HONDURAS: DERECHOS HUMANOS Y GOLPE DE ESTADO

 

 IV.       EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

 

160.          Desde el golpe de Estado a la fecha de elaboración de este informe, la CIDH ha recibido información de diversos actores políticos, sociales, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos sobre la situación de los derechos humanos. Durante su visita in loco, la CIDH tuvo la oportunidad de entrevistarse personalmente con estos actores y con autoridades del Estado, a efectos de contar con información completa y acerca de la situación de los derechos humanos en ese país como consecuencia del golpe de Estado.

 

161.          Para la realización de este informe se ha considerado información de variada naturaleza: testimonios y denuncias, noticias periodísticas, informes de organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil en general, fotos, videos, presentaciones, expedientes, actuaciones judiciales y oficios, e información proporcionada por entidades estatales. También se ha considerado la normativa internacional, constitucional y legal vigente en el Estado de Honduras. Con el fin de proteger la vida e integridad personal de las personas que rindieron sus testimonios ante la Comisión, sólo se indicarán en este informe las iniciales de sus nombres.

 

162.          La declaración del estado de excepción por parte de un gobierno de facto carece de legitimidad de origen y es nula ab initio. Desde el golpe de Estado, las autoridades de facto anunciaron, a través de la cadena nacional, la vigencia de toques de queda durante determinadas franjas horarias y para determinados espacios del territorio en forma arbitraria y sin que exista una fundamentación suficiente. Solamente se emitieron dos Decretos Ejecutivos en los que se establecía concretamente el período estipulado y las garantías suspendidas. En el primer caso, el estado de excepción continuó a pesar de que operó el plazo y en el segundo caso, el Decreto fue derogado antes de que finalizara el período fijado.

 

163.          Más allá de los derechos que no pueden ser suspendidos aún bajo estados de excepción, según la Convención Americana, en el contexto de crisis institucional que atraviesa el país, la subsistencia y arbitrariedad de la suspensión de garantías constitucionales tuvo un impacto negativo en los derechos a la vida, integridad física, libertad personal, libertad de expresión, integridad sexual, igualdad y no discriminación, derecho de huelga, derecho a la educación, garantías judiciales, entre otros.

 

164.          En efecto, la subsistencia de toques de queda, la militarización del territorio, la primacía del poder militar sobre el civil y la deficiencia de los mecanismos judiciales colocaron a la población en una situación de indefensión, que generó un ambiente propicio para la comisión de violaciones a los derechos humanos.

 

            A.        Rol de defensoras y defensores de derechos humanos

 

165.          En relación con la situación de las defensoras y defensores de derechos humanos, la Carta Democrática Interamericana resalta la importancia de la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional para el desarrollo de la democracia. Las defensoras y defensores de derechos humanos, desde distintos sectores de la sociedad civil y, en algunos casos, desde las instituciones estatales, brindan aportes fundamentales para la vigencia y fortalecimiento de las sociedades democráticas. De allí que el respeto por los derechos humanos en un Estado democrático dependa, en gran medida, de las garantías efectivas y adecuadas que gocen las defensoras y defensores para realizar libremente sus actividades[163].

 

166.          Desde hace más de una década, la Asamblea General de la OEA se ha pronunciado en diversas oportunidades acerca de la importancia que asigna a la protección de las defensoras y defensores, y ha mostrado la preocupación primordial de la OEA por la situación de éstos y sus organizaciones. El 8 de junio de 1990, en la resolución AG/RES. 1044, la Asamblea General “reiteró la recomendación hecha en años anteriores a los Gobiernos de los Estados miembros para que otorguen las garantías y facilidades necesarias a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos a fin de que puedan continuar contribuyendo a la promoción y defensa de los derechos humanos y respeten la libertad e integridad de los miembros de tales organizaciones”[164].

 

167.          Por su parte, el Secretario General de las Naciones Unidas ha expresado que "los defensores de los derechos humanos son el núcleo del movimiento de derechos humanos en todo el mundo. Trabajan por las transformaciones democráticas que permiten aumentar la participación de los ciudadanos en los procesos de adopción de decisiones que determinan sus vidas. Los defensores de derechos humanos contribuyen a mejorar las condiciones sociales, políticas y económicas, reducir las tensiones sociales y políticas, crear un entorno pacífico, tanto en el plano nacional como internacional por los derechos humanos. Los defensores de los derechos humanos constituyen la base sobre la que se apoyan las organizaciones y los mecanismos regionales e internacionales de derechos humanos, incluidos los de Naciones Unidas, para promover y proteger los derechos humanos"[165].

 

168.          La Comisión valora y reconoce el importante rol que las defensoras y los defensores de derechos humanos desempeñan y ha dado seguimiento constante y permanente a la situación que enfrentan en el hemisferio. En esta tarea de seguimiento, Honduras no fue una excepción. Por el contrario, la CIDH ha observado una serie de dificultades que, desde hace décadas, afectan y dificultan la labor de los y las defensoras de derechos humanos en dicho país, dificultades que se han intensificado por el quiebre institucional.

 

169.          Desde el 28 de junio, diversas organizaciones de la sociedad civil han expresado su oposición al golpe de Estado: Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación Compañía de Jesús (ERIC), Asociación de Jueces para la Democracia, Centro de Derechos de la Mujer (CDM), Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPIHN), Centro para la Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Víctimas de Tortura (CPTRT), Centro de Estudios de la Mujer (CEM-H), Asociación Arco Iris, Jha Jha, Bloque Popular de Honduras, Coordinadora de Resistencia Popular, Coordinadora de organizaciones populares del Aguán (COPA), Organización Fraternal Negra (OFRANEH), Movimiento Ambientalista de Olancho (MAO), Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, Federación de Tribus Xicaques de Yoro (FETRIXY), Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH), Comité de Familiares Detenidos – Desaparecidos de Honduras (COFADEH) y Asociación de Organismos No Gubernamentales (ASONOG).

 

170.          Estas organizaciones han asumido un rol activo de protección de los derechos humanos frente al incremento de denuncias, debiendo reestructurar sus actividades diarias, con el objeto de canalizar las demandas de las personas que se acercaban a sus oficinas. A partir del golpe de Estado, la CIDH recibió información que indicaba que numerosos defensoras y defensores de derechos humanos se encontraban en situación de riesgo[166]. Además, algunas organizaciones de derechos humanos denunciaron a la CIDH la utilización de los medios estatales para perpetrar hostigamientos[167] en contra de los defensores a través de mecanismos tales como el inicio de investigaciones policiales y judiciales, detenciones arbitrarias[168], agresiones[169], intimidación, vigilancia y seguimientos[170]. Se denunció también que algunas de estas organizaciones sufrieron cortes de energía eléctrica en sus oficinas, interrupción de las comunicaciones e interceptación de sus cuentas de correo electrónico[171]. Algunas sedes fueron baleadas por sujetos fuertemente armados[172] y se les arrojaron bombas[173], mientras que otras fueron registradas[174].

