CONCLUSIONES
A la luz de los hechos, observaciones y otros elementos de convicci�n
mencionados en este Informe, la Comisi�n Especial considera pertinente formular
las siguientes conclusiones:
1.
Como consecuencia de las actuaciones de los cuerpos de seguridad y de la
organizaci�n paramilitar oficial conocida como ORDEN, han muerto numerosas
personas.
2.
Los cuerpos de seguridad y la organizaci�n paramilitar oficial
denominada ORDEN han cometido torturas y maltratos f�sicos y ps�quicos en
muchos casos.
3.
Los cuerpos de seguridad cometieron graves violaciones al derecho a la
libertad, al efectuar detenciones arbitrarias.
Han mantenido lugares secretos de detenci�n, en donde estuvieron
privadas de libertad en condiciones extremadamente crueles e inhumanas algunas
personas, cuya captura y prisi�n ha negado el Gobierno.
4.
En general, las leyes de El Salvador contemplan el derecho de justicia y
de proceso regular, pero en la pr�ctica los recursos legales no son eficaces
para proteger a las personas arbitrariamente privadas de sus derechos humanos
fundamentales. Esta situaci�n es particularmente seria en los casos que se
refieren a personas desaparecidas. A�n
con el sistema legal formal hay una importante deficiencia en la actuaci�n de
los jueces de polic�a, quienes pueden condenar a una persona a penas privativas
de libertad hasta seis meses sin que estas personas puedan ejercer de una manera
efectiva su derecho de defensa y proceso regular.
5.
Los derechos de reuni�n y de asociaci�n, sobre todo el segundo, sufren
frecuentes obst�culos cuando son ejercidos por personas o grupos opuestos al
Gobierno, especialmente en el caso de los campesinos.
6.
Los derechos de libertad de pensamiento y de expresi�n est�n sujetos a
limitaciones, especialmente en este momento, como consecuencia de las
interpretaciones a que da lugar la Ley de Defensa y Garant�a del Orden P�blico.
7.
Existe un generalizado escepticismo por parte de la ciudadan�a en relaci�n
con el derecho de sufragio y de participaci�n en el Gobierno.
En particular, los partidos pol�ticos de oposici�n llegan, a este
respecto, hasta la desconfianza en la posibilidad de tener elecciones libres y
puras, no s�lo a la luz de las experiencias durante el desarrollo de recientes
elecciones, sino tambi�n de la estructura del sistema electoral y de los obst�culos
que encuentran los partidos para organizarse en el interior del pa�s.
Por todo esto, la Comisi�n estima que los derechos electorales no son
eficaces en las presentes circunstancias.
8.
Como consecuencia de las actividades que la Iglesia Cat�lica realiza por
estimar que forman parte integral de su misi�n, sacerdotes, religiosos de ambos
sexos y laicos que cooperan activamente con la Iglesia, han sido objeto de
persecuci�n sistem�tica por parte de las autoridades y de organizaciones que
gozan del favor oficial.
9.
El Gobierno de El Salvador es responsable de haber expatriado a
nacionales salvadore�os y de prohib�rseles la entrada al pa�s, por lo cual
dicho Gobierno ha violado los derechos de residencia y tr�nsito garantizados
por la Declaraci�n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convenci�n
Americana sobre Derechos Humanos y, adem�s, por la propia Constituci�n Pol�tica
de El Salvador.
Las m�s altas autoridades del Gobierno de El Salvador y los
representantes de todos los sectores de la poblaci�n, reconocen la existencia
de una atm�sfera tensa y de polarizaci�n en su pa�s, por causa de los
principales problemas que le afectan.
Numerosas personas, dentro y fuera del Gobierno, citan como una de las
principales causas de esta tensi�n y polarizaci�n, las condiciones econ�micas
y sociales que se han ido agravando a trav�s de �l por largo tiempo.
La Comisi�n reconoce la gravedad de estas condiciones, las que han sido
descritas en el Cap�tulo X de este Informe.
Entre las m�s graves est� la tremenda concentraci�n de la propiedad de
la tierra y en general del poder econ�mico, as� como del poder pol�tico, en
manos de unos pocos con la consiguiente desesperaci�n y miseria de los
campesinos, los que forman la gran mayor�a de la poblaci�n salvadore�a.
Estas condiciones sociales y econ�micas explican, en buena medida,
graves violaciones de los derechos humanos que han ocurrido y contin�an
ocurriendo en El Salvador y, a la vez, obstaculizan el disfrute de los derechos
econ�micos y sociales consagrados en la Declaraci�n Americana de los Derechos
y Deberes del Hombre, en la Carta de la OEA, en el Art�culo 26 de la Convenci�n
Americana sobre Derechos Humanos y en otros instrumentos internacionales.
Por supuesto, tales condiciones en ning�n caso pueden justificar las
violaciones de los derechos pol�ticos y civiles fundamentales.
Estas violaciones constituyen un obst�culo a la superaci�n progresiva
de las tensiones sociales y pol�ticas, ya que impiden el funcionamiento
efectivo de un sistema pol�tico que pueda responder constructivamente a las
verdaderas necesidades sociales y econ�micas de la poblaci�n. RECOMENDACIONES
1.
Disolver la organizaci�n paramilitar oficial llamada ORDEN porque la
manera como ha actuado y act�a es contraria al ejercicio efectivo de los
derechos humanos de los campesinos;
2.
Promover la reforma de las normas jur�dicas referentes al orden p�blico
y especialmente la Ley de Defensa y Garant�a del Orden P�blico, con el prop�sito
de eliminar las disposiciones que dan lugar a una interpretaci�n demasiado
amplia de sus actuales normas y a una aplicaci�n indiscriminada de ellas,
porque han dado lugar a importantes actos de abuso de poder, en perjuicio del
libre y normal desenvolvimiento de los opositores al Gobierno, conforme a los
usos y costumbres propios de una sociedad democr�tica;
3.
Reformar el sistema electoral, reorganizando especialmente el Consejo
Central de Elecciones con el fin de que en �l haya una equitativa representaci�n
de los partidos pol�ticos y se logre establecer la confianza en el sistema;
4.
Permitirle al sector campesino recurrir a todo medio de organizaci�n
existente en una sociedad democr�tica, con base en el ejercicio, entre otros,
de los derechos de reuni�n, asociaci�n, y sindicalizaci�n.
Para este fin, el Gobierno tambi�n debe estimular y proteger a los
campesinos y a quienes cooperan o desean cooperar con ellos, como a las Iglesias
y en particular la Iglesia Cat�lica, en su empe�o de organizarse para
ejercitar los derechos y afirmar la dignidad de los campesinos;
5.
Empe�arse en que se investiguen las denuncias sobre personas muertas,
detenidas, torturadas o desaparecidas con posterioridad a su detenci�n, as�
como investigar, enjuiciar y hacer que se sancionen a las autoridades
responsables por tales actos;
6.
