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HAITÍ*

 INTRODUCCIÓN

1.    La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la "Comisión"), dentro del marco de su competencia, establecida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante la "Convención Americana") y demás instrumentos aplicables, ha continuado observando la evolución de la situación de los derechos humanos en Haití (el "Estado haitiano" o el "Estado"). La inclusión de Haití en esta sección del Informe Anual, se debe a que la situación del país, durante 1998, reúne los requisitos del criterio establecido por la Comisión, el cual comprende situaciones coyunturales o estructurales que se encuentran presentes en países, cuyos gobiernos han sido electos democráticamente, pero que por diversas razones enfrentan situaciones que afectan gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales consagrados en la Convención Americana o en la Declaración Americana.

2.    Teniendo en cuenta que el Gobierno de Haití ha invitado a la Comisión a llevar a cabo una visita in loco1 al país, para observar la situación general de derechos humanos, y que la misma se efectuará durante el presente año, este informe tratará los temas que a juicio de la Comisión son más relevantes para la vigencia de los derechos humanos, los cuales serán investigados por la Comisión en profundidad durante su próxima visita in loco. Consecuentemente, este informe no contendrá conclusiones ni recomendaciones, las cuales se realizarán con ocasión del Informe General sobre la Situación de los Derechos Humanos en Haití, que la Comisión elaborará con posterioridad a dicha visita.

    I. LA SITUACIÓN INSTITUCIONAL

3.    El Gobierno del Presidente René Préval, que asumiera su cargo el 7 de febrero de 1996 luego de triunfar en elecciones libres y competitivas, enfrenta desde hace dos años una seria crisis institucional, que afecta la vigencia del Estado de Derecho, paraliza las instituciones fundamentales, pone en riesgo la continuidad de la joven democracia haitiana y crea un marco general que afecta la protección y defensa de los derechos humanos.

4.    La actual crisis encuentra su antecedente inmediato en el frustrado proceso electoral de renovación legislativa de un tercio del Senado (9 Senadores)2 efectuado el 6 de abril de 1997. Las irregularidades registradas en la primera vuelta de las elecciones fueron denunciadas por los partidos políticos y por la mayoría parlamentaria, que cuestionaron la imparcialidad y competencia del Consejo Electoral Provisional, exigiendo su disolución al Presidente Préval. Como consecuencia de los cuestionamientos, se suspendió la realización de la segunda vuelta electoral, frustrándose la designación de una parte de la legislatura.

5.    Los desacuerdos dentro de la coalición gobernante del partido Lavalas (en noviembre de 1996 se había creado el nuevo partido del ex-Presidente Aristide, Fanmi Lavalas) basadas en aspectos políticos y en la orientación de la política económica que condujeron a la fragmentación del movimiento se agudizaron a raíz de las frustradas elecciones de 1997, convirtiendo a la crisis política en un abierto enfrentamiento entre la Legislatura y el Ejecutivo.

6.    En junio de 1997, el entonces Primer Ministro Rosny Smarth, cuyas políticas sociales y económicas habían sido duramente atacadas por sus anteriores aliados de Lavalas, presentó su renuncia, citando, entre otros motivos, su desacuerdo con el defectuoso proceso electoral. En octubre de ese año, el Primer Ministro, ante la seguridad de que el Presidente no estaba dispuesto a reemplazarlo, abandonó sus responsabilidades transitorias, seguido de la mitad de su Gabinete. Desde entonces, el país ha estado dirigido por el Presidente con un Gabinete conformado por 8 Ministros, en vez de los 10 que exige la Constitución.

7.    Los esfuerzos del Presidente para ratificar a un Primer Ministro fracasaron en diferentes ocasiones, según se ha señalado, a causa de la oposición de la Organización del Pueblo en Lucha (OPL), (nueva denominación del Partido Político Lavalas), la que condicionó su apoyo a dicha ratificación a la adopción de una resolución sobre la crisis electoral, solicitando la disolución del Consejo Electoral Provisional, el establecimiento de un cuerpo electoral provisional transparente, y la anulación de la primera vuelta de las elecciones legislativas parciales (1/3 del Senado).3  Desde junio de 1997, el Presidente René Préval se vio obstaculizado por el Parlamento, el cual en tres ocasiones se rehusó a aprobar la designación de sus candidatos para Primer Ministro: Eric Pierre, Hervé Denis, este último presentado dos veces sucesivas. El tercer candidato, Jacques Edouard Alexis, actual Ministro de la Educación, fue ratificado por el Parlamento en noviembre 1998, en condiciones que fueron cuestionadas por los partidos políticos, como el hecho de no haber sido dispensado de su gestión en tanto que Ministro de la Educación Nacional.4  Después de la ratificación del Parlamento, el nuevo Primer Ministro debía formar su gabinete y presentarse separadamente ante las dos Cámaras del Parlamento, a fin de obtener de éste el voto de confianza sobre su declaración de política general. Sin embargo, esta formalidad esencial no tuvo lugar; por lo tanto, el Sr. Alexis no llegó a ser confirmado en el cargo de Primer Ministro.5

