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COMUNICADO
DE PRENSA N° 8/03
OBSERVACIONES
PRELIMINARES DE LA |
RESUMEN
EJECUTIVO
1.
El 29 de diciembre de
1996 se firmó en Guatemala el Acuerdo de Paz Firme y Duradera.
Este acuerdo expresa la voluntad de millones de guatemaltecos, quienes,
luego de 36 años de guerra y más de 150,000 muertos y miles de desaparecidos,
iniciaban un camino necesario y difícil para superar las violaciones graves y
masivas de derechos humanos así como la debilidad de las instituciones democráticas
y avanzar hacia la construcción de una genuina democracia, bajo el imperio del
Estado de Derecho, que asegure la participación e integración de todos los
sectores de la sociedad. 2.
Los acuerdos de paz
marcaron el comienzo de un proceso que, innegablemente, ha resultado en
significativos avances en los planos de la paz social y en la creación de
espacios políticos y de diálogo. A
partir de 1996, y en cumplimiento de diferentes objetivos de los acuerdos de
paz, se han dictado nuevas leyes y creado diversas instituciones, en cuya gestión
y debate ha participado a menudo la sociedad civil. 3.
Durante estos años
también ha habido muchas razones para lamentar retardos y omisiones en el
cumplimiento de los pasos necesarios para construir un Estado de Derecho y
alcanzar los objetivos de los Acuerdos de Paz. 4.
La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos ha seguido con especial atención la evolución
del proceso de cumplimiento de los Acuerdos de Paz, reconociendo avances y
marcando insuficiencias. En tiempos
recientes, la Comisión ha notado con preocupación ciertos alarmantes indicios
acerca de la posibilidad de retrocesos en los progresos alcanzados hacia la
consolidación del Estado de Derecho. Por
ello, para la presente visita, la Comisión se concentró en recabar información
sobre aspectos fundamentales para la vigencia del Estado de Derecho.
En particular, la Comisión se ocupó de indagar sobre la administración
de justicia, la situación de impunidad, la seguridad ciudadana, las amenazas a
los operadores de justicia y defensores de derechos humanos, la situación de
los pueblos indígenas, la niñez y las mujeres; y la libertad de expresión. 5.
El Poder Judicial es
el instrumento principal para sostener el imperio de la ley y para solucionar
los conflictos que ocurren a diario en la sociedad. Una sociedad sin un Poder
Judicial debidamente estructurado y eficiente que resuelva los conflictos entre
los individuos y entre éstos y el Estado es proclive a la violencia, la
corrupción y el estancamiento. En
Guatemala, los ataques y amenazas a los operadores de justicia, la existencia de
presiones e influencias indebidas sobre los jueces, la insuficiencia de
recursos, la falta de investigaciones serias y oportunas por parte del
Ministerio Público, en particular en casos de especial trascendencia, y la difícil
situación por la cual atraviesa la Defensoría Pública, son factores que
contribuyen, entre otros, a la impunidad generalizada que afecta seriamente el
Estado de Derecho. 6.
Durante su
permanencia en Guatemala, la Comisión recibió valiosos testimonios sobre
materias relacionadas con la seguridad ciudadana. La intromisión de las Fuerzas Armadas en esferas que se
encuentran fuera de la competencia establecida en los Acuerdos de Paz, el abuso
y la corrupción en la Policía Nacional Civil, son algunas de las cuestiones
que obstaculizan el desarrollo de una fuerza de seguridad eficiente para
prevenir y combatir la criminalidad. 7.
La
Comisión tomó conocimiento también sobre cuerpos ilegales y aparatos
clandestinos de seguridad, que realizan operaciones de narcotráfico,
secuestros, contrabando, así como ataques y amenazas a los defensores de
derechos humanos y a los operadores de justicia. Durante la visita, tanto las
autoridades como la sociedad civil reconocieron la existencia de estos cuerpos
paralelos, que atentan contra la continuidad del Estado de Derecho.
La Comisión valora la iniciativa del Procurador de Derechos Humanos, de
la sociedad civil y el Gobierno de crear la Comisión para la Investigación de
los Cuerpos Ilegales y Aparatos Clandestinos de Seguridad (CICIACS). La CIDH
insta al Estado guatemalteco a cumplir estrictamente con los términos del
acuerdo suscrito el 13 de marzo de 2003 y exhorta a la comunidad internacional a
cooperar con esta importante institución. 8.