Tomar las medidas necesarias para prevenir que contin�e la persecuci�n
de los miembros de la Iglesia Cat�lica que act�an en ejercicio leg�timo de su
misi�n pastoral;
7.
Reformar las normas sustantivas y procesales para que en los procesos que
se siguen ante los jueces de polic�a pueda ser ejercido efectivamente el
derecho de defensa y se garantice el debido proceso legal;
8.
Tomar las medidas necesarias, aprovechando todos los recursos, para
mejorar las condiciones sociales y econ�micas imperantes en el pa�s, de modo
que se aminoren y lleguen a desaparecer las desigualdades que constituyen un
obst�culo para la observancia de derechos humanos fundamentales.
El esfuerzo requerir� la participaci�n armoniosa de todos los sectores
de la sociedad, sin excluir a aquellos m�s afectados por la situaci�n actual; 9. Permitir, sin ninguna limitaci�n o condici�n, la entrada al pa�s de todos los nacionales salvadore�os que se encuentran en el extranjero debido a expulsiones decretadas por el Gobierno o por cualquier otra raz�n, y desean regresar a su patria. OBSERVACIONES DEL GOBIERNO DE EL SALVADOR Delegaci�n
de El Salvador Febrero 26,
1979 UP-13 Se�or
Presidente:
En relaci�n con su atenta nota del 22 de diciembre de 1978, cumplo el
honroso encargo que he recibido de mi Gobierno de presentar a la consideraci�n
de la Honorable Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos, por su digno
intermedio, y con car�cter reservado, las siguientes:
OBSERVACIONES DEL GOBIERNO SALVADORE�O ACERCA
Para usar un procedimiento pr�ctico y expedito, las presentes
Observaciones se formulan con respecto a cada una de las Recomendaciones que la
Honorable Comisi�n ha tenido a bien presentar a la consideraci�n del Gobierno
de El Salvador, en la p�gina 156 de su Informe del 17 de noviembre de 1978
sobre la situaci�n de los derechos humanos en mi pa�s.
Al redactar estas Observaciones se han tenido en cuenta, adem�s de las
propias Recomendaciones, las Conclusiones de la Comisi�n que figuran en las p�ginas
154 y 155 del Informe, as� como los pasajes pertinentes de este �ltimo. Excelent�simo
se�or doctor 1.
Disolver la organizaci�n paramilitar oficial llamada ORDEN porque la
manera como ha actuado y act�a es contraria al ejercicio efectivo de los
derechos humanos de los campesinos.
Seg�n las conclusiones Nos. 1 y 2 consignados en la p�gina 154 del
Informe de la Comisi�n, �Como consecuencia de las actuaciones de los cuerpos
de seguridad y de la organizaci�n paramilitar oficial conocida como ORDEN, han
muerto numerosas personas�, y �Los cuerpos de seguridad y la organizaci�n
paramilitar oficial denominada ORDEN han cometido torturas y maltratos f�sicos
y ps�quicos en muchos casos�.
El pliego de conclusiones est� encabezado con el siguiente p�rrafo:
�A la luz de los hechos, observaciones y otros elementos de convicci�n
mencionados en este informe, la Comisi�n Especial considera pertinente formular
las siguientes conclusiones�:
Ni en este cap�tulo sobre Conclusiones ni en parte alguna del Informe
hay referencia a los medios por los cuales la Comisi�n ha llegado a conocer
�los hechos� y ha obtenido �otros elementos de convicci�n�.
Ha o�do las exposiciones de los denunciantes, de los familiares de las
presuntas v�ctimas de violaciones de derechos humanos, de los representantes de
los partidos de oposici�n y de religiosos que tambi�n adversan al Gobierno.
Sus afirmaciones tan categ�ricas, concluyentes y en�rgicas respecto de
una organizaci�n establecida para auxiliar a los cuerpos de seguridad, como es
ORDEN, no parecen tener el respaldo que ser�a de esperarse para una recomendaci�n
tan dr�stica e inflexible como es la de �disolver� esa organizaci�n.
No es que se piense que la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos,
para cumplir su elevada misi�n, deba recabar pruebas con el rigor que de
ordinario se emplea y debe emplearse en los tribunales de justicia.
Mas para hacer recomendaciones a los gobiernos, sobre todo en materias
tan graves como la disoluci�n de un cuerpo llamado a cooperar en el
mantenimiento del orden p�blico, los medios de convicci�n no deben ser, no
pueden ser, las declaraciones de personas interesadas.
Se sabe, por supuesto, que la Comisi�n act�a con reserva y cautela para
no comprometer a quienes le proporcionan informaci�n sobre sus indagaciones;
pero ello no obsta para que, por lo menos, (es �ste un ejemplo), haga constar
que interrog� a testigos que juzg� imparciales, aunque no pueda revelar sus
nombres.
Est� bien, naturalmente, que hable de �observaciones� cuando ella
misma se ha enterado de ciertas cosas, por s� o por medio de algunos de sus
miembros que oficialmente visitan un pa�s.
No cabe duda de que puede hacer afirmaciones sobre lo que ha sido
observado.
En el derecho internacional de nuestros d�as se ha incorporado la
promoci�n y el respeto de los derechos humanos y la tutela internacional de los
mismos. Pero quienes tienen en sus
manos esa tutela deben ser muy cuidadosos, muy severos consigo mismos, antes de
hacer afirmaciones y recomendaciones que pueden afectar el buen nombre, el
prestigio de un gobierno, de una dependencia oficial o de quien sea, si para
ello no dispone m�s que del dicho de personas interesadas.
Cuando el se�or Presidente de la Rep�blica fue entrevistado por los se�ores
miembros de la Comisi�n Especial (p�rrafo 12, P�g. 5 del Informe) surgi� el
tema de ORDEN y el Primer Mandatario les expres� con toda franqueza que se
trata de �un grupo que contribuye a combatir el terrorismo�, de una entidad
que �cuenta con el apoyo oficial y act�a en coordinaci�n con las actividades
del Gobierno tendientes a combatir el terrorismo�.
En sus conclusiones, la Comisi�n no menciona el terrorismo que viene
ensangrentando a El Salvador y que incluso es un medio de enriquecimiento il�cito
para elementos sediciosos y a�n para otros delincuentes que han hecho de �l un
negocio lucrativo.
Pero en el p�rrafo 42, p�g. 18 de su Informe, refiri�ndose a
informaciones que recibi� en San Salvador sobre diversos actos terroristas, la
Comisi�n consigna lo siguiente: �42. El
criterio de la CIDH sobre esta materia ha sido constantemente reiterado en
diferentes informes. En todos ellos,
la Comisi�n ha condenado la pr�ctica del terrorismo.