8.    En el curso de 1998, la estabilidad de las instituciones políticas que sostienen el proceso democrático se debilitó de manera permanente, al igual que la ya frágil autoridad del Estado. Según fue señalado a la Comisión, el Parlamento paralizó la reforma económica al no aprobar los proyectos de ley correspondientes. Por otra parte, se indicó que el Presidente asumía más responsabilidades en la ausencia de un Primer Ministro, al estilo de un régimen presidencial tradicional. El Consejo Electoral no había sido substituido a causa de las profundas diferencias políticas sobre si éste debía ser permanente o provisional. Un amplio consenso político apoya un Consejo provisional, mientras que el partido Fanmi Lavalas6 y las Asambleas Territoriales requieren un Consejo permanente. Algunos sectores cuestionaron la voluntad de las partes de llegar a un arreglo.7

9.    En este contexto general, la tensa situación política y la disminuida autoridad del Gobierno han afectado el funcionamiento y consolidación de todas las instituciones estatales, lo que es crucial para el mantenimiento de la ley, el orden y el respeto por los derechos humanos. Existe incertidumbre con respecto al futuro de las instituciones legislativas. La ley electoral de 1995 estableció la renovación de las cámaras del Congreso en enero de 1999, a través de elecciones generales que debieron tener lugar en noviembre 1998, para remplazar los parlamentarios cuyos mandatos llegaban a su término en enero. Estas elecciones no se llevaron a cabo ante la falta de un Consejo Electoral que permitiera su realización.

10.    El conflicto entre los parlamentarios y el Presidente Préval se agudizó a propósito de la fecha que ponía fin al mandato de los legisladores. La Ley Electoral establecía que el mandato terminaba el 11 de enero de 1999 (fecha aceptada por los parlamentarios en el momento de las elecciones). Sin embargo, los diputados y un tercio del senado cuestionaban la validez y la constitucionalidad de la Ley Electoral, fundamentándose en el hecho que la Constitución prevé un mandato de cuatro años a partir de su juramentación y que ellos habían sido juramentados en octubre 1995 y por consiguiente su mandato expiraba en octubre de 1999.

11.    A pesar de la relativa calma existente en el país, la tensión política subió con motivo del anuncio del Presidente René Préval de no poder prolongar el mandato de los diputados y senadores que había vencido el 11 de enero de 1999, en virtud de la Ley Electoral de 1995. Por lo tanto, consideró que desde esa fecha de enero, el mandato de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado había terminado.

12.    El Parlamento presentó un recurso de apelación ante la Corte de Casación sobre la constitucionalidad del Decreto Electoral de 1995, a propósito del cual el Presidente Préval declaró, el 11 de enero de 1999, que el mandato de la mayoría de los legisladores había expirado. El 12 de febrero de 1999, la Corte de Casación refirió el recurso al Comisario de Gobierno solicitando su opinión. El 19 de febrero, el Ministerio Público concluyó que la presentación del recurso ante la Corte había sido irregular, toda vez que de acuerdo con la Constitución, éste no podía ser presentado directamente por una de las partes. Posteriormente, el 24 de febrero de 1999, la Corte de Casación declaró inadmisible el recurso presentado por el Parlamento.

13.    El conflicto de poderes entre el parlamento y la presidencia trascendió el ámbito institucional y se expresó también en dos huelgas generales realizadas en Haití a finales de enero de 1999. El 22 de ese mes los partidos políticos de oposición convocaron a un paro de apoyo al parlamento y de denuncia de la decisión presidencial de dar por terminado el mandato de la mayoría de los legisladores. Tres días más tarde, los partidarios del Presidente convocaron otra huelga en protesta por la actitud de los legisladores que deseaban prolongar su mandato. El clima social se oscureció con un grave hecho de violencia: El mismo día en que se realizaba la huelga en contra del Presidente, desconocidos atentaron contra la vida de la Sra. Marie-Claude Préval, hermana y secretaria privada del Presidente. La señora Préval resultó gravemente herida y su acompañante resultó muerto, sin que se haya podido identificar a los autores del atentado.