La información recibida durante la visita muestra un incremento
significativo en las intimidaciones hacia los defensores de derechos humanos y
operadores de justicia, que incluye registros ilícitos a las oficinas de las
organizaciones de derechos humanos, robo de equipos e información, amenazas de
muerte, ataques contra la integridad física, seguimientos, secuestros, e
inclusive asesinatos. Los operadores de justicia y defensores de derechos
humanos son una pieza irremplazable para la construcción de una sociedad democrática,
sólida y duradera. Cuando los
operadores de justicia y defensores de derechos humanos son silenciados por el
asesinato, la intimidación o el miedo, se perjudica también a las personas a
quienes asisten, así como a toda la sociedad. 9.
Guatemala es un país
multiétnico, multilingüe y pluricultural, donde los pueblos indígenas mayas,
garífuna y xincas, que representan más de la mitad de la población y el 83%
de las víctimas del conflicto armado, han sido históricamente discriminados y
constituyen gran parte de la población pobre o en extrema pobreza.
El Gobierno reconoció que los Acuerdos de Paz relativos a la inclusión
social de los pueblos indígenas son los que acusan un menor grado de
cumplimiento. Ello afecta la
democracia guatemalteca, la cual no se consolidará mientras no se termine con
la discriminación sistemática en contra de los pueblos indígenas. 10.
El fin del conflicto
interno y el nuevo temario establecido en los Acuerdos de Paz han posibilitado
que las mujeres tengan un rol protagónico en el logro de importantes avances en
el marco legal y de políticas públicas para superar la discriminación que
impide su participación plena en la toma de decisiones.
Sin embargo, estos avances no han sido seguidos por otros cambios
estructurales imprescindibles para remediar la discriminación contra la mujer.
Es especialmente preocupante que el Estado no haya dado los pasos
necesarios para erradicar ciertas disposiciones legales que discriminan por
razones de género. Además de
ello, y pese a ciertos avances legislativos, subsisten disposiciones legales
anacrónicas que perpetúan formas de subordinación. Más aún, existe un
contraste marcado entre los avances en el plano legal y la insuficiencia de
cambios reales en la práctica. También
debe notarse que aunque el Estado ha asumido importantes compromisos
internacionales en relación con los derechos de la mujer, son pocos los
operadores de justicia que conocen y aplican los instrumentos relevantes.
11.
La Comisión expresa
su profunda preocupación en relación con la situación de la niñez
guatemalteca. La CIDH constató que
aún no se ha adecuado la normatividad interna a la Convención sobre los
Derechos del Niño, de la cual el Estado guatemalteco es parte. También recibió
información sobre la subsistencia de violaciones a los derechos a la vida e
integridad física de los niños y la falta de investigación, enjuiciamiento y
castigo de los responsables de tales violaciones, así como la falta de
servicios y programas para atender las necesidades básicas de la niñez en
riesgo. La Comisión expresa
especial preocupación en relación con las denuncias de la llamada “limpieza
social” y la violencia e inseguridad a la cual los niños, niñas y jóvenes
de la calle están expuestos. 12.
La Comisión nota
también con preocupación el aumento en las amenazas y actos de hostigamiento a
los periodistas, particularmente aquellos que cubren investigaciones
relacionadas con actos de corrupción y violaciones a los derechos humanos.
Por ello se hace un deber enfatizar la necesidad de proteger las fuentes
de información de los periodistas y el libre ejercicio del derecho de acceso a
la información. A su vez, expresa su preocupación por la inexistencia de
reglamentación sobre las concesiones de televisión y radiodifusión que tome
en cuenta criterios democráticos que garanticen la igualdad de oportunidades en
el acceso a los mismos, particularmente en relación con la inclusión de los
pueblos indígenas, los campesinos, las mujeres y los jóvenes. 13. Al finalizar esta visita, la CIDH no puede ocultar su seria preocupación sobre la falta de avances en asuntos cruciales para la preservación y el fortalecimiento del Estado de Derecho. Por el contrario, desde su visita anterior en 1998, la Comisión ha encontrado un deterioro significativo en varios aspectos. El Estado de Derecho y la democracia en Guatemala no se consolidará si el Poder Judicial continúa siendo ineficiente para tratar las gravísimas violaciones a los derechos humanos del pasado, así como las violaciones del presente y la impunidad sigua imperando en el sistema de justicia; si grupos armados actúan impunemente al margen de la ley; si los defensores de derechos humanos, operadores de justicia, periodistas, sindicalistas y otros representantes de sectores sociales son objeto de asesinatos, amenazas e intimidaciones; si los pueblos indígenas, las mujeres y los niños y niñas sufren distintas formas de discriminación y marginación social; y si las Fuerzas Armadas y los aparatos de inteligencia continúan participando en actividades de seguridad ciudadana y no se subordinan a las autoridades civiles.