Los actos de violencia indiscriminada y la utilizaci�n de medios
inhumanos, cualquiera que sea el prop�sito que persiga, merecen la condena
categ�rica de la humanidad. Tal
como la Comisi�n ha sostenido constantemente, los gobiernos se encuentran en la
obligaci�n de tomar las medidas apropiadas para prevenir, impedir y sancionar
estos graves hechos�.
El p�rrafo entero arriba transcrito y en particular las palabras finales
que se han subrayado aqu�, no pueden ser m�s elocuentes.
Pues bien, la existencia de la entidad llamada ORDEN obedece cabalmente a
esa obligaci�n de los gobiernos que la Comisi�n reconoce con tanto �nfasis
y con admirable esp�ritu de justicia: la de tomar las medidas apropiadas para
prevenir, impedir y sancionar estos graves hechos: los hechos terroristas.
Cuando la situaci�n del pa�s haya cambiado; cuando en las ciudades y en
los campos las personas se sientan seguras y tranquilas; cuando desaparezca la
zozobra, la angustia y el terror prevaleciente en la actualidad, entonces y s�lo
entonces, podr� pensarse en disolver ORDEN y en tomar otras medidas
aconsejables en un ambiente de respeto a las leyes y a las autoridades p�blicas. 2. Promover la reforma de las normas jur�dicas referentes al orden p�blico
y especialmente la Ley de Defensa y Garant�a del Orden P�blico, con el prop�sito
de eliminar las disposiciones que dan lugar a una interpretaci�n demasiado
amplia de sus actuales normas y a una aplicaci�n indiscriminada de ellas,
porque han dado lugar a importantes actos de abuso de poder, en perjuicio del
libre y normal desenvolvimiento de los opositores al gobierno, conforme a los
usos y costumbres propios de una sociedad democr�tica.
Expresa la Comisi�n en el segundo p�rrafo se su conclusi�n No. 9 que
�Las m�s altas autoridades del Gobierno de El Salvador y los representantes
de todos los sectores de la poblaci�n, reconocen la existencia de una atm�sfera
tenga y de polarizaci�n en su pa�s, por causa de los principales problemas que
lo afectan�.
Prescindiendo de las causas de tal situaci�n, a las que el Informe se
refiere en los dem�s p�rrafos de la citada conclusi�n en base a datos que
indudablemente le fueron proporcionados a la Comisi�n por personas desafectas
al Gobierno, la verdad es que existen la tensi�n y polarizaci�n se�aladas ah�. Y es precisamente esa situaci�n de anormalidad, confusi�n e
intranquilidad general, o, para decirlo con otras palabras, de subversi�n y
desaf�o constante y desenfrenado a los Poderes P�blicos, la que hace necesario
mantener alertas a los diversos grupos de seguridad y en vigencia las normas jur�dicas
referentes al orden p�blico, entre ellas la Ley de Defensa y Garant�a del
Orden P�blico, normas que la Comisi�n recomienda sean reformadas.
La Ley de Defensa y Garant�a del Orden P�blico fue dictada en noviembre
de 1977, considerando: �I.
Que es deber fundamental del Estado dictar las disposiciones que sean
necesarias para garantizar el mantenimiento del sistema republicano, democr�tico
y representativo del Gobierno; II. Que el Art�culo 158, inciso segundo de la
misma Constituci�n prohibe la propaganda de doctrinas an�rquicas o contrarias
a la democracia, y ante la gravedad de los acontecimientos terroristas y los
provocados por la subversi�n internacional, el Gobierno de la Rep�blica debe
contar con instrumentos legales que aseguren el ejercicio de los derechos
individuales y la libertad de los miembros de la comunidad, satisfaciendo as�
las justas exigencias de la moral, el orden p�blico y el bienestar general de
la sociedad, dando plena vigencia a la Declaraci�n Universal de los Derechos
Humanos, aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el
10 de diciembre de 1948�.
Cabe reproducir aqu�, por su notoria pertinencia, el inciso 2� del Art�culo
78 de la Constituci�n salvadore�a, seg�n el cual �Corresponde al Poder
Ejecutivo: ... 2� Conservar la paz y tranquilidad interiores y la seguridad del
individuo como miembro de la sociedad�.
Cabe asimismo se�alar que cuando los se�ores miembros de la Sub-Comisi�n
Especial enviada por la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos visitaron
El Salvador, en enero de 1978, y se entrevistaron con el Presidente, el
Vicepresidente y otros miembros de la Honorable Asamblea Legislativa, el primero
de ellos les manifest� (p�rrafo 15, p�g. 7 del Informe) �que debido a la
gravedad de los actos terroristas llevados a cabo tanto por grupos subversivos
nacionales como internacionales en los �ltimos meses, el Gobierno debi�
adoptar las medidas necesarias para contar con un instrumento legal expedito que
posibilite la defensa del orden p�blico, sin perjuicio de los derechos
individuales y las libertades de los miembros de la comunidad�.
Por su parte el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, cuando la
Sub-Comisi�n Especial lo visit� a �l y a otros miembros del alto tribunal (p�rrafo
18, p�g. 8 del Informe), les expres� �que las reformas introducidas al C�digo
Procesal Penal en el pasado mes de noviembre ten�an el prop�sito de hacer m�s
expedito el procedimiento en esta materia�.
Inform� tambi�n que la adopci�n de la �Ley de Defensa y Garant�a
del Orden P�blico� encontraba su fundamento en la campa�a que se hab�a
desatado en el exterior con respecto a supuestas violaciones de los derechos
humanos en El Salvador. Se�al�,
adem�s, �que la parte considerativa de esta Ley establec�a su necesidad en
vista de la gravedad de los acontecimientos terroristas y los provocados por la
subversi�n internacional. Asimismo
inform� que, cumpliendo con el Art�culo 61 de la Constituci�n salvadore�a,
la Corte Suprema hab�a sido efectivamente consultada sobre el proyecto de dicha
Ley y hab�a emitido su opini�n favorable al respecto�.
�Los miembros de la Corte reiteraron estar convencidos de la
constitucionalidad de la Ley e insistieron en que toda aplicaci�n indebida deb�a
ser rectificada a trav�s del proceso judicial�. Esto �ltimo lo dijeron en respuesta a algunas observaciones
que hicieron los miembros de la Sub-Comisi�n Especial con respecto a las
posibilidades de abuso en la aplicaci�n de la Ley en cuesti�n y a su
compatibilidad con la Constituci�n salvadore�a.
No se trata, pues, de una ley arbitraria e injustificada, sino de un
instrumento que los Poderes P�blicos estiman indispensable en las presentes
circunstancias por las que atraviesa el pa�s y que es aplicada en Primera
Instancia, a prevenci�n, por dos de las C�maras de Segunda Instancia de lo
Penal de la Primera Secci�n del Centro; en apelaci�n o revisi�n, por la Sala
de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia; y en casaci�n, por la propia
Corte. Obviamente, esto constituye
una garant�a para las personas inculpadas.
