CAPÍTULO VII

  OPERACIONES MILITARES EN ZONAS RURALES

 

A.            Consideraciones Generales

          1.          El presente Capítulo tiene por objeto referirse a las operaciones militares en las zonas rurales colombianas y a su incidencia en los sectores campesinos y en la población indígena, sin que con ello la Comisión pretenda hacer un análisis de fondo de un problema tan complejo como lo es el concerniente a la situación de los indígenas que conlleva, como en cualquier otro Estado del continente americano, implicaciones de diversa índole, entre ellas, antropológicas, sociológicas, jurídicas, económicas, culturales y religiosas.  

          2.          Las autoridades militares colombianas han hecho saber a la Comisión que los operativos mencionados no han traído como consecuencia una militarización de determinadas circunscripciones geográficas, ya que en ninguna de esas áreas se han establecido regímenes de carácter militar, sino que siguen funcionando las autoridades civiles nombradas por el Gobierno central.  

          3.          En los últimos meses, la Comisión ha recibido denuncias e informaciones referentes a operaciones militares en determinadas zonas rurales de Colombia, las que, de acuerdo a tales informaciones, han afectado a la población campesina y a algunas comunidades indígenas.  

          Algunas de esas informaciones que obran en poder de la Comisión hablan de zonas “militarizadas”, como consecuencia de operativos castrenses tendientes a erradicar movimientos subversivos y, por otra parte, de acciones armadas y políticas de movimientos guerrilleros, entre ellos las FARC y el M-19, en dichas áreas rurales.

 

B.        El caso de la región de El Pato

          1.          Con fecha 12 de septiembre de 1980, la Comisión recibió la siguiente denuncia:  

         Han arribado a Neiva capital Departamento Huila tres mil campesinos de la región El Pato.  El éxodo se inició día 27 agosto ante bombardeo aéreo y otras operaciones militares.  Órganos legislativos como Concejo Neiva se han pronunciado unánimemente contra nuevos actos represión población civil exigiendo desmilitarización regiones agrarias y plenas garantías para los campesinos.  Pasado 31 de agosto cien agentes Policía ocuparon tierras comunidad indígena Embera-Katia en Municipio Bagadó Departamento Chocó. Como resultado esta acción punitiva fueron muertos los indígenas Luis Enrique Arce, Gobernador del Cabildo, Jairo.

 

         Los indígenas denuncian desaparición de cinco niños y la destrucción de chozas, enseres, herramientas y elevada suma dinero destinado pago salarios trabajadores minas de oro de su propiedad.[1]

 

          2.          En comunicación de 15 de octubre de 1980, el Gobierno contestó al pedido de información de la Comisión, en los siguientes términos:  

         1. No es cierto que tres mil campesinos hubieran abandonado la región de El Pato como producto de bombardeos aéreos u otro tipo de operaciones militares.  Se ha presentado un éxodo de campesinos provocado por elementos subversivos pertenecientes a las FARC, con el propósito de entorpecer la acción de la fuerza pública que estaba desarrollando en áreas vecinas a raíz de los graves hechos realizados por esa organización delictiva el 18 de agosto pasado, en los cuales dieron muerte a tres soldados del Ejército Nacional.

 

         2. Miembros del Congreso Nacional y de la prensa colombiana pudieron evidenciar, mediante viaje a la región de El Pato, que esta zona no había sido sometida a bombardeos por parte de la Fuerza Aérea.  Tan sólo fue necesario utilizar, por una vez, este tipo de acción militar, para lograr la captura de un aeropuerto clandestino ubicado en el sitio de “Las Perlas”, fuera de la zona de El Pato, que venía siendo utilizado por los antisociales como lugar de recepción de grandes sumas de dineros para pagos de rescates de diferentes secuestros.  Como lo pudieron constatar parlamentarios y periodistas, no existe a más de 10 kilómetros de este aeropuerto viviendas ni propiedades que pudieran haber sido afectadas por la acción de la Fuerza Aérea.

 

         3. El señor Presidente de la República y varios de los señores Ministros tuvieron la oportunidad de recibir una delegación de aproximadamente ochenta campesinos que se decían procedentes de El Pato, con el propósito de analizar la situación presentada.  Durante esta reunión el Gobierno puso de presente que los verdaderos responsables de la intranquilidad en esa región eran los miembros de las FARC y procedió a la lectura de los nombres de 103 campesinos a quienes, en forma criminal y violatoria de todos los derechos humanos, dio muerte tal organización subversiva.  Como hecho curioso, cabe anotar que, a dicha reunión sólo acudieron ocho campesinos que realmente provenían de la región de El Pato; los 72 restantes fueron reclutados de zonas vecinas a esta capital mediante engañosa maniobra de algunos dirigentes del Partido Comunista.

 

         4. La gran mayoría de los campesinos que habían iniciado el éxodo el 27 de agosto, ya ha regresado a la región de El Pato, área en la cual el Gobierno Nacional, y el Ejército en particular, vienen adelantando la construcción de una importante carretera y otras obras de interés para el desarrollo de la región.

 

         5. En cuanto a la situación presentada en el Municipio de Bagadó, Departamento del Chocó, entre miembros de una comunidad indígena y la Policía Nacional, es preciso recordar que la intervención de la Fuerza Pública se efectuó mediante requerimiento formulado por autoridad civil competente. De los resultados del incidente presentado entre la autoridad y la comunidad indígena se adelanta la investigación correspondiente.[2]

 

          El Gobierno colombiano ha entregado a la Comisión otros documentos relativos a este caso, en el que se incluyen diversos aspectos concernientes a las operaciones militares señaladas.  Uno de esos documentos expresa lo siguiente:  

         1. ANTECEDENTES

 

         Desde 1954 la región del Guayabero y El Pato ha sido empleada como principal refugio y centro de organización y entrenamiento de los grupos armados que actúan en diferentes regiones del país, bajo la dirección del Partido Comunista de Colombia y que en la actualidad se autodenominan Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia.

 

         Esta organización desde un principio ha llevado a cabo una intensa actividad proselitista y de coacción sobre los colonos de la región, condicionando su permanencia allí y sus vidas para lograr su apoyo.

 

         Además de lo anterior, estos grupos, concretamente en el área de influencia del Guayabero y El Pato, han llevado a cabo las siguientes actividades delictivas durante los últimos cinco años:

 

-         Asaltos a poblaciones vecinas....................................1

-         Secuestros conocidos.............................................10 

-         Emboscada a Patrullas del Ejército o la Policía.............10 

-         En estas emboscadas fueron asesinados.....................2 oficiales

                             7 suboficiales  
                   
          9 soldados  
                   
          6 Agentes  
                   
          de Policía

 

- El día 04 de Junio de 1980 en vecindades de la Inspección de Policía la Uribe (Meta) antisociales de las FARC emboscaron una patrulla del Ejército y asesinaron a 5 soldados.

 

- El día 18 de Agosto de 1980 en cercanías de Puerto Crevaux, estos mismos antisociales emboscaron otra patrulla del Ejército y en esta ocasión asesinaron tres soldados.

 

         Ante estos últimos hechos el Ejército, con el correspondiente y necesario apoyo de las FAC, inició operaciones a partir del 19 de Agosto, habiendo localizado las siguientes instalaciones hasta la fecha:

 

- Instalaciones del llamado “Estado Mayor”, ubicadas en la margen derecha del Río Guayabero, con dos alojamientos para el personal, 4 ranchos para cocina, comedor, despensa, un túnel de escape de 20 metros por uno de diámetro, una pista para entrenamiento de infantería y fusiles de madera para instrucción.

 

- Instalaciones ocupadas por LUIS ALBERTO MORANTES JAIMES (a. Jacobo Arenas), Jefe Político de la Organización, ubicadas en la margen derecha del Río Leiva, con los siguientes alojamientos: rancho, cocina, despensa, campamento para 40 hombres, pista de entrenamiento.  El sitio se encontraba fortificado en sus alrededores.

 

- Pista de aterrizaje en la margen izquierda del Río Leiva con 2 ranchos para cocina y alojamiento para hombres.  Esta pista fue construida por los bandoleros con una extensión de 800 metros que la capacitan para aterrizaje y decolaje de aviones DC-3.

 

- Instalaciones en PUERTO CHIGUIRO, con talleres de zapatería, talabartería, sastrería, carpintería, consultorio odontológico, armería, 2 ranchos, alojamiento con capacidad para 80 hombres cada uno y un kiosko de conferencias para 150 hombres, fortificado en sus alrededores.

 

- Instalaciones en GUAYABO NEGRO con alojamiento para 20 hombres, cocina, trapiche, polígono, despensa.  El sitio está fortificado en sus alrededores.

