CAPITULO V    LOS REFUGIADOS

        276. Haití posee notoriedad, desde hace largo tiempo, por el hecho de que "exporta" en gran escala emigrantes que emprenden travesías desesperadas en busca de un mejor nivel de vida.  Se trata de un éxodo que data de varias décadas y que persiste, aunque las cifras han aumentado extraordinariamente en los últimos tiempos.  De hecho, el número de haitianos que han huído de su país en los dos últimos años superó con creces el registrado en años anteriores.  Entre 1972 y 1979 llegaron a los Estados Unidos entre 8.000 y 10.000 haitianos; salvo unas pocas excepciones, se trataba de inmigrantes ilegales.  Esa cifra puede compararse con la de 14.443 haitianos que fueron interceptados entre el 30 de septiembre de 1991 y el 1 de enero de 1992.  En la actualidad la cifra total supera las 41.000 personas.  La penuria económica ha sido siempre un catalizador primordial de esta reacción migratoria, pero hoy día no es ella la que obliga a los haitianos a proseguir esa emigración en masa de su tierra natal; se trata ahora de un sistema político represivo en que la voluntad del pequeño grupo en el poder frustra constantemente la voluntad del pueblo.

        277. El éxodo de los haitianos que buscan un mejor nivel de vida comienza con la esperanza de llegar a los Estados Unidos, "el país de la oportunidad" a través de la Florida, que está a unas 800 millas de distancia.  El viaje se realiza tradicionalmente en dos etapas.  La primera escala es Las Bahamas, cuya isla más próxima a los Estados Unidos se encuentra a aproximádamente 50 millas al Oeste de la Florida.  Pocos emigrantes logran llegar a los Estados Unidos sin hacer escalas.  El viaje generalmente se inicia cuando un grupo de personas ponen en común sus escasos recursos, adquieren una pequeña embarcación y se hacen a la mar en dirección a alguna de las Islas Bahamas más distantes, lo que representa una travesía tal vez de 500 millas en una pequeña nave  en la que se apiñan hasta 30 personas.  Una vez en Las Bahamas, los haitianos trabajan en tareas insignificantes y viven en extrema pobreza tratando de economizar para la segunda etapa de su viaje, o se establecen en una comunidad.  Se estima que 60.000 inmigrantes haitianos ilegales viven actualmente en Las Bahamas, lo que representa casi un quinto de la población total de ese país.  Con respecto a los emigrantes cuyo destino final es Estados Unidos, suele transcurrir cierto tiempo antes de que reúnan fondos suficientes para financiar el viaje a la Florida mediante los servicios de un contrabandista o la compra de otra pequeña embarcación.  Una vez acumulados los recursos, se adopta una vez más la decisión de hacer frente a los peligros del mar abierto.

        278. El 29 de septiembre de 1991, las Fuerzas Armadas derrocaron mediante un golpe de Estado al Presidente Jean Bertrand Aristide, quien fuera electo democráticamente durante las elecciones de 1990.  En su intento de dar apoyo al régimen democrático, la población salió a las calles levantando barricadas y llamando a huelgas generales y manifestaciones, pero las protestas fueron reprimidas violentamente por los militares impidiendo así que la población organizara un levantamiento popular.

        279. La represión se efectuó inmediatamente después del golpe de Estado contra el Presidente Jean Bertrand Aristide, y se manifestó en asesinatos selectivos, desapariciones, graves palizas y arrestos políticos.  Personas comunes y corrientes fueron arrestadas por el solo hecho de tener fotografías del Presidente Aristide en sus domicilios o por poseer literatura favorable a él.  Todos esos abusos, que analizamos en detalle en el capítulo anterior, fueron y siguen siendo cometidos con impunidad, ya que el sistema judicial haitiano ha cesado de funcionar y el gobierno nominalmente civil no ejerce control alguno sobre los militares ni sobre las personas con ellos vinculadas.

