COMUNICADO DE PRENSA

 

No. 120/10

 

CIDH DEPLORA MUERTES EN INCENDIO EN CÁRCEL DE CHILE

 

Washington, D.C., 9 de diciembre de 2010 - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deplora la muerte de internos en un incendio en la cárcel de San Miguel, en Santiago de Chile. La CIDH hace un llamado urgente al Estado para que adopte las medidas necesarias a fin de investigar debidamente estos hechos y evitar su repetición.

 

Según la información recibida, al menos 83 personas murieron y al menos 14 resultaron con quemaduras graves, como consecuencia de un incendio que se habría producido en la madrugada del 8 de diciembre de 2010. La Comisión Interamericana insta al Estado a tomar las medidas adecuadas para informar en forma pronta y precisa la identidad de los internos que perdieron la vida en el incendio y las circunstancias y causas específicas de su fallecimiento. Asimismo, insta al Estado a informar a los familiares de los internos heridos sobre su condición médica actual, y a proveer información oportuna a los familiares de internos que puedan ser trasladados a otras cárceles. Por último, la CIDH urge al Estado a informar sobre las medidas que se están tomando en la Cárcel de San Miguel con posterioridad al incendio.  

 

La Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la CIDH realizó una visita de trabajo a Chile en agosto del 2008 y emitió el comunicado de prensa 39/08, en el que manifestó: “En los centros de detención operados por el Estado se observó un alto nivel de hacinamiento pocas veces visto en la región, condiciones de insalubridad extrema que incluyen servicios precarios o deficientes de agua potable, alimentación, higiene y salud, así como pésimas condiciones de infraestructura y serias deficiencias o ausencia de verdaderos programas de readaptación social”.

 

La Comisión Interamericana comparte las expresiones del Presidente de Chile, Sebastián Piñera, en cuanto a que lo ocurrido es una “tremenda y dolorosa tragedia” y que “el sistema carcelario es una vergüenza que nos afecta a todos”. En este sentido, la CIDH considera que el hacinamiento, además de constituir en sí mismo una forma de trato cruel, inhumano y degradante, es un factor de riesgo para la vida e integridad personal de las personas privadas de libertad en un determinado recinto. Por eso, es imperativo que las autoridades nacionales adopten todas aquellas medidas que sean necesarias para que los centros penales no alberguen más reclusos de los que pueden alojar de acuerdo con su capacidad real.

 

La CIDH recuerda que el Estado se encuentra en una posición especial de garante frente a los derechos de las personas privadas de libertad. Esto hace que el acto de reclusión implique un compromiso específico y material del Estado de garantizar las condiciones requeridas bajo los estándares internacionales con el fin de salvaguardar la vida e integridad personal de los reclusos. El deber de garantizar implica que éste debe tomar todas las medidas necesarias para prevenir situaciones de riesgo que, como la presente, amenacen gravemente los derechos fundamentales de los detenidos. En este sentido, los Estados tienen el deber de garantizar que los centros penitenciarios cuenten con estructuras adecuadas y seguras, así como con medios idóneos, planes de acción y personal suficiente y capacitado para mantener la seguridad en los centros penales y hacer frente a este tipo de situaciones de emergencia.

 

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. 

 

 

Enlaces útiles:

 

Comunicado de prensa 39/08  La Relatoría de Personas Privadas de Libertad concluye su visita a Chile de 28 de agosto de 2008.

Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas

Oficina de Prensa de la CIDH

Sitio web de la CIDH

 

 

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Lea este comunicado de prensa en inglés / Read this press release in English

 

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