 

- Instalaciones en la quebrada MOJA HUEVAS, con rancho, comedor, canchas deportivas, alojamiento para 100 hombres y fortificado en sus alrededores.

 

- Campamento frente a la llamada casa de SARA CRUZ, sobre el río GUAYABERO, con rancho, comedor, cocina, y alojamiento con capacidad para 60 hombres; fortificado en sus alrededores.

 

         2. ÉXODO DE CAMPESINOS

 

         Como consecuencia de la presencia de las tropas en el área en donde por un prolongado lapso no se conocía otra autoridad que la emanada de los sediciosos y contando con una población amedrentada por ellos y consecuentemente obediente, el llamado “Estado Mayor” de las autodenominadas “FARC” impartió la orden de evacuar el área con los siguientes propósitos:

 

         -            Generar un problema social en la ciudad de Neiva para presionar al Gobierno en sus demandas.

 

         -            Utilizar los colonos seleccionados para que, por medio de una bien dirigida propaganda a través de los medios de difusión nacionales, quedara en entredicho ante la opinión pública la acción de las tropas.

 

         -           Desplazar pequeños grupos de colonos hacia las principales ciudades en el aparente propósito de buscar solidaridad humana pero con el verdadero de que su presencia promueve desórdenes en los sectores estudiantil y obrero.

 

         3. ACCIÓN CÍVICA DE LAS FUERZAS MILITARES

 

         En el campo operacional las Fuerzas Militares adoptaron un dispositivo periférico en torno a la región del Pato y El Guayabero, orientado a impedir que los antisociales extendieran sus actividades delictivas fuera de la zona bajo control y también a apoyar las diferentes obras que mediante operaciones de cooperación civil y militar proyectó ejecutar el mando militar, con base en llamados planes de Rehabilitación.

 

         Estos planes, elaborados con posterioridad a 1966, directamente por el Comando del Ejército en coordinación con entidades gubernamentales, semioficiales y particulares, tuvieron el propósito de adelantar aquellas obras básicas de infraestructura requeridas para rehabilitar la región, reintegrarla a la economía nacional y eliminar las causas primarias de alteración del orden público, de tipo socio-económico, que además de haber sido originadas en un alto porcentaje por los grupos de las FARC, estaban siendo explotadas por ellos en sus actividades proselitistas.

 

         En una etapa inicial de ejecución de estos planes, mediante la decisiva participación de las Fuerzas Militares se lograron los siguientes hechos:

 

         1) El reintegro de los antiguos colonos que por la acción de los antisociales se habían visto desplazados de sus parcelas. En esta etapa reingresaron al Pato más de 300 familias.

 

         2) Se inició la realización de un programa crediticio por parte de la Caja Agraria para las familias que se reasentaron en el Alto Pato mediante el cual cada una de ellas obtuvo $74.000.oo de préstamo.

 

         3) Se construyeron 24 kilómetros de la carretera Platanillal – Balsillas.

 

         4) Se construyó el camino de herradura Yucales-Balsilla-San Jorge con una extensión de 40 kilómetros.

 

         5) Se construyeron 13 kilómetros del camino de herradura la Holanda – Pueblitos.

 

         6) Se promovió la organización de unas cooperativas de mercadeo con la intervención de la Superintendencia Nacional de Cooperativas y del IDEMA.

 

         7) Con la Federación Nacional de Cafeteros se logró la construcción de una escuela en el Alto Pato en 1975.  Posteriormente se construyó otra en Galicia (Medio Pato).

 

         8) En San Jorge (Alto Pato) se construyó un Puesto de Salud que atendía permanentemente con una enfermera del Servicio Nacional de Salud.

 

         En una etapa posterior (a partir de noviembre de 1976) se inició la construcción de la carretera Balsillas – San Vicente con un proyecto total de 111 kilómetros de los cuales ya están trazados 36 y construidos 25 con una inversión de $42'589.000.oo.

 

         Actualmente el costo promedio de esta obra es de $4'000.000.oo kilómetro.[3]

 

          4.          Con fecha 10 de octubre de 1980, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos publicó un boletín de prensa relativo a este caso.  

          Este documento expresa, entre otros aspectos, los siguientes:  

         No es la primera vez que el Ejército colombiano agrede la región de El Pato.  Durante la violencia desatada en 1.948 en todo el país ésta fue una de las zonas más afectadas.  Durante la segunda ola de violencia, en 1.955, las Fuerzas Militares bombardearon y ametrallaron sistemáticamente la región de Villarica y Galilea, convirtiendo sus campos en cementerios y obligando a los sobrevivientes a emigrar hacia El Pato y Guayabero.  En 1.965, con el mismo pretexto que se esgrime ahora: “suprimir las Repúblicas Independientes”, el Ejército colombiano, asesorado por una misión militar de Estados Unidos, cometió el más feroz genocidio de campesinos de la región; una vez más fue ametrallada y bombardeada, con pérdida de centenares de vidas, sementeras y otros bienes de los campesinos.  Cientos de colonos fueron detenidos y torturados; los demás emigraron masivamente a las ciudades.

 

         Luego, en 1.971, el gobierno garantizó el libre retorno de los campesinos a esta zona afectada por la violencia, comprometiéndose el Ejército a no intervenirla militarmente.  Igualmente se prometió a los campesinos el impulso de planes de desarrollo económico-social, la apertura de escuelas, centros de salud, préstamos, la construcción de carreteras, etc. Ninguno de estos planes se ha cumplido por parte de las autoridades.

 

         No obstante las promesas de no agredir militarmente la región, en el mes de Agosto de 1.980 tropas de la IX Brigada la invadieron, bombardearon y ametrallaron las zonas campesinas con el pretexto de repeler un ataque guerrillero, y argumentando que en Colombia no podían tolerarse “Repúblicas Independientes”.

 

         La militarización provocó otra vez el éxodo masivo de la población civil.  Dos mil personas, entre hombres, mujeres, ancianos y niños, marcharon cientos de kilómetros hacia Neiva y otras ciudades para proteger sus vidas.  El perjuicio económico es enorme, pues las cosechas y el ganado fueron abandonados.

 

         El Congreso de la República ha designado comisiones investigadoras, presionando por una solución al problema.  La mayoría de las Asambleas Departamentales y de los Concejos Municipales se han pronunciado pidiendo la desmilitarización de El Pato.

 

         Por su parte el Gobierno y los militares afirman que el Ejército permanecerá indefinidamente en la región y se niegan a ofrecer las garantías suficientes para que los campesinos puedan regresar a sus parcelas sin peligro para sus vidas.  Tampoco se ha ofrecido por parte de las autoridades la garantía de que no impondrán medidas que imperan en otras zonas militarizadas del país, entre ellas la vigencia del salvoconducto militar para poder transitar, las continuas presentaciones personales a los puestos de control, las restricciones al comercio de alimentos y drogas, las detenciones masivas, allanamientos y torturas en los campamentos militares.

 

         Así el problema sigue estancado sin solución a la vista, pues los campesinos se niegan a regresar hasta tanto no obtengan suficientes garantías y permanecen refugiados en el estadio de la ciudad de Neiva.  Allí cientos de familias padecen las inclemencias del tiempo y ya un menor murió a causa de gastroenteritis.

 

C.        Otras Operaciones Militares

          1.          En comunicación dirigida el 5 de febrero de 1981, la Comisión recibió información sobre nuevas operaciones militares en zonas rurales colombianas, incluyendo publicaciones de prensa sobre el tema.  Las partes pertinentes de esta información son las siguientes:  

         Asimismo les remitimos recortes de prensa en los cuales se informa a la opinión pública colombiana sobre el desarrollo de una nueva operación militar que cubre la totalidad del territorio de la Intendencia del Caquetá y afecta igualmente a los Departamentos del Meta, Huila, Tolima y Cauca.  Según lo reconocen los altos mandos militares se trata de la operación militar demás amplio espectro de las realizadas hasta hoy en el país.  Esta acción guerrera, como las anteriores, traerá consigo toda clase de abusos y arbitrariedades contra la población civil y particularmente contra el campesinado como ha venido sucediendo hasta ahora, siempre bajo el pretexto de que se trata de auxiliares de los grupos alzados en armas.