        280. Con respecto a las personas que viven en Haití, es muy poco lo que se puede hacer para evitar la represión.  A los haitianos les son arrebatados sus familiares y muchas veces son objeto de brutalidades y en algunas ocasiones hasta asesinados en su presencia.  Promoviendo estos hechos, el 15 de diciembre de 1991 una estación radial pirata,  autodenominada Radio VSN-57 (la sigla "VSN" corresponde a "Voluntarios de la Seguridad Nacional", nombre original de la policía paramilitar de Duvalier, los Tonton Macoutes, en tanto que "57" corresponde al año en que Duvalier llegó al poder) comenzó a proferir amenazas explícitas contra los partidarios del depuesto Presidente Aristide y contra las organizaciones comunales.  Un vocero hizo un llamado a todos los Tonton Macoutes para que "neutralizaran" a los partidarios de Aristide.  El vocero leyó luego los nombres y direcciones de más de cien partidarios notorios de Aristide, incluidos clérigos, periodistas, dirigentes empresariales y activistas políticos.  Se propalaron avisos y amenazas similares contra alrededor de ciento cincuenta pequeñas comunidades y organizaciones sindicales.

        281. La Historia es elocuente y a menudo se repite.  Tal como ocurrió durante la dictadura de Duvalier, en que los opositores políticos del gobierno desaparecían, eran torturados y asesinados regularmente; la libertad de expresión y reunión eran denegadas arbitrariamente y las organizaciones sindicales y campesinas eran sistemáticamente suprimidas, así sucede ahora.  En medio de la actual represión y la continua omisión de las autoridades que ejercen el poder en Haití de investigar y castigar a los responsables de actos reprensibles ha motivado la preocupación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la ha llevado además a concluir que esas personas actúan debido a la impunidad que les otorgan las Fuerzas Armadas.

        282. A partir del golpe de Estado del 29 de septiembre de 1991, miles de haitianos han huido del país, escapando por la frontera hacia la República Dominicana o a bordo de pequeñas e inseguras embarcaciones que se dirigen a los Estados Unidos.  Otras naves se hacen a la mar rumbo a Las Bahamas, Belice, Cuba, Honduras, Jamaica, Trinidad y Tobago y Venezuela, donde sus pasajeros piden asilo.  Hasta la fecha, muchos de esos barcos han sido interceptados por el Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos, en tanto que un número incalculable se ha hundido, ahogándose sus pasajeros.

        283. Como se señaló anteriormente, una de las causas del éxodo masivo de haitianos es la severa represión contra sectores que respaldan al Presidente Aristide, represión que ha sido especialmente brutal en ciertos barrios populares de Puerto Príncipe.  Otra causa del desplazamiento masivo es la precaria situación económica, que ha sido exacerbada por la previsible escasez provocada por el embargo comercial.  El embargo fue impuesto cuando la Organización de los Estados Americanos, procurando manifestar su desaprobación por el golpe de Estado realizado contra el gobierno constitucional de Haití, hizo un llamado a todos sus estados miembros para que aplicaran las sanciones comerciales contra Haití.  El 29 de octubre de 1992, como respuesta de ese llamado, los países miembros suspendieron todo el comercio con Haití, salvo el de alimentos básicos y medicinas y los vuelos comerciales, y ordenaron el regreso de casi todos los funcionarios diplomáticos y sus dependientes.

        284. Antes de que se produjera el golpe de Estado en Haití, el Gobierno de los Estados Unidos, tomando como base un acuerdo bilateral con ese país, mantenía una política de intercepción de naves haitianas en las aguas internacionales del Mar Caribe y devolución de los haitianos considerados "refugiados por razones económicas" a su país de origen.  El Programa fue establecido cuando el entonces Presidente de los Estados Unidos, Sr. Ronald Reagan, ejerció sus facultades conforme a la Sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que expresa:

        "En toda ocasión en que el Presidente llegue a la conclusión de que la entrada de cualquier extranjero o cualquier categoría de extranjeros puede ir en detrimento de los intereses de los Estados Unidos, puede, por decreto, y por el período que estime necesario, suspender la entrada de cualquier extranjero o cualquier categoría de extranjeros imponiendo cualquier restricción que crea conveniente".

        Y en la sección 215(a)(1) se establece:

        "Cuando los Estados Unidos estén en guerra, o se encuentre en vigencia cualquier emergencia nacional proclamada por el Presidente...y el Presidente concluya que los intereses de los Estados Unidos requieren la imposición de restricciones y prohibiciones...a la salida de personas de los Estados Unidos y a su entrada en los Estados Unidos, hasta que el Presidente o el Congreso declaren otra cosa, será ilícito... que cualquier extranjero salga de los Estados Unidos o penetre en su territorio, salvo en la medida en que puedan disponer otra cosa esas normas, reglamentos y órdenes razonables y con sujeción a las limitaciones y excepciones que el Presidente prescribiere".

