OEA/Ser.L/V/II.111
Doc. 21 rev.
6 abril 2001
Original:  Español/Inglés

 

 

 

CAPÍTULO XIV 

LOS DERECHOS HUMANOS DE LA POBLACIÓN DESARRAIGADA
POR EL ENFRENTAMIENTO ARMADO
 

 

Antecedentes 

          1.          Más de un millón de guatemaltecos fueron desplazados o abandonaron su país durante los años del enfrentamiento.[1]  Muchos eran miembros de las comunidades indígenas que fueron expulsados de sus zonas tradicionales, pero también huyeron muchas familias campesinas.  Cientos de miles de personas abandonaron sus lugares de origen hacia otras zonas en Guatemala.  De éstas, unas 40.000 huyeron a la jungla guatemalteca  en el Departamento de El Quiché, donde núcleos de aproximadamente 23.000 personas se fueron concentrando en las zonas de Sierra Ixil y el Ixcán, y emergieron como las “Comunidades de Población en Resistencia”.[2]  Aproximadamente unos 150.000 guatemaltecos huyeron a México, donde unos 45.000 recibieron la condición de refugiados por el ACNUR.  Otros 50.000, aproximadamente, se ubicaron en los estados de Chiapas, Campeche y Quintana Roo sin reconocimiento oficial, y el resto en diferentes zonas de México.  Un número mucho menor huyó a otros países. 

 

2.         La Comisión, por su parte, ha prestado mucha atención a la difícil situación de la población desarraigada por el enfrentamiento desde principios de los años 80.[3]  En ese período, la estrategia de arrasamiento de tierras, masacres y erradicación de pueblos completos implementada por el régimen de Lucas García y continuada por el régimen de Efraín Ríos Montt propiciaron flujos masivos de personas desplazadas.  La separación de familias, comunidades y grupos culturales desgarró el tejido social del país.  Tal y como la Comisión para el Esclarecimiento Histórico concluyó:

 

El desplazamiento forzado de la población civil en Guatemala destaca en la historia del enfrentamiento armado por su carácter masivo y su potencia destructora. Encarna la ruptura del tejido social en su forma más directa y desgarradora. Implica el desmembramiento de familias y comunidades, así como el debilitamiento de los lazos culturales que conformaban su cohesión.[4]

El proceso de reintegración afecta de forma similar a toda la sociedad por completo y proporciona un importante punto de evaluación para avanzar hacia la reconciliación nacional.

 

          3.          Para los refugiados y los desplazados internos que han regresado a sus tierras, o que se han reasentado de forma voluntaria, el final del enfrentamiento armado representó un momento decisivo de transición hacia un futuro digno y con posibilidades de desarrollo en Guatemala.  Las personas que escaparon de las graves violaciones masivas de los derechos humanos ocasionadas por el enfrentamiento son enfáticas respecto al valor que atribuyen al hecho de que sus hijos ya no tienen que vivir atemorizados ni escapar hacia las montañas al caer la noche.[5]  Los avances que se han logrado, con el apoyo del Estado y la asistencia de la comunidad internacional, muy especialmente el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), van acompañados, no obstante, de desafíos extraordinarios.  El mayor desafío es la reintegración del tejido social desgarrado por el desplazamiento.  A la vez, este proceso se ve obstaculizado por problemas sistemáticos relativos al acceso a la tierra y a la seguridad jurídica de la tenencia y propiedad de la tierra, la ausencia de una política de desarrollo rural integral y sostenible, la falta de recursos, y el acceso insuficiente a los servicios básicos, tales como los servicios de salud y educación.

 

4.          El Acuerdo para el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento armado (“Acuerdo de Reasentamiento”) proporciona el marco para el retorno y reintegración de los refugiados, los desplazados internos y los grupos de resistencia popular a sus lugares de origen u otros lugares de su elección en Guatemala.  Reconoce “la dimensión traumática nacional que asumió el desarraigo durante el enfrentamiento armado en el país, en sus componentes humano, cultural, material, psicológico, económico, político y social, que ocasionó violaciones a los derechos humanos y grandes sufrimientos para las comunidades que se vieron forzadas a abandonar sus hogares y formas de vida, así como para aquellas poblaciones que permanecieron en dichas áreas”.  Además reconoce que, como resultado, estas poblaciones merecen “atención especial”.  Este acuerdo concluyó después de extensivas negociaciones entre el Estado y diversos sectores de la sociedad civil, especialmente las Comisiones de Representantes de los Refugiados Guatemaltecos en México.  Como resultado de tales negociaciones el Gobierno de Guatemala y las Comisiones Permanentes concluyeron el acuerdo de 1992 estableciendo condiciones y garantías fundamentales para el retorno colectivo organizado.

 

A.          El marco jurídico

 

1.          Legislación interna

 

5.          Al observar los derechos de las personas desplazadas, en primer lugar debe recordarse que tienen derecho, bajo condiciones de igualdad, a disfrutar de la misma gama de derechos y libertades que todas las otras personas.  Para los desplazados internos y los retornados, esto se refiere a sus derechos como habitantes y ciudadanos de Guatemala.  Para los refugiados fuera de Guatemala, esto se refiere a sus derechos como habitantes del país de asilo, así como su derecho a regresar a Guatemala. 

 

6.          El derecho general a la libertad de circulación y residencia está garantizado en el artículo 26 de la Constitución.  De conformidad con sus disposiciones, toda persona tiene el derecho a entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por ley. No podrá expatriarse a ningún guatemalteco, ni prohibírsele la entrada al territorio nacional o negársele pasaporte u otros documentos de identificación. Además, los guatemaltecos pueden entrar y salir del país sin llenar el requisito de visa.

 

          7.          Como se indica, el Acuerdo de Reasentamiento proporciona el marco de compromisos que se aplican al retorno y reasentamiento.  Los objetivos de la estrategia global de reasentamiento incluyen, primero, garantizar a la población desarraigada el pleno ejercicio de todos sus derechos y libertades fundamentales, en particular de aquellos derechos y libertades que fueron afectados durante el proceso de desarraigo. Segundo, reintegrar a estas poblaciones, social, económica y políticamente marginadas, creando las condiciones que les permitan constituirse en un factor dinámico del proceso de desarrollo económico, social, político y cultural del país.  Tercero, priorizar la lucha contra la pobreza y la pobreza extrema, que afectan con particular gravedad a estas poblaciones.  Cuarto, desarrollar y fortalecer la democratización de las estructuras del Estado, garantizando el ejercicio por las poblaciones desarraigadas de sus derechos y deberes constitucionales a todos los niveles comunal, municipal, departamental, regional y nacional. Quinto, promover una auténtica reconciliación y una “cultura de paz basada en la participación, la tolerancia mutua, el respeto recíproco y la concertación de intereses”.