 

         Acabamos de informarnos que se está preparando otro operativo militar contra varios municipios y regiones del Departamento del Meta. Concretamente existe la amenaza de una ocupación militar en gran escala en la región de Medellín del Ariari y de los municipios de Lejanías y San Juan de Arama.  Cabe destacar que en estos lugares hay una numerosa población civil y que en ellos hace más de veinte (20) años que no se producen hechos de violencia y, por el contrario, la opinión pública colombiana sabe que sus habitantes son gentes muy laboriosas y pacíficas.  Resulta claro que esta inusitada actividad de las Fuerzas Armadas colombianas se halla íntimamente ligada con la discusión y posible aprobación por parte del Congreso Nacional del proyecto de origen oficial sobre una presunta amnistía para los alzados en armas.  La conducta de los altos mandos militares tiene la finalidad de aumentar las tensiones políticas y de hacer en la práctica imposible la aplicación del beneficio de la amnistía, por cierto condicionada y limitada.[4]

 

          2.          Asimismo, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos en Colombia, entregó a la Comisión una relación de las operaciones militares efectuadas en el transcurso de 1980.  Esa relación es la siguiente:  

         Febrero 10 de 1.980 – Puerto Boyacá: Cinco mil (5.000) soldados han sido destinados para reforzar la militarización en este municipio.  Las veredas Dos Quebradas, El Marfil, Pinzón y Guanegro soportan el rigor de medidas restrictivas.  Sus habitantes son obligados a un severo control para la adquisición de alimentos, medicinas y mercancías en general.  La tropa efectúa allanamientos en las residencias de los campesinos.  Algunos de ellos han sido detenidos y sometidos a tortura.  Entre los afectados figuran: Luis Enrique Henao y su hijo Luis Enrique y Luis Carlos Galindo.  Los familiares de éstos han denunciado la desaparición de los mismos.

 

         Febrero 17 de 1.980 – La Uribe (Meta): Numerosa y representativa comisión de habitantes de La Uribe en audiencia con el Ministro Germán Zea Hernández denunció el bombardeo de dicha población.  En la operación tomaron parte helicópteros y aviones militares que indiscriminadamente bombardearon las casas y calles del poblado en repetidas ocasiones.  Posteriormente tropas terrestres ocuparon la población e iniciaron el allanamiento de residencias, comercios y establecimientos de enseñanza. Entre las medidas represivas adoptadas por la tropa figuran la exigencia de salvoconductos, el control de provisiones, la presentación de ciudadanos ante los comandantes de la Base Militar y la detención masiva e indiscriminada de ciudadanos.  Según los comisionados en la última semana han sido detenidas más de cincuenta (50) personas: agricultores, comerciantes, maestros de escuela, el médico de la Secretaría de Salud y el Inspector de Policía.

 

         Abril de 1.980 – Arauca: Centenares de soldados pertenecientes a la VII Brigada fueron desplazados a la región de Fortul (Intendencia del Arauca) con el pretexto de perseguir a presuntos elementos pertenecientes a las FARC.  En esta operación militar participan tropas del batallón aerotransportado y del batallón Guías del Casanare.

 

         Agosto 24 de 1.980 – El Pato: Aviones y helicópteros militares bombardearon el sitio denominado “Las Perlas” en la región del bajo Pato situada entre el departamento del Huila y la intendencia del Caquetá.  El bombardeo hace parte de la operación “Pato” programada por la IX Brigada con sede en Neiva, capital del Huila.  Como consecuencia del bombardeo se produjo el éxodo de más de 1.500 familias de colonos.  Los campesinos aterrorizados abandonaron sus fincas, animales domésticos y cultivos y se dirigieron hacia las ciudades de Neiva y San Vicente del Caguán.  En Neiva las autoridades concentraron a los colonos y sus familias en un estadio deportivo. Las condiciones de insalubridad, la promiscuidad y hacinamiento determinaron el fallecimiento de tres (3) menores de edad.

 

         Septiembre 1 de 1.980 – Chocó_ Un operativo militar aprobado y coordinado por el Ministerio de Defensa y el Comando de Policía Nacional en Bogotá se desarrolla en el alto Andágueda, región ubicada en los límites de los departamentos de Antioquia y el Chocó.  En ese lugar selvático habita una tribu indígena “Embera-Catía” la cual ha sido hostilizada por espacio de varios años por autoridades militares y policivas que defienden los intereses de latifundistas antioqueños empeñados en despojar a los indígenas de una rica mina de oro ubicada dentro del territorio de su resguardo.

 

         En la acción represiva toman parte doscientos (200) agentes de policía provistos de fusiles y granadas.  La prensa informa que nuevos destacamentos de Policía Militar y agentes de la policía Nacional se desplazan para reforzar la fuerza pública que toma parte en este operativo.  Una comisión de indígenas arribó a Bogotá y denunció que durante la acción represiva fueron muertos Jairo Rivera, Roberto Murillo y el gobernador del resguardo Enrique Daza.  Igualmente la comisión denunció que durante la agresión policial contra los indígenas se desaparecieron cuatro (4) niños y hay ocho (8) indígenas detenidos, entre los cuales varios heridos.

 

         Septiembre 10 de 1.980 – Urabá (Antioquia): Las tropas del Comando Operativo Nº 11 con sede en la base de La Maporita de Dabeiba han recibido el refuerzo de unidades militares pertenecientes a los batallones Voltígeros, Junín y Bomboná, con lo cual completan un total de diez mil (10.000) hombres pertenecientes a la infantería, la marina, la aviación y los paracaidistas, iniciando así la denominada “operación tenaza”, con el pretexto de acabar con los alzados en armas.  Como consecuencia los campesinos de la región huyeron hacia la ciudad.

 

         Octubre 10 de 1.980 – Santander: Militarizan al sur del departamento de Santander y ocupan los municipios de La Paz, Santa Elena, Vélez y Florián motivados, según los altos mandos militares, por el asesinato de Nolasco Niño ejecutado por civiles que han sido frecuentemente vistos acompañando patrullas del Ejército y que abalearon en las piernas al maestro José Rodríguez.

 

         Octubre 16 de 1.980 – Urabá: Diversas unidades operativas dependientes de la guarnición militar de Caucheras iniciaron un operativo militar a gran escala en la región de Urabá.  El ejército y grupos de individuos vestidos de civil pertenecientes a la contraguerrilla ocuparon las veredas El Sungo, San Martín, La Pancha, San José, El Mariano, La Balsa, Los Mandarines, El Gas, El Salto, Arenas, Oviedo, Caravallo, Caravallito, Pueblo Galleta, pertenecientes a los municipios de Apartadó y Turbo y, por otro lado, tomaron las veredas Leoncito y la Curva del municipio de Mutatá donde apresaron y torturaron a siete (7) ciudadanos entre quienes figuran Alfredo Pérez, Conrado Pérez y Tocayo Durán.

 

         Una delegación de concejales de la región ha solicitado audiencia con el Ministro de Gobierno y los parlamentarios antioqueños con el fin de pedirles garantías y el retiro del Ejército, para no verse obligados a emigrar hacia las ciudades.  Los comisionados aseguran que la operación venía siendo preparada desde principios del año cuando fue instalada la guarnición militar de Caucheras.[5]

 

          3.          En enero de 1981, autoridades militares informaron a la Comisión de algunos aspectos de las acciones militares en zonas rurales y de los frentes operativos de las FARC en tales zonas.  En la conversación sostenida al respecto, se precisaron los siguientes aspectos:  

          a) Las operaciones militares se han llevado a cabo en áreas geográficas afectadas por acciones subversivas, y en las cuales han venido accionando desde hace largo tiempo las FARC;  

          b) El esquema rural de la acción de las FARC comprende el establecimiento de frentes guerrilleros en los siguientes lugares:  

          i) región de El Pato en el departamento de Huila y en Caquetá;

          ii) departamento de Huila;

          iii) departamento de Caquetá;

          iv) región del Magdalena medio incluyendo el sector de Cimitarra;

          v) región de Urabá;

          vi) regiones del Calle del Cauca;

          vii) departamento del Meta, concretamente en la región del Guayabero;

          viii) desmembración del Cuarto Frente que opera al norte de Cimitarra;

          ix) departamento de Caldas;

          x) región de Arauca;

          xi) sector limítrofe del departamento de Boyacá y Cundinamarca.  

          c) Se explicó además que en 1979 existían ocho frentes y que a comienzos de 1981 existían once frentes.[6]  

          4.          La Comisión tuvo conocimiento y recibió informaciones sobre operaciones militares llevadas a cabo en distintas áreas del país, en los meses de marzo y abril de 1981, con un saldo de varios muertos y heridos y con la captura de importantes dirigentes del M-19.  Algunos de los detenidos fueron trasladados para su juzgamiento, como ya se expresó, al Consejo de Guerra Verbal que se celebra en “La Picota” en Bogotá por corresponder sus causas a dicha jurisdicción, y otros fueron objeto del Consejo Militar que se celebró en Ipiales, como se consigna en el Capítulo V del presente Informe.  