14.    A finales de enero de 1999, el Gobierno haitiano anunció el inicio de discusiones entre el Presidente Préval y varios sectores cívicos y políticos para formar un Consejo Electoral antes del 2 de febrero de 1999. Sin embargo, el término fijado para nombrar a un nuevo Consejo Electoral pasó sin que se tomara una decisión. Esta situación ha sido percibida por la oposición como un intento del ejecutivo de gobernar el país sin un Parlamento y sin celebrar elecciones para la nueva legislatura.

15.    Al atentado en contra de Marie-Claude Préval se suma el asesinato del Senador Yvon Toussaint, de la Organización del Pueblo en Lucha, perpetrado el 2 de marzo, y a raíz del cual la OPL decidió abandonar el diálogo multisectorial auspiciado por el Gobierno. El 8 de marzo un conocido defensor de derechos humanos, Pierre Esperance, Director de la Oficina del National Coalition for Haitian Rights en Puerto Príncipe, fue atacado por desconocidos, resultando gravemente herido.

16.    El 8 de marzo de 1999, el Presidente Préval y los dirigentes de 5 partidos integrantes del "espacio de concertación", firmaron un acuerdo titulado "Resolución para una salida de la crisis". Dicho acuerdo establece la creación de un Consejo Electoral Provisional, no partidista, compuesto de 9 miembros. Este Consejo convocará elecciones legislativas y velará por la neutralidad del gobierno, la policía y demás instituciones durante el proceso electoral.

17.    Asimismo, el acuerdo establece que el Presidente Préval estudiará con el Presidente del Senado y con el de la Corte Suprema los asuntos más importantes para el regular funcionamiento de los poderes públicos. Cabe señalar que uno de los principales partidos opositores, la OPL, también integrante de la concertación, se negó a firmar el acuerdo.

18.    Al momento de aprobar el presente informe, la Comisión fue informada sobre la creación de un nuevo Consejo Electoral Provisional, el 15 de marzo de 1999, y la toma de posesión del nuevo Primer Ministro. La investidura del Dr. Jacques Edouard Alexis en el cargo de Primer Ministro del Gobierno haitiano, tuvo lugar el 26 de marzo de 1999. El Dr. Alexis tiene igualmente a su cargo el Ministerio del Interior y de Colectividades Territoriales. El nuevo Gabinete Ministerial se encuentra formado por los siguientes Ministros: Ministro de Asuntos Exteriores y de Cultos, Sr. Fritz Longchamps; Ministro de la Justicia y de la Seguridad Pública, Sr. Camille Leblanc; Ministro de Economía y Finanzas, Sr. Fred Joseph; Ministro de Comercio y de la Industria, Sr. Gérard Germain; Ministro de Agricultura, Sr. Francois Sevrin; Ministro de Planificación y de Cooperación Externa, Sr. Anthony Dessources; Ministro de Trabajos Públicos, Transporte y Comunicación, Sr. Max Alcé; Ministro de Salud Pública, Sra. Michaelle Amédée Gédéon; Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Sra. Mathilde Flambert; Ministro de la Condición Femenina y Derechos de la Mujer, Sra. Nonie Mathieu; Ministro de la Educación Nacional de la Juventud y Deportes, Sr. Paul Antoine Bien-Aimé; Ministros de Haitianos que Viven en el Extranjero, Sr. Jean Généus, Sr. Jean-Robert Vaval y Sr. Yves Cadet; Secretario de Estado y la Seguridad Pública, Sr. Robert Manuel; Secretario de Estado y la Juventud y Deportes, Sr. Evans Lescouflair; Secretario de Estado de Turismo, Sra. Marise Penette; Secretario de Estado de la Población, Sr. Jean André; y Secretario de Estado de Trabajo, Sr. Ronald Joseph.

    II. CONTEXTO SOCIO-ECONÓMICO

19.    Durante 1998, la situación socioeconómica de Haití ha continuado su deterioro, configurando una realidad de severas limitaciones y carencias estructurales que inciden negativamente en el goce de los derechos socioeconómicos de la población y afectan la construcción y consolidación de un orden democrático basado en el Estado de Derecho.

20.    Los 20 meses de crisis institucional y política han afectado negativamente las posibilidades de desarrollo de una sociedad ya de por sí fuertemente signada por la pobreza, la marginalidad de amplios sectores de la sociedad y el deficiente desarrollo de su infraestructura básica de servicios. La actividad económica sufrió gravemente como consecuencia de la inestabilidad política y la incertidumbre sobre el futuro institucional. La falta de confianza afectó el nivel de la inversión local y extranjera. Asimismo, fueron suspendidos flujos financieros multilaterales y bilaterales que estaban previstos.8  Por su parte, la paralización del parlamento, su incapacidad para adoptar proyectos que facilitaran el movimiento de capitales y la no aprobación del presupuesto anual coadyuvaron al deterioro de la situación.

