Palabras del Comisionado VICEPRESIDENTE José de Jesús Orozco Henríquez con motivo de la firma del “Acuerdo de Cooperación entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación de los Estados Unidos Mexicanos  y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”


Washington, D.C., 14 de octubre de 2011 

 

Honorable Comisionada Dinah Shelton, Presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,

 

Honorable Ministro Juan Silva Meza, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de los Estados Unidos Mexicanos,

 

Excelentísimo Embajador Joel Hernández, Representante Permanente de México ante la Organización de los Estados Americanos,

 

Distinguida Dra. María Claudia Pulido, representante del Secretario Ejecutivo de esta Comisión,

 

Apreciables:

 

Miembros del personal de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

 

Representantes de la sociedad civil y los medios de comunicación,

 

Señoras y señores:

 

 

Agradezco cumplidamente la distinguida presencia de todas y todos ustedes en este evento solemne de firma del “Acuerdo de cooperación entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación de los Estados Unidos Mexicanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.   

 

Como ciudadano mexicano, en virtud del impedimento para pronunciarme sobre situaciones generales o específicas de mi país, no me referiré a las implicaciones y el significado que estoy seguro tiene este acuerdo de cooperación para México, máxime que los mismos han sido y serán detalladamente expuestos con mayor autoridad por las ilustres personalidades que me acompañan en esta mesa.

 

En mi carácter de Vicepresidente de la Comisión Interamericana, deseo destacar que la firma de este acuerdo está enmarcada en las actividades de promoción de los derechos humanos que permanentemente realiza la propia Comisión en la región. Como resultado de su  profundo interés en difundir el resultado de su trabajo relacionado con la defensa y observancia de los derechos humanos, la Comisión ha establecido relaciones formales e informales cada vez más estrechas con los diversos órganos judiciales de los Estados, lo cual contribuye a fortalecer el carácter subsidiario y complementario que tiene la jurisdicción interamericana, en tanto que los órganos estatales son los principales garantes de la vigencia de los derechos humanos en las Américas.

 

Acuerdos para el intercambio de información y jurisprudencia, así como la posibilidad de realizar eventos académicos y de promoción conjuntos, han sido suscritos por esta Comisión, por ejemplo, con la Corte Constitucional de Colombia, el Tribunal Supremo de Justicia de Brasil y las respectivas Cortes Supremas de Justicia del Ecuador y el Paraguay, algunos de ellos de tiempo atrás, además de con la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos. Con independencia del apoyo recurrente del personal de la Comisión Interamericana en múltiples actividades de difusión y promoción de los derechos humanos en los países del hemisferio, aún sin la formalización de convenio alguno, es claro que la suscripción de tales acuerdos facilita y compromete la cooperación en forma sistemática y eficiente, por lo que esta Comisión siempre estará dispuesta a impulsarla. 

 

Desde la aprobación en América de la primera declaración de derechos humanos en el mundo y la suscripción de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en Bogotá, hace sesenta y tres años, se puso énfasis en que la comunidad de principios y valores que nos une se basa en el compromiso de respetar y proteger los derechos humanos. 

 

Tras más de medio siglo de existencia de la Comisión Interamericana y más de 30 años de labores de la Corte Interamericana, por decisión soberana de los Estados miembros de la OEA, la protección de los derechos humanos en las Américas ya no se agota en la esfera interna de cada Estado sino se extiende al ámbito de la jurisdicción internacional. Asimismo, se ha evidenciado que las decisiones provenientes de los órganos del sistema interamericano sólo pueden ser efectivas si se implementan adecuadamente y son cumplidas de buena fe por  los Estados. De allí que, desde la óptica del funcionamiento y eficacia del sistema interamericano, los Estados son quienes a través de sus acciones u omisiones dan lugar a la jurisdicción internacional, pero también quienes, por medio de su efectivo cumplimiento y garantías de no repetición, dotan de eficacia al sistema y salvaguardan la dignidad de los habitantes bajo su jurisdicción.

 

Reconocida es la valerosa contribución de la Comisión Interamericana en los procesos de transición y consolidación democrática en la región, a partir de finales de la década de los setenta en que entró en vigor la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

En esta dinámica, es bien conocida también la labor de defensa de los derechos humanos que realiza la Comisión Interamericana a través de la resolución de peticiones y casos, cuyo impacto en los Estados ha posibilitado, a través de informes de fondo de la Comisión y sentencias por parte de la Corte, así como del eventual otorgamiento de medidas cautelares y provisionales, la protección o reparación en sus derechos de decenas de miles de víctimas en nuestro Continente.