          La Comisión solicitó información del Gobierno sobre estos hechos, el que le entregó un documento referente a las operaciones militares aludidas, en el cual se remite a determinados antecedentes y llega a sus propias conclusiones.  Este documento comprende operaciones militares efectuadas en el sur y el occidente del país entre el 6 de marzo y el 24 de abril de 1981, y su texto es el siguiente:  

          I.          ANTECEDENTES  

         Como consecuencia de las operaciones de que fue objeto el M-19, por parte de la Fuerza Pública, después del robo de numerosas armas efectuado en los depósitos del Comando General a finales de 1979, operaciones que no solamente permitieron recuperar aproximadamente el 80% del armamento sino la captura de varios de los responsables y de múltiples militantes, obligando a esta organización a pasar a la defensiva, sus directivos acordaron reducir las actividades en las áreas urbanas e intensificarlas en el campo. Para alcanzar dicho objetivo fueron destinadas la mayor parte de los recursos obtenidos como consecuencia de la toma de la Embajada de la República Dominicana el 27-II-80 y a la vez decidieron utilizar los servicios de Cuba para instruir militantes en las técnicas del combate de guerra de guerrillas.

 

         En desarrollo de lo acordado, la llamada Dirección Nacional del M-19, desde mediados de 1980, dispuso la selección a nivel nacional de personal que reuniera las condiciones requeridas para recibir dicha instrucción y completarle el respectivo adoctrinamiento.  Dicha tarea se cumplió especialmente en las regionales correspondientes a Bogotá, Valle del Cauca, Tolima, viejo Caldas, Antioquia, Santander e integrantes del grupo armado denominado Móvil Huila-Caquetá.  Cabe destacar que también se hizo la selección a nivel internacional (México, Costa Rica, Panamá y Nicaragua) y que la mayor parte de los reclutados en el país hasta última hora desconocieron el sitio en donde irían a recibir el entrenamiento los detalles del mismo y los planes subsiguientes.

 

         Entre los meses de septiembre y octubre se llevó a cabo la concentración del personal seleccionado en la ciudad de Panamá (Panamá) a donde llegaron por diferentes medios y utilizando similares rutas, siendo recibidos por colombianos, panameños y cubanos quienes les tenían preparado todo lo referente a estadía y posterior desplazamiento a Cuba por vía aérea.  En dicho país adelantaron el curso de guerrilla por un lapso de aproximadamente tres meses; los instructores fueron en su mayoría oficiales del Ejército cubano y el personal (aproximadamente 120) fue concentrado en la escuela o campamento Ché Guevara. Paralelamente integrantes del “Comando Jorge Zambrano” quienes se habían tomado la Embajada Dominicana adelantaron otro curso en la denominada Escuela Contrapunto la cual funciona en el mismo campamento Ché Guevara.

 

         Terminados los cursos decidieron regresar al país, también vía Panamá, organizados en dos grupos y en fechas y por sitios diferentes.  El primero al mando de JOSÉ HELMER MARÍN MARÍN se desplazó de Cuba a Panamá a la población de Jaqué en aviones de la empresa Las Perlas para seguir en embarcaciones pequeñas hasta las costas del Chocó en donde desembarcó en la primera semana de febrero el grupo integrado por 41 sujetos los cuales tenían previsto cruzar el Chocó y organizar una área de operaciones en el antiguo Caldas, Norte del Valle y parte de Antioquia.

 

         El segundo grupo al mando de CARLOS TOLEDO PLATA viajó de Cuba a Panamá en la empresa Cubana de Aviación y de este país a las costas colombianas del departamento de Nariño en el buque pesquero Fredy habiendo desembarcado en la primera semana de marzo cerca a Tumaco 85 sujetos con gran cantidad de material de guerra, de intendencia y equipo de comunicaciones; en este grupo venían elementos que antes habían formado parte de los grupos armados rurales de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias Comunistas).

 

         2. OPERACIONES

 

         El 06-III-81 en un retén de la aduana, fueron capturados cuatro sujetos quienes en un camión conducían una importante cantidad de material de guerra consistente en fusiles G-3, carabinas, granadas de mano, granadas para mortero de 60mm, granadas para cañón de 40mm, dinamita, munición y medios de comunicaciones.  Como consecuencia de lo anterior, y con base en informaciones subsiguientes, el mismo día el Ejército inició operaciones aniquilando el grupo invasor y causándole significativas bajas y capturas. Aproximadamente el 50% de sus integrantes viajó hacia el Ecuador habiendo sido detenido por autoridades de dicho país y luego entregado al Ejército colombiano.

 

         El 20-V-81, en la ciudad de Ipiales (Nariño) fueron condenados en Consejo de Guerra 66 de los integrantes de dicho grupo invasor; otros, por requerimiento de autoridad competente, fueron traídos a Bogotá para ser sometidos a juicio.

 

         El grupo que desembarcó en el Chocó permaneció en el área aproximadamente un mes sin ser detectado por la Fuerza Pública; cuando ello ocurrió también fue objeto de exitosas operaciones las cuales originaron en un principio su división en grupos menores, luego importantes bajas y capturas, y finalmente su dispersión para terminar siendo destruído casi en su totalidad.  Se destaca el hecho de que oportunamente antes del desembarco integrantes de los grupos urbanos del M-19 habían cumplido tareas administrativas y de adoctrinamiento en el área lo que hizo que desde el principio se contara con el apoyo de la población de color.  Está próxima la convocación del consejo de guerra que habrá de juzgar a los detenidos.

 

         3. RESULTADOS

 

         Los siguientes fueron los resultados globales de las operaciones efectuadas contra el M-19 en el presente año, hasta el 24-V-81:

 

         a. Antisociales

 

                  Muertos............................................................  67 
                 
Capturados........................................................151 
                 
En estos últimos se incluyen integrantes de los llamados comandos bases.

 

         b.         Fuerza Pública  

                  Muertos................................................................8 
                 
Heridos................................................................13

 

         c.         Material decomisado  

                  Fusiles G-3....................................................................140 
                 
Subametralladoras P-48.....................................................26 
                 
Carabinas M-1.................................................................11 
                 
Lanzacohetes...................................................................9 
                 
Pistolas y revólveres........................................................20 
                 
Granadas para mortero de 60mm........................................29 
                 
Granadas de 40mm..........................................................22 
                 
Granadas para lanzacohetes............................................121 
                 
Granadas de bengala.......................................................42 
                 
Granadas de mano.........................................................298 
                 
Minas antipersonales........................................................36 
                 
Tacos de dinamita..........................................................355 
                 
Munición diferentes calibres..........................................29.619

           Equipo de comunicaciones, uniformes, botas y gran cantidad de material de intendencia.

 

         4. CONCLUSIONES

 

a.       Quedó comprobada la participación de Cuba en la instrucción y en el entrenamiento del personal integrante de los dos grupos subversivos del M-19 que desembarcaron en las costas del Pacífico.

 

b.       La intervención internacional quedó demostrada con lo expuesto en el literal anterior, con la ayuda que por parte de panameños y de cubanos recibieron en la República de Panamá y con la captura de cinco panameños, de un costarricense y de un uruguayo.

 

c.       En desarrollo de directrices cubanas, el M-19 viene intentando la unificación de los grupos armados existentes en el país, sin conseguirlo.  Se considera más difícil lograrlo completamente ahora como consecuencia de sus fracasos en el área rural.

 

d.       Teniendo en cuenta el número de militantes y simpatizantes, los recursos económicos de que dispone, la ayuda exterior que recibe y las características de sus dirigentes, esta organización subversiva sigue constituyendo una amenaza para la paz pública.

 

e.       No obstante los golpes recibidos el M-19 continúa con la capacidad de actuar, especialmente en las áreas urbanas, y de reorganizarse para intentar tomar la iniciativa, resarcirse de los golpes recibidos y demostrar su fuerza.  Para neutralizar lo anterior se considera que el régimen de excepción vigente en la actualidad continúa siendo factor decisivo.[7].

 

D.            Los sectores campesinos y las comunidades indígenas  

1.          En los documentos e informaciones relativos a operaciones militares, que se citan en el presente Capítulo, se hace referencia a que tales acciones inciden en los sectores campesinos y comunidades indígenas, al afectar determinadas zonas rurales del país, produciéndose éxodos y capturas de ciudadanos que forman parte de estos sectores de la población colombiana.  

          2.          En el Segundo Foro Nacional por los Derechos Humanos, celebrado en Bogotá del 15 al 17 de agosto de 1980, las entidades Acción Campesina Colombiana (ACC), Federación Nacional Sindical Agropecuaria (FENSA), y el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), presentaron una ponencia sobre “La Situación Campesina e Indígena en el País”, cuyas conclusiones son las siguientes:  

         Frente a las anteriores situaciones, las organizaciones campesinas e indígenas firmantes de la presente ponencia proponen al Segundo Foro por los Derechos Humanos y la Amnistía General respaldar las acciones que necesitamos promover y realizar en torno a las siguientes reivindicaciones básicas:

 

         a)       Garantías plenas para el real ejercicio del derecho de organización y contratación colectiva en el campo.