14.
La Comisión
considera que los factores previamente mencionados, en particular la impunidad,
la corrupción, el crimen organizado y la exclusión social de diversos
sectores, representan un serio peligro de retroceso en la vigencia efectiva del
Estado de Derecho y restringen el pleno goce de los derechos humanos que la
Convención Americana reconoce a toda persona. 15.
La Comisión desea
reiterar su apoyo al proceso de paz que puso fin a
36 años de enfrentamiento armado interno. El desarrollo de una cultura
de tolerancia, de respeto a la ley y de rechazo a la impunidad requiere un
esfuerzo de todos y todas; empeño en el que han sido y serán acompañados
solidariamente por la comunidad internacional. La Comisión es consciente de las
dificultades de dicha tarea y de lo que falta aún por lograr.
La CIDH comprende la frustración de diversos sectores de la sociedad
guatemalteca por el escaso avance del proceso. La CIDH enfatiza que dichas
dificultades no deben conducir al desaliento. Por el contrario, se deben
preservar y fortalecer los espacios de cooperación y participación existentes. 16.
La CIDH resalta una
vez más la importancia de los Acuerdos de Paz como instrumentos para avanzar en
la tarea de la construcción de un país más democrático, justo, tolerante y
respetuoso de los derechos humanos. La Comisión hace un llamado al Estado y a
la sociedad civil para que redoblen sus esfuerzos para la plena implementación
de estos acuerdos. 17.
La CIDH seguirá
observando de manera muy atenta el desarrollo de la situación de los derechos
humanos en Guatemala. La visita que culmina en el día de hoy constituyó una
valiosa oportunidad para cumplir
este fin, así como para profundizar el diálogo, que dentro del marco de su
competencia, la Comisión mantiene con las autoridades y con la sociedad
guatemalteca. La CIDH reitera su ofrecimiento de colaborar con el Gobierno de
Guatemala, así como con la sociedad guatemalteca en su conjunto, a fin de
contribuir al fortalecimiento de la defensa y protección de los derechos
humanos en un contexto democrático. Por
otra parte, la Comisión agradece la colaboración de las instituciones del
gobierno y de la sociedad civil que facilitaron el buen desarrollo de la
presente visita. 18.
La Delegación de la
CIDH[1]
para esta visita estuvo integrada por su Primer Vicepresidente José Zalaquett
(Chile); Segundo Vicepresidente Clare Roberts (Antigua y Barbuda); Susana Villarán
(Perú); Juan E. Méndez (Argentina); Julio Prado Vallejo (Ecuador) y Santiago
A. Canton, Secretario Ejecutivo. El
Relator Especial para la Libertad de Expresión Eduardo Bertoni acompañó a la
delegación.
I.
INTRODUCCIÓN 19.
En el día de la
fecha, la Comisión finalizó su visita in
loco a la República de Guatemala. La visita –realizada por invitación
del Gobierno del Presidente Alfonso Portillo— se extendió desde el lunes 24
hasta el sábado 29 de marzo de 2003 y tuvo por objeto observar la situación de
los derechos humanos en dicho país. 20.
La CIDH es un órgano
principal de la Organización de los Estados Americanos (OEA) con el mandato de
promover y proteger la observancia de los derechos humanos en el Hemisferio y
cuyas atribuciones se derivan de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
y la Carta de la OEA, instrumentos ratificados por la República de Guatemala.
