CAPÍTULO VIII
LIBERTAD DE
CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA1
A. Consideraciones Generales
1. El Artículo 23, inciso 2, del Estatuto Fundamental de Gobierno
dispone:
Se asegura el derecho de locomoción, de forma que toda persona pueda
libremente entrar, permanecer, transitar y salir del territorio de la nación, salvo las
excepciones que determine la ley.
2. La Comisión observa que esa nueva garantía establecida en el
Estatuto Fundamental no contiene referencias al derecho de toda persona a permanecer en su
residencia o domicilio, lo cual implica un retroceso con respecto a la Constitución que
regía anteriormente.2
3. El Estado de Sitio que rigió en Guatemala restringió parcialmente
el derecho a libre circulación al disponer:
Artículo 11. Las autoridades encargadas de velar por la preservación
del orden público, quedan facultadas para prohibir la circulación o estacionamiento de
vehículos en lugares, zonas y horas determinadas, así como exigir a quienes viajen en el
interior de la República la declaración del itinerario que se proponen seguir. Podrán
también dichas autoridades impedir la salida de vehículos fuera de las poblaciones o
someterlos a registro.
Artículo 13. Los conductores de vehículos deberán detener éstos al
primer requerimiento que les hiciere la autoridad, debiéndose, además identificar
plenamente.
4. En la actualidad, en la práctica, los guatemaltecos y residentes en
el territorio de Guatemala pueden circular libremente por él aunque con ciertas
restricciones, especialmente en las denominadas "zonas de conflicto". Si bien
durante su visita al país, la Comisión entrevistó a muchas personas que efectivamente
habían viajado recientemente a zonas rurales alejadas de la capital, especialmente a los
Departamentos de Chimaltenango, El Quiché, San marcos y Huehuetenango, esos viajes los
habían efectuado utilizando siempre las carreteras principales y con mucho temor y
precauciones ya que, según lo informaron a la Comisión, temían tanto a las fuerzas de
seguridad nacional como a los insurgentes.
5. Sin embargo, la circulación dentro del país es sólo uno de los
aspectos del derecho que nos ocupa. Al analizarse este derecho es necesario también
estudiar otras situaciones conexas que inciden directamente en la observancia de los
derechos a la libertad de circulación y residencia. Entre esas situaciones relacionadas
con esos derechos, la Comisión estima importante referirse a tres problemas: (a) Los
exiliados voluntarios; (b) Los refugiados indígenas que huyen al exterior de la violencia
existencia en su país; y (c) La situación producida por los cientos de miles de
desplazados dentro de Guatemala.
B. Los Exiliados Voluntarios
1. Muchos guatemaltecos han abandonado voluntariamente el país.
Algunos lo hicieron durante el régimen del Presidente Lucas García; pero también un
número significativo después del 23 de marzo de 1982. En términos generales, estos
exiliados voluntarios comprenden varias situaciones diferentes que es necesario analizar
separadamente.
2. En primer lugar, se encuentran los dirigentes e intelectuales, que
básicamente comprenden a los religiosos (tanto nacionales como extranjeros), escritores,
periodistas, maestros, profesionales y políticos que han abandonado el país por el clima
de inseguridad que encuentran en él.
3. Muchos de estos dirigentes e intelectuales han decidido no volver a
Guatemala. La mayoría de estos exiliados voluntarios han establecido sus nuevos hogares
especialmente en los Estados Unidos, Costa Rica y Nicaragua. A pesar de declaraciones
públicas de las autoridades en el sentido de que estos exiliados pueden regresar a
Guatemala cuando lo deseen, la realidad es que el temor les impide hacerlo. Con razón o
sin ella, se sienten intimidados y el estado de terror reinante, tantas veces mencionado
en este Informe, acentúa esa inseguridad para regresar a su patria.
4. Otro grupo de exiliados voluntarios está constituido por los
braceros guatemaltecos que durante años han emigrado a México con autorización oficial
para trabajar en la temporada de cosecha. El Gobierno de México ha informado que muchos
de estos jornaleros, que no pueden considerarse refugiados, simplemente no regresan a su
país al expirar sus permisos de trabajo. En su gran mayoría, el problema de estos
braceros se presenta en la región costera del Pacífico, cerca de Tapachula, en el estado
mexicano de Chiapas. Aunque sería imposible calcular su número, miles de campesinos
guatemaltecos viven actualmente en México como extranjeros indocumentados, ya sea por
razones económicas o por miedo a volver al país, o por ambas razones a la vez.