 

         b)       Desmilitarización de las zonas rurales y diálogo a través de las organizaciones representativas del campesinado y de las comunidades indígenas para la búsqueda de soluciones a los problemas de orden público en las zonas rurales.

 

         c)       Indemnización a las viudas de los campesinos e indígenas asesinados y por la destrucción de las sementeras, casas de habitación, etc.

 

         d)       Levantamiento del Estado de Sitio y derogatoria del Estatuto de Seguridad.

 

         e)       Real y efectiva participación de las organizaciones campesinas en los diversos organismos donde se estudian, planifican y definen las políticas nacionales en el sector agropecuario.

 

         f)       Entrega rápida a los campesinos de la tierra actualmente afectada en virtud de la Ley de Reforma Agraria.  Agilización de estos procesos y revisión de los que culminaron con la desafectación de los predios en los últimos dos años, mediante una comisión con la participación decisoria del movimiento campesino.

 

         g)       Establecimiento de un seguro de cosecha para medianos y pequeños agropecuarios, conforme a proyecto estudiado con las propias organizaciones campesinas e indígenas.

 

         h)       Extensión al sector agropecuario de la jornada laboral y salario mínimo que rige para el sector urbano.

 

         i)       Creación de mecanismos gubernamentales o ampliación y fortalecimiento de los existentes, que garanticen el pleno cumplimiento de las disposiciones laborales en favor de los trabajadores agropecuarios, y pleno reconocimiento de las organizaciones de éstos para representarlos en sus reclamaciones.

 

         j)       Respeto a los resguardos indígenas, a sus costumbres y tradiciones culturales, devolución de las tierras usurpadas a las parcialidades indígenas.  

          3.          En el mes de septiembre de 1979 se celebró en Bogotá un Seminario sobre Derechos Humanos en las Zonas Rurales de la Región Andina, organizado por la Comisión Internacional de Juristas con el copatrocinio del Consejo Latinoamericano de Derecho y Desarrollo.  En este evento se presentaron y discutieron ponencias sobre diversos temas, entre ellos el relativo a Legislación Laboral y Derechos Sindicales y el relativo a Derechos de la Población Indígena.  

          En lo que respecta al primer tema, en la parte correspondiente a Colombia, en el resumen de las discusiones, se expresó lo siguiente:  

         En Colombia, desde un principio, las normas del código del trabajo han regido para los trabajadores agrícolas y urbanos, sin distinción.  La ley permite el sindicato de base y el de industria, aunque estos últimos son débiles y los patronos se oponen a ellos.  En el departamento del Valle del Cauca, el crecimiento de la agro-industria (especialmente haciendas e ingenios azucareros) y, por ende, el aumento del número de trabajadores asalariados, ha permitido que en esta región los trabajadores alcancen un significativo grado de organización.  La ley contempla contratos individuales y colectivos para los trabajadores agrícolas, pero en la práctica han tenido vigencia únicamente donde existen organizaciones rurales fuertes.

 

          En lo que respecta al segundo tema, Derechos Humanos de la Población Indígena, en el resumen de las discusiones, en lo que corresponde a Colombia, se expresó lo siguiente:  

         ... en Colombia los indígenas constituyen una minoría.  En la zona andina colombiana los indígenas conservan tradiciones históricas; la tenencia de la tierra se caracteriza por los resguardos.  En las zonas de selva la situación de los indígenas es diferente, pues allí se ven afectados por la colonización.  La política estatal se guía por el objetivo de integración forzosa de las poblaciones indígenas a la llamada “civilización occidental”.

 

         No se les reconoce como poblaciones indígenas con derechos.  Se expuso que además de la penetración del colono, los indígenas padecen las actividades de las misiones católicas y de otras sectas e iglesias de reciente proliferación.  El control de la natalidad y la destrucción de su medio son también políticas destinadas a la liquidación de las comunidades indígenas. Todo ello, se dijo, en un marco global de opresión y de persecución, dentro de la campaña de militarización de las zonas rurales colombianas.[8]

 

          4.          Algunos documentos que han sido examinados por la Comisión, señalan determinadas acciones de hostigamiento de la fuerza pública contra dirigentes de organizaciones campesinas e indígenas, especialmente en la región del Cauca.  Tal es el caso de las declaraciones de los señores Marco Aníbal y Edgar Alirio Avirama Avirama, que se encuentran detenidos, sindicados de pertenecer al movimiento M-19, como se consigna en el numeral 2, literal E. del Capítulo III del presente Informe.[9]  

          5.          En el mes de enero de 1981, el Director de la División de Asuntos Indígenas, dependiente del Ministerio de Gobierno, doctor Julián Narvaez, ofreció a la Comisión informaciones relativas a las comunidades indígenas en Colombia.  Estas informaciones hacen referencia a los siguientes aspectos:  

          a)       En la actualidad existen en el país 77 grupos indígenas con una población aproximadamente de 450.000 personas.  Un 27% de esta población se encuentra en la selva, y el resto en regiones de los Andes, tales como los departamentos del Cauca, Nariño, La Guajira, Caldas, Tunja en el departamento de Boyacá y en la Intendencia de Putumayo.  En estos lugares vive la mayoría de las comunidades indígenas;[10]  

          b)       Existen zonas indígenas que no tienen contacto con la civilización, para el caso los “Caraballos” en las Amazonas.  Se han hecho intentos gubernamentales de integrarlos, pero los miembros de esta comunidad se han resistido a ello.  Algunas fundaciones y asociaciones colombianas han llegado a estas zonas pero básicamente con fines de evangelización;  

          c)       El problema principal que afrontan las comunidades indígenas radica en la tenencia de la tierra, siendo este problema más ostensible en el departamento del Cauca.  Desde la época de la Colonia se establecieron los resguardos indígenas que aún subsisten en varios lugares del país.  Se trata de porciones de tierra que los españoles les dieron a los indígenas en propiedad comunal, siendo inalienables, no se pueden vender y están libres de todo impuesto.  Estos resguardos los ampara la Ley 89 que data de 1890. Otro problema grave lo constituye aquellas comunidades que no se encuentran dentro del resguardo y que no los ampara ninguna ley, porque no existe.  Se han presentado varios proyectos de leyes para estos casos, pero los mismos no han prosperado por problemas originados en intereses económicos, políticos, investigativos, religiosos;  

          d)       En la legislatura extraordinaria del Congreso colombiano convocada a partir del mes de enero de 1981, se presentará un proyecto de ley muy completo, de carácter avanzado, y que constituye un ordenamiento jurídico integrado que contempla, entre otros aspectos, los de carácter civil, penal, laboral, fiscal, religioso, económico y social.  Existen alrededor de 400 leyes que tienen que ver con distintos aspectos referentes a los indígenas, pero estas leyes son anacrónicas;  

          e)       Otro problema que afrontan los indígenas se refiere a que cuando los colonos entran a determinadas comunidades despojan a los indígenas de su tierra, en grandes cantidades de hectáreas.  En relación a este problema, desde 1968 el Gobierno viene creando las llamadas reservas indígenas.  Se trata de porciones de tierra baldía que se otorgan a las comunidades indígenas en usufructo, para evitar las intromisiones y abusos.  En la actualidad hay 42 reservas indígenas, creadas en territorios nacionales constituidos por las Intendencias y las Comisarías; y 30 reservas indígenas en los departamentos. Además falta crear 46 reservas indígenas para cubrir toda la población de esta naturaleza del país.  Las 72 reservas creadas cubren un total de casi cuatro millones de hectáreas; y se estima que en tres años podrían crearse las 46 restantes, cuyos trámites se encuentran en proceso con fundamento en estudios socio-económicos;  

          f)       En la canalización de las medidas concernientes al problema indígena, el Gobierno central actúa a través del Ministerio de Gobierno y del Instituto Colombiano de Reforma Agraria (INCORA);  

          g)       Algunas veces los indígenas son objeto de arbitrariedades por parte de los colonos y de autoridades subalternas.  Se dá el caso de Inspectores de Policía que son colonos.  El responsable de tales arbitrariedades, cuando se comprueban los hechos, es sancionado mediante destitución administrativa como consecuencia de la investigación realizada, y además el caso se traslada al Procurador General de la Nación a efecto de que se deduzcan, cuando hay lugar a ello, las correspondientes responsabilidades penales.  La mayoría de este tipo de arbitrariedades se producen en territorios nacionales ubicados en la Amazonía y la Orinoquía.  En 1980 se procedió en cinco casos haciéndose las investigaciones y dictándose sanciones.  También se han producido esta clase de problemas en los departamentos, en especial en el Cauca, donde en 1980 se tomaron tres acciones;  

          h)       En el departamento del Cauca se han presentado problemas creados por la acción subversiva con participación de algunos indígenas vinculados al M-19. Algunos están detenidos y están siendo juzgados por el Consejo de Guerra Verbal del M-19.  Algunos campesinos se encuentran vinculados a las FARC, especialmente en el departamento del Cauca, y algunos de ellos están detenidos y siendo juzgados en el Consejo de Guerra Verbal relativo a las FARC;  

          j)       Algunos dirigentes del M-19 y de las FARC realizan actividades políticas en las comunidades indígenas y en los sectores campesinos, sobre la base de lo que denominan reivindicación de las tierras.  En los resguardos indígenas sus autoridades tradicionales son electas, y en algunos casos existe participación política de movimientos armados contrarios al Gobierno.  En la región de El Pato en el departamento del Huila, colindante con el departamento del Cauca y la Intendencia del Caquetá, se han producido problemas tales como el éxodo de campesinos.