 

8.          Bajo los términos del Acuerdo de Reasentamiento, las partes se comprometieron, entre otros, a prestar especial atención a los derechos de las poblaciones desarraigadas, con particular énfasis en la protección de las familias encabezadas por mujeres, viudas y huérfanos, y la protección de la cultura, costumbres y organización social de las comunidades indígenas.  Las partes acordaron cooperar en las actividades de desminado y definieron mediadas urgentes necesarias para resolver el problema de la ausencia de documentación personal.  Además, el Estado se comprometió a fortalecer su política para proteger a los ciudadanos en el extranjero y a garantizar el reasentamiento voluntario en condiciones  de seguridad y dignidad. Respecto a la educación, el Estado se comprometió a reconocer los niveles educativos de los afectados, utilizando para este fin procedimientos de evaluación y/o certificación rápida, y las Partes solicitaron a la UNESCO la elaboración de un plan para apoyar y dar continuidad a los esfuerzos de educación de las poblaciones en las áreas de reasentamiento.  Respecto a la tenencia y propiedad de la tierra, el Acuerdo reconoce el problema general de la inseguridad jurídica, y el Estado se comprometió a garantizar que el abandono de tierras debido al enfrentamiento armado no es considerado abandono voluntario, y a “promover la devolución de las tierras a los poseedores originarios y/o buscar soluciones compensatorias adecuadas”.  Respecto a los derechos políticos, el Acuerdo requiere el respeto de las formas organizativas de las poblaciones desarraigadas. 

          9.          La integración productiva de la población desarraigada en el desarrollo nacional es otro de los puntos centrales del Acuerdo. El Acuerdo reconoce la necesidad de proyectos de desarrollo agrícola sustentable en las áreas de reasentamiento predominantemente rurales, y el Estado se comprometió a identificar tierras para el asentamiento y a ofrecer opciones de compra.  El Acuerdo da prioridad a la seguridad alimentaria y al acceso a los servicios básicos, tales como vivienda, saneamiento, agua potable, salud y educación; el incremento de la productividad y la promoción de mercados locales; la generación de empleos e ingresos; y el uso sostenible y sustentable de los recursos naturales.  Estos objetivos deben procurarse mediante, entre otros, la promoción de la participación local en la toma de decisiones, la legalización de los títulos de propiedad de tierras y derechos de agua, un mayor acceso a los servicios de asistencia financiera y crediticia, y programas de capacitación.  El Estado se comprometió a eliminar la discriminación de hecho contra la mujer en cuanto a facilitar el acceso a la tierra, a la vivienda, a créditos y a participar en proyectos de desarrollo, y a incorporar el enfoque de género en todas los aspectos de la política de desarrollo.  Además, el Estado se comprometió a fortalecer las instituciones locales y a profundizar los esquemas de descentralización de la administración pública. Por ultimo, el Acuerdo establece la movilización de los recursos nacionales, y reconoce la necesidad de un fuerte apoyo internacional en su ejecución.

 

10.          De conformidad con las disposiciones del Acuerdo, en 1994 se creó una Comisión Técnica responsable de la ejecución del Acuerdo, integrada por dos representantes del Gobierno, dos representantes de las poblaciones desarraigadas y dos representantes, en categoría de consultores, de los donantes y organismos de cooperación. Además, las organizaciones de personas desplazadas constituyeron, por iniciativa propia, la Asamblea  Consultiva de las Poblaciones Desarraigadas en 1996.

 

2.          Derecho internacional

 

11.          Las poblaciones desarraigadas por la guerra tienen derecho, como se menciona anteriormente, al pleno respeto de sus derechos de conformidad con la legislación interna y el derecho internacional.  Respecto a la libertad de residencia y circulación, el artículo 22 de la Convención protege, en la parte pertinente, el ejercicio de estas libertades dentro de un país con sujeción a las disposiciones legales.  Toda persona tiene derecho a salir libremente de cualquier país, y el ejercicio de este derecho y del derecho anterior no puede ser restringido sino en virtud de una ley por motivos de interés público.  El artículo 22(5) dispone expresamente que “nadie puede ser expulsado del territorio del Estado del cual es nacional, ni ser privado del derecho a ingresar en el mismo”. También debe mencionarse que el artículo 20 protege el derecho a la nacionalidad y en las partes pertinentes dispone que “a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla”.

 

12.          Los otros instrumentos internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y aquellos enumerados en capítulos anteriores de los cuales Guatemala es Parte, se aplican plenamente a los desplazados internos y a los retornados. Los Principios Rectores sobre el Desplazamiento Interno (“Principios Rectores”), preparado por el Representante del Secretario General de las Naciones Unidas para Desplazados Internos, Francis Deng, sirven como la reiteración más completa de las normas aplicables a los desplazados internos.  Como la Comisión señalo en su Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia, dichos principios sirven como una guía autorizada sobre cómo debe interpretarse y aplicarse la ley durante todas las etapas del desplazamiento, incluyendo lo que es más importante para este análisis, los principios del 28 al 30, relativos al retorno, reasentamiento y reintegración de los desplazados.  El Principio 29 dispone que las autoridades competentes son responsables de crear las condiciones y proporcionar los medios para el retorno voluntario y digno de los desplazados a sus hogares o lugares de origen, o para su reasentamiento voluntario en otra zona del país.  Las autoridades deberán realizar esfuerzos para facilitar su reintegración, y para garantizar su participación en el proceso de retorno y reintegración.  De conformidad con el Principio 29, aquellos que han regresado o se han reasentado no estarán sujetos a la discriminación, y tendrán el derecho de participar plenamente en los asuntos públicos y tener acceso a los servicios públicos. Las autoridades tienen el deber de asistir a tales personas en la recuperación de bienes o propiedades perdidas durante el desplazamiento, o cuando esto no sea posible, asistirles en la obtención de una compensación o reparación.  El Principio 30 requiere que las autoridades faciliten el acceso de las personas afectadas a las organizaciones humanitarias internacionales y a otros organismos pertinentes para que les ayuden en su regreso y reintegración.