        285. El Presidente Reagan dictó el Decreto 4865 y la Orden Ejecutiva 12324 (sancionadas en virtud de un acuerdo de cooperación celebrado entre el gobierno de los Estados Unidos y el régimen de Duvalier el 23 de septiembre de 1981 y puestos en vigor en virtud de un intercambio de notas diplomáticas), en cuyo contexto se estableció el programa de interdicción de inmigrantes haitianos.  Conforme a lo dispuesto por ese programa, se autorizó al Servicio de Guardacostas a interceptar a los navíos sospechosos de ocuparse del transporte irregular de pasajeros que salen de Haití, y ulteriormente a devolverlos a ese país.  Los oficiales del Servicio de Inmigración y Naturalización interrogaban a los haitianos interceptados con respecto a su lugar de destino, solicitándoles sus documentos de identidad y sus visas y luego eran puestos a bordo de barcos para llevarlos de regreso a Haití.  En los primeros diez años del Programa, los refugiados fueron repatriados por la fuerza en forma rutinaria.

        286. La política de interdicción ha tenido éxito en el sentido de eliminar la afluencia de haitianos al sur de la Florida; al mismo tiempo, dicha política ha sido objeto de críticas como una violación del derecho internacional, especialmente cuando se tienen en cuenta la situación política y la represión que han caracterizado el período de gobierno de aquellos que expulsaron al Presidente electo, Jean Bertrand Aristide.  En los Estados Unidos, la ley dispone que los estatutos de protección sólo se aplican a extranjeros que residen o han logrado llegar a la frontera de dicho país y el programa de interdicción ha impedido que los haitianos alcanzaran las costas del territorio del país para poder invocar aquellos derechos. 

        287. Entre septiembre de 1981 y la asunción de su cargo por parte del Presidente Jean Bertrand Aristide, fueron interceptados más de 23.000 haitianos.  Según cifras publicadas por el Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales, sólo once de ellos fueron autorizados a penetrar en territorio de los Estados Unidos, donde pudieron entonces solicitar asilo político.  Desde el golpe de Estado hasta la fecha, se considera que alrededor de 40,000 nacionales haitianos han sido interceptados por la guardia costera, de los cuales 30,000 fueron devueltos a Haití.

        288. Una vez interceptados los barcos, los haitianos eran llevados a la base naval estadounidense en Guantánamo, Cuba, donde eran entrevistados por representantes del Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos, para determinar si, de acuerdo con el derecho internacional, calificaban para obtener el status de refugiados.  Si no lograban su propósito, los solicitantes eran llevados a un navío del Servicio de Inmigración y devueltos a Puerto Príncipe.  Los haitianos que lograban llegar a las costas de los Estados Unidos, en cambio, eran mantenidos como prisioneros en el establecimiento de detención del Servicio de Inmigración de Krome a la espera de que las autoridades estudiaran sus solicitudes de asilo político.  Este proceso puede llevar meses o inclusive años y no es poco usual que un refugiado haitiano permanezca encarcelado todo ese tiempo.

        289. El Gobierno de los Estados Unidos había señalado que las causas por las cuales los haitianos huían de su país, eran en su mayoría de índole económica y no política, por lo cual era necesario realizar un proceso de selección para otorgar el asilo.  El 18 y 19 de noviembre de 1991, las autoridades estadounidenses devolvieron a Haití a más de 500 personas que habían solicitado asilo.  Estos acontecimientos trajeron como consecuencia un gran númeno de demandas ante las Cortes Federales de los Estados Unidos en Florida, las que fueron presentadas por organizaciones no gubernamentales en representación de los refugiados (boat people).  Las reclamaciones se basaban en el posible peligro físico a que serían expuestas esas personas si se les forzaba a regresar a su país de origen.  El Juez de la Corte del Distrito emitió una orden en esos casos para la suspensión de las devoluciones forzadas.  Al mismo tiempo, los medios de comunicación y los abogados de los "boat people" fueron autorizados a visitar Guantánamo.  Señalando que el porcentaje de casos de personas que podrían obtener el status de refugiado era aproximadamente de un 33%.