21.    La inflación generó un encarecimiento de la vida, subiendo los precios de los productos de primera necesidad y consumo masivo y acentuando la caída de la moneda nacional, el "gourde". Lo anterior ha creado una situación de inseguridad para las clases más desfavorecidas de la sociedad haitiana, al igual que para amplios sectores medios. Estos problemas socioeconómicos han contribuido a exacerbar las desigualdades sociales que se manifiestan en un sentimiento de insatisfacción casi generalizado, y en una tensión social siempre latente.

22.    En efecto, en este año la economía haitiana se caracterizó por un gran estancamiento. Con un presupuesto estrictamente controlado y una elevada inflación, la población continuó sobreviviendo duras condiciones de vida, particularmente en las áreas rurales. La suspensión de los desembolsos de la ayuda externa, causada principalmente porque el Parlamento no sancionó las leyes de reforma económica, y la falta de aprobación de acuerdos de préstamos, ocasionaron una considerable caída en las actividades productivas. Los bajos ingresos y los mayores índices de desempleo han contribuido a un crecimiento de las actividades del sector informal. En este marco, cabe destacar la importancia que han adquirido para la sobrevivencia de amplios sectores de la sociedad haitiana las remesas de dinero por parte de los haitianos que residen en el exterior, contribución significativa que ha paliado en parte los efectos negativos del deterioro económico.

23.    La economía haitiana también se vio alterada por una severa sequía que afectó la mayor parte de la producción agrícola. Las restricciones presupuestarias redujeron la demanda y la inestabilidad política y las tensiones sociales afectaron las expectativas de los agentes inversores. Ello se complicó aún más por el bajo nivel de desembolsos de la ayuda externa, condicionada a las reformas económicas e institucionales que no fueron sancionadas por el Parlamento. La producción interna también se vio obstaculizada por las ineficiencias estructurales relacionadas con los muy bajos niveles de inversión, la baja utilización de la capacidad instalada y las restricciones estructurales relacionadas con la provisión de servicios básicos.9

24.    La inversión pública también se redujo a niveles muy bajos, como consecuencia de la suspensión de los desembolsos de la ayuda externa. La falta de inversiones públicas y privadas no solamente afectó la realización de importantes obras públicas que tenían por objeto generar empleos e ingresos en el corto plazo, sino que también contribuyó a comprometer la eficiencia y las posibilidades de crecimiento a largo plazo de la economía haitiana. Ello se debió en gran parte a la persistencia de la inestabilidad política, que impidió la ejecución del programa de inversiones del sector público, a financiarse en gran parte a través de donantes internacionales.10

25.    Haití continúa siendo el país más pobre del hemisferio y posee los indicadores más bajos de salud y educación; menos del 60% de la población recibe atención médica y la tasa de alfabetización es de alrededor del 50%.11

III. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

26. Un tema de preocupación para la Comisión es la situación de la administración de justicia. En efecto, uno de los problemas identificados en la situación de los derechos humanos en Haití es la deficiencia en el funcionamiento del Poder Judicial.

27. En numerosas oportunidades la CIDH ha destacado el papel trascendental que para la vigencia del Estado de Derecho y el goce de los derechos humanos tiene un eficaz funcionamiento de la justicia. La existencia de un poder judicial profesional, independiente y eficaz es un requisito indispensable para vencer la impunidad. La Comisión reconoce los esfuerzos llevados a cabo por el Gobierno para llevar a cabo acciones tendientes a mejorar la administración de justicia, en particular, las acciones tendientes a aliviar el problema de la prolongación de las detenciones preventivas, en donde el Gobierno respondió con la creación de una Comisión consultiva para contrarrestar la lentitud de la justicia; sin embargo, los resultados de dicha Comisión fueron escasos.12

28. A pesar de los recursos humanos, técnicos y financieros que la comunidad internacional ha facilitado con la finalidad de desarrollar el funcionamiento del estamento judicial durante los últimos cuatro años, el sistema judicial continúa sufriendo problemas crónicos como falta de personal judicial bien capacitado y dedicado, falta de medios económicos y recursos logísticos, demoras en los procesos judiciales, violaciones sistemáticas al debido proceso, leyes anticuadas, y falta de supervisión ministerial. En algunas ciudades con gran población no se cuenta con un tribunal civil ni con una cárcel. Muchos tribunales no tienen orden en los registros, lo que impide el estudio de la evolución de los expedientes judiciales.13

