SECCIÓN SEXTA

PROVISIONES GENERALES


Artículo XXII.  Tratados

 

Actos acuerdos y arreglos constructivos

Los pueblos indígenas tienen el derecho al reconocimiento observancia y aplicación de los Tratados, convenios y otros arreglos que puedan haber concluido con los Estados o sus sucesores y Actos históricos de acuerdo a su espíritu e intención; y a que los Estados honren y respeten dichos Tratados.

Actos convenios y arreglos constructivos así como los derechos históricos que emanen de ellos. Los conflictos y disputas que no puedan ser resueltos de otra manera serán sometidos a órganos competentes.


I.          ANTECEDENTES EN EL DERECHO INTERNACIONAL 

1.         Proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas (ONU 1994) 

Artículo 36: "Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados según su espíritu y propósito originales y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y arreglos. Las controversias que no puedan arreglarse de otro modo serán sometidas a los órganos internacionales competentes por todas las partes interesadas”.  

2.         Convenio 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Organización Internacional del Trabajo (OIT). 1989 

Artículo 12: "Los pueblos interesados deberán tener protección contra la violación de sus derechos, y poder iniciar procedimientos legales, sea personalmente o bien por conducto de sus organismos representativos, para asegurar el respeto efectivo de tales derechos. Deberán tomarse medidas para garantizar que los miembros de dichos pueblos puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles, si fuere necesario, intérpretes u otros medios eficaces”. 

3.        Charter of Civil Society (CARICOM) 

Article XI: Rights of Indigenous Peoples 

"The State recognizes the contribution of the indigenous peoples to the development process and undertake to continue to protect their historical rights and respect the culture and way of life of these peoples." 

4.        Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. (1969) 

Artículo 26: "Pacta sunt servanda". Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ella de buena fe”. 

Artículo 27: "El derecho interno y la observancia de los tratados. Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado. Esta norma se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 46”.  

Artículo 46: " Disposiciones de derecho interno concernientes a la competencia para celebrar tratados. 1. El hecho de que el consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado haya sido manifiesto en violación de una disposición de su derecho interno concerniente a la competencia para celebrar tratados no podrá ser alegado por dicho Estado como vicio de su consentimiento, a menos que esa violación sea manifiesta y afecte a una norma de importancia fundamental de su derecho interno. 2. Una violación es manifiesta si resulta objetivamente evidente para cualquier Estado que proceda en la materia conforme a la práctica usual y de buena fe”.     

5.         Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas (ONU 1990) 

Artículo 8(1): “Ninguna de las disposiciones de la presente Declaración impedirá el cumplimiento de las obligaciones internacionales de los Estados en relación con las personas pertenecientes a minorías. En particular, los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones y los compromisos contraídos en virtud de los tratados y acuerdos internacionales en que sean partes”. 

II.        ANTECEDENTES EN EL DERECHO NACIONAL 

6.        Canadá 

- Canada Constitution Act of 1982 

Part II: "Rights of Aboriginal Peoples of Canada 

Article 35: (1) The existing aboriginal and treaty rights of the aboriginal peoples of Canada are hereby recognized and affirmed.  

(2) In this Act, "aboriginal peoples of Canada" includes the Indian, Inuit, and Metis peoples of Canada.  

(3) For greater certainty, in subsection (1) "treaty rights" includes rights that now exist by way of land claims agreements or may be so acquired.  

(4) Notwithstanding any other provision of this Act, the aboriginal and treaty rights referred to in subsection (1) are guaranteed equally to male and female persons." 

- The Royal Proclamation (1763) 

"And whereas great Frauds and Abuses have been committed in purchasing Lands of the Indians, to the great Prejudice of our Interests. and to the great Dissatisfaction of the said Indians: In order, therefore, to prevent such Irregularities for the future, and to the end that the Indians may be convinced of our Justice and determined Resolution to remove all reasonable Cause of Discontent, We do." 

- Canadian Charter of Rights and Freedoms (1982) 

Article 25: "The guarantee in this Charter of certain rights and freedoms shall not be construed so as to abrogate or derogate from any aboriginal, treaty or other rights or freedoms that pertain to the aboriginal peoples of Canada including  

(a) any rights or freedoms that have been recognized by the Royal Proclamation of October 7, 1763; and  

(b) any rights or freedoms that may be acquired by the aboriginal peoples of Canada by way of land claims settlement."  

7.         Estados Unidos de América 

- Constitución de Estados Unidos 

Article VI: "This Constitution, and the Laws of the United States which shall be made in Pursuance thereof; and all Treaties made, or which shall be made, under the Authority of the United States, shall be the supreme Law of the Land; and the Judges in every State shall be bound thereby, any Thing in the Constitution or Laws of any State to the Contrary notwithstanding." 

  

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