 

E.            Acciones del Gobierno en relación con el problema indígena  

          1.          Durante la observación in loco la Comisión se entrevistó con el Ministro de Gobierno, doctor Germán Zea Hernández, con quien analizó diferentes aspectos vinculados con el problema indígena en Colombia.  Este alto funcionario explicó a la Comisión las acciones y medidas adoptadas por el Gobierno, tendientes a resolver el complejo problema mencionado.  

          2.          Entre las acciones tomadas por el Gobierno en el sentido indicado, figura el Proyecto de Ley que ha sido presentado al estudio y aprobación del Congreso de la República.[11]  Por medio de dicho Proyecto de Ley “se determinan las políticas para la atención de las comunidades indígenas, se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República, se crea el Fondo de Desarrollo Indígena y se dictan otras disposiciones”. A tenor del artículo Primero de este proyecto, la ley presentada al Congreso de la República “tiene como objetivo fundamental determinar la política del Estado Colombiano que garantice a su población indígena condiciones de vida y desarrollo compatible con la dignidad de la persona humana”.  De acuerdo con el Artículo Segundo, dicha política se regirá dentro de las normas señaladas por la Constitución Nacional, por los siguientes principios:  

                    El Estado Colombiano reconoce a su población indígena:  

         a)                 El derecho a autodeterminar su desarrollo cultural, político, social y económico y a que se propicie, se respete y se haga respetar dicho desarrollo.

 

         b)                La legitimidad para todos los efectos jurídicos, de las autoridades tradicionales y de sus formas de organización política y social.

 

         c)                El derecho de propiedad sobre los territorios tradicionalmente ocupados conforme a sus normas, usos y costumbres, así como sobre los recursos naturales de dichos territorios, sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por terceros sobre aquellos y éstos.

 

         d)                La validez de las normas que tradicionalmente regulan la vida de la comunidad y de los órganos encargados de su aplicación, de conformidad con la competencia que determine la ley.

 

         e)                El derecho a conservar, defender, incrementar y difundir su patrimonio cultural y artístico, así como a preservar su acervo arqueológico.

 

         f)                El derecho de sus miembros a aceptar o nó, en tiempo de paz, el servicio militar.

 

         El Estado Colombiano se obliga para con su población indígena:

 

         a)                A que la capacitación que se imparta, en cualquiera de sus formas debe obtener su previa aquiescencia y basarse en las características y comportamientos culturales de cada grupo étnico y en lo posible dentro de su habitat.

 

         b)                A realizar un programa tendiente a satisfacer las actuales necesidades de tierras suficientes y adecuadas.

 

         c)                A proporcionarle educación y medios que le permitan mantener y desarrollar su patrimonio cultural y al mismo tiempo adquirir y aplicar aquellas ciencias y técnicas que les sean útiles para su desarrollo.

 

         d)                A elaborar y desarrollar programas de capacitación y atención médica preventiva y curativa que se armonicen con los conocimientos de la medicina indígena tradicional y sin que les impida recurrir a sus prácticas curativas propias.

 

         e)                A garantizarle el ejercicio de la libertad de conciencia y la práctica de sus cultos tradicionales u otros que libremente escojan, según el precepto constitucional de que nadie será molestado por razón de sus opiniones religiosas ni compelido a profesar creencias, ni a observar prácticas contrarias a su conciencia.[12]

 

          La Exposición de Motivos con la que el Ministro de Gobierno presentó a la consideración del Congreso el Proyecto de Ley referido, expresa, entre otros conceptos, los siguientes:

 

         Tiene el Proyecto como objetivo fundamental determinar una política que en forma definitiva y coherente fije las bases sobre las cuales pueda la población indígena del país realizar su propio desarrollo cultural, político, social y económico en razón de reconocérsele por parte del Estado determinados derechos, asumir por el mismo las correlativas obligaciones, y establecer el marco legal dentro del cual deben desarrollarse las relaciones entre el Estado y la llamada Sociedad mayor con dicha población.

 

         Para lograr y realizar tal política se reconoce a las comunidades indígenas:  El derecho a autodeterminarse; la legitimidad, para todos los efectos jurídicos, de sus autoridades tradicionales y de sus formas de organización política y social; el derecho de propiedad sobre los territorios tradicionalmente ocupados conforme a sus normas, usos y costumbres, así como sobre los recursos naturales, con la limitación impuesta por los derechos legítimamente adquiridos por terceros; la validez de las normas consuetudinarias que las han regido y de los órganos que las aplican, dentro de la órbita de competencia que se determine por ley; el derecho a incrementar, conservar, difundir y defender su patrimonio cultural y artístico, así como el de preservar su acervo arqueológico, y el derecho de sus miembros mientras se hallen incorporados a su comunidad de aceptar o no, en tiempo de paz el servicio militar.

 

         Asimismo se establecen obligaciones por parte del Estado y las pautas para cumplirlas, en relación con las comunidades indígenas, como: Que la capacitación que se imparta en cualquiera de sus formas, debe obtener la previa aquiescencia y basarse en las características y comportamientos culturales de cada grupo étnico; dotarlas de tierras suficientes y adecuadas; a proporcionarles educación y medios que les permitan mantener y desarrollar su patrimonio cultural, así como adquirir y aplicar aquellas ciencias y técnicas que les sean útiles para su desarrollo; a elaborar y desarrollar programas de capacitación y atención médica que se armonicen con los conocimientos de la medicina indígena, y a garantizarles el ejercicio del derecho Constitucional de la libertad de conciencia y la práctica de los cultos tradicionales.

 

          3.          El Gobierno ha hecho entrega a la Comisión del Plan de Desarrollo Indígena preparado en noviembre de 1980 por el Departamento Nacional de Planeación, y a cuyo Anexo se ha hecho referencia ene l literal que antecede.  El Plan de Desarrollo Indígena se encuentra aprobado y en proceso de ejecución, para lo cual comprende la cantidad de mil cuatro millones de pesos colombianos, además de las partidas contempladas en el presupuesto ordinario.  Hasta 1980 el presupuesto destinado a atender problemas indígenas no sobrepasaba los veinte millones de pesos colombianos.  

          Con la puesta en práctica del Plan de Desarrollo Indígena, a realizarse en tres años, de 1981 a 1983, se pretenden solucionar, entre otros problemas, los relativos a tierras, salud, educación, e infra-estructura.  En el texto de este documento se define que “el objetivo general del Programa es el de solucionar los problemas más urgentes de la población indígena y disminuir la brecha existente entre el desarrollo del país y el de este sector de la población colombiana, dentro del respeto a su cultura y territorios tradicionales”.  Como objetivos específicos se enumeran los siguientes:  

                 En materia de tierras, restituir los territorios de los que han sido desposeídas las comunidades indígenas y sanear las reservas constituidas comprando las mejoras a colonos.

 

         2º       En materia legal, contar con un régimen jurídico que se ajuste a las condiciones actuales y a las necesidades de las comunidades indígenas, en aspectos fiscales, civiles, penales y laborales.

 

         3º       En materia de salud, disminuir la morbi-mortalidad aumentando la cobertura de atención a través de la estrategia de Atención Primaria en Salud, utilizando personal paramédico elegido entre las comunidades y evitando al máximo enfrentar el concepto de éstas sobre salud, enfermedad y medicina.

 

         4º       En materia de saneamiento, mejorar las condiciones sanitarias de las comunidades indígenas y así disminuir las fuentes de contagio.