29. Entre los esfuerzos que se han logrado en la rama judicial se encuentra la Escuela de Magistrados, de la cual se graduaron, en 1998, los primeros sesenta jueces, debidamente entrenados y oficialmente seleccionados en base a sus méritos. En el mismo contexto de desarrollo positivo se señalan la designación de un Ombudsman y la Unidad Penal Nacional encargada de ayudar en los juicios de derechos humanos. Otro esfuerzo ha sido el de dar cumplimiento al mandato Constitucional, relativo al plazo de las 48 horas para presentar al detenido ante un juez. Sin embargo, este acatamiento es usualmente una formalidad, cuando no recae una decisión sobre la legalidad del arresto.

30. De acuerdo con la información presentada a la Comisión, de 3.740 detenidos en las cárceles de Haití, el 85% de ellos se encuentra sin sentencia y sólo el 15% ha recibido condena. Esta situación fue presentada al Ministerio de Justicia, el cual estableció una Oficina de Supervisión de Detención Preventiva, en el Centro Penitenciario en Puerto Príncipe, y se proyecta extender este programa a otros centros carcelarios. Por instrucciones de dicha Oficina, Jueces de Paz visitaron regularmente la prisión entre mayo y julio de 1998 y de los 300 prisioneros que entrevistaron 190 fueron liberados.14

31. De acuerdo con organizaciones no gubernamentales,15   la detención se prolonga por razones indebidas tales como: la falta de organización a nivel del personal administrativo de los tribunales (le greffe); la designación tardía de las autoridades judiciales y carcelarias; la falta de seguimiento por los nuevos jueces de los casos pendientes; la pérdida o el olvido de los expedientes por la carga de trabajo de los jueces; el traslado de detenidos por razones disciplinarias; y la falta de un registro adecuado en las prisiones. En esto último, la MICIVIH ha realizado un excelente trabajo al ayudar a corregir y poner al día la información contenida en los expedientes individuales, registro de prisiones y listas computarizadas.

32. El mal funcionamiento del sistema de administración de justicia afecta el desempeño de la Policía, aumentando las posibilidades de que ésta pretenda tomar la ley en sus manos.16 Se han realizado estudios y propuestas en cuanto a la manera de reforzar al Ministerio de Justicia. Un Comité sobre la Reforma Judicial elaboró un plan de acción para reforzar el sistema judicial; sin embargo, mientras no se llegue a un consenso político, dicho proyecto no se aplicará.

IV. EL SISTEMA PENITENCIARIO

33. Otra área de preocupación para la Comisión es la situación de los centros penitenciarios en Haití. En 1995, la creación de la Administración Penitenciaria Nacional (APENA) contribuyó al mejoramiento de las condiciones de detención. Sin embargo, cabe señalar que esta institución, semi autónoma y dependiente del Ministerio de Justicia, en un principio, pasó a ser en 1997 una dirección de la Policía Nacional Haitiana. La Comisión observa que esta subordinación de la administración de prisiones a la Policía demuestra un franco menosprecio por las normas internacionales.

34. La incorporación de la administración de prisiones a la Policía Nacional y la falta de decisiones por parte del Ministerio de Justicia han demorado la adopción de reglamentos carcelarios internos ya redactados, de un código de conducta para guardias y de procedimientos formales para investigar y castigar abusos de los guardias, mecanismos que ayudarían a mantener el respeto por los derechos humanos en las prisiones.17

35. Durante los últimos tres años y medio se ha llevado a cabo un proyecto de reforma carcelaria bajo la supervisión del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Por primera vez se ha establecido una nueva administración civil y se ha proporcionado capacitación profesional a los guardias de las cárceles. En agosto de 1998 se incorporaron al sistema carcelario 108 nuevos guardias; la mayor parte de ellos fueron asignados a las prisiones de Puerto Príncipe.

36. Actualmente, sólo en las cárceles de Puerto Príncipe las mujeres y los menores detenidos se encuentran separados de los hombres. En ciertas prisiones del país (Port-au-Prince, Cap-Hatien y Gonaives) se han renovado los edificios, se han mejorado o instituido servicios básicos (agua, atención de la salud, comidas), y se ha puesto especial énfasis en el mantenimiento de registros adecuados. La MICIVIH ha desempeñado un papel clave en este último aspecto y en la iniciación del proceso de reforma carcelaria.18 Sin embargo, el impacto de estas mejoras se ha visto reducido por el problema de hacinamiento en que se encuentran las prisiones en Haití.