Prueba de ello es que �stas han sido condenadas en muy pocos casos, y
que en muchos, los procesos han concluido por sobreseimiento de los imputados.
Por su naturaleza, esta Ley, si no en todas sus partes, en algunas de
ellas tiene car�cter transitorio. Podr�,
pues, ser reformada tan pronto como cambie la situaci�n del pa�s, volviendo a
la normalidad, con lo cual se habr� atendido lo que la Comisi�n recomienda. 3.
Reformar el sistema electoral, reorganizando especialmente el Consejo
Central de Elecciones con el fin de que en �l haya una equitativa representaci�n
de los partidos pol�ticos y se logre establecer la confianza en el sistema.
Responde esta recomendaci�n al contenido de la conclusi�n No. 7 del
Informe, y �sta, a su vez, a informaciones que proporcionaron a la Sub-Comisi�n
Especial los representantes de una coalici�n de partidos pol�ticos, que han
constituido �dicen�la principal oposici�n al Gobierno.
Esta es una de las partes m�s delicadas y sensitivas del Informe, por
cuanto se refiere al enfrentamiento y desacuerdo que de ordinario se presentan
entre un gobierno y la oposici�n, materia de suyo espinosa y sumamente grave
para ser tratado en el campo internacional.
Apunta la Comisi�n que existe un generalizado escepticismo por parte de
la ciudadan�a en relaci�n con el derecho de sufragio y de la participaci�n en
el Gobierno y que ella estima que los derechos electorales no son eficaces en
las presentes circunstancias.
Con el respeto debido a la Comisi�n cabe decir que en casos recientes
han sido los partidos de oposici�n los que han optado por abstenerse de
participar en justas electorales, con el prop�sito evidente y hasta declarado
de desacreditar al Gobierno y de crearle problemas.
Con todo, el Gobierno considera atendible hasta cierto punto la
recomendaci�n porque los sistemas electorales, como todo en la vida, son por lo
general incompletos, deficientes y, en definitiva, perfectibles.
Un estudio a fondo de la materia podr� conducir a una reforma saludable
del sistema. 4.
Permitirle al sector campesino recurrir a todo medio de organizaci�n
existente en una sociedad democr�tica, con base en el ejercicio, entre otros,
de los derechos de reuni�n, asociaci�n, y sindicalizaci�n.
Para este fin, el Gobierno tambi�n debe estimular y proteger a los
campesinos y a quienes cooperan o desean cooperar con ellos, como a las Iglesias
y en particular la Iglesia Cat�lica, en su empe�o de organizarse para
ejercitar los derechos y afirmar la dignidad de los campesinos.
�Los derechos de reuni�n y de asociaci�n, sobre todo el segundo �se
afirma en la conclusi�n No. 5�sufren frecuentes obst�culos cuando son
ejercidos por personas o grupos opuestos al Gobierno, especialmente en el caso
de los campesinos�.
No parece del todo congruente la recomendaci�n No. 4, al abogarse en
ella en pro de los derechos de reuni�n y asociaci�n, especialmente a favor de
los campesinos, si se observa que, como recomendaci�n No. 1, se pide la
disoluci�n de ORDEN, que es precisamente una organizaci�n campesina.
El Gobierno salvadore�o estima y respeta esos derechos del campesinado,
como los de todos los elementos de la comunidad, siempre y cuando quienes deseen
reunirse o asociarse est�n dispuestos a perseguir objetivos l�citos, no
prohibidos por la Constituci�n, y no act�en con otras miras, guiados o
sugestionados por personas que tratan de inculcarles y les inculcan ideas
extremistas, los halagan con promesas fant�sticas y, lo que es m�s grave a�n,
fomentan entre ellos el odio y la lucha de clases.
Estas actividades, como se ver� despu�s, suelen ser, o han solido ser
realizadas nada menos que por algunos miembros del Clero Cat�lico que se
extralimitan en el ejercicio de su ministerio. Bienvenidas las asociaciones de
campesinos si con ellas se busca el mejoramiento de las condiciones de �stos y
por consiguiente el bienestar a que todos tenemos derecho. 5.
Empe�arse en que se investiguen las denuncias sobre personas muertas,
detenidas, torturadas o desaparecidas con posterioridad a su detenci�n, as�
como investigar, enjuiciar y hacer que se sancionen a las autoridades
responsables por tales actos.
Es �sta, sin duda, una recomendaci�n muy importante; pero que mi
Gobierno estima hasta cierto punto innecesaria por cuanto la Fiscal�a General
de la Rep�blica, tiene instrucciones precisas de empe�arse en la actividad a
que se contrae la recomendaci�n y los tribunales de justicia, por su parte,
desde los Jueces de Paz hasta la Corte Suprema, desempe�an sus respectivas
funciones y atribuciones con la debida diligencia, no s�lo respecto de los
hechos se�alados por la Comisi�n, sino en torno a la constante actividad
delictiva de guerrilleros y terroristas, que en los �ltimos tiempos ha cobrado
en el pa�s proporciones alarmantes.
No obstante lo dicho, las altas autoridades ejecutivas y judiciales de la
naci�n han girado nuevas instrucciones a las autoridades inferiores, atendiendo
la recomendaci�n de la Comisi�n de empe�arse en que se investiguen, enjuicien
y sancionen a quienes resulten responsables por tales actos, cuestiones estas,
que, como se ha dicho, se han ordenado poner en pr�ctica.
El Sistema Judicial en El Salvador es constantemente sometido a
evaluaciones, a trav�s de una permanente reforma judicial, con el fin de
mejorarlo continuamente y poseer los mecanismos necesarios para atender las
denuncias a las que se refiere la citada recomendaci�n. 6.
Tomar las medidas necesarias para prevenir que contin�e la persecuci�n
de los miembros de la Iglesia Cat�lica que act�an en ejercicio leg�timo de su
misi�n pastoral.
Se insin�a, o mejor dicho se afirma en esta recomendaci�n un hecho que
los opositores y adversarios del actual Gobierno de El Salvador, e influidos por
ellos algunos inescrupulosos corresponsales de prensa extranjeros, han dado en
propalar dentro y fuera del pa�s, a saber: una pretendida persecuci�n en El
Salvador de los miembros de la Iglesia Cat�lica que act�an en ejercicio leg�timo
de su misi�n pastoral.