La Comisión está compuesta de siete miembros elegidos a título personal por
la Asamblea General de la OEA. La Delegación de la CIDH[2]
para esta visita estuvo integrada por su Primer Vicepresidente José Zalaquett
(Chile); Segundo Vicepresidente Clare Roberts (Antigua y Barbuda); Susana Villarán
(Perú); Juan E. Méndez (Argentina); Julio
Prado Vallejo (Ecuador) y Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo. El
Relator Especial para la Libertad de Expresión, Eduardo Bertoni, acompañó a
la delegación. Asimismo, formaron
parte de la Delegación las Especialistas Maria Claudia Pulido, Elizabeth
Abi-Mershed, Isabel Madariaga, Andrea Galindo y Tamara Taraciuk.
La delegación contó con el apoyo administrativo de las señoras Gloria
Hansen, Martha Keller y Laura Ferrer. 21.
La CIDH destaca que
tuvo la más amplia libertad para reunirse con las personas de su elección, así
como para desplazarse a cualquier lugar del territorio que estimara conveniente.
Las autoridades del Estado de Guatemala extendieron a la Comisión la más plena
asistencia y cooperación a fin de posibilitar la realización de su programa.
La Comisión agradece al Gobierno del Presidente Portillo y en particular a
COPREDEH por estas facilidades. Agradece asimismo la colaboración e información
proporcionada por diversas organizaciones y representantes de la sociedad civil. 22.
Durante su visita la
CIDH se entrevistó con autoridades de los poderes del Estado, incluyendo el
Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia, el Ministro de
Relaciones Exteriores, el Ministro de Gobernación, el Ministro de Defensa,
miembros del Gabinete de Seguridad, la Secretaria de Bienestar Social, la
Secretaria de la Paz, el Secretario de Comunicaciones, el Secretario del Fondo
Indígena, el Director de la Policía Nacional Civil, miembros de la Comisión
Presidencial contra la Discriminación y el Racismo, la Defensora de la Mujer Indígena y el Presidente de
COPREDEH. Asimismo, la Comisión mantuvo reuniones con miembros de la Corte
Suprema de Justicia y con un magistrado de la Corte de Constitucionalidad.
Por otro lado se reunió con el Fiscal General de la Nación y miembros
de Fiscalías Especializadas, así como el Defensor del Pueblo, con miembros de
la Defensoría Pública, así como con el Presidente del Congreso y miembros de
las Comisiones de Derechos Humanos y de la Mujer, Niñez y Familia. También
se entrevistó con organizaciones no gubernamentales de derechos humanos,
representantes de organizaciones de derechos de los pueblos indígenas,
organizaciones de derechos del niño, organizaciones de derechos de la mujer,
representantes de las Iglesias, representantes de organizaciones campesinas,
organizaciones dedicadas al fortalecimiento de la administración de justicia,
periodistas, sindicalistas y representantes del sector empresarial. Asimismo, la
CIDH recibió testimonio de víctimas de violaciones a los derechos humanos. La CIDH mantuvo contacto con organismos internacionales
incluyendo a MINUGUA y UNICEF. 23.
Asimismo, la Comisión
recibió información y testimonios sobre la situación en todas las regiones
del país. En especial una delegación de la CIDH se trasladó a Nevaj,
departamento del Quiché, en donde se entrevistó con el Gobernador, el Alcalde,
el Juez Civil, el Defensor Público, personal del Juzgado de Paz, miembros de
los bufetes populares y el Jefe de
la Policía, así como también con miembros de organizaciones locales y de la
Iglesia. La Comisión también pudo verificar la situación de la comunidad de
Los Cimientos y la situación de violencia que sufren los jóvenes en
Villanueva, ciudad de Guatemala. 24.
En el marco de la
colaboración existente con el Gobierno, y con el objetivo de contribuir en la búsqueda
de una mayor y mejor protección de los derechos fundamentales en Guatemala, la
Comisión, sobre la base de las funciones y atribuciones que le otorga el artículo
41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, hace de público
conocimiento sus observaciones preliminares sobre las impresiones recogidas
antes y durante la presente visita. Las conclusiones y recomendaciones finales
serán plasmadas en un informe sobre la situación de los derechos humanos en
Guatemala, el cual será puesto a consideración del Estado guatemalteco y hecho
público próximamente. 25.
Durante su visita, la
Comisión prestó particular atención a los siguientes temas: la administración
de justicia; la lucha contra la impunidad; la seguridad ciudadana (y la amenaza
que representan los cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad); la
situación de los defensores de derechos humanos; la discriminación y la
marginación social de los pueblos indígenas, la mujer y la niñez; y la
libertad de expresión. La Comisión considera que estos temas son de
fundamental importancia para lograr la efectiva vigencia del Estado de Derecho
en una sociedad democrática. 26.