37. Si bien las condiciones en las prisiones han mejorado, aún falta mucho para adecuarlas a las normas mínimas internacionales. El número de incidentes de maltratos y golpes ha disminuido en la segunda mitad del año, después de que en los primeros cinco meses de 1998 se registrara un incremento, incluso la muerte declarada de un detenido después de una golpiza. El guardia fue detenido e inmediatamente se inició una investigación judicial.19

V. LA POLICÍA NACIONAL

38. Otro tema de gran importancia para la Comisión, que será también examinado durante su visita in loco, es el papel desempeñado por la nueva Policía Nacional Haitiana (PNH). Organizaciones no gubernamentales han reconocido que la Policía Nacional adquirió confianza y credibilidad en los últimos dos años. La Policía tiene ahora una mayor presencia, está mejor equipada y entrenada.20  Sin embargo, siguen existiendo problemas de derechos humanos, y según se ha informado a la Comisión, esta nueva institución no ha alcanzado el nivel de profesionalismo que requiere para mantener la ley y el orden por sí misma.21  En consecuencia, la Organización de las Naciones Unidas decidió el establecimiento de una Misión Civil de Policía en Haití (MIPONUH), la cual tiene el mandato de asistir a las autoridades haitianas, apoyando y contribuyendo a profesionalizar la Policía Nacional de Haití.22

39. La creación de la Oficina del Inspector General ha asignado alta prioridad a la vigilancia del comportamiento de los miembros de la Policía. A pesar de la determinación del Inspector General en la investigación de las actividades delictivas de sus miembros, en particular las violaciones de derechos humanos, y la conducta de numerosos miembros de la Policía Nacional sigue siendo contraria a derecho.

40. El número de incidentes de maltrato se incrementó en 1998, llegando a un total de 423 denuncias. El número de muertes perpetradas por agentes de la Policía llegó a 31, de los cuales 15 ocurrieron de manera que sugieren ejecuciones extrajudiciales. Las otras muertes ocurrieron como consecuencia de las severas golpizas infligidas a las víctimas. También se han denunciado varios casos de corrupción en las filas policiales, siendo de especial gravedad los que demuestran vínculos entre el personal policial y el tráfico de drogas.

41. En general, el empeño de las autoridades policiales por disciplinar a sus subordinados es innegable; no obstante, cuando los casos llegan a los tribunales, las autoridades judiciales casi siempre adoptan una actitud condescendiente con los miembros de la Policía. La Oficina del Inspector General ha remitido 66 casos de graves violaciones de agentes de la Policía a los tribunales, pero ninguno mereció un procesamiento cabal.

42. Por otra parte, la renuncia del Director de la Policía Judicial (investigaciones criminales), a causa de su insatisfacción por la forma en que se manejó la desaparición de un gran embarque de cocaína decomisado por la Policía, afectó la moral y la confianza de esta institución. La renuncia del Director y la consiguiente controversia se produjeron en momentos en que la Policía había sido criticada y acusada de comportamiento partidista por las dos principales facciones del movimiento Lavalas.

43. La ausencia policial en las zonas rurales contribuye a que las tareas de seguridad recaigan en los miembros del Consejo de Administración de la Sección Comunal (CASEC), u otros agentes del Estado. Según la MICIVIH, en l'Asile, Departamento de la Grand Anse, miembros de la PNH y de CASEC crearon una red de "delegados" voluntarios que ejecutan órdenes judiciales "de invitar a comparecer" o de "llevar a comparecer". En varias localidades importantes, los alcaldes crearon fuerzas municipales de seguridad. Muchas de ellas han sido ahora neutralizadas y desarmadas por la Policía Nacional.

VI. IMPUNIDAD

44. Pese al innegable empeño del Gobierno por mejorar la situación de los derechos humanos en Haití, subsiste el problema de la inseguridad personal. La violencia de la calle, el fenómeno de los "zenglendos"23 o "bandidismo". La impunidad con que se realizan estas violaciones ha llevado a la sociedad a vivir en un clima de temor y de tendencia a tomar justicia por propia mano, lo que ha conducido a numerosos actos de linchamientos, mal llamados en Haití "justicia popular". El problema de la violencia no aparece, como en la época del gobierno de facto, alentada por las autoridades estatales; sin embargo, es la inacción del Estado lo que provoca su impunidad. Muchas veces los "zenglendos" son detenidos por la Policía, pero más tarde liberados por las autoridades judiciales, quienes han sido acusadas continuamente de corrupción.