 

171.          Asimismo, los defensores hicieron referencia a los obstáculos para el ingreso a centros de detención y otros lugares no habilitados por la ley donde se realizaron detenciones arbitrarias, y a hospitales. También denunciaron las dificultades existentes para el acceso a expedientes judiciales, dado que se requieren gestiones burocráticas que no eran necesarias antes del golpe de Estado. A modo de ejemplo, se informó que durante los retenes militares y policiales del 24 y 25 de julio, se negó el ingreso de defensores a los comandos, la detención de personas y el acceso a los libros de detenidos y novedades. Por otra parte, durante la manifestación del 30 de julio en Comayagüela, en la que el profesor Vallejo y varias personas resultaron heridas, falleciendo el primero dos días después, no se permitió el ingreso al centro de detención, con excepción de dos abogadas que se encontraban allí antes de los hechos. Finalmente, el 11 de agosto, no se les permitió el acceso para defender a las personas detenidas en la Jefatura Policial Metropolitana No. 1 –también denominada CORE VII- y la Fiscalía de Turno del Centro Integrado[175] de Justicia, habría prohibido la comunicación con los fiscales para conocer los cargos imputados[176].

 

172.          La labor de los defensores se vio dificultada, además, por la imposibilidad de circular durante los toques de queda, circunstancia que impidió la asistencia de las víctimas en horas nocturnas. Por otra parte, las autoridades de facto habrían manifestado en los medios de comunicación que iniciarían actuaciones penales a las organizaciones de derechos humanos que los difaman con acusaciones de violaciones a derechos humanos[177].

 

173.          A modo de ejemplo, el 12 de agosto, alrededor de las 3:30 p.m., una de las abogadas de CIPRODEH indicó que se encontraba en la esquina opuesta al Banco Central, recibiendo denuncias de familiares de detenidos en los bajos del Congreso Nacional, mientras era filmada y fotografiada por elementos de esas fuerzas. Al ver que las fuerzas de seguridad le propinaban toda clase de golpes, patadas, puñetazos y toletazos a una persona, a pesar de que estaba sometida, comenzó a tomar fotografías. A continuación, los Policías habrían comenzado a golpearla a mano abierta, le habrían dado toletazos y puñetazos en la cabeza y tórax, habría sido arrastrada del pelo por la plaza y habrían pretendido quitarle su cámara. Mientras tanto las fuerzas de seguridad le dijeron “que dejara de estarlos jodiendo que tomara mis fotos y que me fuera a la mierda manifestándole que no era periodista sino una defensora de derechos humanos peor a(ú)n por ustedes estamos así de jodidos[178].

 

174.          La tarea que realizan los defensores y defensoras de derechos humanos no ha contado con la colaboración de los órganos estatales encargados de la protección y defensa de los derechos humanos. Los defensores y defensoras de derechos humanos criticaron la inactividad de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y del Comisionado Nacional de Derechos Humanos[179]: ninguna de esas instituciones cuestionaron el decreto de suspensión de garantías; no iniciaron inspecciones o investigaciones para el decomiso de material de uso prohibido contra manifestantes (gas pimienta, tubos, bates de béisbol, palos con nudos y cadenas); omitieron ordenar la libertad de personas detenidas ilegalmente en lugares no autorizados; y no tomaron declaraciones al personal policial y militar que comanda las operaciones de terreno[180].

 

175.          La Comisión tomó conocimiento del grave papel desempeñado por el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Ramón Custodio López, quien al negar la existencia del golpe de Estado, impidió que los habitantes de Honduras pudieran contar con un mecanismo independiente de protección a los derechos humanos. En efecto, el día que se materializó el golpe de Estado, emitió declaraciones internacionales a través de la cadena televisiva CNN, señalando que en Honduras no se había producido un golpe de Estado sino la separación del Presidente por parte del Congreso Nacional “en aplicación de la legislación nacional”.  Asimismo, participó en la conferencia de prensa de “toma de posesión” del señor Micheletti[181].  El 1º de julio, dio a conocer su propuesta para legitimar el ejercicio de la soberanía nacional y ejercer el derecho de autodeterminación de los pueblos: someter a consideración del pueblo hondureño, mediante un plebiscito, la restitución de su cargo al “ciudadano” José Manuel Zelaya, mediante la simple pregunta de SI o NO[182].  La página Web oficial de la institución tiene un anuncio en el que se señala que “el camino más viable para solucionar el problema es que Manuel Zelaya Rosales anuncie el retiro de su aspiración de retornar a la Presidencia”[183]. El señor Custodio emitió la siguiente declaración:

 

…en Honduras se están respetando los derechos humanos… la única garantía suspendida es la de libre locomoción, [… celebró además que con esa medida restrictiva de los derechos fundamentales se haya logrado disminuir la criminalidad en el país,] ‘algo que nunca se logró en las tres administraciones anteriores[184].

 

176.          Para las defensoras y defensores de derechos humanos, la actitud del señor Custodio se tradujo en una situación de indefensión para las víctimas de violaciones de derechos humanos, quienes perdieron su confianza en la institución y sienten un profundo sentimiento de temor de acudir a sus oficinas[185]. Esta situación se vería agravada en el caso de aquellas víctimas que residen en zonas del país que no cuentan con la presencia de oficinas de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos[186].

 

177.          En relación con la actuación de la Fiscalía de Derechos Humanos, algunos  defensores manifestaron que si bien responde a las denuncias, su actuación es burocrática, “limitándose a revisar libros y documentos oficiales policiales, militares y del Ministerio Público; absteniéndose en los casos de detenciones arbitrarias a tomar declaraciones a las víctimas de violaciones a derechos humanos, incluso de aquellas que están gravemente heridas”[187]. Por otra parte, también manifestaron que la Fiscalía de Derechos Humanos intentó e impulsó algunas acciones de protección, incluso contra medidas adoptadas por el gobierno de facto[188]  

 

B.        Situación de autoridades políticas, otras autoridades y líderes sociales

 

178.          A partir del golpe de Estado, numerosos funcionarios del gabinete del Presidente Zelaya informaron a la CIDH situaciones que ponían en riesgo su vida e integridad personal como así también, el inicio de acciones de investigación administrativas y criminales, como retaliación a su apoyo al Presidente Zelaya[189].

 

179.          Por otra parte, durante la entrevista de la CIDH con la familia del Presidente Zelaya, la Primera Dama denunció una campaña de desprestigio en contra de la familia y la publicación de anuncios difamatorios en los medios de comunicación oficiales, situación que la CIDH pudo constatar en el transcurso de su visita. Asimismo, manifestó que durante los retenes militares y policiales, debieron esconderse en las montañas y solicitaron asilo en embajadas para evitar ser deportados. Sin embargo, cuando murió Isis Obed Murillo, decidieron salir de las embajadas e incorporarse a las manifestaciones.

 

180.          Respecto de los hechos acaecidos en El Paraíso, la Primera Dama informó que estuvieron retenidos por 5 días, sin poder moverse, sin acceso a alimentos ni medicamentos. En virtud del recurso de amparo interpuesto en su favor, un juez ejecutor se apersonó con una orden que sólo le permitía el paso a ella, por lo que decidió quedarse con la gente. Asimismo, relató que pasaron la noche en un hotel y alrededor de las 12:30 a.m. escucharon dos disparos, había policías que les exigían que salieran y les daban hasta la 6:00 am para que se fueran.