 

B.       Análisis de avances logrados seleccionados y de los desafíos pendientes para la protección de los derechos de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento

 

          13.          El proceso de retorno, reasentamiento y reintegración está caracterizado por la importancia de los avances logrados y la profundidad de muchos de los desafíos pendientes. Han habido muchos acontecimientos positivos en la situación de las personas desplazadas por el enfrentamiento.  En términos generales, como informa el Defensor de los Desarraigados e Inmigrantes de la Oficina del Procurador de Derechos Humanos, los refugiados identificaron los siguientes avances como los más fundamentales: su participación y organización colectiva; el retorno a su país; la oportunidad de recuperar su cultura y vida familiar; y, en algunos casos, la oportunidad de poseer una pequeña parcela de tierra.[6]

 

14.          Más específicamente, desde 1984, cuando regresaron los primeros individuos, hasta mediados de 1999, cuando el proceso de retornos organizados concluyó, un total de 43.663 refugiados regresaron a Guatemala con el apoyo del ACNUR.  De éstos, aproximadamente unos 30.000 regresaron a Guatemala después de la firma del Acuerdo de Reasentamiento en 1994.[7]  Como resultado de la cooperación entre los Gobiernos de Guatemala y México, y la generosidad del Estado mexicano, los refugiados que permanecieron en México hasta finales del año 1998 tenían la opción de escoger entre la repatriación a Guatemala o la reintegración en comunidades locales de México.[8]  Por lo tanto, los aproximadamente 22.000 que permanecen en México optaron por quedarse allí. La Asamblea Consultiva de las Poblaciones Desarraigadas informó que hasta mediados de 1999 más de 7.000 miembros de la Comunidades de Población en Resistencia de la Sierra y el Petén habían sido reasentados.[9]

 

15.          El ACNUR ha desempeñado un papel indispensable en la facilitación de estos acontecimientos positivos y en la prestación de asistencia para el proceso de repatriación, mediante donaciones y la distribución de materiales de subsistencia, así como en las iniciativas de reintegración, a través de asistencia para la obtención de documentación personal, capacitación, la distribución de material educativo y otros proyectos con base en la comunidad.[10]  El papel de las organizaciones donantes internacionales en el proceso de reintegración ha sido similarmente muy importante.

 

16.          Las siguientes secciones evalúan el progreso logrado y los desafíos pendientes en varias áreas prioritarias y relacionadas entre sí: reintegración, tierras, desarrollo y acceso a los servicios básicos.  En general, el Estado ha implementado aspectos fundamentales del Acuerdo de Reasentamiento, pero aún quedan pendientes algunos aspectos esenciales relativos a su cumplimiento. Una de las quejas más generales es que el Estado no está cumpliendo con su obligación de reconocer la naturaleza excepcional de la población desarraigada y en vez de esto, está abordando los compromisos del Acuerdo de Reasentamiento como parte de su compromiso más general con la población que vive en la pobreza.[11]  También en términos generales, mientras que los refugiados y las Comunidades de Población en Resistencia han sido reasentados, los informes indican que una parte substancial de los desplazados internos aún no ha recibido la atención que requiere.[12]  En este sentido, un obstáculo es que muchos de los desplazados no son reconocidos como tales; permanecen dispersos y viviendo en condiciones de pobreza y marginación.  Para aquellos que son reconocidos como tales, el cese de las operaciones de la Comisión Nacional para la Atención de Repatriados, Refugiados y Desplazados, y el retiro previsto del ACNUR de las actividades de reintegración (a mediados del 2001)[13] plantean cierta incertidumbre en cuanto a las fuentes de apoyo.

 

17.          Durante su visita, la Comisión viajó a Nebaj y se reunió con cientos de miembros de la población local, entre los cuales había muchas personas desarraigadas por el enfrentamiento.  Algunos caminaron durante horas para expresar su profunda decepción por la falta de mejoras en sus condiciones de vida después de la firma del acuerdo de paz. Subrayaron, en particular, estar preocupados porque sus niños no tienen acceso a una educación y atención médica adecuadas y sus comunidades carecen de asistencia para el desarrollo y de inversiones productivas.

 

1.          Reintegración

 

18.          El principal desafío para muchas comunidades es la reintegración de aquellos que han regresado o se han reasentado en la vida local, y el establecimiento de una situación de coexistencia viable.  La desintegración de la vida comunitaria, manifestada en el fenómeno del desplazamiento interno, fue el objetivo del Estado como parte de su política contra la insurgencia durante a principios de los años 80 y más adelante.  Tal y como la Comisión de Esclarecimiento Histórico confirmó:

 

la estigmatización de la población desarraigada promovida por el Estado [durante el enfrentamiento], fomentó y ha perpetuado en muchos casos la ruptura comunitaria. Al acusarlos de ser guerrilleros o trasmitir el mensaje de que eran los responsables de la conflictiva situación, se obstaculizó el regreso de los desarraigados a sus lugares de origen y se contribuyó a su marginación por parte de los sectores que permanecieron en las comunidades.[14]

 

19.          El temor y la desconfianza profundamente arraigados por esta política no se superarán con facilidad.  Las comunidades afectadas por el desplazamiento, tanto las que huyeron como las que permanecieron en Guatemala, eran el objetivo del control y la represión del Ejército, incluso mediante masacres y otras atrocidades. Los supervivientes vieron cómo los miembros de sus familias y vecinos eran sacrificados por la violencia de la política de arrasamiento de tierras.  Aquellos que huyeron estaban sujetos a la persecución militar, a la privación de necesidades básicas y a la pérdida de sus hogares y vida comunitaria.  Las Comunidades de Población en Resistencia, en particular, estaban sujetas a una dura persecución militar, y expuestas a elementos climatológicos, la desnutrición y el fallecimiento de los más vulnerables que no podían soportar tales condiciones.[15]  

 

20.          El objetivo del Ejército era asegurar el control militar sobre aquellos que permanecieron en las comunidades, así como sobre aquellos que huyeron a otras áreas. Para aquellos que se quedaron, la prestación de servicios en las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) era un requisito, primero jurídico y después de hecho.  El servicio era forzado para algunos; otros se aprovecharon del vínculo con el poder militar para perseguir a sus conciudadanos.  El Ejército concedía amnistías a aquellos que huían para su posterior reasentamiento en comunidades (aldeas modelo o polos de desarrollo) altamente militarizadas donde estaban sujetos al control militar y a la “reeducación.”[16]  El proceso de retorno y reintegración reúne de nuevo a estas personas, formadas como resultado de sus diferentes experiencias.

 

          21.          Como se indica con anterioridad, uno de los principios del Acuerdo es que la estrategia de reasentamiento promoverá la reconciliación de los intereses de aquellos reasentados y aquellos que ya viven en las áreas de reasentamiento.  De hecho, muchas comunidades han abordado con gran éxito el retorno y el reasentamiento. Para muchas personas, esto incluía la reintegración de grupos de familias y comunidades que habían estado muy unidas, con una gran satisfacción por parte de todos los afectados.