Tal afirmaci�n est� en consonancia con el texto de la conclusi�n No. 8
de la Comisi�n (p�g. 155), seg�n el cual �Como consecuencia de las
actividades que la Iglesia Cat�lica realiza por estimar que forman parte
integral de su misi�n, sacerdotes, religiosos de ambos sexos y laicos que
cooperan activamente con la Iglesia, han sido objeto de persecuci�n sistem�tica
por parte de las autoridades y de organizaciones que gozan del favor
oficial"�
Conviene se�alar a este respecto que la Constituci�n Pol�tica
salvadore�a contiene una disposici�n muy clara en lo que ata�e al ejercicio
de las religiones. Es el Art�culo 157, incluido en el T�tulo X, consagrado al
R�gimen de Derechos Individuales y concebido as�:
Art. 157.- Se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones, sin m�s
l�mite que el trazado por la moral y el orden p�blico. Ning�n acto religioso servir� para establecer el estado
civil de las personas.
No se podr� hacer en ninguna forma
propaganda pol�tica por cl�rigos o seglares, invocando motivos religiosos o
vali�ndose de las creencias religiosas del pueblo.
En los templos, con ocasi�n de actos de culto o propaganda religiosa,
tampoco se podr� hacer cr�tica de las leyes del Estado, de su Gobierno o de
los funcionarios p�blicos en particular.
Si los Obispos, sacerdotes y religiosos de ambos sexos, como tambi�n los
pastores y otros dirigentes de religiones que se practican en el pa�s, ajustan
su conducta a lo dispuesto en el citado Art�culo constitucional y en las leyes
secundarias, ning�n problema se les presenta; ejercen sus actividades con la
misma libertad y gozan de la misma protecci�n que cualquier persona o ciudadano
respetuoso de las leyes y de las autoridades p�blicas.
Pero hay o ha habido en El Salvador obispos y obispos, sacerdotes y
sacerdotes, religiosos y religiosos. Con
esto quiere significarse que, a diferencia de como parece entenderlo la Comisi�n,
la Iglesia Cat�lica salvadore�a, infortunadamente, en vez de estar unificada,
est� o ha estado dividida en dos sectores: (1) los �que act�an en ejercicio
leg�timo de su misi�n pastoral�, como dice la Comisi�n, y (2) los que se
apartan de ese ejercicio leg�timo y se entregan desde el p�lpito y la c�tedra
o haciendo uso de los diversos medios de comunicaci�n masiva, a una pr�dica o
propaganda il�cita de exaltaci�n de los �nimos y de fomento de la lucha de
clases, vali�ndose de las creencias religiosas del pueblo, con abuso evidente
de su posici�n sacerdotal y del ascendiente que ejercen sobre sus feligreses,
muchos de ellos campesinos o personas humildes.
Como es natural, en la hip�tesis de que un prelado, sacerdote o
religioso de la segunda de las categor�as apuntadas se coloque al margen de la
ley e incluso llegue a delinquir, no puede disfrutar el privilegio de la
impunidad; tiene que sufrir las consecuencias de su conducta; no tiene
derecho a esperar el mismo trato que los de la primera categor�a, respetuosos
de las leyes y fieles cumplidores de su ministerio religioso.
En su visita al se�or Arzobispo de San Salvador, la Sub-Comisi�n
Especial que estuvo en el pa�s en enero de 1978 escuch� de labios del mismo y
de sus colaboradores presentes (p�rrafo 22, p�g. 9 del Informe), �que varios
grupos de sacerdotes se dedican a asistir a los campesinos en actividades como
las que les permiten organizarse para hacer valer sus derechos y mejorar su
condici�n humana; que esas actividades encuentran resistencia en grupos de
propietarios o empresarios opuestos a los fines de superaci�n de los campesinos
y culpan a los sacerdotes y a la Iglesia de lo que consideran actividades pol�ticas,
lo cual ha provocado una reacci�n violenta en contra tanto de los campesinos y
sus l�deres como de los propios sacerdotes y, como consecuencia, de la
Iglesia�. M�s adelante el Informe se refiere a la visita que la Sub-Comisi�n
Especial hizo a la poblaci�n de Aguilares, donde tuvo la oportunidad de
escuchar el serm�n del se�or Arzobispo durante la misa que �ste celebrara en
la iglesia como parte de una festividad religiosa. El se�or Arzobispo, seg�n afirma la Sub-Comisi�n Especial
(p�rr. 26, p�gs. 11 y 12), �entre otras cosas exhort� a los fieles a
continuar su lucha en pro de su dignidad y bienestar, a pesar de las
dificultades que encaraban; manifest�, adem�s, que la iglesia seguir�a apoy�ndolos
en esa lucha, pues sus fines se ajustaban a la misi�n evang�lica en el mundo
actual�. Pocas l�neas atr�s, en
el mismo p�rrafo 26, p�gina 11, se lee que la Sub-Comisi�n Especial hab�a
visitado ese mismo d�a al Juez de Paz y al Alcalde de Aguilares, quienes les
�dijeron, entre otras cosas, que grupos de campesinos hab�an realizado actos
de violencia, tales como invasi�n y quema de haciendas, los cuales hab�an
generado los consiguientes enfrentamientos con los propietarios y los efectivos
militares del Gobierno�. Estos hechos eran de sobra conocidos por el se�or
Arzobispo y sus colaboradores y huelga decir que se trataba de notorios actos
delictuosos cometidos por campesinos a quienes los miembros del clero, (no
todos), les promet�an seguir apoy�ndolos en su lucha.
Si as� como la Sub-Comisi�n Especial tuvo a bien entrevistar al se�or
Arzobispo de San Salvador, lo hubiera hecho tambi�n con otros prelados y
sacerdotes salvadore�os que han adoptado una diferente posici�n y que
predican, hablan y escriben de distinto modo, la Comisi�n hubiera podido
apreciar la distancia que media (o que mediaba entonces) entre unos y otros y
que no le hubiese permitido hablar de la Iglesia Cat�lica de El Salvador como
un todo coherente y unificado.
Para citar un ejemplo, Monse�or Pedro Arnoldo Aparicio y Quintanilla,
Obispo de San Vicente (uno de los departamentos centrales del pa�s), que asisti�
como Presidente de la Conferencia Episcopal de El Salvador a la Tercera
Conferencia General del Episcopado Latinoamericano (CELAM), celebrada en Puebla,
M�xico, a fines de enero y principios de febrero de 1979, expres� entre otras
cosas que �En Puebla se hicieron votos por que los acuerdos de los prelados de
la Iglesia Cat�lica all� reunidos, no se mal interpreten, como ocurri� con
Medell�n en 1968, en donde los tergiversadores de la religi�n utilizaron la
Teolog�a de la Liberaci�n para llevar agua a su molino�.
�En Puebla qued� definido �dijo m�s adelante�que la Iglesia Cat�lica
aboga por la paz; que condena la violencia, venga de donde venga, y que est�
contra el marxismo por ser el generador de la violencia; que condena a los reg�menes
que no respetan los derechos humanos�. �La Iglesia Cat�lica, agreg�, quiere paz y tranquilidad
para todos sus hijos. Quiere que la
Teolog�a de la Liberaci�n sea interpretada en sus conceptos cabales y que no
se utilice para acciones negativas�.