A su vez, la
Democracia y el Estado de Derecho son condiciones necesarias para lograr la
vigencia y el respeto de los derechos humanos. Según la Carta Democrática
Interamericana, son elementos esenciales de la democracia representativa, entre
otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el
acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de Derecho; y la separación
e independencia de los poderes públicos. II.
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 27.
La CIDH desea
reiterar la importancia de la existencia de una administración de justicia
eficiente, independiente y autónoma para el perfeccionamiento de la democracia
y la vigencia del Estado de Derecho. Un Poder Judicial que reúne tales características
pone límites a los abusos de autoridad y es garante de la legalidad y la
protección de los derechos de todas las personas. 28.
Durante su visita la
CIDH recibió información sobre la situación del Poder Judicial guatemalteco,
incluyendo los esfuerzos y logros realizados con miras a la formación de
jueces, al nombramiento de nuevos jueces de paz y a la creación de juzgados
comunitarios. Asimismo, la CIDH recibió información sobre las deficiencias que
aún aquejan al Poder Judicial. Entre los problemas más graves que afectan a la
administración de justicia se encuentran la insuficiencia de recursos, las
presiones de diversa índole sobre jueces y operadores de justicia, la falta de
una carrera judicial adecuada y la inestabilidad que ello acarrea.
Por otro lado, el incremento en los ataques y atentados contra la vida e
integridad de jueces y fiscales y demás operadores de justicia son de
particular preocupación para la Comisión y son analizados más adelante en
este Comunicado de Prensa. 29.
La Comisión recibió
información que indica que el presupuesto asignado a las instituciones de
justicia continúa siendo insuficiente. Por ejemplo, el Fiscal General de la
Nación le informó a la Comisión que los recursos de su institución son
precarios y que, en razón de ello, el Ministerio Público sólo tiene presencia
en el 10% del territorio guatemalteco y cuenta con un fiscal por cada 75.000
habitantes, lo que quiere decir que tiene un promedio de 1.546 casos a su cargo.
De igual manera, la Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al
Fortalecimiento de la Justicia informó que el Instituto de la Defensa Pública
Penal experimenta serias dificultades para continuar con varios de sus programas
vitales, como ser la Defensoría de Oficio, su presencia en los Centros de
Administración de Justicia, Defensorías en Sedes Policiales y Defensorías Étnicas. 30.
Asimismo, la Comisión
recibió información sobre el desempeño actual de diversas Fiscalías
Especializadas. La Comisión considera que el éxito de la lucha contra la
impunidad depende en gran medida de la efectividad de los mecanismos de
investigación y por consiguiente valora la creación de Fiscalías Especiales
cuando sean necesarias. Sin embargo, la información recibida por la Comisión
indica que se registran pocos avances en numerosas investigaciones criminales,
particularmente aquellas relacionadas con las amenazas y ataques a operadores de
justicia y periodistas. La Comisión tiene especial interés en la investigación
de las amenazas y ataques contra defensores de derechos humanos e insta al
Fiscal General a dotar a la Fiscalía Especial de Derechos Humanos de los
recursos necesarios para cumplir con su deber. 31.
Tanto la Comisión
Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia, como el
Relator Especial de la ONU sobre la Independencia de Magistrados y Abogados y
esta misma Comisión, han expresado en numerosas oportunidades la importancia de
dotar al sistema de justicia de Guatemala de un presupuesto adecuado. Esta es
una condición necesaria para garantizar a todos los habitantes de Guatemala el
acceso equitativo a la justicia y para combatir la impunidad. III.
IMPUNIDAD
32.
La efectiva vigencia del Estado de Derecho se
logra en gran medida asegurando una administración de justicia que no tolere la
impunidad. La sociedad toda debe percibir que el Poder Judicial aplica la ley
por igual y garantiza a todos los habitantes el goce efectivo de sus derechos.
La Comisión Interamericana ha sostenido que “la impunidad es uno de
los serios problemas concernientes a la administración de justicia en el
Hemisferio”, y uno de los obstáculos
para el fortalecimiento definitivo del Estado de Derecho en varios Estados de la
región. 33.