        290. El 31 de enero de 1992, el Procurador de Justicia solicitó la suspensión de la orden emitida por la Corte del distrito y ésta fue concedida por la Corte Suprema de los Estados Unidos.  La Comisión Interamericana de Derechos Humanos había solicitado en dos ocasiones al Gobierno de los Estados Unidos que suspendiera, por razones humanitarias, las devoluciones de los haitianos.

        291. Ante el continuo éxodo masivo de haitianos, el 24 de mayo de 1992, el Gobierno de los Estados Unidos promulgó el Decreto "Interdiction of Illegal Aliens", el cual revocaba y sustituía el decreto de 1981.  El decreto del 24 de mayo permitiría que los haitianos que fuesen interceptados en el mar por el Servicio de Guardacostas fueran devueltos inmediatamente a Haití.  De acuerdo con ese decreto el Ministerio Público requirió que los haitianos que buscaran asilo en los Estados Unidos, tendrían que solicitarlo a través de la Embajada de los Estados Unidos en Puerto Príncipe.  Se señaló que el decreto tenía como fin proteger las vidas de los haitianos que se aventuraban a llegar a los Estados Unidos en inseguras embarcaciones.

        292. Algunas fuentes opinaron que el decreto se basaba en que el principio de la prohibición de expulsión y devolución de personas contenido en la Convención de Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados no incluía a las personas que se encontraran fuera del territorio de los Estados Unidos.  El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados indicó que de acuerdo con el párrafo 1 del artículo 33 de la Convención de 1951 relativa al Estatuto de los Refugiados, el principio de la prohibición de expulsión y devolución de personas se aplicaba tanto dentro como fuera del territorio de los Estados Unidos.

        293. El 29 de julio de 1992, la Corte Federal de Apelaciones declaró que las leyes de los Estados Unidos prohibían al Gobierno devolver a los haitianos que huían del país en embarcaciones, sin determinar primeramente si eran perseguidos.  Asimismo, la Corte  agregó que la actual política de los Estados Unidos de interceptar todas las embarcaciones que parecían llevar refugiados haitianos, les impedía buscar asilo en otros países como Bahamas, Jamaica o Cuba.  El 1 de agosto, después de que el Gobierno apelara esa decisión, la Suprema Corte, por un voto de siete contra dos, suspendió la orden, permitiendo al Gobierno continuar su política de interceptar y devolver a los refugiados haitianos.

        294. Anteriormente se había anunciado que las instalaciones de los  refugiados en la base naval de Guantánamo habían llegado a su capacidad máxima.  El Servicio de Inmigración informó que 10,736 haitianos habían sido trasladados a los Estados Unidos para que siguieran tramitando sus solicitudes, excepto 274 personas que resultaron ceropositivos (HIV), permanecerían en las instalaciones de la base naval y de allí continuarían tramitando sus solicitudes de asilo.

        295. En enero de 1993 después de prolongadas e infructuosas solicitudes jurídicas y argumentando razones humanitarias para penetrar en territorio de los Estados Unidos, los haitianos que se encontraban en Guantánamo comenzaron una huelga de hambre que duró más de seis semanas.  Entidades tales como Amnesty International instaron a las autoridades de los Estados Unidos a que brindaran adecuada asistencia médica y permitieran a los solicitantes de asilo que penetraran en los Estados Unidos para que pudieran tramitar sus solicitudes de asilo.  El 26 de marzo de 1993, un juez federal de los Estados Unidos ordenó al Gobierno de ese país que mejorara los servicios médicos de Guantánamo o evacuara a los pacientes de SIDA a hospitales en los Estados Unidos.

       

        296. Por otra parte, cuarenta y cinco refugiados haitianos iniciaron una huelga de hambre, en el centro de detención Krome (ubicado en las cercanías de Miami), en señal de protesta a la política de inmigración, la cual, según ellos, daba preferencia a los refugiados cubanos.  La huelga de hambre comenzó dos días después de haber puesto en libertad a cuarenta y ocho cubanos que habían llegado el 29 de diciembre de 1992, a Miami, en un avión de línea comercial que fue desviado.