 

         5º       En materia de educación, diseñar y utilizar currículos que se adapten a la lengua y a las condiciones ecológicas del medio en el que viven de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 1142 de 1.978; capacitar personal idóneo indígena con el objeto de impulsar la alfabetización de la población indígena adulta y aumentar la participación de los niños indígenas en la educación formal, evitando al máximo sustraerlos de su medio.

 

         6º       En materia de investigación, lograr que las entidades nacionales de investigación antropológica asuman gradualmente la labor lingüística y la producción de materiales científicos y didácticos de las lenguas colombianas.  Igualmente, lograr que la investigación antropológica sobre indígenas se dirija a los requerimientos de la intervención estatal, es decir, a su aplicación.[13]

 

          4.          Con fundamento en lo expresado en el presente Capítulo, la Comisión es del criterio de que las operaciones militares en las áreas rurales se traducen en excesos en detrimento de los sectores campesinos y que en algunos casos esos excesos lesionan intereses de personas ajenas a los hechos que provocan dichas operaciones, y que en otros casos los reclamos de las personas perjudicadas, que viven en sectores aislados, no son debidamente atendidos.  

          Por otra parte, la Comisión se ha enterado de los propósitos del Gobierno de ejecutar un plan de desarrollo indígena, el cual debe ser complementado con la adopción de iniciativas legislativas que mejoren el sistema de vida y promuevan el desarrollo de las comunidades indígenas.


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[1]   Esta denuncia fue transmitida por la Comisión al Gobierno colombiano en comunicación de 12 de septiembre de 1980, solicitando información al respecto y procedió a abrir el caso bajo el Nº 7561.

[2]   Las partes pertinentes de la contestación del Gobierno fueron transmitidas al reclamante siguiendo el trámite reglamentario correspondiente.

[3]   Asimismo, el Gobierno colombiano entregó a la Comisión una relación de muertes ocasionadas por grupos subversivos en el Huila y Caquetá imputadas a las FARC que incluye 75 personas; otra relación de muertes imputadas al Ejército Popular de Liberación, que incluye 16 personas; y otra relación de muertes imputadas al M-19 que incluye 15 personas.  Asimismo, se hizo entrega a la Comisión de los boletines de prensa emitidos por el Ministerio de Defensa Nacional en relación con las operaciones militares en las áreas del Guayabero y El Pato.  El Boletín de Prensa Nº041 de 25 de agosto de 1980, expresa lo siguiente: “En relación con las operaciones militares que desde el pasado 18 de Agosto cumplen las tropas del Ejército, con apoyo de la Fuerza Aérea, en jurisdicción de la Séptima y Novena Brigadas, el Ministerio de Defensa Nacional informa:  1. Luego de acciones sucesivas cumplidas en el sur del Departamento del Meta, la Séptima Brigada ocupó y desmanteló el puesto de comando de las FARC, y sus áreas de entrenamiento y abastecimiento localizadas al oriente del sitio conocido como Puerto Crevaux.  Durante estas operaciones las tropas del Ejército se apoderaron de un aeropuerto clandestino localizado en la confluencia de los ríos Leiva y Guayabero, capturaron variado material de guerra, uniformes, herramientas para mantenimiento de la pista, drogas en apreciable cantidad, implementos para confeccionar uniformes, víveres y abundante propaganda proselitista del Partido Comunista.  La pista de aterrizaje tiene una extensión de 800 metros de largo por 40 metros de ancho y las cabeceras se encontraban protegidas por trincheras.  3. En tanto que la Séptima Brigada ha ocupado una extensa zona en el Departamento del Meta en la que durante largo tiempo las FARC habían mantenido su puesto de comando, sus áreas de entrenamiento y abastecimientos, la Novena Brigada procedió a ocupar en el día de ayer el área general de “Las Perlas” en los límites del Departamento del Meta con la Intendencia del Caquetá.  4. Durante su retirada las FARC han quemado campamentos e instalaciones, y abandonado equipos, armamento, herramientas, semovientes y cultivos perdiendo así el apoyo administrativo que habían organizado a lo largo de varios años.  Existen indicios que permiten asegurar que las FARC, en su huída, han llevado consigo las bajas que les han producido las tropas.  5. En el desarrollo de estas acciones perdió la vida en el cumplimiento de su deber el Cabo Primero CARLOS AGUDELO MADRID y resultaron heridos el Cabo Primero FRANCISCO MONTOYA y los Soldados ORLANDO HERNÁNDEZ HENAO, HENRY VARGAS MUÑOZ y JORGE YANTEN. Se hace saber a la ciudadanía que las FARC tomaron prisionero al Cabo Primero CARLOS AGUDELO MADRID y procedieron a darle muerte tras haberlo sometido a toda clase de atropellos, incluyendo bajas formas de humillación y tortura.  6. El mando se había abstenido de realizar operaciones militares en esta área del país, en consideración a la situación que viven nuestros campesinos amenazados constantemente por las FARC, aspecto aprovechado por la subversión para desarrollar sus propósitos criminales.  El Ejército Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana continuarán sin desmayo las operaciones que están adelantando al sur del Departamento del Meta hasta lograr reducir a la impotencia los elementos de las FARC que actúan en esa zona”.

[4]   Las partes pertinentes de esta información del reclamante fueron transmitidas al Gobierno colombiano en comunicación de 10 de febrero de 1981, siempre dentro del caso Nº 7561.  Las informaciones de prensa publicadas en periódicos de Bogotá se refieren a las acciones del Gobierno contra las FARC y el M-19 en Caquetá. Dichas publicaciones incluyen el mensaje que con motivo del inicio de la ofensiva militar contra la acción subversiva, dirigió a los militares participantes, el Comandante del Ejército Colombiano, General Fernando Landazábal Reyes, en los siguientes términos:  “Para conformar esta unidad operativa, se ha designado para los cargos de comando y estado mayor a un grupo de los más selectos oficiales y suboficiales del Ejército, quienes bajo el mando del señor Coronel Luis Eduardo Barragán Gutiérrez, poseedor de una larga experiencia en actividades de contraguerrilla y quien ha obtenido todas las especialidades de combate que posee el Ejército, realizarán todos los deberes que imponga la situación, para llevar su unidad al cabal cumplimiento de la misión encomendada.  Bajo el mando operacional del comando operativo número doce, quedan tropas seleccionadas de la séptima, novena y décima Brigadas, pertenecientes al Batallón de Infantería “Varas”, Batallón Aerotransportado “Serviez”, Batallón de Artillería “Tenerife”, Batallón de Infantería “Magdalena”, Batallón de Infantería “Cazadores”, Batallón de Infantería “Juanambú” y Batallón Aerotransportado “Colombia”.  Debo resaltar el patriotismo y la dedicación que en todo momento han exhibido las unidades tácticas que conformarán el comando operativo número doce y de manera especial quiero relievar la excelente labor que han cumplido a lo largo de su trayectoria en las diferentes jurisdicciones, en donde han puesto voluntad, entusiasmo y mística, para garantizar la tranquilidad, vida, honra y bienes de todos los compatriotas.  La creación del comando operativo número doce obedece a la necesidad de estructurar una organización, debidamente comandada y dotada, para que bajo los auspicios de la cohesión y la disciplina institucional y el convencimiento de la justa causa de nuestro sistema democrático, realice todos los esfuerzos, todos los sacrificios que requiere la hora, para devolver la paz a estas tierras y la tranquilidad y confianza a sus gentes.  Aprovecho la oportunidad para demandar de la ciudadanía el apoyo, la colaboración para con las tropas; teniendo en cuenta que estando a su lado están con la libertad, con el gobierno legítimo, con la democracia, con el progreso, con la paz; quiero manifestarles que si por el contrario, permanecen indiferentes o adversos a nuestra causa, que es la causa de la patria, deben tener la certeza que están participando inevitablemente en la activación del caos y la disolución de la república:  América y el mundo ofrecen ejemplos que yo pido tener en consideración.  Quiero decirles a todas estas gentes, a todos los hombres, mujeres del Caquetá, del Putumayo, de El Pato, de Coreguaje, de El Guayabero, de La Macarena, del Yari y regiones circunvecinas que la bandera que portan los soldados es la bandera de sus tradiciones, de sus costumbres, de sus ideales, de su libertad, de su querida Colombia; en tanto que la bandera de la subversión no es otra distinta al símbolo de la esclavitud, de la represión, del despotismo regentado por la llamada dictadura del proletariado, en cuyo ejercicio del poder, como lo vemos en Polonia, el proletariado es el esclavo y el comité marxista es el tirano de su agrupación social, de sus gentes, de su hacienda, de su destino.  Asimismo, quiero solicitar a las autoridades civiles y eclesiásticas considerar a estas tropas como parte sustantiva que son de la nacionalidad y ofrecerle su apoyo, darles sus consejos y garantizarlos por todos los medios el cumplimiento de su deber, ofreciéndoles el precio que su lealtad y sus sacrificios puedan requerir y facilitándoles con su constante adición la permanencia del entusiasmo profesional y patriótico en los corazones de sus hombres.  Espero confiado que con la ayuda de Dios y la buena voluntad de la ciudadanía de la región, muy pronto regresarán a estas tierras de promisión la tranquilidad y el orden, para el progreso y la felicidad de toda la nación colombiana”.