 

22.          No obstante, en otros casos, el retorno y el reasentamiento han generado graves enfrentamientos sociales.  En este sentido, muchas dificultades son causadas o exacerbadas por enfrentamientos o disputas relacionados con las tierras --entre los que han regresado o han sido reasentados, y los que se quedaron, o fueron asentados allí bajo los auspicios del Estado durante el enfrentamiento.  Esta Comisión, por ejemplo, ha estado siguiendo la situación en Los Cimientos, Chajul, El Quiché, en relación con los trámites del caso 11.197.  El caso se presentó en nombre de un segmento de la población desplazada a la fuerza por el Ejército en 1981 que regresó y no ha podido vindicar sus derechos a las tierras que les fueron expropiadas.  Como es ampliamente reconocido, la incapacidad de definir claramente los derechos de propiedad dentro de la comunidad es tanto una causa como una consecuencia de la situación conflictiva en el área.  La escasez de oportunidades, recursos y servicios, y las consiguientes difíciles condiciones de vida en muchas áreas de reasentamiento complican aún más los esfuerzos de reintegración.  Estas cuestiones, que guardan una estrecha relación entre sí, se tratarán con mayor profundidad más adelante.

 

2.          Tenencia y propiedad de tierras

 

          23.          El acceso a la tierra y la seguridad jurídica de la tenencia y propiedad de la tierra continúan siendo los desafíos prioritarios del proceso de reintegración.  Los refugiados cuyo retorno fue organizado se asentaron en 50 lugares, 32 de los cuales eran grandes fincas que se compraron con fondos del Estado.[17]  El programa de adquisición de fincas para el reasentamiento de las Comunidades de Población en Resistencia concluyó con la compra de aproximadamente media docena de fincas.[18]  Estos grupos tienen acceso a la tierra, lo cual es el primer paso indispensable para reestablecerse.  Entre otros acontecimientos positivos, el Estado ha construido aproximadamente 1.500 hogares, ha legalizado más de 150 terrenos urbanos y, recientemente, concedió 955 títulos de propiedad a la población asentada en la Franja Transversal del Norte.[19]  Otro avance es el reconocimiento jurídico del derecho de las mujeres desarraigadas a ser propietarias de la tierra, o a ser copropietarias con sus esposos, tal como establece la Ley del Fondo de Tierras.  Estos avances deben ser debidamente reconocidos y valorados.

 

24.          Al mismo tiempo, muchos de los que poseen tierras continúan enfrentándose a desafíos relativos a la suficiencia del tamaño y de la productividad de la tierra, así como al acceso a los servicios básicos.  En la sección 4, más abajo, se hace referencia a la situación de la comunidad Unión 31 de Mayo El Tesoro, una de las cinco comunidades de reasentamiento de las Comunidades de Población en Resistencia de la Sierra. 

 

25.          Además, la situación respecto a otras personas desplazadas internamente es mucho más difícil.  El Estado prometió adquirir 23 fincas durante 1999, pero sólo compró cuatro.  En su informe más reciente, MINUGUA manifiesta estar seriamente preocupada debido a que el Fondo de Tierras todavía no ha asignado los fondos necesarios para la adquisición del resto de tierras.19  La adquisición de tierras en otras áreas aún está pendiente, así como la resolución de un número sin cuantificar de disputas legales sobre la tierra,[20] y las iniciativas para compensar la pérdida de tierras durante el enfrentamiento.[21]  Diversas acciones de este tipo están pendientes porque las entidades responsables del Estado no han recibido los fondos necesarios.[22]  En sus observaciones al proyecto de informe, el Estado señaló que “el atraso en la compra de fincas para la población desarraigada ha estado influida por diversos factores, muchos de ellos fuera del alcance de solución por parte del Estado”.  Mencionó, por ejemplo, carencia de documentación fehaciente sobre la propiedad en compra-venta, familias de colonos que se resisten a abandonar las propiedades en proceso de compra-venta, precios muy por encima de los vigentes en el mercado, presencia de hipotecas pendientes de cancelar, y desacuerdo entre los integrantes de los grupos de dirigentes y oposición de trasladarse de algunas familias.

 

26.          La población desarraigada misma ha subrayado, entre otras cosas, el problema de la ocupación ilegal de la tierra, en particular por familias asentadas en pueblos modelo durante el enfrentamiento, las deficiencias del sistema de registro de títulos de propiedad, la carencia o insuficiencia de fondos para comprar tierras, la insuficiente productividad de la tierra y solicitudes de asistencia por resolver.[23]  El Defensor de los Desarraigados y los Inmigrantes de la Oficina del Procurador de Derechos Humanos ha indicado que la falta de títulos legítimos de propiedad de la tierra es uno de los problemas más graves que afectan a esta población, recalcando que sin un título legítimo es imposible obtener préstamos para proyectos de desarrollo.[24]  El Defensor también destaca la situación de algunas granjas en la Costa del Sur adquiridas por el Fondo Nacional de Tierras con el título a nombre del Instituto Nacional de Transformación Agraria --los cuales ya no existen-- y menciona además problemas con la demarcación de fronteras, los títulos múltiples y  los colonizadores.[25]  Otras cuestiones relacionadas tienen que ver con problemas causados por la especulación de tierras, el acceso insuficiente al crédito y el endeudamiento.[26]  Las mujeres, en particular, continúan sin poder ser propietarias de la tierra o sin poder administrarla debido a barreras de hecho dentro de sus comunidades, particularmente el acceso a crédito. 

