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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

 

a) El mayor problema que confronta Guatemala en materia de derechos humanos contin�a siendo la desaparici�n de personas, previamente v�ctimas de secuestros y detenciones ilegales atribuidos, casi en la generalidad de los casos, a las fuerzas de seguridad del Gobierno. Tal situaci�n, como se expres� en el pasado informe anual de la CIDH (1983-1984), merece la mayor atenci�n del Gobierno de Guatemala por el clima de alarma, inseguridad y angustia que genera en su poblaci�n y deber�a ser exhaustivamente investigado, tom�ndose de inmediato, por su magnitud, todas las medidas urgentes que el caso requiere para ponerle fin definitivamente, juzgando y castigando a los responsables;

b) Adem�s del derecho a la vida, el problema de los desaparecidos afecta tambi�n, como ya lo ha se�alado la Comisi�n, al derecho a la libertad e integridad personal, oper�ndose una concatenaci�n sucesiva de hechos violatorios, porque si no se practicasen detenciones ilegales y secuestros, las desapariciones de personas ser�an pr�cticamente imposibles. Por tanto, se exhorta nuevamente al Gobierno de Guatemala a que en los casos en que sea estrictamente necesario practicar capturas de personas, �stas se lleven a cabo con estricta sujeci�n a las normas legales recluyendo a los detenidos en prisiones oficiales, sin negarse a los familiares su aprehensi�n y detenci�n;

c) La inoperancia de los recursos de habeas corpus, cuyo fortalecimiento fue objeto de especial recomendaci�n en los pasados informes, queda otra vez en evidencia durante la presente administraci�n, por lo que es necesario, para hacer prevalecer el respeto a la nueva ley de habeas corpus en defensa de los derechos humanos, enfatizar nuevamente en la necesidad de establecer un registro central nacional de control de detenidos y modificar los mecanismos de investigaci�n y de certificaci�n de detenciones y confinamientos;

d) La Comisi�n no puede evaluar los resultados globales alcanzados por los programas gubernamentales denominados Polos de Desarrollo, Coordinadoras Interinstitucionales y Patrullas de Autodefensa Civil s�lo por los logros obtenidos en materia de desarrollo, seguridad y defensa militar, sino exclusivamente desde el punto de vista de los derechos humanos. En tal sentido, preocupa a la Comisi�n la forma como �stos afectan directa e indirectamente a la poblaci�n ind�gena y campesina a la cual est�n dirigidos, especialmente en lo concerniente al derecho a la vida; a la integridad, seguridad y libertad personal; al derecho de circulaci�n y residencia; al derecho de reuni�n y asociaci�n; a los derechos del ni�o y la familia; y dentro de este contexto la Comisi�n lamenta que los mismos ocasionen serias y graves violaciones a tales garant�as, libertades y derechos, por lo que se recomienda se tomen las medidas inmediatas tendientes a permitir la plena efectividad de estos derechos;

e) Preocupa asimismo a la Comisi�n los conflictos de car�cter administrativo, institucional y funcional que, al entrar en funciones el nuevo gobierno constitucional en enero de 1986, pueden producirse en todos los niveles de la administraci�n p�blica en los �mbitos local y nacional, en particular al entrar a funcionar los organismos y sistemas democr�ticos conjuntamente con los militares de defensa y desarrollo establecidos por el Sistema Nacional de Coordinaci�n Interinstitucional;

f) En cuanto a las Patrullas de Autodefensa Civil, la Comisi�n considera que, en efecto, implican una carga demasiado pesada para la poblaci�n ind�gena sobre cuyo empobrecido y devastado sector, si bien num�ricamente mayoritario, se ha depositado no s�lo una enorme responsabilidad de seguridad y defensa militar, que ya ha cobrado muchas vidas en su lucha contra la guerrilla, sino tambi�n se le han impuesto sacrificios y limitaciones adicionales que, adem�s de afectar los derechos humanos citados en el p�rrafo c) de esta secci�n, atentan contra su propia identidad �tnica y contra el desarrollo de sus tradiciones, sus idiomas, sus formas de vida, sus econom�as y sus culturas, derechos humanos tambi�n esenciales para la vida de los pueblos;

g) En cuanto a los Polos de Desarrollo, la Comisi�n se permite recomendar se reeval�en como programas de desarrollo tomando en consideraci�n las opiniones m�s calificadas de expertos en dicha materia, y se efect�en los estudios sociol�gicos y antropol�gicos correspondientes con la finalidad de determinar la forma como pueden ser mejor adecuados a la idiosincrasia, caracter�sticas y necesidades de la poblaci�n ind�gena, procurando que los aspectos de car�cter militar y de seguridad no afecten los objetivos de desarrollo enunciados como esenciales;

h) Que se reconozca la personalidad jur�dica de las organizaciones ind�genas representativas, se proporcionen las condiciones para que �stas libre y protegidamente den a conocer las necesidades y aspiraciones de las poblaciones ind�genas y se les d� la oportunidad de expresar, sin miedo a represalias, sus opiniones ante los organismos internacionales interesados en la promoci�n y protecci�n de los derechos humanos;

i) En cuanto a los Derechos Pol�ticos, es motivo de especial satisfacci�n para la Comisi�n observar que pese a las m�ltiples dificultadas presentadas, se ha venido dando cumplimiento al cronograma pol�tico del Gobierno del General Oscar Humberto Mej�a V�ctores y la forma como las asociaciones pol�ticas, las instituciones p�blicas y la ciudadan�a en general vienen participando para devolver al pa�s un r�gimen democr�tico y constitucional;

j) La CIDH reitera una vez m�s las recomendaciones formuladas en sus �ltimos Informes a la Asamblea General de la OEA, especialmente en lo que se refiere a la necesidad de investigar y castigar con todo el rigor de la ley a los responsables de ejecuciones ilegales, desapariciones, detenciones arbitrarias y torturas, y lamenta que el Gobierno de Guatemala no haya proporcionado la informaci�n que le fue especialmente solicitada mediante oficio de fecha 11 de julio de 1985, con el prop�sito de incluir, dentro del presente informe, sus propios puntos de vista sobre la situaci�n de los derechos humanos en ese pa�s.

 

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