As� como se pronunci� en sus declaraciones Monse�or Aparicio y
Quintanilla, as� se hubieran pronunciado, adem�s de �l, otros obispos y
sacerdotes salvadore�os ante la Sub-Comisi�n Especial invitada, si �sta
hubiese aprovechado la oportunidad de escuchar el otro son de la campana. Porque esa posici�n del se�or Obispo de San Vicente ha sido
y es la de un sector considerable de la Iglesia Cat�lica salvadore�a.
Esta posici�n la dieron a conocer los Obispos salvadore�os a trav�s de
una Declaraci�n Episcopal y por tratarse de un documento oficial de la Iglesia
Cat�lica de El Salvador, se transcribe parcialmente:
Declaraci�n del Episcopado de El Salvador, sobre algunas organizaciones
pol�ticas populares.
Nosotros, los obispos de El
Salvador, interpelados por el clamor insistente de todos los sectores de la
sociedad y conscientes de nuestro ministerio pastoral, cumplimos con el deber de
hablar en este momento de desorientaci�n y confusi�n que vive el pueblo de
Dios.
La crisis pol�tica, econ�mica y
social que aflige al mundo actual se deja sentir en nuestro pa�s en forma cada
vez m�s aguda y lacerante. La estrechez de nuestro territorio nacional, la
escasez de recursos naturales y la alarmante explosi�n demogr�fica, agravadas
por una evidente situaci�n de injusticia social repetidamente denunciada por
nosotros, han provocado en nuestro pa�s la reacci�n reivindicadora de los
menos favorecidos y sin voz quienes organizados en varios grupos, buscan por
distintos caminos una soluci�n a los graves problemas que nos agobian.
Somos conscientes de la buena
voluntad de gran parte de sectores de la sociedad que buscan soluciones a la
problem�tica nuestra. Pero no se nos oculta el hecho de que, ante la urgencia
de encontrar soluciones, muchos est�n cayendo en la tentaci�n del inmediatismo
sin importarles la licitud de los medios de que echan mano con tal de alcanzar
el fin perseguido.
Entre las organizaciones populares
cuya actividad y desarrollo se deja sentir fuertemente en estos d�as, queremos
hacer, en esta ocasi�n, especial referencia a la �Federaci�n Cristiana de
Campesinos Salvadore�os�... (FECCAS) y a la �Uni�n de Trabajadores del
Campo� (UTC) que, en su labor proselitista se han presentado como
organizaciones privilegiadas de la Iglesia y han enrolado en su acci�n pol�tica
unilateral a no pocos agentes de la pastoral.
La �Federaci�n Cristiana de
Campesinos Salvadore�os� (FECCAS), naci� como organizaci�n reivindicadora
de los derechos de los campesinos; pero muy pronto, al derivar al campo pol�tico,
buscando la toma del poder y al coaligarse con la �Uni�n de Trabajadores del
Campo�...(UTC); y, sobre todo, al afiliarse al �Bloque Popular
Revolucionario� (BPR), se declararon ambas seguidoras de la ideolog�a
marxista-leninista del Bloque Popular Revolucionario.
La actitud proselitista de dichas
organizaciones se infiltr� en algunos grupos de fieles de la Iglesia, creando
confusi�n entre los cat�licos y un serio problema de conciencia.
De muchas partes llegan a nosotros
las mismas preguntas angustiosas y apremiantes: �Acepta la Iglesia la lucha de
clases y la revoluci�n sangrienta? Acepta
el materialismo hist�rico y su consiguiente ate�smo?
�La misi�n de la Iglesia debe de reducirse a una acci�n o compromiso
pol�tico? �Debemos vivir nuestra
fe en la praxis marxista?
Estas y muchas otras preguntas
exigen de nosotros los obispos una respuesta clara e iluminadora que no deje
lugar a dudas ni ambig�edades.
No queremos terminar nuestra reflexi�n
sobre un tema de tanta trascendencia sin llamar la atenci�n de nuestros
sacerdotes, religiosas y agentes laicos de la pastoral sobre el peligro real de
caer en la tentaci�n de reducir la misi�n de la Iglesia a una acci�n
meramente temporal; los objetivos de la evangelizaci�n a una perspectiva
antropoc�ntrica; la salvaci�n a un bienestar material; la actividad de la
Iglesia a un compromiso pol�tico (Cfr. Evangelii Nuntiandi, v2).
�Si esto fuera as� �advierte el Papa Paulo V�la Iglesia perder�a
su significaci�n m�s profunda y no tendr�a autoridad para anunciar de parte
de Dios la aut�ntica liberaci�n� (E. N. 32).
A la luz de los principios
expuestos, nosotros los obispos, en cumplimiento de nuestro ministerio pastoral,
declaramos que las organizaciones de tipo pol�tico y de tendencia izquierdista
conocidas como "Federaci�n Cristiana de Campesinos Salvadore�os"(FECCAS)
y "Uni�n de Trabajadores del Campo"(UTC) no son organismos de la
Iglesia y, por consiguiente, no tienen derecho a reivindicar para s� la
protecci�n de la Iglesia o a quererla instrumentalizar para sus fines.
Los sacerdotes y religiosos que
dirigen centros educativos y comunidades parroquiales, deben abstenerse de
colaborar directa o indirectamente con FECCAS y UTC y con cualesquiera otras
organizaciones similares, cuya actividad se desarrolle en el campo estrictamente
pol�tico (la toma del poder), y porque, adem�s, son organizaciones de
izquierda.
Los seglares cat�licos,
responsables de llevar el mensaje de Cristo al campo social, pol�tico,
cultural, eviten valerse para su obra evangelizadora de las organizaciones
FECCAS y UTC y de cualquiera que se les asemeje en sus principios.
Dado en San Salvador a los veinte y
ocho d�as del mes de agosto de mil novecientos setenta y ocho.
Pedro Arnoldo Aparicio y
Quintanilla, obispo de San Vicente, presidente de la Conferencia Episcopal,
Benjam�n Barrera y Reyes, obispo de Santa Ana, Jos� Eduardo Alvarez, obispo de
San Miguel, vicario castrense, Marco Ren� Revelo, obispo auxiliar de San
Salvador; Freddy Delgado A., secretario General de la CEDES.
Felizmente con la presencia en Puebla del Sumo Pont�fice, con su claro
intelecto, su bondad y su en�rgica actitud, ha venido a aclarar muchas dudas y
a trazar nuevos rumbos/m�todos a la Iglesia Cat�lica en Am�rica Latina.
Esos frutos se ven ya en El Salvador.