 

181.          Finalmente, la Primera Dama indicó que tienen intervenidos los celulares, sus cuentas y tarjetas de crédito personales están congeladas y recién el día de la entrevista, 18 de agosto, les habilitaron una tarjeta de crédito. Asimismo, manifestó que a uno de sus hijos lo estarían acusando de traficar drogas, mientras que la casa de un sobrino habría sido allanada.

 

182.          En relación con los representantes diplomáticos, el 17 de julio, el gobierno de facto destituyó a 16 funcionarios[190]. Puntualmente, la CIDH recibió información del Encargado de Negocios ante el gobierno de Costa Rica, quien indicó que los funcionarios diplomáticos son amenazados y que a través de los medios de comunicación se difunde que los diplomáticos que apoyan al Presidente Constitucional incurren en los delitos de usurpación de funciones, desacato, desobediencia, retención de bienes públicos y otros y que se le daría traslado al Tribunal Superior de Cuentas, a la Procuraduría General de la República y al Ministerio Público para que se dedujeran las responsabilidades penales, civiles y administrativas correspondientes. Asimismo, manifestó que las autoridades de facto retienen los pasaportes diplomáticos, circunstancia que dificulta el retorno de los diplomáticos y sus familias[191].

 

183.          De la misma manera, algunos alcaldes, funcionarios y empleados de Alcaldías denunciaron la existencia de órdenes de captura en su contra, actos de persecución, amenazas y hostigamientos por parte de las fuerzas de seguridad[192]. Estos fenómenos también se han denominado como “Golpes de Estados Municipales”, dado que tienen la finalidad de aminorar las acciones de resistencia de aquellos que “mantienen un alto liderazgo político y que han manifestado abiertamente su oposición al golpe de Estado”[193]. En particular, la CIDH recibió el testimonio de tres alcaldes.

 

184.          Según el relato del Alcalde de San José de Colinas, departamento de Santa Bárbara, esa comunidad apoyó desde un principio la consulta y a partir de allí, comenzó una campaña de desprestigio. En su caso, se le habría ordenado una investigación de cuentas con el supuesto de haber recibido transferencias internacionales y se le habría iniciado una investigación de bienes. El 26 de junio, 2 días antes de la encuesta, mientras se desarrollaba una asamblea en una escuela de la comunidad de la Victoria, ésta habría sido baleada. El jefe de la Policía habría justificado esa acción advirtiéndole que “él tenía la culpa por andar de noche”. El día 28 de junio, fecha en la que se produjo el golpe de Estado, el Ejército habría intentado detenerlo y lo habría amenazado con desaparecerlo.

 

185.          Asimismo, según lo informado, el Municipio tiene paralizados todos los proyectos, se suspendió la apertura de una agencia del banco estatal BANADESA, de una tienda de BANASUPRO y otros proyectos; y la transferencia del 5%, obligación mensual del Estado de Nacional para todos los gobiernos locales[194].

 

186.          El Alcalde de El Paraíso manifestó que el toque de queda provocó importantes daños económicos y la reducción de las recaudaciones fiscales. En particular, informó que entre el 24 y 27 de julio las autoridades le informaron que tenía una orden de captura. Asimismo, denunció que la Alcaldía tuvo intervenciones indirectas: a) la alcaldía estuvo militarizada, b) cuando quieren ejecutar los proyectos iniciados con el gobierno de Zelaya les dicen que no hay dinero porque se ha suspendido el financiamiento de proyectos, c) los proyectos sociales se paralizaron, d) muchos pobladores tienen temor a denunciar violaciones a derechos humanos, e) a las municipalidades que están a favor del gobierno de facto les asignan recursos para implementar proyectos[195].

 

187.          La esposa del Alcalde Municipal de la Corporación Municipal de San Pedro Sula manifestó que el 28 de junio, aproximadamente a las 5:00 a.m., unas 12  personas se encontraban en su casa, llevando a cabo los preparativos para la consulta o “cuarta urna”. Alrededor de las 5:30 a.m., el alcalde recibió una llamada en la que le anunciaba que elementos del Ejército irían a su vivienda, por lo que las personas que se encontraban allí, le sugirieron que huyera. Transcurridos unos minutos, agentes del Ejército, sin identificación ni autorización escrita, ingresaron a la casa del alcalde, lo detuvieron y lo trasladaron a la 105 Brigada. La esposa del alcalde se comunicó con un empleado de la Embajada de Estados Unidos en Honduras, dado que el nombrado es ciudadano americano. Posteriormente, su esposa indicó que el alcalde le habría enviado un mensaje de texto en el que le pedía una maleta y le informaba que se iría del país para proteger su vida.  A partir de allí, de acuerdo a lo informado por su esposa, autoridades del gobierno de facto, miembros de los cuerpos políticos y empresariales estarían presionando al alcalde para que renuncie a su cargo y a su candidatura política para la reelección por parte del Partido Liberal, amenazándolo con la promoción de acciones penales en su contra[196].

 

188.          La CIDH también recibió información que indica que empleados estatales de diferentes dependencias fueron despedidos arbitrariamente por su oposición al golpe de Estado[197], mientras que otros fueron amenazados[198].

 

189.          Por otra parte, un grupo de diputados del Partido Liberal brindaron una conferencia de prensa repudiando el golpe de Estado y denunciaron no haber sido legalmente convocados a la sesión en la que el Congreso nombró al señor Micheletti como Presidente de la República, señalando además que sus curules fueron usurpadas para argumentar unanimidad. Con posterioridad a esas declaraciones, varios de esos diputados y diputadas, habrían sido objeto de amenazas, persecución y actos de hostigamiento: seguimientos, disparos en las cercanías de sus viviendas, allanamientos, sembrado de pruebas falsas, inicio de investigaciones por sedición y traición a la patria y  congelamiento de sus cuentas bancarias[199].

 

190.          La CIDH también recibió información acerca de que los siguientes líderes políticos fueron amenazados con órdenes de captura, perseguidos, golpeados y detenidos ilegalmente por las fuerzas de seguridad: Carlos Amaya Funez, Dirigente de la Asamblea Popular Permanente, APP, de El Progreso, Yoro, y Dirigente del Partido Socialista de los Trabajadores, PST; Margarita Murillo, Foro Social del Valle de Sula y Coordinadora del Frente Nacional de Resistencia Popular, zona noroccidental; María Luisa Regalado, Coordinadora de la Colectiva de Mujeres de Honduras, CODEMUH; Onelia Josefa Ramírez Torres, Dirigente del Bloque Popular y Coordinadora de la Misión Milagro de San Pedro Sula; Farabundo Murillo Godoy, Dirigente del Frente de Abogados de la Resistencia Popular y Dirigente del Frente Nacional de Resistencia Popular, zona noroccidental; Samuel Montes Alberto, Dirigente del Bloque Popular; Manuel López, Dirigente de la Coordinadora del Frente de Resistencia Popular en San Pedro Sula y Directivo de la Federación Nacional de Campesinos de Honduras, Fenach; José Edgardo Castro Rodríguez, periodista y candidato a diputado por el Partido Liberal; Mario Arturo Padilla Mendoza, candidato a diputado nacional y Maribel Barahona, candidata a diputada por el Partido Unificación Democrática.

