casi a los tres meses a hacer un intenso cateo con gran cantidad de elementos armados.� 

�Por otro lado, el local de mi trabajo fue objeto de constante vigilancia, los clientes llegaban atemorizados y se presionaba a las compa��as con quien trabaja a suspenderme el trabajo; los trabajadores amenazados y debido a todo esto fui obligado a cerrar el negocio, dejando a mi familia en competo abandono.  Y por �ltimo, debido a la constante presi�n obligada a desalojar sus lugares de habitaci�n.� 

�Todo esto sin contar la violaci�n del derecho de recurso de amparo que fue interpuesto sin tener lugar durante mi injusta y arbitraria detenci�n durante 13 d�as en la Seguridad; allanamiento del lugar del trabajo; atentar contra mi integridad f�sica; usurpaci�n de bienes privados como son mis tres veh�culos y equipo de oficina: interceptaci�n de tel�fono, y lo m�s delicado, sometido a violentas torturas durante el per�odo de 13 d�as.  Obligado a no dormir, sin alimentaci�n, sin servicios elementales de higiene, sin asistencia m�dica y en condiciones infrahumanas.� 

�Luego, la tardanza de la impartici�n de justicia por las leyes judiciales pues si la justicia es tardada no es justicia.  Sigo hasta la fecha sorportando la pena de la c�rcel, con mi familia y mi trabajo totalmente en la calle. 

�Durante todo el tiempo que permanec� esposado a la pared y tirado en el suelo, alguien se me paraba en el est�mago, pecho, brazos y piernas hinchando fuertemente.  Treinta d�as despu�s de haber salido de la Seguridad todav�a me dol�a la columna, la cabeza, y me da calentura todav�a con dolores de cabeza, algunas veces no pudiendo hacer ejercicios ya que la columna me perturba.� 

Finalmente, la Comisi�n desea dejar constancia de que puso en conocimiento de algunos Comandantes de c�rceles los nombres de las personas a quienes se se�alaban como torturadores, recibiendo de parte de algunos de ellos seguridades de que se tomar�an medidas; pero, hasta ahora, no ha sido informada de que se hayan formulado cargos en contra de miembro alguno de la Guardia Nacional responsables de torturas y otros apremios indebidos.�

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1 /            El art�culo I de la Declaraci�n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre prescribe:  �Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona�.  Por su parte, en el p�rrafo tercero del Art�culo XXV de dicha Declaraci�n se se�ala que todo individuo...�Tiene derecho tambi�n a un tratamiento humano durante la privaci�n de su libertad.