La reconciliaci�n del Clero salvadore�o, que ya se vislumbra, puede
contribuir a la reconciliaci�n del pueblo entero del pa�s, convulsionado y
enlutado en estos d�as aciagos por otra de quienes equivocadamente pretenden
que la soluci�n de los problemas nacionales puede lograrse �nicamente por
medios violentos.
Ha habido vigilancia �no persecuci�n�contra elementos de la Iglesia
extraviados y alejados de su misi�n pastoral, que se respeta y protege; y si
lamentablemente han perecido algunos, es por haber tomado ellos mismos el camino
de la violencia y del desaf�o a las autoridades.
El Gobierno salvadore�o quiere, ans�a, que se ponga t�rmino a esta
situaci�n, y abriga la esperanza y confianza de que para ello contar� con la
cooperaci�n de una Iglesia Cat�lica unificada y de otras fuerzas igualmente
poderosas y bien intencionadas. 7.
Reformar las normas sustantivas y procesales para que en los procesos
que se siguen ante los jueces de polic�a pueda ser ejercido efectivamente el
derecho de defensa y se garantice el debido proceso legal.
En su conclusi�n No. 4 estima la Comisi�n que �En general, las leyes
de El Salvador contemplan el derecho de justicia y de proceso regular�; pero
que �A�n con el sistema legal formal hay una importante deficiencia en la
actuaci�n de los jueces de polic�a, quienes pueden condenar a una persona a
penas privativas de libertad hasta seis meses sin que estas personas puedan
ejercer de una manera efectiva su derecho de defensa y proceso regular�.
A juzgar por lo dicho en el p�rrafo 25, p�gs. 10 y 11 del Informe, se
trata de Jueces de Paz �no de polic�a�que act�an en las instalaciones de
la Polic�a Nacional en San Salvador y que conocen de infracciones menores
contempladas en el C�digo Penal.
Se ha encargado a una Comisi�n el estudio de esta materia a la luz de lo
dicho en el Informe que se comenta y si de ese estudio resultare conveniente y
necesario introducir algunas reformas en la legislaci�n, se propondr�n tales
reformas a la Honorable Asamblea Legislativa. 8.
Tomar las medidas necesarias, aprovechando todos los recursos, para
mejorar las condiciones sociales y econ�micas imperantes en el pa�s, de modo
que se aminoren y lleguen a desaparecer las desigualdades que constituyen un
obst�culo para la observancia de derechos humanos fundamentales.
El esfuerzo requerir� la participaci�n armoniosa de todos los sectores
de la sociedad sin excluir a aquellos m�s afectados por la situaci�n actual.
En los tres �ltimos p�rrafos de su conclusi�n No. 9 la Comisi�n se
refiere a las condiciones econ�micas y sociales que �seg�n ella��se han
ido agravando a trav�s de �l por largo tiempo�.
Empieza la Comisi�n por afirmar que �Las m�s altas autoridades del
Gobierno de El Salvador y los representantes de todos los sectores de la poblaci�n,
reconocen la existencia de una atm�sfera tensa y de polarizaci�n en su pa�s,
por causa de los principales problemas que lo afectan�.
Habla enseguida de las causas de esa tensi�n y polarizaci�n y asegura
que �Entre las m�s graves est� la tremenda concentraci�n de la propiedad de
la tierra y en general del poder econ�mico, as� como del poder pol�tico, en
manos de unos pocos con la consiguiente desesperaci�n y miseria de los
campesinos, los que forman la gran mayor�a de la poblaci�n salvadore�a�.
Las anteriores y otras consideraciones de la Comisi�n que aparecen en la
p�gina 155 del Informe dejan la impresi�n de que El Salvador es un pa�s
excepcional en cuanto a sus condiciones sociales y econ�micas, que la Comisi�n
juzga enteramente desfavorables para la gran mayor�a de la poblaci�n y que
�explican, en buena medida �seg�n ella�graves violaciones de los derechos
humanos que han ocurrido y siguen ocurriendo en El Salvador�.
La existencia de la pobreza masiva en este continente, y no en un pa�s
determinado, ha sido parte de una realidad de muchos a�os en toda la regi�n.
Durante la reciente XIII Reuni�n Anual del CIES, en diciembre de 1978, se
incluy� en el temario el problema de la pobreza en la Am�rica Latina reconoci�ndose
que las estrategias que se siguen para erradicar este problema, tiene alcances
tanto internos como externos a cada econom�a.
En el �mbito interno se trata de estrategias de empleo, distribuci�n de
ingreso, desarrollo social, servicios p�blicos y acciones del gobierno en
general. Pero se reconoce tambi�n
que la orientaci�n y magnitud del financiamiento externo tiene un papel
preponderante en complementar los recursos internos de cada pa�s, junto con la
constante aspiraci�n de los pa�ses en desarrollo por un nuevo orden econ�mico
internacional m�s justo y la formalizaci�n del Instrumento Jur�dico que lleve
a la pr�ctica la �Cooperaci�n para el Desarrollo�, especialmente en este
Hemisferio.
La reuni�n del CIES se�al� que m�s del 40% de la poblaci�n de Am�rica
Latina viv�a en condiciones de pobreza. El
informe de la Comisi�n indica que en El Salvador �el primer 5% de las
familias recib�a el 37% de los ingresos y el 20% m�s alto, el 67% del total,
mientras que el 40% m�s bajo de las familias percib�a solamente el 7.5%�. Las cifras de la Comisi�n est�n basadas en estad�sticas,
de hace algunos a�os; mientras que los indicadores m�s recientes y aproximados
a la realidad salvadore�a podr�an ser los siguientes: el primer 5% de las
familias recib�an en 1976-1977 el 21% de los ingresos; el 20% m�s alto recib�a
el 48% del total, mientras que el 40% m�s bajo de las familias recib�a
solamente el 16%. Tal situaci�n est� por encima del promedio de la Am�rica
Latina. Seg�n cifras del Banco
Mundial de Nov-Dic.1977 el 5% m�s alto de la poblaci�n latinoamericana recib�a
el 33% de los ingresos y el 20% m�s bajo recibe el 4%.
Esto no quiere decir que no deban buscarse y realizarse esfuerzos como
los que recomienda la Comisi�n.
El actual Gobierno salvadore�o, como los anteriores, se empe�a en crear
y mantener organismos y en realizar programas de desarrollo sostenido, que
tiendan a mejorar en todos sus aspectos la condici�n de los sectores de la
poblaci�n m�s necesitados, as� como de la situaci�n socio-econ�mica en
general del pa�s. El actual plan
Quinquenal de Desarrollo, conocido como �Bienestar para Todos�, trata de
realizarlo progresiva pero intensamente, empleando para ello todos los recursos
humanos y materiales de que pueda disponer, sin desatenderse por supuesto, de
las dem�s obligaciones, funciones y servicios que un Estado moderno debe
cumplir y ejecutar.