 

3.          Desarrollo

 

27.          MINUGUA ha informado de diversos avances en el área de desarrollo, por ejemplo, proyectos de infraestructura básica, y la ejecución de estudios de viabilidad para proyectos de producción a través del Fondo de Garantía de Tierras de la Comisión Técnica para la Ejecución del Acuerdo de Reasentamiento.[27]  Además, la comunidad internacional, y particularmente el ACNUR, ha desempeñado un papel importante en el desarrollo productivo local, aunque los esfuerzos de estos grupos diversos han carecido de una dirección o coordinación central.  Diversas iniciativas de desarrollo del Estado todavía se encuentran en su etapa incipiente de diseño o ejecución.  Por ejemplo, todavía se está negociando un fondo de garantía entre la Asamblea Consultiva de las Poblaciones Desarraigadas y el Ministerio de Agricultura.[28]  Además, el proyecto denominado “Desarrollo Agroforestal Productivo” tiene por objeto asistir en esta área, pero su alcance no satisface la demanda.[29]

 

          28.          Tal y como ha recalcado la Comisión de Acompañamiento, y como MINUGUA ha enfatizado constantemente, hay una necesidad urgente de formular  e implementar una política de desarrollo rural integral y a largo plazo con el fin de garantizar la reintegración de la población desarraigada en condiciones de dignidad.[30]  Un informe reciente en la prensa caracterizaba la era posterior al enfrentamiento como marcada por un clima de violencia y “un ambiente que parece negarse al desarrollo”.[31]  La falta de inversiones productivas en muchas de las comunidades de reasentamiento está amenazando el principio de retorno con dignidad, y ha empezado a llevar a algunos de los reasentados a buscar otras oportunidades.[32]  En algunos casos, los individuos se ven forzados a buscar empleo en Ciudad de Guatemala o en la costa sur para poder mantener a sus familias en la comunidad de reasentamiento.  En otros casos, miembros de la familia trabajan en México y envían remesas con este propósito. Una cantidad pequeña de los refugiados que regresaron a Guatemala procedentes de México en virtud de la firma del acuerdo de paz ha encontrado condiciones tan inhóspitas que han optado por volver a México.  Por ejemplo, en septiembre de 2000, las autoridades mexicanas permitieron el retorno de 220 familias. Estos refugiados mencionaron la carencia de tierras y la falta de apoyo del Gobierno, e indicaron que la finca donde fueron asentados en Huehuetenango no les proporcionaba lo suficiente para subsistir.[33] 

 

29.          La población afectada ha indicado la necesidad de que los proyectos de desarrollo estén más estrechamente vinculados con las necesidades específicas de la comunidad.[34]  El ACNUR ha subrayado la necesidad de apoyo a largo plazo para los proyectos agrícolas, así como la promoción de otros tipos de oportunidades de empleo en áreas donde la producción agrícola está limitada.[35]  Además, en este sentido, la Comisión recibió información durante su visita sobre la necesidad de incrementar los salarios.

 

30.          Lo que es más importante es que la población afectada informa que, mientras que el Acuerdo de Reasentamiento requiere que las poblaciones desarraigadas participen plenamente en los planes de desarrollo a nivel local, municipal y regional, sus propuestas no se tienen en cuenta y no hay mecanismos específicos para asegurar que esto se está haciendo.  Respecto a la cuestión de la participación de las mujeres en la toma de decisiones, los informes indican que el liderazgo masculino en la mayoría de las organizaciones locales considera que la organización de mujeres es un esfuerzo independiente que no merece ser incorporado  en la esfera más amplia de la toma de decisiones.[36]  Además, las mujeres informan que se continúan enfrentando a barreras de hecho cuando quieren entrar a formar parte de las cooperativas o asociaciones locales.[37] Asimismo, si bien han habido algunos proyectos de desarrollo dirigidos a las mujeres y éstos representan una iniciativa importante, solamente han llegado a una pequeña fracción de las mujeres afectadas, y deben integrarse en el marco de una política más amplia.

 

4.          Acceso a los servicios básicos

 

          31.          Para muchos de los que han regresado y se han reasentado, el acceso a una pequeña parcela de tierra para su cultivo y para construir un hogar representa un primer paso hacia delante en la recuperación de lo que perdieron durante el enfrentamiento. Además, con el apoyo firme de la comunidad internacional, el Estado ha tomado algunas medidas positivas para expandir el acceso a los servicios básicos a las zonas rurales habitadas por esta población. Junto con las iniciativas promulgadas con los fondos de tierras y sociales del Estado, el ACNUR ha proporcionado un apoyo significativo a través de sus Proyectos de Rápido Impacto, que abordan servicios básicos tales como el agua, la educación, la salud y la generación de ingresos.[38]  Por ejemplo, una comunidad como la de Victoria 20 de Enero en Ixcán, que se ha beneficiado de una combinación de programas del Estado, el ACNUR y no gubernamentales, tiene agua potable, letrinas, educación primaria básica, un centro de salud, una sala comunitaria y un campo de deportes.[39]

 

32.          Sin embargo, muchas comunidades no tienen pleno acceso a los servicios básicos, tales como educación y atención de salud, o a infraestructura básica, como carreteras de acceso, agua potable, electricidad o asistencia para la vivienda.  La Asamblea de la Sociedad Civil ha manifestado una gran preocupación por el hecho de que el Estado ha fracasado en garantizar el reasentamiento en condiciones de dignidad con acceso suficiente a los servicios básicos.[40]  Muchos continúan enfrentándose al hambre, las enfermedades y la desesperación.  Si bien el Acuerdo de Reasentamiento otorga especial prioridad a las necesidades de los hogares encabezados por mujeres, viudas y huérfanos, debido a las pérdidas especiales que sostuvieron a causa del enfrentamiento y el posterior desarraigo, estos grupos continúan estando particularmente en desventaja en cuanto a sus condiciones de vida.[41]  También debe mencionarse que los desplazados internos que no han sido incorporados en los esfuerzos oficiales de reasentamiento, y que están dispersos viviendo en condiciones de pobreza y marginación, se encuentran entre los miembros menos reconocidos y más vulnerables de esta población.

 

33.          Un reportaje publicado recientemente en un periódico durante el segundo aniversario del reasentamiento de la comunidad Unión 31 de Mayo El Tesoro, en Uspantán, Quiché, subrayó las precarias condiciones de vida en ese lugar.[42]  Accesible mediante helicóptero porque no hay carreteras de acceso, el pueblo más cercano se encuentra a nueve horas de camino. La primera impresión descrita fue la de una comunidad olvidada por el desarrollo y la modernidad.  Junto con sus propios esfuerzos para progresar, la comunidad solicitó asistencia al Estado respecto a servicios básicos de salud, educación y desarrollo, así como reparaciones por las propiedades que perdieron durante el enfrentamiento.  En su respuesta al proyecto de informe, el Estado reconoció que la situación descrita en esta comunidad es verídica.  Señaló, sin embargo, que la misma es el resultado de varios factores, incluso el hecho de que está ubicada en una zona de conflicto durante la guerra, que su creación data de poco más de dos años y está integrada por 450 familias y que es una región muy alejada y escasamente poblada “situación que precisamente, junto con haber sido área de guerra, no permitió sino hasta recientemente una mayor presencia de instancias estatales de desarrollo”.

