CONCLUSIONES
Como resultado de la observaci�n in loco verificada en Hait�, y
teniendo en cuenta otras pruebas mencionadas en este Informe, la Comisi�n
Especial ha llegado a las siguientes conclusiones:
1.
En materia de observancia de los derechos humanos pueden distinguirse en
Hait� dos etapas: a) la primera se caracteriza por la falta de respeto a los
derechos humanos, al derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad
y protecci�n judicial. Esta
situaci�n se mejora en 1971; b) la segunda se inicia en 1971.
Existen indicaciones del deseo del actual gobierno de mejorar la situaci�n
en cuanto al respeto y observancia de los derechos humanos as� como en otros
aspectos y esa intenci�n fue expresada a la Comisi�n Especial personalmente
por el Presidente de la Rep�blica. Sin
embargo, la Comisi�n dispone de informes que revelan hechos, acontecidos y
actos judiciales efectuados que le hacen creer que esta intenci�n no se ha
seguido.
2.
Durante este segundo per�odo, se ha violado el derecho a la vida,
principalmente en los a�os 1975 y 1976, habi�ndose demostrado que muchas
personas murieron al ser ejecutadas sumariamente o durante su encarcelamiento,
por falta de la debida atenci�n m�dica. Sin
embargo, se debe destacar una notable mejor�a con respecto a este derecho.
3.
Hay �ndices fehacientes que, tanto durante el curso de las
interrogaciones efectuadas despu�s de los arrestos, como durante el per�odo de
encarcelamiento, muchas personas fueron v�ctimas de torturas infligidas por los
jefes de barrios, en ciertos casos.
4.
Se demostr� que hubo detenci�n de muchas personas sin que se les
hubiera sometido a ning�n tipo de proceso jur�dico, ni permitido el acceso a
un abogado. No existe una clara
separaci�n de poderes en Hait�. Las
garant�as judiciales se han restringido severamente en virtud del estado de
sitio casi permanente y el Tribunal de Seguridad, creado por la Ley de 25 de
agosto de 1977, que establece procesos con limitadas garant�as del derecho de
defensa. El Poder Judicial no
parece gozar de la independencia necesaria para ejercer sus funciones.
5.
Puede afirmarse que la libertad de investigaci�n, opini�n, expresi�n y
difusi�n del pensamiento no existen. Hay
temas prohibidos que no pueden ser tratados, tales como todo lo relativo a la
familia presidencial, la dictadura, los ingresos no presupuestados de la R�gie
du Tabac, etc. Se utilizan
procedimientos tales como el apercibimiento y llamado de atenci�n de severidad
creciente a los periodistas, por el Ministro del Interior, censura previa, el
cierre de peri�dicos, amenazas, agresi�n y el encarcelamiento.
6.
Se garantiza plenamente la libertad religiosa y la libertad de culto. 7.
La libertad de asociaci�n est� muy restringida.
El Art�culo 236 (bis) del C�digo Penal de 1948 que exige la autorizaci�n
del Gobierno para formar un grupo de m�s de 20 personas, impide la creaci�n de
cualquier asociaci�n literaria, pol�tica o de cualquier �ndole.
La libertad sindical casi no existe; no hay federaciones ni
confederaciones sindicales; el derecho de huelga es limitado.
El Gobierno presenta obst�culos para la formaci�n de partidos pol�ticos
y asociaciones en general.
8.
Se ha violado el derecho de residencia, mudanza y de nacionalidad. De
hecho, muchas personas fueron exiliadas y a pesar de la amnist�a algunas no han
podido regresar al pa�s. Asimismo,
se priv� de la nacionalidad a un gran n�mero de personas debido a sus ideas
pol�ticas.
9.
Si bien hubo elecciones, la ley de 19 de septiembre de 1978 otorga plenos
poderes al Presidente de la Rep�blica y suspende muchos derechos civiles y pol�ticos
y ciertas prerrogativas del Poder Judicial.
Adem�s, no hay partidos pol�ticos y la participaci�n del pueblo en el
gobierno casi no existe. 10. En cuanto a la eficacia de los derechos a la educaci�n, preservaci�n de la salud y el bienestar, as� como el derecho al trabajo y a una justa remuneraci�n, debe decirse que casi no existe, debido principalmente a las condiciones de extrema pobreza, analfabetismo, malas condiciones de higiene, un alto �ndice de natalidad y mortalidad infantil, desempleo, falta de instalaciones sanitarias, bajo ingreso per c�pita, etc., que impiden el disfrute de los derechos econ�micos, sociales y culturales consagrados en la Carta de la OEA y en numerosos instrumentos internacionales.
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