CASO 2723
BOLIVIA
NICANOR CUCHALLO ORELLANA
6 de mazo de 1979

 

 

ANTECEDENTES:

 

          1.          El 5 de diciembre de 1977, la Comisión recibió la siguiente denuncia:

 

“Nicanor Cuchallo Orellana, ciudadano boliviano y profesor, exdelegado de un comité de bases de un grupo de profesores, fue apresado en el mes de febrero de 1976 y, al día siguiente enviado al exilio en Punta Arenas, Chile.  Después de cinco meses en esa ciudad, se le permitió ir a Santiago de Chile, donde estuvo sin trabajo, ya que el Gobierno de Bolivia había dado instrucciones de que no se le proporcionara ninguna clase de empleo.  En 1977, logró conseguir una visa para Caracas y salió para esa ciudad el 20 de abril donde se encuentra en exilio.” 

“Por el corto tiempo que estuvo preso no pudo aprovecharse de los recursos legales, y ahora no tiene acceso a los remedios internos por su calidad de exiliado.” 

          2.          La Comisión, en nota de 5 de abril de 1978, transmitió las partes pertinentes de la denuncia al Gobierno de Bolivia, solicitándole que suministrase la información correspondiente respecto de la denuncia y del agotamiento de los recursos legales internos.

 

          3.          En comunicación del 6 de junio de 1978, el Gobierno de Bolivia, respondió a la solicitud de la Comisión en los términos siguientes: 

“El señor Nicanor Cuchallo Orellana, militante activo del Movimiento Nacionalista Revolucionario Sector Sandoval Morón (MNR) y del Grupo “VALOR”, vinculado al Ejército de Liberación Nacional (ELN), por encontrarse en plena agitación subversiva con el fin de derrocar al Gobierno Nacionalista fue detenido en el mes de febrero de 1976.” 

“En el curso del mismo mes, estando involucrado en trajines subversivos y partícipe de las reuniones clandestinas, confeccionó un comunicado clandestino con fines de cumplir sus objetivos de perturbación y afán de derrocar al Gobierno dentro de un plan conspirativo fue exiliado a la República de Chile.  Actualmente beneficiado con la Amnistía General del 19 de enero de 1978.”

          4.          Se transmitieron al denunciante, en carta de 28 de junio de 1978, las partes pertinentes de la respuesta del Gobierno, invitando en la misma a que formulara observaciones a dicha respuesta.

 

          5.          Hasta la fecha el denunciante no ha formulado ninguna observación a la respuesta del Gobierno.

 

CONSIDERANDO:

 

          1.          Que se han cumplido los requisitos pertinentes establecidos en los Artículos 9, 9 (bis) y 10 del Estatuto de la Comisión y demás normas correspondientes de éste y del Reglamento.

 

          2.          Que el Gobierno de Bolivia, en su comunicación del 6 de junio de 1978, ha declarado que el Sr. Nicanor Cuchallo Orellana “fue exiliado a la República de Chile”.

 

LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,

 

RESUELVE:

 

          1.          Declarar que el Gobierno de Bolivia violó el Artículo VIII (derecho de residencia y tránsito).

 

          2.          Recomendar al Gobierno de Bolivia:  a)  que adopte las medidas necesarias para garantizar la vigencia del derecho de residencia y tránsito consagrado en la Declaración Americana;  b)  que comunique al Sr. Cuchallo Orellana, si no lo ha hecho todavía, que puede regresar en cualquier momento al país sin que legalmente se le pueda impedir;  c)  que informe a la Comisión, dentro de un plazo máximo de 90 días, sobre las medidas tomadas para poner en práctica las recomendaciones consignadas en la presente Resolución.

 

          3.          Comunicar esta decisión al Gobierno de Bolivia y al denunciante.

 

          4.          Incluir esta Resolución en el Informe Anual de la Comisión a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos de conformidad con el Artículo 9 (bis), inciso c, iii del Estatuto de la Comisión sin perjuicio de que la Comisión en su próximo período de sesiones, pueda reconsiderar el caso a la luz de las medidas que el Gobierno haya adoptado.

 

[Aprobada en la Sesión 609a. del 6 de marzo de 1979 (46º Período de Sesiones) y transmitida al Gobierno de Bolivia]

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