 

          34.          La educación es un tema de gran importancia para la población desarraigada. Mientras que los refugiados y los desplazados internos adoptaron estrategias innovadoras para continuar con su educación dentro de lo que le permitían sus respectivas situaciones, un estudio de 1998 indicaba que el 50% de los retornados eran analfabetos.[43]  Respecto a acciones positivas, el Ministerio de Educación ha proporcionado un subsidio para garantizar la cobertura educativa en las comunidades desarraigadas, ha distribuido materiales escolares y libros de texto en las comunidades con mayor necesidad, y ha desarrollado un Plan Específico de Educación para las Poblaciones Desarraigadas.  En cuanto a los desafíos aún pendientes, este Plan no ha sido financiado en muchos de sus aspectos importantes.[44] Además, las cuestiones relativas a la infraestructura continúan pendientes, así como la necesidad de escuelas adicionales y la mejora de las instalaciones existentes para  asegurar a  los  alumnos  y  maestros  un  ambiente  de  aprendizaje adecuado y seguro.[45] La capacitación de los maestros es otro desafío permanente.  Las iniciativas de educación bilingüe para las comunidades indígenas son muy prometedoras, pero están muy limitadas en cuanto a su cobertura y requieren mucho más apoyo. 

 

35.          Lo que es más crítico, algunas zonas continúan estando geográficamente excluidas de la cobertura de los servicios educativos existentes.  Cuando la Comisión estuvo en Nebaj durante su visita, un residente de una aldea explicó que su hijo y los hijos de otras familias no tenían acceso a educación primaria porque la escuela más cercana se encontraba a cuatro horas de camino.  Adicionalmente, como se discute en el capítulo XII sobre los derechos del niño, muchos niños son excluidos de las oportunidades de educación por las condiciones de pobreza y las demandas de trabajo.  Solamente un 55% de niños guatemaltecos asisten a la escuela en el país, y los niveles de exclusión son mayores en las áreas rurales habitadas por los desarraigados durante el conflicto.[46]  En relación a la situación de las comunidades del área Ixil (Nebaj-Cotzal-Chajul), en su respuesta al proyecto de informe el Estado informó que el FONAPAZ y varias instituciones de cooperación internacional han hecho posible dotar a muchas de ellas de escuelas, agua potable entubada, así como de sistemas de letrinización.  Asimismo, señaló que “se espera que con la construcción de la carretera que unirá los municipios ixiles con la región de Ixcán, proyecto para el cual la Presidencia de la República ya fijó los fondos, y que estará siendo concluido en un lapso no mayor de dos años, se acentúen los beneficios para esta región”.

 

36.          La atención de salud es otra área prioritaria para la población desarraigada, y varias comunidades cuentan actualmente con una clínica, centro de salud o un equipo de promotores de la salud capacitados.  Recientemente se anunciaron varios proyectos nuevos, cuya ejecución ayudará a garantizar la cobertura para otras comunidades.[47] Además, un informe reciente destacó  la mejora de los servicios de salud en Sayaché y en el sur de La Libertad, Petén, donde actualmente se dispone de atención primaria y se están tomado medidas para fortalecer la atención secundaria.[48]  No obstante, informes de finales de 1999 indicaban que muchas comunidades de reasentamiento no contaban con una clínica o centro de salud, y que los promotores de salud o comadronas que proporcionaban servicios no contaban con las medicinas necesarias u otros recursos para prestar incluso servicios mínimos de salud.  Aquellos en los pueblos más aislados y distantes tienen el menor acceso a tales servicios.  Las estadísticas sobre mortalidad adulta e infantil que se discuten en los capítulos III y XIII de este Informe proporcionan una idea más completa de la urgente necesidad de un mayor mejoramiento en esta área.

 

37.          Respecto a la asistencia para la vivienda, después de la desactivación del Fondo Guatemalteco para la Vivienda entre enero y mayo de este año, el Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda anunció la asignación de 200 millones de quetzales para resolver los problemas de vivienda de las poblaciones desarraigadas.[49]  La ejecución de este financiamiento proporcionará un importante empuje para avanzar en esta área, donde queda mucho trabajo por hacer.  MINUGUA ha subrayado la necesidad de un plan de vivienda integrado que preste especial atención a aquellos con los ingresos más bajos.[50]  La creación de soluciones duraderas de vivienda para aquellos desplazados durante el conflicto continúa siendo un desafío prioritario.

 

38.          Muchas comunidades continúan careciendo de electricidad, agua potable y carreteras de acceso.[51]  Estos son, sin ninguna duda, factores esenciales para fomentar el desarrollo local.  Como indican las cifras del capítulo III, supra, los niveles de exclusión de tales servicios son generalmente más altos en las zonas predominantemente indígenas y campesinas.  En una cuestión relacionada con la seguridad básica, el Defensor de los Desarraigados e Inmigrantes de la Oficina del Procurador de Derechos Humanos manifestó especial preocupación por el hecho de que, a pesar de los esfuerzos positivos en materia de desminado de la OEA, el Congreso, los Bomberos Voluntarios y el Ejército, aún hay minas en algunas zonas de reasentamiento que han cobrado víctimas.[52]

 

39.          Para muchos, la falta de documentación personal continúa constituyendo un grave obstáculo para el ejercicio de los derechos básicos, entre ellos el acceso a los servicios del Estado.  En el lado positivo, de conformidad con la Ley Especial Temporal sobre Documentación Personal, que continúa en vigor hasta el 15 de octubre de 2000, y el Plan Nacional para la Documentación Personal, casi todos los refugiados que han regresado y los miembros desmovilizados de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) tienen actualmente identificación personal.  Esto suma casi 50.000 personas,[53] y representa un avance fundamental.  Este problema, sin embargo, es nacional en su alcance, y miles y miles de desplazados internos todavía no tienen documentos personales y, por consiguiente, no pueden efectuar transacciones básicas, ejercer su derecho al voto, tener acceso a una gama de servicios básicos, u obtener documentos de identificación para sus hijos. Además, a pesar de la publicación de un manual sobre la aplicación de la ley especial y de las actividades de capacitación del ACNUR, algunos Registros Civiles se niegan a aplicarla.  El Estado ha realizado esfuerzos muy positivos hasta la fecha, lo cual demuestra que el problema puede resolverse mediante la extensión de las medidas especiales actuales y esfuerzos adicionales para que lleguen a las personas que aún no tienen documentación.

 

Conclusiones y Recomendaciones

 

40.          El proceso de reintegración de la población desarraigada por el enfrentamiento armado muestra algunos de los mejores avances logrados de conformidad con la firma del acuerdo de paz, así como algunos de los mayores desafíos.  Tal y como reconoce el Acuerdo de Reasentamiento, esta población sufrió en gran manera como resultado de las causas y consecuencias de su desarraigo y merece especial atención para restaurar el respeto a sus derechos.