C. Los
Refugiados Indígenas que huyen de la Violencia
1. Una situación especial es la constituida por los refugiados
guatemaltecos de origen indígena, incluyendo dentro de éstos a los llamados ladinos.3 La mayor parte de estos refugiados viven ahora en
México, especialmente en el estado de Chiapas, aunque algunos se han radicado en
Honduras; anteriormente vivían en poblaciones fronterizas de los departamentos de
Huehuetenango, El Quiché y ahora, en número creciente, de San Marcos.
2. Los refugiados guatemaltecos que viven en México, eran
aproximadamente 32.800 en enero de 1983, según cifras de la Comisión Mexicana de Ayuda a
los Refugiados Guatemaltecos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en
Ciudad de México. Aproximadamente la mitad de ellos llegaron a México después del Golpe
de Estado del 23 de marzo de 1983.
3. Técnicamente, el Gobierno de México no considera a estas personas
"refugiados", sino "visitantes", extendiéndoles permiso para trabajar
como tales. En conjunto estas personas desplazadas viven en 28 campamentos o zonas a lo
largo de la frontera mexicano-guatemalteca. Como ha observado la CIDH en el capítulo
referente al derecho a la vid, casi todos ellos han huido de su país como resultado de la
decisión del gobierno guatemalteco de crear un "cordón sanitario" a lo largo
de la frontera a fin de impedir que los rebeldes reciban apoyo moral y material.
4. Los refugiados, que constituyen poblados completos de mujeres,
hombres, niños y ancianos, informaron invariablemente a la Comisión que abandonaron sus
hogares por temor a los ataques masivos lanzados por fuerzas oficiales. Muchos de ellos
presenciaron matanzas y la destrucción de sus hogares, iglesias, edificios comunitarios,
animales, cultivos y otros bienes privados, mediante ataques aéreos y fuego de
artillería.
5. Algunos de estos refugiados tenían cicatrices de heridas que
recibieron durante su éxodo. Por ejemplo, con la ayuda de un médico gubernamental
mexicano, la Comisión comprobó que una mujer, Catarina Ignacia Ramos, recibió una
herida de bala mientras huía de la persecución. Según su testimonio, la bala mató al
niño que cargaba a espaldas y le atravesó el tórax sin dañar, milagrosamente, ningún
órgano vital.4
D. Personas
desplazadas dentro de Guatemala
1. La Conferencia Episcopal de la Iglesia Católica calculó, en
mayo de 1982, que más de un millón de guatemaltecos han sido desarraigados de sus
hogares, si bien otras estimaciones, más conservadoras, sitúan la cifra en 250.000
personas.5
2. En todo caso, una enorme cantidad de guatemaltecos, especialmente
campesinos indígenas del altiplano, han abandonado voluntaria o involuntariamente sus
poblados, cultivos y hogares como parte de un programa de viviendas estratégicas y muchos
de ellos han sido relocalizados en campamentos administrados por el gobierno.
3. Algunos pocos de estos campamentos son instalaciones que se han
abierto en ciudades grandes tales como Chimaltenango; sin embargo, la mayoría se
encuentran en campamentos en el sentido más estricto de la palabra, es decir, lugares
aislados, controlados, rodeados y administrado por tropas del Gobierno y por patrullas de
la defensa civil.
4. Muchos de los residentes de estos campamentos se encuentran por su
propia decisión, habiéndose puesto en manos del Ejército buscando protección. Sin
embargo, también un número considerable está allí contra su voluntad, habiéndoseles
obligado, por la fuerza, a cambiar de vivienda.
5. Los campamentos, unos 80 en total, según el Comité Pro-Justicia y
Paz de Guatemala,6 ofrecen a los residentes alimento,
protección y algún tipo de trabajo. Sin embargo, esto último, en mayor parte, no
tiene el propósito de ayudar a los desplazados a autoabastecerse, sino a producir bienes
para los mercados nacional e internacional. Se ha institucionalizado así una forma
de dependencia del Gobierno, como parte dle programa denominado "Frijoles y
Fusiles".
6. Aparte de crear una dependencia de la dadivosidad del Gobierno en los campos, deben
señalarse varias otras consecuencias que ha tenido esta política. Una es que el
campesino ya no vive en su propia tierra, y si no la tiene, se encuentra separado del
lugar de su nacimiento y crianza. Para el habitante rural la separación de su terruño,
de su pueblo, de su habitat, representa una gran pérdida que ordinariamente genera serios
trastornos. La segunda observación se refiere al exceso de población y precarias
condiciones sanitarias y educativas que tienen esos campamentos. Aunque el Gobierno ha
hecho claros esfuerzos por mejorar esta situación, las dificultades son casi abrumadoras,
en consideración a que Guatemala es una país pobre y que los campesinos no están
acostumbrados a vivir tan aglomerados.