 

191.          En sus observaciones, la Corte Suprema de Justicia manifestó que: “En relación a los supuestos actos de intimidación, amenazas, agresiones físicas y detenciones arbitrarias en perjuicio de algunos líderes políticos, se informa que por el contrario, estos líderes participaron en las manifestaciones e incitaron a las turbas conjuntamente con algunas ONGs en la realización de hechos vandálicos y en la elaboración de artefactos explosivos, cuyos actos fueron reprimidos, según consta en los videos que posee la Policía Nacional[200].

192.          Las autoridades del Poder Judicial también se vieron afectadas por el golpe de Estado. La “Asociación de Jueces por la Democracia” denunció traslados[201], remociones y nombramientos de jueces al margen de los procesos legales e informó a la CIDH que aquellos funcionarios judiciales que se opusieron al golpe de Estado fueron amenazados, agredidos y detenidos ilegalmente[202] y otros fueron sometidos a procesos disciplinarios[203] y otras acciones de hostigamiento[204]. Asimismo, se denunció que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia recibieron llamadas telefónicas y mensajes, tanto de las Fuerzas Armadas como de la empresa privada, exigiendo acciones ejemplares para los jueces y funcionarios judiciales que están en contra del golpe de Estado.

 

193.          En particular, la CIDH recibió el testimonio de una de las Juezas de Letras de lo Penal de Tegucigalpa. El 12 de agosto, esa Jueza se encontraba de turno y conoció un requerimiento fiscal presentado contra tres individuos acusados por la quema del establecimiento Popeye en la Colonia Miraflores y un bus de la ruta urbana. En horas de la noche, se llevó a cabo la audiencia de declaración de imputados, que tiene como finalidad decidir la situación personal de los imputados. La jueza resolvió otorgar a los imputados las siguientes medidas sustitutivas: presentación al juzgado tres veces a la semana, prohibición de salir del municipio del Distrito central, sometimiento a cuidado y vigilancia de uno de los defensores, prohibición de cualquier comunicación y concurrencia a cualquier dependencia de la empresa INTUR. Ninguna de las partes interpuso recursos contra esa decisión[205]. Según el testimonio de la Jueza, el otorgamiento de las medidas sustitutivas le habría costado la separación de la causa y la formulación de pedidos de destitución[206]. En la reunión que la CIDH mantuvo con los magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, indicaron que la Jueza no siguió interviniendo en la causa porque conoció el caso como juez de turno y explicaron que el juez que opera de turno en la noche sólo toma la declaración si hay un imputado, pero la audiencia se celebra en horas del día con el juez competente. Los magistrados no informaron sobre las solicitudes de destitución que se habrían planteado en contra de la Jueza.

 

194.          Por otra parte, de acuerdo a la información brindada a la CIDH, numerosos líderes sociales se encontraron en situación de riesgo mientras que otros fueron amenazados[207], golpeados  y perseguidos con órdenes de captura por su participación en marchas contra el régimen de facto[208]. Entre esos líderes se encontraron: Carlos Eduardo Reina, miembro del Comité Nacional de Resistencia; Eulogio Chávez, miembro del Comité Nacional de Resistencia; Carlos Humberto Reyes, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Bebida y Similares y miembro del bloque popular; Rafael Alegría, dirigente nacional de la vía campesina, Roger Ulises Peña, sindicalista; Salvador Zúñiga, Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras; Ángel Alvarado, miembro del Comité Nacional de Resistencia; Buenaventura Calderón, líder social de Puerto Lempira, departamento de Gracias a Dios; Evelio Sánchez, líder social de Guapinol, Tocoa, Colón; Fabio Ochoa, Presidente local del partido Unificación Democrática en Tocoa; Felipe Antonio Gutiérrez, líder social de Guapinol, Tocoa, Colón; Humberto Maldonado, líder social de Guapinol, Tocoa, Colón; Iris Munguía, Coordinadora de Sindicatos  Bananeros de Honduras; Manuel Membreño, líder social de Guapinol, Tocoa, Colón; Waldemar Cabrera, líder social de Puerto Lempira, Gracias a Dios; Wilfredo Paz Maestro, Miembro de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras; Elsy Benegas, Presidenta del Sindicato de Trabajadores del Instituto Nacional Agrario y dirigente de la Coordinadora de Organizaciones Populares del Aguan, COPA; Manuel Montoya, Dirigente del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica; Eduardo Flores, Miembro de la Coordinadora de Organizaciones Populares del Aguan, COPA; Carlos Mencía, dirigente campesino y candidato a diputado por el partido Unificación Democrática; Lety Orfilia Figueroa Rivera, líder social de Guapinol, Tocoa, Colón; Melany Mercedes Perdomo Gaitán, líder social de Guapinol, Tocoa, Colón y Paula Durán, maestra, ex comisionada municipal de derechos humanos y líder de una organización local de mujeres. Asimismo, siete líderes comunitarios habrían sido acusados del delito de sedición, luego de ser detenidos en la manifestación pública de 30 de junio en la ciudad de El Progreso[209].

 

195.          Durante su visita, la CIDH pudo constatar que las autoridades políticas, líderes sociales y funcionarios públicos que manifestaron su repudio al golpe de Estado, como también la familia del Presidente Zelaya, vivieron situaciones que pusieron en riesgo sus vidas e integridad personal, siendo amenazados, perseguidos, golpeados, hostigados y/o investigados por los tribunales de justicia.

 

196.          Asimismo, en el 137° período ordinario de sesiones, la CIDH recibió un comunicado enviado por el Jefe de la Sección de Recursos Humanos del Ejército a un Alcalde, que establecía:

 

El motivo de esta misiva es para solicitarle nos apoye con lo que a continuación le detallo: a) Nombres y teléfonos de los líderes de su comunidad que conforman la Unidad Cívica Democrática y que se preocupan por trabajar a la par de la municipalidad por el bien de su gente. b) Líderes, nombres y teléfonos que conforman la resistencia y que le llevan intranquilidad a los proyectos de su comunidad. Señor alcalde requerimos de esta información lo más pronto posible, ya que los estaremos visitando muy pronto para estar cada día preparados para fortalecer nuestro sistema democrático[210].

 

197.          La CIDH observa con preocupación la nota enviada por el Ejército hondureño a los Alcaldes. Esta nota confirma su nivel de participación en la ruptura del orden democrático y constitucional y las tareas de inteligencia realizadas en contra de las personas que han manifestado públicamente su rechazo al golpe de Estado.

 

            C.        Impacto específico en determinados grupos

 

198.          La CIDH ha recibido información que revela que a partir del golpe de Estado, se han profundizado situaciones de discriminación respecto de determinados grupos sociales que históricamente han sido excluídos y discriminados en Honduras. En particular, se ha constatado un agravamiento en las situaciones de extranjeros, fundamentalmente de origen nicaragüense, garífunas y miembros de la comunidad gay.