 

41.          La evaluación permanente de la comunidad nacional e internacional indica que el Acuerdo de Reasentamiento se ha cumplido parcialmente, y queda mucho por hacer a efectos de responder a los derechos y necesidades fundamentales de esta población. Algunos de los principales compromisos del Acuerdo se basan en los recursos y requieren inversiones de capital adicionales y apoyo técnico.  Este es particularmente el caso en cuanto a la finalización de la compra de fincas para los desplazados internos, el financiamiento de proyectos de desarrollo y la asistencia técnica relacionada, y la ejecución de otros proyectos para proporcionar acceso a los servicios básicos.  Otros son sistémicos, y requieren el ejercicio de la voluntad y acción política para superar deficiencias de hace mucho tiempo, tales como la ausencia de sistemas para registrar y confirmar de forma exacta los títulos de tierras, resolver de forma eficaz las disputas sobre tierras, y formular e implementar políticas integrales para superar la pobreza extrema a través de un desarrollo sostenible, integral y participativo. 

 

42.          En base al análisis y conclusiones anteriores, la Comisión ofrece las siguientes recomendaciones a efectos de ayudar en este proceso; específicamente, que el Estado:

 

1.       Asigne a las instituciones públicas encargadas de implementar aspectos del Acuerdo de Reasentamiento los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento eficaz de sus mandatos, y, en particular, fortalezca la Comisión Técnica creada para coordinar y facilitar las disposiciones del Acuerdo.

 

2.       Tome las medidas presupuestarias, administrativas u otras necesarias para completar el proceso de adquisición de tierras para la población desarraigada.

 

3.       Adopte otras medidas, entre ellas la asignación de los recursos humanos y materiales necesarios, para facilitar la legalización de los títulos de tierras y la resolución de las disputas legales en curso sobre la propiedad de tierras.

 

4.       Tome medidas adicionales --de conformidad con el compromiso del Acuerdo de Reasentamiento de prestar especial atención a los hogares encabezados por mujeres, y las disposiciones de la Ley del Fondo Social-- para apoyar el derecho de las mujeres a ser propietarias de tierras, y a ser copropietarias con sus esposos o socios, incluyendo medidas para capacitar a los funcionarios que trabajan en este ámbito, y promover el conocimiento de este derecho y el respeto por el mismo entre las poblaciones locales.  Para que este derecho se ejerza de forma eficaz, el Estado deberá fortalecer los esfuerzos que realiza para proporcionar a las mujeres acceso a créditos y proyectos de desarrollo.

 

5.       Formule una política global de desarrollo sostenible, integral y a largo plazo en la que se puedan abordar las necesidades específicas de las diferentes comunidades y ampliar la integración, cobertura y profundidad de los proyectos y programas de desarrollo, con atención adicional a los servicios de asesoría y capacitación técnica.  Esto también deberá incluir la promoción de alternativas de empleo fuera del ámbito agrícola en zonas de baja productividad agrícola.

 

6.       En conexión con la anterior recomendación, adopte medidas y procedimientos concretos para ejecutar el compromiso del Acuerdo de Reasentamiento de que los grupos desarraigados participarán en la toma de decisiones y en la formulación, ejecución y supervisión de las políticas y proyectos que les afectan, tanto a nivel local como regional y nacional. En este sentido, la participación eficaz requiere necesariamente difundir la información adecuada que se utilizará para la toma de decisiones.

 

7.       Preste especial atención a la expansión de la cobertura y mejora del contenido de los servicios de educación y de salud para esta población, continúe dando prioridad a la necesidad de educación y atención de salud primarias, y a la necesidad de educación bilingüe en las comunidades indígenas.

 

8.       Proporcione recursos adicionales para la creación de infraestructura básica, de manera que todas las comunidades tengan acceso, como mínimo, a agua potable e instalaciones de saneamiento suficientes para la protección de la salud, y para mejorar la asistencia en materia de vivienda, así como la construcción de carreteras de acceso, electricidad e infraestructura de comunicaciones.

 

9.       Adopte las medidas legislativas y otras medidas necesarias para extender la vigencia de la Ley Temporal Especial sobre Documentación Personal, e intensifique los esfuerzos que se están realizando en el marco del Plan Nacional para la Documentación Personal, a efectos de asegurar que todos los miembros de la población desarraigada por el enfrentamiento puedan obtener documentos de identidad.

 

10.     Continúe colaborando con el Congreso, la OEA, y los Bomberos Voluntarios con miras a garantizar la finalización de los esfuerzos de desminado.

 

 

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[1] Véase MINUGUA, Cuarto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala (“Cuarto Informe”), OEA/Ser.L/V/II.83, doc. 16 rev. 1, 1993, en cap. VII.  La Comisión para el Esclarecimiento Histórico estimó el desplazamiento de entre 500.000 y 1.500.000 de 1981 a 1983.  Comisión para el Esclarecimiento Histórico, Guatemala: Memoria del Silencio Tz’inil na’tab’al, en “Conclusiones y Recomendaciones”, párr. 66.

[2]  CIDH, Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Llamadas “Comunidades de Población en Resistencia” en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.86, Doc. 5 rev. 1, 16 de junio de 1994, en sec. II.

[3]  Véase Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Llamadas “Comunidades de Población en Resistencia” en Guatemala, supra; véase también, Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.61, doc. 47, 1983, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.66, doc. 16, 1985, Cuarto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.83, doc. 16 rev. 1, 1993, y los informes actualizados en los Informes Anuales de la CIDH desde 1983 hasta 1997: OEA/Ser.L/V/II/63, doc. 10, 1984; OEA/Ser.L/V/II/66, doc. 10 rev. 1, 1985; OEA/Ser.L/V/II/68, doc. 8 rev. 1, 1986; OEA/Ser.L/V/II/71, doc. 9 rev. 1, 1987; OEA/Ser.L/V/II/74, doc. 10 rev. 1, 1988; OEA/Ser.L/V/II/76, doc. 10 rev. 1, 1989; OEA/Ser.L/V/II/77, doc. 7 rev. 1, 1990 OEA/Ser.L/V/II/79, doc. 12 rev. 1, 1991; OEA/Ser.L/V/II/81, doc. 6 rev. 1, 1992; OEA/Ser.L/V/II/85, doc. 9 rev., 1994; OEA/Ser.L/V/II/88, doc. 9 rev., 1995; OEA/Ser.L/V/II/95, doc. 7 rev., 1997; OEA/Ser.L/V/II/98, doc. 6 rev., 1998.

