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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

 

A. Conclusiones

A la luz de los antecedentes expuestos precedentemente y considerando la legislaci�n decretada y las medidas adoptadas por el Gobierno de Guatemala a partir del 23 de marzo de 1982, la Comisi�n concluye que la situaci�n de los derechos humanos imperante en ese pa�s puede caracterizarse de la siguiente manera:

1. En lo respecta al derecho a la vida:

a) La Comisi�n no ha tenido conocimiento de que el Gobierno de Guatemala haya investigado y castigado a los responsables de las ejecuciones ilegales y desaparecimientos ocurridos con anterioridad al 23 de marzo de 1982;

b) El anunciado desmantelamiento de los grupos paramilitares por el Gobierno del General R�os Montt, ha significado que la violencia generalizada y descentralizada que imperaba anteriormente en los centros urbanos, se ha traducido en un menor n�mero de violaciones al derecho a la vida para los habitantes de Ciudad de Guatemala y de las principales ciudades del pa�s;

c) Los Tribunales de Fuero Especial, que funcionaban en secreto y desconociendo las garant�as fundamentales del debido proceso, han decretado, asta la aprobaci�n del presente Informe, la muerte de 15 personas por delitos que, bajo los t�rminos de la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos, no era jur�dicamente posible sancionar con la imposici�n de dicha pena capital;

d) En las �reas rurales, a�n cuando la Comisi�n ha tenido conocimiento que la guerrilla y fuerzas insurgentes han cometido graves hechos, la mayor�a de las veces ha sido el Ej�rcito de Guatemala el responsable de grav�simas violaciones de derechos humanos, las que incluyen la destrucci�n, incendio y saqueo de aldeas enteras y muertes tanto de los combatientes como de la poblaci�n no combatiente de esas aldeas.

2. En lo que respecta a los derechos a la libertad y seguridad personal, la Comisi�n observa:

a) Que bajo la vigencia del Estado de Sitio no s�lo se suspendi� el habeas corpus o recurso de exhibici�n personal sino que tampoco el amparo tuvo efectividad, permitiendo que los organismos de seguridad del Estado actuasen con total impunidad para detener ilegalmente a las personas;

b) Que contin�an produci�ndose secuestros por agentes de seguridad, situaci�n que ha dado origen, en algunos casos, a prolongadas detenciones ilegales, negadas inicialmente por las autoridades. En otros casos dichos secuestros han provocado desapariciones, las que han afectado principalmente a estudiantes secundarios y universitarios y al personal acad�mico y administrativo de la Universidad de San Carlos;

c) Que hasta el pronunciamiento militar del 8 de agosto se ha continuado con la pr�ctica de la tortura, la que no s�lo se ha aplicado a los detenidos e incomunicados en los centros de reclusi�n, sino tambi�n en las �reas rurales de conflicto a campesinos e ind�genas acusados de estar vinculados a la subversi�n.

3. En cuanto al derecho a la justicia y al proceso regular la Comisi�n considera:

a) Que el Poder Judicial se encuentra desprovisto de independencia, autonom�a e imparcialidad, as� como de seguridades de estabilidad para sus miembros, lo cual ha producido serias limitaciones para el ejercicio de su delicada e importante funci�n;

b) Que los Tribunales de Fuero Especial --cuya configuraci�n secreta persisti� el Gobierno del General R�os Montt en mantener y cuyo procedimiento violaba las m�s elementales garant�as del debido proceso-- constituyeron organismos antijur�dicos cuya constituci�n, actuaci�n y resoluciones desconocieron disposiciones fundamentales de la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Guatemala es Estado Parte.

4. En lo que se refiere a la libertad de pensamiento y de expresi�n, la Comisi�n observa que durante los per�odos en los cuales el Estado de Sitio se encontraba vigente, dichas libertades estuvieron seriamente afectadas tanto por los t�rminos de la ley que lo estableci�, como del clima de inseguridad que �sta origin� en el pa�s y que llev� a los responsables de los medios de comunicaci�n a la imposici�n de una autocensura.

5. En lo que toca a las libertades de conciencia y religi�n, la Comisi�n encuentra que, no obstante existir formalmente en el pa�s tales libertades, durante el Gobierno del General R�os Montt se desarroll� una inquietante polarizaci�n religiosa entre la Iglesia Cat�lica y grupos fundamentalistas protestantes, dando lugar a que sacerdotes de la Iglesia Cat�lica encontrasen injustificados obst�culos para el ejercicio de su ministerio, todo lo cual afect� la plena vigencia de las libertades de conciencia y religi�n.