45. Un tema de particular importancia para la Comisión es la observancia del derecho a la protección judicial. Poco se avanzó en 1998 hacia la obtención de justicia para las víctimas de violaciones de los derechos humanos en la época del Gobierno de facto (septiembre 1991 a octubre 1994). La Unidad Penal Nacional (Unité Pénale Nationale), creada por el Ministerio de Justicia en noviembre de 1996 para ayudar en los juicios de derechos humanos, no cuenta con recursos para cumplir debidamente su mandato. La Unidad de Investigaciones Especiales, un equipo financiado internacionalmente y encargado de investigar los asesinatos políticos, logró escasos resultados.

46. Sólo el "International Lawyers Bureau" pareció avanzar en la preparación de dos casos para juicio: la masacre de diciembre de 1993 en Cité Soleil y la masacre de 1994 de Raboteau. Pese a ello, los casos no estuvieron listos para los juicios penales del año pasado. Después del nombramiento de un coordinador especial del Ministerio de Justicia para el proceso de la masacre de Raboteau y el fortalecimiento del sistema de justicia penal en Gonaïves, se adelantaron algunas investigaciones judiciales y se realizaron varios arrestos. Los pedidos de extradición de miembros del alto comando militar, efectuados en el contexto de la investigación de Raboteau, fueron rechazados por los países receptores, argumentando razones jurídicas.

47. De acuerdo con Human Rights Watch, los casos de Cité Soleil y Raboteau se encuentran estancados debido a la falta de colaboración de las autoridades estadounidenses. Por una parte, los Estados Unidos se negaron desde 1995 a devolver a Haití miles de documentos tomados por las fuerzas estadounidenses de las fuerzas armadas de Haití (Fad’H) y del grupo paramilitar FRAPH (Front pour l Avancement et le Progres d=Haiti). Por otra parte, el Departamento de Estado de los Estados Unidos se negó en 1996 a entregar al International Lawyers Bureau material sobre las investigaciones realizadas por la Embajada de los Estados Unidos en Haití, poco después de las matanzas de Cité Soleil y Raboteau.24

48. En un comunicado de prensa emitido en ocasión del cuarto aniversario de la masacre de Raboteau, la MICIVIH hizo un llamado para que se entregaran a las autoridades haitianas los documentos de las Fuerzas Armadas de Haití y del FRAPH, tomados por las fuerzas militares estadounidenses en 1994, por considerar que pudieran contribuir al enjuiciamiento de pasadas violaciones de los derechos humanos.

49. Pocos casos de violaciones de derechos humanos realizadas durante el período del golpe de Estado han prosperado ante los tribunales haitianos, aunque en algunos casos se realizaron arrestos aislados. En los juicios penales de Jacmel y St. Marc, los casos de violaciones de derechos humanos contra Thélesumé Jean-Gilles, acusado del asesinato de Marie Delene Nicolas; Baguidy Calixte, acusado de asesinar a Pachino Dord; y Adrien Saint-Julien, acusado de los asesinatos de Loukens Pierre y Antoine Pauléus fueron llevados a juicio y resultaron en absoluciones.25

50. Las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos han señalado que la negligencia con que se realiza el procesamiento de los delincuentes exacerba la recurrencia a los linchamientos. En el curso del año bajo consideración, se registraron 51 muertes, a manos de la "justicia popular", siendo en tres de los casos las víctimas agentes de la policía.26

51. En el curso de 1998, los grupos organizados de víctimas del golpe de Estado realizaron numerosas manifestaciones frente al Palacio Nacional en Puerto Príncipe y en Les Cayes. El Movimiento de Apoyo a las Víctimas de la Violencia Organizada (Mouvement d’appui aux victimes de la violence organisée), llevó a cabo un proyecto de investigación destinado a identificar grupos de víctimas que pueden ser elegibles para indemnización y rehabilitación.27

52. La Comisión fue informada que ante el aumento del debate público sobre el tema de la impunidad y las indemnizaciones, el Ministerio de Justicia creó la Oficina de Persecución y Seguimiento (Bureau de poursuite et suivi), para administrar el otorgamiento de indemnizaciones para las víctimas del período del golpe de Estado. La oficina cuenta con un presupuesto de 60 millones de gourdes, y tiene por funciones principales la asistencia social, económica, jurídica y médica. También se informó a la CIDH sobre un proyecto piloto para la reconstrucción de viviendas destruidas por los militares en la región meridional del país. A solicitud de la Oficina de Persecución y Seguimiento, la MICIVIH está distribuyendo en todo el país copias del informe presentado en febrero de 1996 por la Comisión Nacional de Verdad y Justicia.28

53. También como un avance positivo, la Comisión fue informada sobre la Ley de Reforma Judicial, adoptada en mayo de 1998, la cual permite la creación de una Comisión Especial de Magistrados, con el mandato de procesar las violaciones de los derechos humanos cometidas durante el período de facto. La ley especifica que la prescripción no se aplica a los delitos cometidos durante el régimen de facto.