 

199.          La Misión internacional de observación sobre la situación de los derechos humanos en Honduras informó que durante los días 20 y 21 de julio, constataron las violaciones de derechos humanos que habrían sufrido un grupo de jóvenes de nacionalidad nicaragüense, detenidos arbitrariamente por supuestas infracciones administrativas al derecho de extranjería. Estas personas habrían sido maltratadas, no se les habría ofrecido asistencia consular, no habrían sido puestas a disposición de un juez ni defendidos por un abogado, ni se les habrían brindado condiciones de detención adecuadas -en algunos casos se les mantuvo detenidos en celdas policiales con otras personas acusadas de la comisión de delitos comunes-[211]. Asimismo, se informó que el 26 de julio se detuvo selectivamente a 6 nicaragüenses en la posta policial de El Paraíso[212].

 

200.          En este sentido, se habrían implementado estrictas medidas para el ingreso de los extranjeros en el país, especialmente un mayor control en el tránsito de ciudadanos nicaragüenses -pese a ser parte del Convenio de Libre Movilidad, y se habrían iniciado acciones de investigación de extranjeros, particularmente nicaragüenses, cubanos y venezolanos[213]

 

201.          Asimismo, se denunció la detención arbitraria de más de 150 nicaragüenses y venezolanos en Choluteca, El Progreso, San Pedro Sula y Tegucigalpa, como resultado de operativos de registro y allanamientos de hoteles, moteles, restaurantes y ejes carreteros[214], información que fue ratificada por el Alto Mando Policial.

 

202.          En sus observaciones, la Corte Suprema de Justicia indicó que: “16. El Estado de Honduras regula la inmigración a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, con el fin de garantizar la seguridad de la población y del Estado, para lo cual se realizan periódicamente diligencias de supervisión y control que van desde operativos particulares en postas policiales, inspecciones a hoteles, centros de trabajo públicos y privados, inspecciones a unidades de transporte interurbanos, etcétera; en coordinación con la Policía Nacional[215].

203.          Por otra parte, según la información recibida, durante los retenes militares y policiales, los garífunas habrían sido particularmente maltratados, y pasaron hambre y hacinamiento[216]: “con el golpe de Estado se ha exacerbado la discriminación racial. Si hay más de 5 garífunas juntos los detienen y cuando caminaban a la frontera les dijeron que necesitaban un permiso especial”[217].

 

204.          Al respecto, el 29 de julio, siete garífunas fueron detenidos en forma selectiva por la Policía Nacional. Los agentes de la Policía decomisaron sus documentos de identidad y sus instrumentos musicales y les señalaron que a los garífunas se les prohibía salir de la costa caribe sin contar con un permiso especial[218]. En relación con estos hechos, las autoridades de facto enviaron una comunicación a la CIDH en la que manifestaron que según un informe de fecha 21 de agosto emitido por la Dirección Nacional de la Policía Preventiva, “en aplicación del toque de queda se detuvo a 10 personas por un lapso de aproximadamente dos horas al final del cual fueron puestas en libertad, con excepción de una persona que habría tenido un proceso pendiente y orden de captura por el delito de robo”[219].

 

205.          El 31 de agosto, la CIDH recibió información sobre la conversión del Hospital Comunitario garífuna de Ciriboya en un simple centro de salud. De acuerdo a lo señalado, esta medida fue adoptada como represalia a la participación que tuvo el Dr. Luther Castillo – garífuna y fundador de dicho hospital- en acciones de resistencia contra el golpe de Estado[220]. Según la denuncia, ese centro de salud tenía una visión de la medicina que respetaba las tradiciones y costumbres de la comunidad garífuna, pero habría sido convertido en un hospital donde se practica la medicina tradicional, sin respetar la visión cultural de la comunidad garífuna[221].

 

206.          En relación con la situación de los miembros de la comunidad gay, un defensor de derechos humanos denunció que el 8 de julio en el parque El Obelisco de Comayagüela, mientras monitoreaba la situación de los transexuales y gays, fue agredido verbalmente y golpeado por 7 militares. En ese momento, un grupo de personas se acercaron a observar la situación, por lo que los militares se retiraron manifestando:

 

vo(s) maricón y los otros dos que se llevan aquí tarde o temprano nos la van a pagar, y si no los vamos a llevar a darles un tiro en la sien en la montañita y qui(é)n se dará cuenta de que fuimos nosotros…[222].

 


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[163] CIDH, Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de derechos humanos en las Américas, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev.1, 7 marzo 2006, párr. 20.

[164] CIDH, Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de derechos humanos en las Américas, cit., párr. 21.

[165] ONU, Informe del Secretario General de Naciones Unidas a la Asamblea General, Quincuagésimo quinto Período de Sesiones, 11 de agosto de 2000, A/55/292. CIDH, Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de derechos humanos, cit., párr. 26.

[166] Berta Cáceres, Miembro del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e indígenas de Honduras; Danny Reyes, dirigente de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras; Héctor Licona, funcionario de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras; Patrick Pavón, funcionario de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras; Edward Yeferí Lobo Sánchez, defensor de los derechos de la niñez y juventud; Guillermo de Jesús Mayen Jiménez, defensor de los derechos de la niñez y juventud y miembro del partido político Unión Democrática; Israel Salinas, Miembro del sindicato mayoritario; Juan Barahona, miembro del bloque popular y dirigente del CUT y FUT; Matilde Durón Ochoa, defensora de los derechos de la niñez y juventud; Sara Elisa Rosales, miembro de la Organización Las Lolas y movimiento feminista; Tomás Andino Mencía, defensor de los derechos de la niñez y juventud; Andrés Pavón Uribe, miembro del Comité de Derechos Humanos de Honduras; Bertha Oliva de Nativí, miembro del Comité de Familiares Detenidos y Desaparecidos de Honduras; Andrés Tamayo, presidente del Movimiento Ambientalista de Olancho; Gladys Lanza, Coordinadora del Comité por la Paz Visitación Padilla; Lilibeth Reyes Cartagena, Lídice Isabel Ortega Reyes, Keyla Amador e Isis Gabriela Arriaga Hernández, jóvenes activistas feministas y defensoras de derechos humanos integrantes del Centro de Estudios de la Mujer-Honduras (CEM-H); Alvencio Fernández Pineda, representante de CIPRODEH.

[167] CIPRODEH, Golpe de Estado en Honduras. Amenazas y obstáculos a defensores de derechos humanos post golpe de Estado en Honduras, 5 de septiembre de 2009, pág. 8.

[168] Alex Matamoros, abogado de CIPRODEH, fue detenido por la Policía cuando intervino a favor de 3 jóvenes que estaban siendo golpeados. Permaneció detenido desde las 5:40 p.m. del 11 de agosto de 2009 hasta las 3:30 a.m. del 12 de agosto, alojado en una celda pequeña y maloliente, sin tener en cuenta su condición de defensor de derechos humanos. A ninguno de los detenidos se les habrían informado los motivos de su detención y al momento de liberarles, les habrían hecho firmar un documento que los acusaba de los delitos de destrucción de propiedad privada, escándalo público y terrorismo. En virtud de la vigencia del toque de queda, no pudo dejar la estación policial hasta las 5:30 a.m. Amnesty International, Honduras: Human Rights crisis threatens as repression increases, pág. 15, recibido por la CIDH en su sede el 3 de septiembre de 2009.

[169] CIPRODEH, Reporte de violaciones, cit.

[170] Testimonio de K.V.O.C., abogada de COFADEH y representante del padre de Isis Obed Murillo Mencía.