La subsistencia de altos niveles de impunidad no significa solamente que
numerosos crímenes graves queden sin castigo; se convierte además en
una situación que afecta la vida misma de la nación y su cultura. Asimismo, se
genera responsabilidad internacional para el Estado cuando éste no cumple con
su obligación de efectuar una investigación seria, imparcial y efectiva de los
hechos y sancionar a los responsables, aun cuando no se trate de crímenes
cometidos por agentes estatales. Tal omisión genera la obligación adicional de
reparar a las víctimas o a sus familiares por la violación de su derecho a
obtener del Estado una debida investigación de los hechos. 34.
Durante su visita in
loco la Comisión tomó conocimiento de distintos factores que contribuyen a
la situación de impunidad. Entre ellos se encuentran graves falencias en
la actuación del Ministerio Público, del Poder Judicial y en particular de la
Policía Nacional Civil; las irregularidades en la recolección y producción de
prueba; la indebida influencia de las Fuerzas Armadas en asuntos ajenos a sus
funciones específicas; la renuencia de los organismos de seguridad a brindar a
los jueces información relevante; la protección y encubrimiento por parte de
algunas autoridades en investigaciones relacionadas con el crimen organizado; la
falta de voluntad, negligencia o incapacidad de numerosos jueces para evitar la
utilización de recursos procesales con el objetivo de obstruir la justicia; la
inexistencia de una política criminal orientada a combatir la inseguridad
ciudadana; las amenazas e intimidaciones contra operadores de justicia,
defensores de derechos humanos y otros líderes sociales; y las limitaciones
presupuestarias en el sistema de administración de justicia. 35.
Con relación al
enjuiciamiento y sanción de los responsables por violaciones de derechos
humanos del pasado, la Comisión observa con profunda preocupación que la grave
impunidad de las violaciones cometidas durante el conflicto armado permanece incólume.
En efecto, tanto por medio del sistema de casos, las audiencias generales
otorgados por la CIDH, como en la presente visita, la Comisión ha recibido
información según la cual hasta la fecha las autoridades judiciales se han
abstenido de procesar y sancionar a los autores responsables de casi la
totalidad de violaciones a los derechos humanos cometidas durante el conflicto
armado. IV.
LA SEGURIDAD CIUDADANA LA POLICÍA NACIONAL CIVIL 36.
Durante su permanencia en Guatemala, la Comisión
recibió valiosos testimonios sobre los temas de seguridad ciudadana, la
violencia y la delincuencia que afectan gravemente la vigencia del Estado de
Derecho. En cuanto a la capacidad
de la PNC, conforme a la información suministrada por el Estado, ésta ha sido
fortalecida de acuerdo a las posibilidades del Estado y con la colaboración de
la comunidad internacional. El Gobierno indicó que con la aprobación del
presupuesto de gastos para el año 2003, la Policía fue reforzada financiera y
técnicamente para satisfacer las demandas de protección. Sin embargo, la
Comisión tuvo noticia de la reducción del presupuesto de la Academia de la
PNC, por lo que insta al Estado a que le brinde los recursos y el apoyo
necesarios para asegurar la continuidad de su labor de formación y capacitación
especializada a los agentes de la policía. 37.
Una de las preocupaciones de la Comisión en relación con la seguridad
ciudadana es la participación de las Fuerzas Armadas en actividades que deben
corresponder exclusivamente a la PNC. En
un sistema democrático es fundamental la separación clara y precisa entre la
seguridad interior como función de la Policía y la defensa nacional como función
de las Fuerzas Armadas. La Comisión
ha recibido información sobre la participación de las Fuerzas Armadas en
cuestiones de seguridad ciudadana e inclusive en otras áreas del Gobierno.
Por ejemplo, las Fuerzas Armadas continúan
participando en la investigación de los delitos -en particular en los
casos relacionados con narcotráfico y crimen organizado– en funciones de
control migratorio y en tareas de inteligencia civil. 38.
La influencia sobre la seguridad ciudadana es sólo un aspecto del amplio
poder que ejercen las Fuerzas Armadas sobre el Gobierno y la sociedad
guatemalteca. Es necesario
profundizar el proceso de desmilitarización iniciado con la firma de los
Acuerdos de Paz, fortaleciendo principalmente el control civil, tanto del Poder
Ejecutivo como del Legislativo, sobre las actividades de las Fuerzas Armadas. LOS
LINCHAMIENTOS 39.