        297. En vísperas del 20 de enero de 1993 se reanudaron las partidas de refugiados y se temía un éxodo masivo de 200,000 refugiados ante el cambio del Gobierno estadounidense.  El 14 de enero el Presidente electo, Sr. William Clinton, difundió un mensaje por radio, invitando a los haitianos a permanecer en su país, e informándoles que después de su investidura, los "boat people" continuarían siendo interceptados y devueltos a Haití.  El nuevo Gobierno anunció un plan global para restaurar la democracia en Haití y obtener el retorno del depuesto Presidente Aristide.  También informó que la operación "Able Manner", en la que participarían veinte unidades navales y diez naves aéreas de los Estados Unidos, había sido puesta en práctica frente a las costas de Haití para evitar que cientos de haitianos perecieran en el mar.  Tal afirmación fue rechazada por los grupos de derechos humanos que representan a los refugiados haitianos, quienes además señalaron que esa acción violaba el derecho internacional y las propias leyes estadounidenses, que prohibían devolver y exponer al peligro de represalias a los refugiados sin darles oportunidad de probar los méritos de su petición de asilo.

        298. En el mes de enero de 1993, la Administración de los Estados Unidos bloqueó las costas de Haití con navíos del Servicio de Guardacostas, barcos de la Armada y helicópteros, a fin de impedir la salida masiva de haitianos; al mismo tiempo elaboró un proyecto de expansión y el perfeccionamiento de su "Programa de Procesamiento de Casos en el País de Origen", a través de la creación de un sistema de respuesta computarizado para salvar vidas e impedir una enorme e incontrolable invasión de refugiados por razones económicas.

        299. Doscientos treinta y seis haitianos fueron interceptados  y llevados directamente a Haití durante la primera semana de enero de 1993.   Ciento dos refugiados, entre ellos ocho sobrevivientes del naufragio del "Vierge Miracle" que transportaba 400 haitianos, regresaron de Cuba por el puente aéreo entre Cuba y Haití.  Ese puente fue establecido por iniciativa del Alto Comisariado de las Naciones Unidas con la colaboración de la Cruz Roja de ambos países. Algunas fuentes han señalado que el número de refugiados que había decidido repatriarse voluntariamente, desde el 12 de enero, ascendía a 1,298.  De acuerdo a cifras proporcionadas por el Gobierno de los Estados Unidos, 30,340 personas habían sido devueltas a Haití a finales de enero de 1993.

        300. Una vez que los refugiados son devueltos a Haití, son recibidos por las autoridades aduanales, quienes les toman huellas digitales, datos generales y son fotografiados.  Miembros del Comité Internacional de la Cruz Roja y diplomáticos de la Embajada de los Estados Unidos han señalado que los refugiados no son víctimas de maltratos a su llegada.  Sin embargo grupos de derechos humanos han indicado que la práctica exhaustiva de identificación de cada uno de los refugiados ha generado cierto temor de lo que les pueda ocurrir posteriormente.

        301. En ciertos casos se señaló que varios de los haitianos repatriados fueron arrestados en sus domicilios y más tarde algunos de ellos fueron encontrados muertos.  Otros fueron golpeados en público por los militares, quienes los forzaban bajo amenazas de armas, a identificar a otros repatriados.  En otros casos, se señaló que algunos repatriados fueron conducidos al Centro Penitentiario Nacional, donde se les sometía a torturas y no se les alimentaba.

        302. La práctica de interdicción y repatriación aplicada por los Estados Unidos ha sido blanco de continuos ataques por parte de organizaciones no gubernamentales de defensa de los derechos humanos.  Las mismas sostienen que esa práctica viola el Derecho Internacional; específicamente lo dispuesto por el Artículo 1 (A) del Protocolo de las Naciones Unidas referente a la Situación de los Refugiados (del que es parte Estados Unidos), en el que se define al "refugiado" como:

        "cualquier persona que por razones de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda acogerse a la protección de ese país o,... no esté dispuesta a hacerlo.."

y finalmente el Artículo 33 de la Convención de 1951 arriba mencionada, que establece:

        "Ningún Estado Contratante podrá expulsar ni devolver ("refouler") de manera alguna a un refugiado a un territorio dentro de cuyas fronteras su vida o libertad puedan correr peligro en virtud de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política".