[171] CIPRODEH, Amenazas y obstáculos a defensores de derechos humanos, cit., págs. 9 y 11.

[172] CIPRODEH, Amenazas y obstáculos a defensores de derechos humanos, cit., pág. 9.

[173] Información recibida por la CIDH el 5 de noviembre de 2009.

[174] CIPRODEH, Amenazas y obstáculos a defensores de derechos humanos, cit., págs. 10 y 11.

[175] Los centros integrados núclean a la Policía, fiscales, jueces y médicos forenses.

[176] CIPRODEH, Golpe de Estado en Honduras. Violaciones al trabajo de los defensores de derechos humanos, pág. 7. Información recibida por la CIDH en Tegucigalpa el 17 de agosto de 2009.

[177] CIPRODEH, Amenazas y obstáculos a defensores de derechos humanos, cit., págs. 14-16.

[178] Testimonio de L.E.D.L., recibido por la CIDH en Tegucigalpa el 21 de agosto de 2009 (nro. 259).

[179] Esa institución fue creada por el Decreto No. 2-95 del Congreso Nacional, a partir de la reforma del artículo 59 de la Constitución de la República de 1982 en la que se estableció la obligación de " garantizar los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, los Tratados, Pactos, Convenciones y sus Protocolos Facultativos ratificados por el Estado hondureño”. El CONADEH es una institución con independencia "funcional, administrativa, técnica y autonomía condicional", cuenta con oficinas en casi todos los departamentos del país y su estructura se encuentra establecida en la Ley Orgánica de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Las funciones del CONADEH son: a) Vigilar la observancia de derechos humanos en procedimientos públicos administrativos; b) Observar la intervención del sector público, para garantizar el principio de legalidad, poniendo especial atención en actos arbitrarios, defectuosos, negligentes y abusivos de regulaciones; c) Contribuir en la educación y promoción de los derechos humanos; d) Tomar parte en la coordinación de políticas de derechos humanos entre la Administración Pública, los actores internacionales y la sociedad civil. El CONADEH tiene jurisdicción nacional. En principio, cualquier procedimiento del sector público es susceptible de su supervisión. Además, se encuentra facultado para solicitar información a cualquier autoridad o funcionario oficial y tiene acceso a documentos confidenciales. Esta facultad es reforzada por la obligación de funcionarios para colaborar en sus investigaciones. La obstrucción es considerada como delito de incumplimiento, el que es sancionado con una una pena de tres meses a un año de privación de libertad. Asimismo, tiene competencia para ingresar entre todas las instalaciones civiles y militares, inclusive en centros de detención y encarcelamiento. Ley Orgánica del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, artículos 6, 7, 35, 39. Código Penal de Honduras, artículo 346.  Más información disponible en la página oficial CONADEH, http://www.conadeh.hn/mandato_atribuciones.htm.

[180] CIPRODEH, Violaciones al trabajo de los defensores de derechos humanos, cit., pág. 7.

[181] CIPRODEH, Reporte de Violaciones a Derechos Humanos, cit.

[182] Web oficial CONADEH, disponible en http://www.conadeh.hn/noticias/propuesta.htm.

[185] CIPRODEH, Violaciones al trabajo de los defensores de derechos humanos, cit., pág. 4.

[186] CIPRODEH, Reporte de Violaciones a Derechos Humanos, cit.

[187] CIPRODEH, Violaciones al trabajo de los defensores de derechos humanos, cit, pág. 6.

[188] CIPRODEH, Golpe de Estado en Honduras. Amenazas y obstáculos a defensores de derechos humanos post golpe de Estado,  pág. 18.

[189] Gloria Valladares, Secretaria del Presidente; Karen Q. Lizeth Zelaya, Secretaria del Estado en el Despacho Técnico y de Cooperación; Rebeca Santos, Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas; Ricardo Martínez, Secretario de Estado en el Despacho de Turismo; Rodolfo Pastor Fasquelle, Secretario del Estado en los Despachos de Cultura, Arte y Deportes; Víctor Meza, Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia; Marlon Breve, Secretario de Estado en el Despacho de Educación; Fredis Cerrato, Secretario de Estado en el Despacho de Industria y Comercio; Rixi Moncada (exiliada), Ministra de Energía y Gerente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica; Suyapa Otero, Ministra Directora del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre; Gustavo Cáceres, Ministro de la Juventud; Cesar Salgado, Ministro Director del Fondo Hondureño de Inversión Social; Francisco Funes, Ministro Director del Instituto Nacional Agrario; Nerza Paz, Subsecretaria del Despacho de Salud; Marcio Sierra, Subsecretario del Despacho Presidencial; José Antonio Borja, Subsecretario del Despacho de Finanzas; Jaime Turcio, Subsecretario de Estado en el Despacho de Industria y Comercio; Beatriz Valle, Subsecretaria de Estado de Relaciones Exteriores; Patricia Licona, Subsecretaria de Estado de Relaciones Exteriores; Eduardo Rosales, Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores; Marco Velásquez, Subsecretario de Obras Públicas, Transporte y Vivienda; Marco Tulio Cartagena, Vice Ministro del Instituto Nacional Agrario; Ángel Murillo, Subsecretario de Agricultura y Ganadería; Mario Ramón López, Presidente del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola; Jorge Méndez, Gerente de Servicios de Acueductos y Alcantarillados; Jorge Rosa, Gerente de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones; Raúl Valladares, Presidente Comisionado Nacional de Telecomunicaciones; Marco Rosa, Director Poder Ciudadano; Carlos Montoya, Asesor Presidencial; José Francisco Funes Rodríguez, Ministro del Instituto Nacional Agrario; Marco Tulio Cartagena Santos, Vice Ministro del Instituto Nacional Agrario; Ángel Murillo Selva-Reina, Sub Secretario de Estado en el Despacho de Agricultura y Ganadería; Arcadia López, Ministra de Staff de Casa Presidencial; Carlos Melano, asistente del Presidente Zelaya; Doris García, Ministra del Instituto Nacional de la Mujer; Enrique Flores Lanza, Secretario de la Presidencia; Enrique Reina, Secretario Privado del Presidente Zelaya; Kenia Irias, Directora Técnica del Instituto Nacional de la Mujer; Luter Castillo Harris, Jefe de Cooperación Externa de la Cancillería de la República; Marco Tulio Burgos Córdova, Comisionado Nacional del Comité Permanente de Contingencias; Mayra Mejía, Secretaria del Trabajo; Miriam Mejh, Instituto de la Juventud; Milton Jiménez Puerto, Presidente de la Comisión de Bancos y Seguros, Lourdes Amalia Sánchez, custodia de la familia del Presidente Zelaya; y Glenda Zaldaña, integrante del despacho de la Primera Dama.