6. En cuanto a los derechos pol�ticos, la Comisi�n estima que pese a la promulgaci�n de los dispositivos legales del 23 de marzo de 1983 que contemplan una pr�xima apertura democr�tica en Guatemala, tales derechos se encontraron suspendidos y los partidos pol�ticos tuvieron injustificados obst�culos para su normal funcionamiento durante todo el Gobierno del General Efra�n R�os Montt.

7. En lo que concierne a la libertad de circulaci�n y residencia, la Comisi�n Encuentra que:

a) Si bien los guatemaltecos gozan del derecho de trasladarse libremente por la mayor parte del territorio de la Rep�blica, en la pr�ctica el clima de inseguridad existente en el pa�s ha reducido notablemente la posibilidad de ejercer ese derecho;

b) Miles de guatemaltecos han debido abandonar su patria en raz�n de la inseguridad y aun persecusi�n que sufren en ella. Preocupan especialmente a la Comisi�n los miles de campesinos e ind�genas que han buscado refugio en zonas fronterizas, huyendo de la violencia desatada por el Ej�rcito en las �reas rurales de conflicto;

c) Cientos de miles de campesinos ind�genas han sido desarraigados de sus hogares tradicionales y relocalizados en campamentos organizados por el Gobierno como un medio de ejercer un control sobre ellos. 

B. Recomendaciones

En virtud de las conclusiones expuestas, la Comisi�n recomienda al Gobierno de Guatemala adoptar las siguientes medidas:

1. Investigar y castigar con todo el rigor de la ley a los responsables de las graves violaciones al derecho a la vida y a la seguridad personal, ocurridas antes o despu�s del 23 de marzo de 1982.

2. Disponer la revisi�n de los procesos seguidos ante los Tribunales de Fuero Especial a�n de los que concluyeron con sentencia ejecutoriada.

3. Tomar las medidas necesarias para que cese de inmediato la represi�n en las �reas rurales de conflicto e investigar y sancionar con todo el rigor de la ley a los que resultaren responsables de las matanzas de campesinos e ind�genas que han tenido lugar en esas �reas.

4. Tomar las medidas necesarias para que cesen los secuestros y desapariciones de personas e investigar y sancionar a los responsables de los mismos.

5. Nombrar una comisi�n especial de juristas guatemaltecos dotada de suficientes facultades y poderes para que realice todas las averiguaciones tendientes a esclarecer los casos de desaparecidos y recomiende el enjuiciamiento de quienes sean responsables de los mismos.

6. Garantizar el irrestricto ejercicio del habeas corpus o recurso de exhibici�n personal.

7. Asegurar al Poder Judicial la independencia, autonom�a y estabilidad indispensables para el cumplimiento de su misi�n.

8. Adoptar las medidas necesarias para la efectiva vigencia de la libertad de expresi�n.

9. Establecer las medidas necesarias para terminar con las dificultades existentes entre el Gobierno y la Iglesia Cat�lica y para evitar la polarizaci�n religiosa a que dio lugar el Gobierno del General R�os Montt. Para tal fin, entre otras, deber�n adoptarse de inmediato medidas como la de devolver, debidamente restauradas, las propiedades de la Iglesia Cat�lica en el Quich�; modificar las leyes de extranjer�a a fin de evitar que �stas se conviertan en un medio de presi�n ileg�tima sobre los sacerdotes extranjeros, y evitar el favoritismo por parte del Gobierno en beneficio de quienes profesan una determinada fe religiosa.

10. Adoptar las medidas necesarias para asegurar en la pr�ctica la m�s amplia libertad de organizaci�n y funcionamiento de los partidos pol�ticos, as� como su adecuada representaci�n en las instituciones guatemaltecas, y llevar a cabo la celebraci�n de elecciones generales dentro del plazo previsto-

11. Permitir el retorno a su patria de los exiliados y refugiados guatemaltecos. Con respecto a los campesinos e ind�genas que se encuentran actualmente en el estado mexicano de Chiapas, la Comisi�n considera que para facilitar ese regreso, una vez que sea posible, ser�a deseable contar con la asistencia del Alto Comisionado de Naciones Unidad para los Refugiados y la cooperaci�n del Gobierno de M�xico.

12. Recomendar que se den a conocer a los familiares de las personas fusiladas por sentencias impuestas por los Tribunales de Fuero Especial el lugar exacto en donde se encuentran sepultados los cuerpos de estas personas. 

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