Preocupa gravemente a la CIDH que persista el fenómeno de los
linchamientos que ha sido documentado a partir de 1996. Según las cifras de
MINUGUA, desde ese año hasta el año 2002 se registraron 482 casos de
linchamiento que afectaron a 943 víctimas, de las cuales 240 perdieron la vida.
No obstante que la PNC y la Procuraduría de Derechos Humanos han intervenido
exitosamente en ciertos casos para prevenir que las víctimas sean asesinadas,
la respuesta estatal ha sido, hasta hoy, notoriamente deficiente.
En muchos casos las autoridades no toman medidas preventivas ni responden
con eficacia frente a los hechos violentos.
La vasta mayoría de los casos de linchamientos quedan impunes. La falta
de una respuesta efectiva por parte de la administración de justicia transmite
el mensaje perverso de que la “justicia popular” es una alternativa
aceptable para reemplazar el Estado de Derecho y el debido proceso. LOS CUERPOS ILEGALES Y APARATOS CLANDESTINOS
DE SEGURIDAD 40.
La Comisión recibió
información de las autoridades y la sociedad civil sobre la existencia de
“cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad” que han incrementado
sus actividades delictivas en los últimos años. Estos grupos han sido asociados con narcotráfico,
secuestros, contrabando, robos en gran escala y en particular con ataques y
amenazas a los defensores de derechos humanos, operadores de justicia, testigos,
periodistas, sindicalistas y otros sectores sociales.
41.
La Comisión ve con beneplácito la iniciativa para crear la Comisión de
Investigación de los Cuerpos Ilegales y Aparatos Clandestinos de Seguridad
(CICIACS), que investigará la
actuación de estos cuerpos e insta al Gobierno a proveer a dicha Comisión de
los elementos necesarios para que cumpla con su mandato de investigación de
manera eficaz. Asimismo, la Comisión insta a las autoridades a que colaboren
con las CICIACS y a que cumplan estrictamente con los términos en el acuerdo
político del 13 de marzo de 2003. 42.
La Comisión
continuará observando de cerca la evolución de la CICIACS y pone a disposición
de las autoridades y la sociedad civil guatemalteca su experiencia y
conocimiento para colaborar en el éxito de su misión.
La Comisión confía en que la ONU y la OEA
prestarán toda su colaboración para el buen funcionamiento de la CICIACS.
LAS PATRULLAS DE AUTODEFENSA CIVIL
(PAC) 43.
Los organismos de la sociedad civil le expresaron a la Comisión su
preocupación por la reactivación de las PAC en posibles actividades de
intimidación sobre la población. Sobre el particular, la Comisión desea
recordar que tanto en sus informes, como en decisiones de la Corte
Interamericana se ha analizado el origen, objetivos y funcionamiento de las PAC,
así como su vinculación con numerosas ejecuciones extrajudiciales durante el
conflicto armado, y se efectuaron
recomendaciones específicas a este respecto. La Corte Interamericana ha señalado
que: ...las
patrullas civiles (PAC) tenían una relación institucional con las Fuerzas
Armadas, realizaban actividades de apoyo a las funciones de las Fuerzas Armadas
y, aún más, recibían recursos, armamento, entrenamiento y órdenes directas
del Ejercito guatemalteco y operaban bajo su supervisión, y a esas patrullas se
les atribuían varias violaciones de derechos humanos, incluyendo ejecuciones
sumarias y extrajudiciales y desapariciones forzadas de personas. 44.
Asimismo, la Comisión desea recordar que en el Informe 59/01 recomendó
al Estado guatemalteco que “evite efectivamente el resurgimiento y
reorganización de las Patrullas de Autodefensa Civil”.
V.
LA SITUACIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS Y LOS OPERADORES DE
JUSTICIA LOS
DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS
45.
La Comisión desea resaltar que en el proceso para el logro pleno del
Estado de Derecho, los defensores de derechos humanos tienen un papel protagónico.