Por otra parte, existe un Ministerio de Planificaci�n y Coordinaci�n
del Desarrollo Econ�mico y Social y una serie de instituciones y organismos
estatales o de econom�a mixta que act�an en una acci�n conjunta y coordinada,
y hasta donde es posible, eficaz para avanzar en los campos social y econ�mico.
Las fuerzas vivas de El Salvador quieren un cambio evolutivo, intenso y
de justicia social. Se trabaja activamente por alcanzarlo, y se avanza.
Habla la Comisi�n de una tremenda concentraci�n de la propiedad de la
tierra y en general del poder econ�mico en manos de unos pocos, con la
�consiguiente desesperaci�n y miseria de los campesinos�.
Esta afirmaci�n s�lo se explica por falta de informaci�n fidedigna y
actualizada. Podemos apreciar que
la clase media ha aumentado en los �ltimos a�os en una proporci�n tan grande,
que la propiedad de la tierra ya no est� �en manos de unos pocos�.
No quiere decir esto que el campesino, como el trabajador urbano, sean
elementos de la comunidad a quienes deba marginarse.
No, por el contrario, los Poderes P�blicos y los sectores m�s
favorecidos de la poblaci�n est�n obligados a buscar los medios id�neos para
mejorar en todo lo posible las condiciones de las clases humildes.
Ello es una triste verdad tanto de El Salvador como de todas partes del
mundo, porque como ya se dijo, existen desigualdades que deben ser aminoradas,
si se quiere alcanzar el fin del bien com�n.
Hay en la Constituci�n pol�tica del pa�s un T�tulo dedicado a las
garant�as Econ�micas y Sociales; un C�digo del Trabajo que garantiza el
ejercicio del Derecho de Reuni�n y Asociaci�n Sindical, la libre contrataci�n
colectiva, as� como el funcionamiento de los Tribunales Judiciales Laborales y
Administrativos, estos �ltimos, para los conflictos de car�cter econ�mico; el
trabajador de la ciudad y el del campo reciben un salario m�nimo; se construyen
y distribuyen constantemente viviendas para familias de bajos ingresos; est�
desarroll�ndose, dentro de la Ley Agraria, un programa t�cnicamente preparado
y aplicado de distribuci�n y adjudicaci�n de tierras a los campesinos, etc.
Y esto �ltimo en un pa�s de muy peque�a extensi�n territorial y de
una poblaci�n exorbitante.
No hace el Informe ninguna referencia a las actividades que el Sector P�blico
ha venido realizando para favorecer al campesino, tales como las adjudicaciones
de tierras; el establecimiento del salario m�nimo y de otras prestaciones
sociales; peque�os sistemas de riego; Impuesto Territorial; Ley de
Arrendamiento y Reformas a la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Es evidente que el cap�tulo de los derechos econ�micos y sociales de
los salvadore�os ocupa la m�s alta prioridad en todo Plan de Gobierno de El
Salvador. Desafortunadamente las cifras estad�sticas y apreciaciones que ha
usado la Comisi�n para evaluar tales derechos est�n alejadas de la realidad
como oportunamente se demostrar�. Para s�lo mencionar un ejemplo, el Informe
menciona que la tasa de alfabetismo es del 57%. Las cifras de 1975 expresan que es del 62%, y en el �rea
rural llega al 47% y no al 30%. Seg�n
el mismo Informe, la expectativa de vida al nacer es de 58 a�os, dato que
corresponde a 1960. Un estudio reciente del Banco Mundial eleva esa cifra a 65 a�os.
(World Atlas of the Child, P�g. 30).
El Gobierno de El Salvador considera que la recomendaci�n de la Comisi�n
es tan importante, que debe de responderse ampliamente; afirmando categ�ricamente
los constantes esfuerzos que el Gobierno realiza en el mejoramiento de la
calidad y nivel de vida de toda la poblaci�n.
Precisamente para presentar la realidad salvadore�a a la Comunidad
Financiera Internacional y para buscar y lograr de ella, la captaci�n de los
necesarios recursos de financiamiento externo, es que el Gobierno de El Salvador
solicitar� para el pr�ximo mes de abril una Reuni�n del Grupo ad-Hoc de
estudio por pa�ses de la Comisi�n Ejecutiva Permanente del Consejo
Interamericano Econ�mico y Social (CEPCIES).
Mi Gobierno acoger�a con benepl�cito la presencia de la Comisi�n en
dicha reuni�n, para que ella pudiera darse cuenta de los grandes esfuerzos que
se est�n realizando para alcanzar los fines y metas trazadas.
El documento final de dicha reuni�n deber� considerarse parte integral
de las observaciones que en esta oportunidad presenta el Gobierno de El Salvador
a la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos. 9.
Permitir, sin ninguna limitaci�n o condici�n, la entrada al pa�s de
todos los nacionales salvadore�os que se encuentran en el extranjero debido a
expulsiones decretadas por el Gobierno o por cualquier otra raz�n, y deseen
regresar a su patria.
Este asunto no es tan sencillo como parece entenderlo la Comisi�n, sin
duda por falta de informaciones fidedignas que se han obtenido de personas
imparciales y no como sucedi�, de l�deres pol�ticos de oposici�n, o de
religiosos rebeldes, o de familiares de salvadore�os que se encuentran fuera
del pa�s.
Parece excesivo hablar de expulsiones decretadas por el Gobierno.
La mayor parte de aquellas personas han salido voluntariamente del pa�s
por no estar de acuerdo con el r�gimen o por otras causas, o lo han hecho
huyendo de las autoridades que las persegu�an por actos sediciosos o por otras
infracciones penales de car�cter pol�tico.
Muchas de esas personas prefieren seguir viviendo en otros pa�ses, en
los que han hecho amistades y encontrado medios de vida.
Son pocos los que desean regresar y podr�n hacerlo los que quieran, en
ocasi�n propicia.
Finalmente, el Gobierno salvadore�o se permite manifestar a la Honorable
Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos que no acepta los cargos que se le
han hecho seg�n el Informe de la misma, sobre pretendidas violaciones de tales
derechos, cargos que en su mayor�a obedecen a razones pol�ticas y a la
existencia en el pa�s de una seria crisis que el Gobierno trata de superar.
Si algunos abusos de autoridad puedan haberse cometido, existen las leyes
y tribunales competentes; no pretende el Gobierno auspiciar la impunidad de ning�n
culpable, todo lo contrario, exige su juzgamiento, y, en su caso, la imposici�n
de la pena que merezca.
El Gobierno de El Salvador se�or Presidente y miembros de la Honorable
Comisi�n, se reserva el derecho de ampliar oportunamente el contenido de las
presentes observaciones.
Aprovecho esta oportunidad para reiterar al Se�or Presidente de la
Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos el testimonio de mi m�s alta y
distinguida consideraci�n.
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