 

Sin embargo, la cada vez más creciente evocación de justicia en foros internacionales para las víctimas de violaciones a derechos humanos y el consecuente incremento de peticiones en la Comisión Interamericana –no tanto porque las violaciones a los derechos humanos, en sí, hayan aumentado con respecto a la época en que predominaban los regímenes dictatoriales en la región sino porque, en gran media, se han hecho más visibles y accesibles los instrumentos interamericanos de protección-, han advertido la imperativa necesidad de fortalecer estrategias para la salvaguarda efectiva de los derechos de los seres humanos que habitamos este hemisferio, a fin de que la Comisión Interamericana continúe haciéndoles frente con un presupuesto siempre exiguo.

 

En esta dirección, la Comisión Interamericana, sin alejarse de sus responsabilidades en el marco de peticiones y casos, ha impulsado, también desde hace tiempo, actividades de promoción de los derechos humanos que permitan incentivar a la sociedad civil y a los Estados a cumplir con las tareas que les han sido asignadas por los estándares interamericanos a fin de posibilitar el respecto y garantía de los derechos humanos, pero, además, asegurar la sustentabilidad y continuidad del propio sistema, reforzando su carácter subsidiario y complementario. Así, por ejemplo, la Comisión ha incentivado a los jueces para que realicen un control de la convencionalidad al emitir sus resoluciones; a los poderes ejecutivos, a que implementen políticas públicas conforme a los estándares de derechos humanos; a los legisladores, a que adecuen la normativa interna al derecho internacional e incorporen mecanismos para el cumplimiento de las resoluciones de los órganos interamericanos, así como, a la sociedad civil, a que exija a diversos actores internos la reivindicación de sus derechos antes de acudir a las esferas internacionales.

 

La única posibilidad que se advierte para que los derroteros del sistema interamericano sean exitosos y eficaces es que sean recorridos conjuntamente por todos sus partícipes –Estados, sociedad civil, Comisión y Corte-, en donde cada parte debe asegurarse de proteger la dignidad humana desde su respectiva trinchera hasta el máximo de sus posibilidades, antes de accionar el ámbito de protección que representa el uso de otra trinchera del propio sistema.

 

Las actividades de promoción de los derechos humanos realizadas por la Comisión Interamericana se enmarcan en su búsqueda por alentar a los Estados y la sociedad civil a participar activamente en la prevención y protección de los derechos humanos, de acuerdo con la posición que ocupan dentro del sistema.

 

Muestra del compromiso de la Comisión Interamericana para estimular la conciencia de los actores del sistema interamericano respecto del papel que les corresponde desempeñar, es la producción de más de 20 informes temáticos estableciendo estándares internacionales para toda la región en diversas materias, tales como niñez; defensoras y defensores de derechos humanos; derechos económicos, sociales y culturales; trabajadores migratorios; derechos indígenas, y de la mujer, entre muchos otros. Asimismo, la realización de diversas visitas a los Estados; la emisión de comunicados de prensa; la impartición de talleres, seminarios y conferencias; la asistencia técnica en la valoración de políticas públicas, así como la celebración de convenios similares al que hoy nos convoca, de los cuales existen varios que le anteceden con diversas universidades del Continente; con el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, y con el Comité de la Cruz Roja Internacional.

 

La firma de este tipo de convenios interinstitucionales se basa y traduce en la confianza en las instituciones de cada Estado para que profundicen en el estudio del derecho internacional y adopten las medidas adecuadas en conformidad con los estándares del derecho internacional de los derechos humanos.

 

Cada vez que el conocimiento del sistema interamericano sea mayor por parte de organizaciones de la sociedad civil; agentes estatales, así como entidades académicas y otros actores, el respeto y la defensa de los derechos humanos según estándares internacionales serán más efectivos. En tal virtud, es de celebrarse la iniciativa de actores dentro de los propios Estados para alentar, dentro de sus propios roles, la salvaguarda de los derechos de las personas, de tal manera que la expectativa de justicia sea satisfecha, como naturalmente debe serlo, dentro de cada Estado.

 

Sólo me resta reiterar que la Comisión Interamericana seguirá realizando su máximo esfuerzo para cumplir con el mandato que le ha sido otorgado por los Estados para proteger y restituir a todas las personas que han sido víctimas de violaciones a sus derechos; simultáneamente, como parte también de este mandato, continuará estimulando la conciencia de los derechos humanos en nuestra América, a través de la promoción de los derechos de las personas en los Estados, con la finalidad de prevenir su transgresión.

 

Celebro la suscripción de acuerdos interinstitucionales para sumar esfuerzos de coordinación y colaboración en la salvaguarda de los derechos humanos, en aras de la justicia y la dignidad del ser humano, eje toral y razón de ser de todo Estado constitucional democrático de derecho y la comunidad que conforma la Organización de Estados Americanos.