[190] Jorge Arturo Reina (ONU), Carlos Sosa Coello (OEA), Rosalinda Bueso (México), Bessy Rossana Valenzuela (Guatemala), Juan Alfaro Posadas (Panamá), German Espinal (Venezuela), Rafael Murillo Selva (Colombia), Nadina Lefebvre (Japón), Juan Ramón Elvir (Cuba), Max Velásquez Díaz (Francia). “Embajadores destituidos se atrincheran en oficinas”, El Heraldo, 23 de julio de 2009; “Embajadores arriesgan la política exterior”, El Heraldo, 23 de julio de 2009; “Venezuela le paga a embajador Reina”, El Heraldo, 23 de julio de 2009; “Inician investigación contra ex diplomáticos”, El Heraldo, 23 de julio de 2009. Testimonio de M. M. A., recibido por la CIDH en Tegucigalpa el 21 de agosto de 2009 (nro. 118).

[191] Testimonio de M.M.A., recibido por la CIDH en Tegucigalpa el 21 de agosto de 2009 (nro. 118).

[192] A.R., Alcalde de Sonaguera, departamento de Colón; A.F., Alcalde de Tocoa, departamento de Colón; O.E.C.M., Superintendenta de Acción Social de la Municipalidad de San Pedro Sula; F.F., asesor del Alcalde de Tocoa, departamento de Colón; G.C., Oficina Municipal de la Mujer de la ciudad de Tocoa.

[193] CIPRODEH, Reporte de Violaciones a Derechos Humanos, cit.

[194] Testimonio de A.J. H., recibido por la CIDH en San Pedro Sula el 19 de agosto de 2009 (nro. 202).

[195] Información recibida por la CIDH durante la visita a El paraíso el 20 de agosto de 2009.

[196] Testimonio de R.A.P.S., recibido por la CIDH en San Pedro Sula el 19 de agosto de 2009 (nro. 229).

[197] Testimonios de F.R.M., R.E., B.B.C., G.G. y N.R.S., recibidos por la CIDH en Tegucigalpa el 21 de agosto de 2009 (nro.s 125, 134, 168, 138, 139).

[198] M.I.M., Oficina Municipal de la Mujer de la Alcaldía de Santa Bárbara.

[199] Eric Mauricio Navarrete, Elias Arnaldo Guevara, Edna Carolina Echaverría, Eleazar Juárez, Rodrigo Tróchez, Manuel de Jesús Velásquez, Javier Hall Polio, Norma Calderón, Gladys del Cid, José Simón Azcona, Edmundo Orellana, Julio Santos (suplente), Olman Maldonado (suplente), Dayana Burke, Víctor Cubas (suplente), Francis Hernández (suplente), Elvira Argentina Valle, José de la Paz Herrera, María Margarita Zelaya Rivas, todos ellos Diputados del Partido Liberal; Silvia Ayala, Oscar Mejía, Marlene Paz y Tomas Andino (suplente), César Ham, Angélica Patricia Benítez (ex diputada), Marvin Ponce, todos ellos del Partido Unificación Democrática y María Margarita Zelada Rivas.

[200] Observaciones del Estado de Honduras al Informe de la CIDH de fecha 22 de diciembre de 2009, suscritas por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, pág. 17, párr. 42.

[201] El 2 de noviembre de 2009 se habría notificado a uno de los Magistrados Propietarios de la Corte de Apelaciones Penal de la Sección Judicial de San Pedro Sula su traslado a la ciudad de Tegucigalpa, sin que éste lo hubiera solicitado o hubiera una explicación en ese sentido. CEJIL, correo electrónico recibido por la CIDH el 10 de noviembre de 2009.

[202] Juan Carlos Griffin, Fiscal de Derechos Humanos de Tegucigalpa, Julio César Dubrón, hermano de la ex magistrada Marlina Dubrón, Luis Alonso Chevez de la Rocha, Juez de Letras contra Violencia Doméstica.

[203] El juez Adán Guillermo López Lone recibió una citación de fecha 30 de octubre de 2009 en la que se señala que el proceso disciplinario tiene como causa el incumplimiento de los deberes de su cargo al incurrir en actos que atentan contra la dignidad de la Administración de Justicia al haber participado activamente en la manifestación acaecida el 5 de julio del corriente año 2009, en los alrededores del Aeropuerto Internacional de Toncontín, en abierta observancia a los artículos 319 párrafo segundo de la Constitución de la República, 3 numeral 6) de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, 44, 53 letra g), 54 letra j), 55 de la Ley de Carreja Judicial, 149, 172 letra f), 174 del Reglamento de la misma Ley, 1, 2 letra g), del Código de Ética para Funcionarios y Empleados del Poder Judicial. Sub Director de Administración de Personal de la Carrera Judicial, citación de 30 de octubre de 2009.

Al juez Luis Alonso Chevez de la Rocha se le imputa haber sido detenido por la Policía Nacional el día 12 de agosto del 2009, a causa de su presencia en actos de alteración del orden público, así como el haber tratado de rebelar contra el Gobierno establecido a varios empleados judiciales. Y manifestar “sentir vergüenza de pertenecer al Poder Judicial”. Incurriendo en actos que atentan contra la dignidad de la administración. Sub Director de Administración de Personal de la Carrera Judicial, citación de 30 de octubre de 2009.

Al juez Ramón Enrique Barrios se le atribuye responsabilidad al haber manifestado en una conferencia dictada y que fue publicada en el Diario El Tiempo del 28 de agosto del 2009, un artículo de opinión titulado “NO FUE SUCESIÓN CONSTITUCIONAL” que constituye una contravención al artículo 3 numerales 1 y 4 de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, artículo 53 letras f), g), 55 de la Ley de Carrera Judicial. Sub Director de Administración de Personal de la Carrera Judicial, citación de 27 de octubre de 2009.

Al defensor público Osman Fajardo Morel se le inició un proceso por ausencias injustificadas durante la semana siguiente al 28 de junio de 2009, cuando se encontraba participando de manifestaciones en contra del golpe de Estado. Sub Director de Administración de Personal de la Carrera Judicial, citación de 5 de octubre de 2009.

[204] Osman Antonio Fajardo Morel, Defensor Público de San Pedro Sula, Guillermo López Lone, Juez del Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula, Tirza Flores Lanza, Magistrada Propietaria de la Corte de Apelaciones Seccional de San Pedro Sula.

[205] Información proporcionada por la Asociación de Jueces por la Democracia, recibida por la CIDH en San Pedro Sula el 19 de agosto de 2009 (nro. 124).

[206] Testimonio de Maritza Arita, recibido por la CIDH en Tegucigalpa el 21 de agosto de 2009 (nro. 172).