        303. Quienes abogan por los derechos de los refugiados sostuvieron que la práctica aplicada viola también la legislación de los Estados Unidos, que prohíbe el "refoulement" o devolución por la fuerza de quienes genuinamente huyen de la persecución que sufren en su país de origen.

        304. El 1 de octubre de 1990 se formuló una petición contra el Gobierno de los Estados Unidos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.  En ella se sostenía que la actual práctica de repatriación contraviene normas y pautas internacionales aplicables, que indican que los haitianos que huyen de la persecución política tienen derecho de buscar refugio en cualquier país, incluído Estados Unidos.  En la petición se hace referencia al Artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el que establece lo siguiente:

        "Toda persona tiene derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de cada país y con los convenios internacionales";

        305. Durante su 83º período de sesiones (del 1 al 12 de marzo de 1993), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos admitió una solicitud de medidas cautelares de parte de los peticionarios en el caso presentado el 1º de octubre de 1990, e hizo un llamado al Gobierno de los Estados Unidos para que:

        i.      revisara, con carácter urgente, su práctica de detener en alta mar navíos que se dirigen a los Estados Unidos en los que viajan haitianos y hacerlos regresar a Haití sin concederles la posibilidad de demostrar que tienen derecho a ser calificados como refugiados conforme al Protocolo referente a la situación de los refugiados, o como solicitantes de asilo en el marco de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

        ii.     tomara las medidas necesarias para que los haitianos que ya se encuentren en los Estados Unidos no sean devueltos a Haití sin que se establezca si tienen derecho a ser calificados como refugiados conforme al Protocolo referente a la situación de los refugiados, o como asilados en el marco de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

        306. El 11 de marzo de 1993, la Comisión emitió una declaración señalando lo siguiente: 

        "La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en conocimiento de la grave  situación interna de Haití  y ante las denuncias y solicitudes recibidas para tomar acciones de emergencia en lo que se refiere  a la  suerte, seguridad e integridad del creciente número de refugiados del mar hace un llamado de atención a los gobiernos del hemisferio, para que en cumplimiento  de las obligaciones establecidas  en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre o en  la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según sea el caso, del Estatuto de Refugiados y de los principios y  normas del Derecho Internacional Humanitario  tomen las medidas de emergencia que sean necesarias para evitar  los peligros  y el sufrimiento de los haitianos que se ven obligados  a huir del país ante la represión y persecución de que son víctimas por los agentes de las autoridades que detentan el poder en Haití y que luego  han sido o están siendo repatriados."

        "La Comisión considera que además de las acciones urgentes que deben tomar los gobiernos del hemisferio para hacer frente a la situación de emergencia planteada por los refugiados del mar, también debería aprovecharse la presencia en Haití de la Misión Civil conjunta de ONU y OEA y encargarle que, entre sus variadas actividades de investigación e información haga un cuidadoso seguimiento de los hechos relacionados con el problema de los refugiados del mar."

        307. El 21 de junio de 1993, la Corte Suprema de los Estados Unidos falló que la potestad del Presidente de repatriar a extranjeros indocumentados interceptados en alta mar no está sujeta a ninguna restricción, y que el derecho de no ser objeto de "refoulement" se aplica sólo a los extranjeros que estén físicamente presentes en el país anfitrión.  Tal como está la situación actualmente, los extranjeros interceptados en aguas internacionales carecen de todo remedio jurídico, y a menos que la legislación vigente sea modificada por el Congreso, los haitianos seguirán siendo repatriados sin que se les conceda audiencia para exponer sus argumentos en procura de asilo.

        308. En conclusión, la situación de los refugiados no llegará a su fin hasta que se restablezca en Haití el régimen democrático y regrese el líder electo por el pueblo:  el Presidente Aristide.  Durante el breve gobierno del Presidente Aristide, la Comisión no fue informada de casos de haitianos que huyeran del país por sufrir represión.  Por el contrario, muchos haitianos en realidad volvían a su país de origen, y actualmente son cientos los que afirman que tienen la esperanza de hacer otro tanto, una vez que el régimen democrático haya sido restablecido y se respete la voluntad del pueblo.


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