INTRODUCCIÓN 

 

          La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución XXII, apartado 4, de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria, y en el Artículo 9 (bis) apartado c) de su Estatuto, ha preparado el presente informe para ser sometido a la Asamblea General de la Organización. 

          La Comisión ha resuelto que el informe anual debe contener tres secciones y así ha estructurado el que tiene el honor de someter a esta Asamblea General: una primera que contiene, en términos generales y en forma sintética, una relación sobre su origen, estructura, bases jurídicas, fines, etc.; una segunda conteniendo los temas a que preceptivamente se refiere el Artículo 9(bis) del Estatuto de la Comisión; y una tercera, en la que se resume toda otra actividad cumplida por la Comisión durante el ejercicio. 

          La Sección Primera, de conformidad con la Resolución AG/RES. 171 (IV-O/74) del cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General, incluye una relación sobre su origen, estructura, bases jurídicas y fines, así como un resumen de su presupuesto y sus relaciones con otros órganos del sistema, así como con organismos regionales y mundiales de la misma índole. 

          La Sección Segunda, de conformidad con el apartado 4 de la mencionada Resolución XXII, incluye “una exposición sobre el progreso alcanzado en la consecución de los objetivos señalados por la Declaración Americana; una relación sobre los campos en los cuales han de tomarse medidas para dar mayor vigencia a los derechos humanos conforme lo prescribe la citada Declaración, y las observaciones que la Comisión considere apropiadas respecto de las comunicaciones que haya recibido y sobre cualquier otra información que tenga a su alcance”. 

          Con el objeto de proceder a la preparación de esta Sección del presente informe, la Comisión se dirigió a los gobiernos de los Estados miembros de la Organización, en fecha 8 de octubre de 1974, solicitándoles se sirvieran transmitirle informaciones sobre las medidas progresivas adoptadas y los textos de la legislación promulgada y de la jurisprudencia y actos administrativos dictados durante los años 1973 y 1974 en relación con el respeto y observancia de los derechos y deberes humanos fundamentales. Tres países, Estados Unidos, Guatemala y México han enviado información relativa a su legislación en materia de derechos humanos. 

          De acuerdo con los términos del mencionado Artículo 9(bis) del Estatuto de la Comisión, la Sección II del informe se ha dividido en tres partes. La parte I hace referencia a nuevas disposiciones constitucionales, legales o administrativas o a decisiones judiciales dictadas en los Estados Americanos durante los años 1973 y 1974 que, a juicio de la Comisión, importan un progreso en la consecución de los objetivos señalados por la Declaración Americana. La Parte II indica los campos en que es conveniente adoptar medidas para dar mayor vigencia a los derechos humanos. La Parte III contiene las observaciones que la Comisión consideró apropiado hacer sobre determinadas comunicaciones, respecto de las cuales formuló a los gobiernos interesados recomendaciones que no han sido atendidas. 

          La Sección Tercera contiene un resumen circunstanciado de cuanto se expresa en los informes relativos al trigesimosegundo, trigesimotercer y trigesimocuarto períodos de sesiones y su lectura ha de permitir a la Asamblea General una opinión exacta de la labor total cumplida por este organismo durante el año 1974. 

          La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, actuando con el carácter de Órgano de la Organización, se permite someter a la Asamblea General el presente informe en estricta observancia de lo dispuesto en la Resolución XXII de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria, en el Artículo 52(f) de la Carta de la Organización y en el 29 del Reglamento de la Asamblea.

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