[207] Marta Maritza Somoza, Dirigente Nacional del Sindicato de Trabajadores del Registro Nacional de las Personas, SITRARENAPRE; Ana María Ríos, Presidenta del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Municipalidad de San Pedro Sula, SIDEYTMS; Erasto Reyes, Dirigente del Bloque Popular de San Pedro Sula; Gustavo Antonio Mejía Escobar, Dirigente del Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras, COPEMH, y Director del Instituto Manuel Pagan Lozano, del municipio de Choloma;Marco Antonio Baday, Presidente de la Confederación Nacional de Patronatos de Honduras, CONAFEPH; Faustino de Jesús Martínez Rodríguez, Dirigente del Bloque Popular de San Pedro Sula y vicepresidente seccional del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, SITRAUNAH; Israel Salinas, Secretario General de la Confederación Unitaria de Trabajadores de Honduras, CUTH; María Agurcia, Presidenta Regional de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras, FOMH; Salvador Zúñiga, Dirigente Consejo de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, COPINH; Berta Cáceres, Dirigente Consejo de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, COPINH; Julio Flores, Presidente Seccional del Sindicato de la Industria de Bebidas y Similares, STIBYS; Araminta Pereira, Dirigente de la Regional del departamento de Yoro de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras, FOMH; Joel Almendarez, Dirigente de la Regional del departamento de Yoro de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras, FOMH; José Joel Navarrete Melgar, Dirigente Nacional de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras, FOMH, y dirigente del Frente Nacional de Resistencia Popular, zona noroccidental; Sócrates Saúl Coello Ardon, Dirigente de la Asamblea Popular Permanente, APP, de El Progreso, Yoro, y Coordinador del Frente Nacional de Resistencia Popular; Idalmi Elizabeth Carcamo Mejia, Dirigenta del Frente Nacional de Resistencia Popular y Dirigenta de la Confederación de Trabajadores de Honduras, CUTH; José Antonio Carballo, Director del Instituto Oficial José Trinidad Reyes, de San Pedro Sula y dirigente de la FOMH; Jimmy Jonathan Sorto Paz, Dirigente Magisterial de San Pedro Sula y de la Coordinación del Frente Nacional de la Resistencia Popular; Sergio Rivera, Dirigente del COPEMH en Tegucigalpa; Marcelino Martínez, dirigente de la Organización Mártires de Guaymas, en El Progreso, Yoro; Baudilio Andara, Presidente de la Federación Nacional de Patronatos de Honduras y dirigente de la CUTH; Ernesto Bardales, Coordinador de la Organización Juvenial Jha-Ja, en San Pedro Sula y Dirigente del Frente Nacional de Resistencia Popular, zona noroccidental; Justo Pastor Reyes, Dirigente del Bloque Popular de San Pedro Sula.

[208] Daniel Durón; Eliseo Hernández; Hilario Espinoza; Idalmi Cárcamo; Jaime Vallecillo Turcios; Javier Alonso Valladares Aciego; José Marcial Zúñiga Rodríguez; Luis Alonzo Mayorga Gálvez; Marco Tulio Sánchez del Cid; Mauro Enrique Soto Gómez; Roque García Solórzano; Rufino García Espinoza; Víctor Arita Petit; Víctor Manuel Izaguirre Varela; y Vladimiro Santos Espinal.

[209] COFADEH, Informe preliminar sobre violaciones a derechos humanos, recibido por la CIDH en Tegucigalpa el 17 de agosto de 2009.  

[210] Fuerzas Armadas de Honduras, Ejército Primer Batallón de Comunicaciones, 22 de octubre de 2009.

[211] Misión internacional de observación sobre la situación de los derechos humanos en Honduras. Informe Preliminar, Tegucigalpa, 23 de julio de 2009, disponible en:  http://www.cejil.org/comunicados/MISION%20DDHH%20HONDURAS%20informe%20
preliminar%2023%2007%2009.pdf
.

[212] Información recibida por la CIDH en El Paraíso el 20 de agosto de 2009.

[213] CIPRODEH, Reporte de Violaciones a Derechos Humanos, cit.

[214] Testimonios de N.E.A.R., P.J.B.M., M.A.A.F., F.I.C., J.M.F., G.M.L., A.J.G.O., J.D.F., D.A.R.L., J.B.G., J.J.B.S., V.I.M., J.F.U.E., F.L.G.A., J.C., F.R.F.J., P.A.C.V., A.D.C., R.A.G.A., J.G.A.L., W.A.C.Z., M.A.C.V. y N.E.R.C., citados en CIPRODEH, Reporte de violaciones de derechos humanos en Honduras en el marco del golpe de Estado, recibido por la CIDH en Tegucigalpa el 17 de agosto de 2009. Informe Preliminar de la Delegación de Organizaciones de Derechos Humanos de Guatemala en Honduras, 3 - 6 de julio de 2009. En sus observaciones, la Corte Suprema de Justicia informó que: “En torno a los cuestionamientos de la CIDH sobre la situación de los jóvenes Jorge Danilo Flores, Francisco Israel Connor, Miguel Ángel Aguilar Fernández, Noel Emilio Avellán Ruiz, Darwin Antonio Reyes Lazo, Tulio Rafael Bendaña Mejía, Pablo José Bendaña Mejía, Harvin Manuel Torres Torres y Lester David Girón, se comprobó una flagrante violación a nuestro derecho interno, al exceder el tiempo de permanencia en el país, y encontrarse laborando sin permiso; el artículo 9 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, establece: ‘Que todo individuo tiene derecho a la libertad y seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por la Ley y con arreglo al procedimiento establecido en el mismo Pacto’. Sin embargo establece la excepción que los derechos podrán ser objetos de restricciones salvo cuando se hallen previstos en la ley y sean necesarias para proteger la seguridad nacional y el orden público. Observaciones del Estado de Honduras al Informe de la CIDH de fecha 22 de diciembre de 2009, suscritas por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, pág. 10, párr. 18.

[215] Asimismo, la Corte Suprema de Justicia, en sus observaciones manifestó que: “Como consecuencia de la injerencia de política de parte de autoridades de algunos países se incrementó el ingreso de ciudadanos extranjeros al país entre ellos nicaragüenses, venezolanos y cubanos, implementando mayor control migratorio para garantizar el respeto a los derechos de todo extranjero, dando como resultado el que se encontraran un mayor número de extranjeros en situación irregular a quienes en un plazo prudencial se les inició un proceso administrativo, imponiéndoles la sanción legal respectiva a cada caso. (…).  Todas las actuaciones realizadas por la Policía Nacional fueron amparadas en la Constitución de la República, Leyes, Convenios Internacionales y Decretos Ejecutivos emitidos por la Presidencia de la República, con el objeto de evitar daños a la integridad de las personas, sus bienes y la restitución del orden público. Los casos excepcionales se encuentran en proceso de investigación y otros han sido judicializados”. Observaciones del Estado de Honduras al Informe de la CIDH de fecha 22 de diciembre de 2009, suscritas por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, pág. 9, párrs. 16, 17
y 19.

[216] Testimonio de C.O., recibido por la CIDH en El Paraíso el 20 de agosto de 2009.

[217] Testimonio de M.M., recibido por la CIDH en la reunión de líderes sociales en Tegucigalpa el 17 de agosto de 2009.

[218] Organización Fraternal Negra Hondureña, OFRANEH, correo electrónico recibido por la CIDH el 29 de julio de 2009.

[219] Secretaría de facto de Relaciones Exteriores de Honduras, Oficio 702-DGAE-09 de 29 de septiembre de 2009.

[220] Organización Fraternal Negra Hondureña, OFRANEH, Comunicado de 31 de agosto de 2009.

[221] Organización Fraternal Negra Hondureña, OFRANEH, Comunicado de 31 de agosto de 2009.

[222] Testimonio de W.O.T., activista y defensor de los derechos humanos de la Comunidad Lésbica, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti (LGBTT), citado en CIPRODEH, Reporte de violaciones, cit. La CIDH concedió medidas cautelares a algunos de los miembros de la Asociación LGBTT el 2 de julio de 2009.