    VII.    TRAMITACIÓN DEL INFORME

54. El proyecto del presente informe sobre la situación general de los derechos humanos en Haití fue aprobado por la Comisión en su 102º período ordinario de sesiones. El día 16 de marzo de 1999 fue transmitido al Estado conforme a lo establecido en la artículo 63(h) del Reglamento de la Comisión, a fin de que presentara sus observaciones en el plazo de un mes.

55. Expirado el plazo el Estado haitiano se abstuvo de presentar observación alguna.

56. El 16 de abril de 1999, la Comisión aprobó el informe en forma definitiva, así como su publicación en el capítulo IV del presente Informe Anual.

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* El Comisionado Jean Joseph Exumé, de nacionalidad haitiana, no participó en la discusión ni en la decisión de este informe, conforme al artículo 19 (2) del Reglamento de la Comisión.

1 Mediante comunicación JUR/97-406, del 29 de abril de 1997, el Sr. Fritz Longchamp, Ministro de Relaciones Exteriores, invitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a llevar a cabo una visita in loco a Haití para observar la situación de los derechos humanos en el país. La Comisión realizó una misión preparatoria en noviembre de 1998; y llevará a cabo su visita in loco durante el presente año.

2  El Parlamento está formado por 27 senadores y 83 diputados. El artículo 53 de la Ley electoral de 1995 establece el número de senadores a 3 por Departamento. El artículo 54(1) indica que la renovación del Senado se realiza por tercios cada 2 años. El artículo 50 señala que los diputados son elegidos por un período de 4 años.

3  Misión Civil Internacional OEA/ONU (MICIVIH), Informe Haití -A Human Rights Overview, presentado ante la CIDH por el Emb. Colin Granderson, Director Ejecutivo, 9 de octubre de 1998, p.2.

4  En virtud del artículo 157, inciso 6, de la Constitución haitiana.

5  El artículo 158 de la Constitución haitiana establece que:

El Primer Ministro de acuerdo con el Presidente escoge los miembros de su Gabinete Ministerial y se presenta ante el Parlamento, a fin de obtener el voto de confianza sobre su declaración de política general. El voto se lleva a cabo en escrutinio público y con la mayoría absoluta de cada una de las dos Cámaras. En el caso de un voto de no confianza por alguna de las Cámaras, el procedimiento comienza nuevamente.

6  Al fragmentarse el Partido Lavalas, en noviembre de 1996, se creó el nuevo partido "Fanmi Lavalas" del ex-Presidente Jean Bertrand Aristide.

7  MICIVIH, Haití - A Human Rights Overview, p. 3.

8  Informe sobre la Situación Económica en Haití, Moreno López, Paul, BID. Marzo de 1998.

9  Ibid.

10  Ibid.

11  Promoting Stability, Democracy, and Economic Growth in Haiti, Subcomisión sobre el Hemisferio Occidental, 14 de mayo de 1997.

12  Véase Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Haití, 1997, en Informe Anual de la CIDH, 1998.

13  MICIVIH, Haití - A Human Rights Overview, p. 5.

14  Véase informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Haití, preparado por el Sr. Adama Dieng, Experto independiente de Naciones Unidas. Doc. A/53/355, del 10 de septiembre de 1998, p. 7.

15  Informe de la Plate-forme des Organisations Haïtiennes des Droits de l’Homme, octubre de 1998.

16  MICIVIH, Haití - A Human Rights Overview, p. 6.

17  Ibid., p. 5.

18  Informe MICIVIH.

19  Ibid.

20  Véase Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en el Mundo 1998, Human Rights Watch/Americas, pp. 40-44.

21  Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en Haití, A/53/355, del 10 de septiembre de 1998, p. 2.

22  El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas adoptó la decisión en su Resolución 1141 (1997) del 28 de noviembre de 1997.

23  Criminales de derecho común. Durante la época del Gobierno militar de facto los zenglendos eran utilizados como grupos paramilitares.

24  Human Rights Watch/Americas, Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en el Mundo, 1998, p.p. 40-44.

25  Véase Informe Anual de la CIDH 1998, op. cit.

26  MICIVIH, Human Rights Review, octubre-diciembre 1998.

27  Doc. A/53/355, op. cit., p. 3.

28  Ibid.