[5]   En una información de la Agencia internacional de noticias AFP, fechada en Bogotá el 24 de enero de 1981, sobre la operación militar en la zona del Caquetá, se expresa lo siguiente:  “Aproximadamente mil personas, entre supuestos guerrilleros y enlaces de éstos fueron detenidas desde el viernes en apartadas regiones del sur colombian.  En el marco de una gigantesca ofensiva de tropas regulares contra los insurgentes, dijeron hoy aquí medios fidedignos.  En esta operación, cuyo escenario es la extensa y semiselvática zona del Caquetá, participan cerca de 3.000 hombres de un nuevo comando antiguerrillero cuyas actividades puso en práctica ayer el Comandante del Ejército, General Fernando Landazábal.  La mayoría de los arrestos se registró en Florencia, capital de Caquetá, donde tendrá su base el comando operativo número dos, que contará con el apoyo de otros batallones.  En dicha región, situada en límites de la Amazonia colombiana, la agrupación rebelde prosoviética Fuerzas Armadas y Revolucionarias de Colombia (FARC) habían constituido una especie de 'República' independiente, como ocurrió en otras apartadas zonas, de acuerdo con portavoces militares.  También, y según los mismos voceros, las FARC, la más importante agrupación guerrillera del país, fusiló por presuntos delatores en pasados días a varios campesinos, y secuestró a seis hacendados y a un importante hombre de negocios, seguramente para exigir grandes sumas de dinero por su liberación.  Para esas fuentes, se trata de una contraofensiva guerrillera más importante que la efectuada a mediados del año pasado en la región de El Pato, en el departamento del Huila, donde millares de colonos huyeron por temor de bombardeos del Ejército contra las FARC y el procastrista Ejército de Liberación Nacional (ELN)”.

[6]   El Gobierno de Colombia entregó a la Comisión diversos documentos en los que figuran solicitudes de comisiones de ciudadanos, dirigentes cívicos, autoridades municipales y juntas de acción comunal, de diferentes localidades y departamentos del país, para que se restablezca o se aumente en sus jurisdicciones puestos del Ejército o de la Policía con fines de protección en las zonas rurales como consecuencia de la violencia y de las amenazas derivadas de la acción de grupos subversivos.

[7]   Este documento fue entregado por el Gobierno de Colombia a la Comisión el 27 de mayo de 1981.

[8]   Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales con sede en Quito, Ecuador, y Comisión Internacional de Juristas con sede en Ginebra, Suiza, “Derechos Humanos en las Zonas Rurales”, páginas 102 y 136.

[9]   Las declaraciones aludidas fueron presentadas como documentos al Primer Foro Nacional por los Derechos Humanos, celebrado en Bogotá del 29 al 31 de marzo de 1979.  Las declaraciones refieren tanto por parte del señor Marco Aníbal Avirama, Presidente del Consejo Regional Indígena del Cauca como de su hermano Edgar Alirio Avirama, tratos crueles de que han sido objeto desde el momento de su captura y en la primera etapa de su detención, en diferentes centros militares.  Estas declaraciones fueron hechas públicas en el folleto denominado “El CRIC denuncia”.

[10]   En el Anexo del Programa de Desarrollo Indígena entregado a la Comisión, figuran los datos estadísticos referentes a las comunidades indígenas a atender en el período de 1981 a 1983.  Estos datos estadísticos fueron elaborados sobre la base de los censos realizados entre 1970 y 1980, con la relación pormenorizada del municipio; resguardo, reserva, vereda o paraje; grupo étnico; número de familias; número de habitantes; organización política; sistema de tenencia de la tierra; y tipología del grupo.  Asimismo, en este documento se hace referencia a los siguientes lugares:  Antioquia, Boyacá, Caldas, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Chocó, Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Risaralda, Tolima, Valle del Cauca, Arauca, Caquetá, Casanare, Putumayo, Amazonas, Guanía, Guaviare, Vaupés y Vichada.

[11]   A solicitud de la Comisión, este Proyecto de Ley le fue remitido por el Gobierno colombiano, en comunicación Nº 692 de 18 de noviembre de 1980 de la Misión Permanente de Colombia ante la OEA.

[12]   Los restantes artículos del proyecto de ley citado, prescriben lo siguiente: “ARTÍCULO TERCERO. De conformidad con el numeral 12 del artículo 76 de la Constitución, facúltase al Presidente de la República hasta el 20 de julio de 1.982 con el fin de que expida sobre la base de los principios consignados en el artículo anterior el Régimen Legal de Indígenas el cual versará sobre materias civiles, laborales, penales y fiscales, así como sobre protección y conservación de sus culturas, usos y costumbres.  ARTÍCULO CUARTO. En virtud de las facultades anteriores, el Presidente de la República incorporará a dicho Régimen aquellas normas vigentes que se compadezcan con los principios consignados en esta ley y dictará según las características de los grupos aborígenes, normas que específicamente contemplen: tenencia, dotación y adecuación de tierras, propiedad y utilización de los recursos naturales, valor legal de sus instituciones como matrimonio, parentesco, edad para ejercer derechos y contraer obligaciones, sucesión, nombre; validez de las normas y órganos propios de control social frente a las normas generales de la Nación que rijan sobre la materia; reconocimiento y representación de las autoridades tradicionales indígenas y organización social y política de parcialidades o tribus que tengan su asentamiento en resguardos, reservas territoriales o territorios tradicionalmente ocupados; pago y exoneración de impuestos; relaciones laborales, individuales o colectivas entre trabajadores indígenas y patronos no indígenas, servicio militar voluntario, condiciones y requisitos que deberán cumplir entidades y personas que desarrollen actividades culturales, científicas, religiosas, educativas, turísticas o de cualquier otra índole dentro de las comunidades indígenas, protección, conservación y respeto del patrimonio cultural aborigen, así como la libre práctica de sus cultos, ritos o costumbres tradicionales o que voluntariamente acepten.  Asimismo dictará las normas de carácter coercitivo y procedimentales para que las antes expedidas tengan cumplido efecto.  ARTÍCULO QUINTO. Para la expedición del Régimen Legal de Indígenas, el Gobierno Nacional conformará una Comisión Asesora compuesta por dos miembros de cada una de las Cámaras, los Ministros que sean designados por el Presidente de la República, representantes de la Asociación Colombiana de Universidades, de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, de las Comunidades Indígenas, del Instituto Colombiano de Antropología, y de las demás entidades que a juicio del Gobierno deban participar en los estudios correspondientes.  ARTÍCULO SEXTO. Facúltase al Presidente de la República, por el término de seis meses de conformidad con el numeral 12 del artículo 76 de la Constitución, para que estructure la entidad administrativa encargada de cumplir las funciones relacionadas con la protección de los indígenas, así como la de coordinar la acción de las entidades públicas o privadas dentro de dicha población para lo cual podrá fusionar o suprimir aquellos organismos estatales del orden nacional que en la actualidad ejercen en forma parcial dichas funciones.  ARTÍCULO SÉPTIMO. Créase el Fondo de Desarrollo Indígena como un establecimiento público con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.  PARÁGRAFO. Mientras se estructura la entidad administrativa de que trata el artículo anterior, el Fondo de Desarrollo Indígena estará adscrito al Ministerio de Gobierno y el titular de éste será su representante legal.  ARTÍCULO OCTAVO. Corresponde especialmente al Fondo de Desarrollo Indígena prestar asistencia técnica y económica a los planes y programas oficiales que se proyecten en relación con las comunidades aborígenes así como el estudio y atención de las solicitudes que presenten estas comunidades. ARTÍCULO NOVENO. El Gobierno Nacional determinará la estructura, funciones y estatutos del Fondo de Desarrollo Indígena.  PARÁGRAFO. Los funcionarios del Fondo serán los mismos del organismo o entidad a la cual se adscriba. ARTÍCULO DÉCIMO. Autorízase al Gobierno Nacional para abrir los créditos y efectuar los traslados presupuestales necesarios para el cumplimiento de la presente ley.  ARTÍCULO ONCE. Esta ley rige desde su sanción y deroga las que sean contrarias”.

[13]   Departamento Nacional de Planeación, Programa de Desarrollo Indígena, Documento de Trabajo, Bogotá, noviembre de 1980, páginas 11 y 12.