[4] Comisión para el Esclarecimiento Histórico, supra, párr. 65.

[5] Ricardo Miranda Castillo, “Resistencia”, Revista Domingo, La Prensa, 28 de mayo de 2000 (citando a un antiguo miembro de las Comunidades de Población en Resistencia cuyos vecinos habían sido masacrados, y sus casas arrasadas en 1980).

[6] Procurador de Derechos Humanos, Informe Circunstanciado, págs. 178-79.

[7] MINUGUA, Cuarto Informe, párr. 8.  Debe indicarse que para los refugiados que no formaron parte de los retornos organizados, las repatriaciones continúan de forma individual, pero con condiciones de asistencia menos favorables.

[8] ACNUR Informe Mundial de 1999, sección sobre “Guatemala/México”.  En 1999 se otorgó la ciudadanía mexicana a 1.544 guatemaltecos refugiados en Campeche y Quintana Roo.  Se renovaron los documentos de inmigración de 4.877 refugiados en Chiapas.  Las siete colonias de refugiados en Campeche y Quintana Roo fueron reconocidas como pueblos mexicanos, se celebraron elecciones municipales y se tomaron medidas para expandir el acceso a las instituciones financieras y crediticias mexicanas.  En Chiapas, las autoridades estatales se responsabilizaron de los servicios básicos de salud y educación en las colonias, y se ofreció a los refugiados la posibilidad de comprar parcelas de tierra como resultado de la decisión de permitirles asentamiento permanente.  Id. 

[9] “Declaración Pública de la Asamblea de las Poblaciones Desarraigadas con motivo del 5º Aniversario del Acuerdo de Reasentamiento”, 17 junio de 1999.

[10] Véase, por ejemplo, ACNUR,  Informe Semestral de Avances de 1999, en la sección sobre “Guatemala y México”; ACNUR, Informe Semestral de Avances de 2000, sección sobre “América Central”.

[11] Asamblea de la Sociedad Civil, “Balance del Cumplimiento de los Acuerdos de Paz 1997-1999”.

[12] Procurador de los Derechos Humanos, supra, pág. 179.

[13] ACNUR Informe Mundial de 1999, en la sección sobre “evaluación general”.

[14] Comisión para el Esclarecimiento Histórico, supra, párr. 69.

[15] CIDH Informe Espacial sobre la Situación de los Derechos Humanos en las Llamadas “Comunidades de Población en Resistencia” en Guatemala, supra; Comisión para el Esclarecimiento Histórico, párr. 67.

[16] Comisión para el Esclarecimiento Histórico, párr. 68.

[17] Véase MINUGUA, Décimo Informe sobre los Derechos Humanos de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (“Décimo Informe”) A/54/688, 21 de diciembre de 1999, párr. 9.

[18] Véase en general, id., Undécimo Informe sobre los Derechos Humanos de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (“Undécimo Informe”), A/55/175, 26 de julio de 2000, párr. 25.

[19] Id.

[20] Véase en general MINUGUA Décimo Informe, párr. 9.

[21] Véase MINUGUA, Cuarto Informe… Suplemento: Observaciones y Recomendaciones relativas a la Agenda de Paz pendiente, Noviembre de 1999, párr. 8

[22] Véase MINUGUA, Undécimo Informe, párr. 26.

[23] Presentación del Movimiento de Desarraigados Organizados para el Desarrollo en el Norte del Quiché ante la CIDH, agosto de 1998.

[24] Véase Procurador de Derechos Humanos, supra, pág. 180.

[25] Véase id.

[26] Véase MINUGUA, Cuarto Informe – Suplemento, párr. 7.

[27] Véase id., párr. 11.

[28] Véase id.

[29] Véase MINUGUA, Undécimo Informe, párr. 27.

[30] Véase id., párr. 23.

[31] “Reportaje sobre situación en Ixcán,” Revista Domingo, Prensa Libre, 9 de julio de 2000.

[32] Véase “Declaración Pública de la Asamblea de las Poblaciones Desarraigadas”, supra; Reuters, “Guatemala war refugees have second thoughts”, 6 de septiembre de 2000 (en la que se citan informes sin confirmar de que unos 500 guatemaltecos han regresado a México desde 1999 debido a expectativas incumplidas).

[33] Véase Claudia Vásquez, “Ex refugiados regularizan su status migratorio”, Prensa Libre, 19 de septiembre de 2000.

[34] Véase Presentación del Movimiento de Desarraigados Organizados para el Desarrollo en el Norte del Quiché, supra.

[35] ACNUR Informe Mundial de 1999, “evaluación general”.

[36] Procurador de Derechos Humanos, supra, págs.180-81.

[37] Véase Yolanda Montejo, “Mama Maquín en la lucha por el derecho de la mujer a la propiedad y copropiedad de la Tierra y la participación en la organización de la comunidad”, (ponencia), Foro “Lecciones Aprendidas en el Trabajo con Mujeres Guatemaltecas Refugiadas y/o Retornadas”, 9 de octubre de 1998, pág. 9.

[38] ACNUR, Guía Informativa, Nota Informativa, 10 de agosto de 1998.  Es importante indicar que estos programas se desarrollan a nivel comunitario, con la plena participación de los beneficiarios, e incluyen capacitación para los beneficiarios.

            [39] Id.

[40] Véase Asamblea de la Sociedad Civil, “Balance del Cumplimiento de los Acuerdos de Paz 1997-1999”.

[41] Véase ACNUR Informe Mundial de 1999 (en el que identifica la atención a las necesidades de los niños y adolescentes como una cuestión pendiente y prioritaria).

[42] Véase “A dos años de reasentamiento, comunidad de Quiché vive en condiciones precarias”, Prensa Libre, 9 de julio de 2000.

[43] Véase ACNUR Informe Mundial de 1999, en “Guatemala/México”.

[44] Procurador de Derechos Humanos, supra, pág. 179.

[45] Véase id.

[46] Véase Procurador de Derechos Humanos, supra, pág. 179.

[47] Véase MINUGUA, Undécimo Informe, supra, párr. 24.

[48] Véase Procurador de Derechos Humanos, supra, pág. 180.

[49] Véase MINUGUA, Undécimo Informe, párr. 53.

[50] Véase id.

[51]Véase id.

[52] Véase Procurador de Derechos Humanos, supra, pág. 180.

[53] Asamblea de la Sociedad Civil, “Balance del Cumplimiento de los Acuerdos de Paz 1997-1999”.