El accionar de los defensores, a través de la protección de individuos y
grupos de personas que son víctimas de violaciones de derechos humanos, de la
denuncia pública de las injusticias que afectan a importantes sectores de la
sociedad y del necesario control que ejercen sobre los funcionarios públicos y
las instituciones democráticas, entre otras actividades, los convierten en una
pieza irremplazable para la construcción de una sociedad democrática sólida y
duradera. Cuando los operadores de
justicia y defensores de derechos humanos son silenciados por el asesinato, la
intimidación o el miedo, se perjudica también a las personas para la protección
de cuyos derechos ellos desempeñan su labor, y a toda la sociedad. 46.
Asimismo, la Comisión recuerda las Resoluciones de la Asamblea General
de la OEA 1818 y 1842, que expresamente condenan los actos que directa o
indirectamente impiden o dificulten las tareas que desarrollan los defensores de
los derechos humanos en las Américas y exhortan a los Estados miembros a que
intensifiquen los esfuerzos para la adopción de las medidas necesarias para
garantizar la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los
mismos, de acuerdo con su legislación nacional y de conformidad con los
principios y normas reconocidos internacionalmente. 47.
En julio de 2002 la Relatora para Guatemala realizó una visita al país,
junto con la Unidad de Defensores de Derechos Humanos de la Secretaría
Ejecutiva de la CIDH. En esa oportunidad la delegación recibió denuncias que
indicaban un clima creciente de ataques, hostigamientos y persecuciones contra
defensores de derechos humanos en Guatemala. En la presente visita, la CIDH
constató un aumento significativo de ataques que, directa o indirectamente,
impiden o dificultan las tareas de los defensores de derechos humanos.
48.
Durante todo el 2002 y lo que ha transcurrido de 2003, la Comisión
recibió abundante información que evidencia un patrón de intimidación hacia
los defensores. Asimismo, durante
la presente visita la Comisión recibió información sobre más de
160 ataques y actos de intimidación contra defensores, testigos y
dirigentes sociales registrados entre enero de 2002 y marzo de 2003. Entre
dichos ataques se encuentran registros ilícitos a las oficinas de las
organizaciones de derechos humanos, robo de equipos e información, amenazas de
muerte proferidas por teléfono y por escrito, ataques contra la integridad física,
seguimientos, secuestros, y en algunos casos, asesinatos.
49.
En los últimos tiempos la Comisión solicitó al Estado de Guatemala el
otorgamiento de medidas cautelares en beneficio de defensores de derechos
humanos que han sido amenazados, intimidados o víctimas de actos de violencia.
En esta oportunidad, la Comisión desea reiterar la importancia que el
Estado de Guatemala cumpla en su totalidad con las medidas cautelares de la
Comisión. LOS
OPERADORES DE JUSTICIA 50.
La Comisión recibió con profunda preocupación información según la
cual se han incrementado significativamente los actos de amenazas,
hostigamientos y otros actos de intimidación contra operadores de justicia. El
Presidente de la Corte Suprema informó a la Comisión que en los primeros tres
meses de este año, 39 jueces fueron amenazados, dos sufrieron atentados, uno
fue asesinado. Esto representa un aumento significativo con respecto a la cifra
del año 2002 en que 74 fueron amenazados en todo el año. 51.
En los últimos meses, la Comisión solicitó medidas cautelares al
Estado guatemalteco para que provea seguridad a las personas que son objeto de
amenazas y otros ataques por motivos relacionados con procesos judiciales. Sin
embargo, la Comisión recibió información que indica que la seguridad es
insuficiente y la investigación casi inexistente. En el caso de los
funcionarios judiciales, la Corte Suprema de Justicia creó una Dependencia de
Seguridad Judicial encargada de estudiar los problemas de seguridad y formular
recomendaciones. 52.
Se informó a la Comisión que el 7 de febrero de 2001 fue creada la
Fiscalía Especial de Delitos Cometidos contra Operadores de Justicia, a la cual
le fueron asignados 114 casos durante el año 2001 y 47 en el primer semestre
del 2002. La Comisión alienta el trabajo realizado por el Ministerio Público
en la protección de los operadores de justicia; sin embargo, ha recibido
información según la cual no se han producido avances significativos en las
investigaciones de la Fiscalía. VI.
DISCRIMINACIÓN Y MARGINACIÓN SOCIAL 53.
La Carta Democrática Interamericana recuerda
que la eliminación de toda forma de discriminación, especialmente la
discriminación por razón de género, étnica y racial, y de las diversas
formas de intolerancia, así como la promoción y protección de los derechos
humanos de los pueblos indígenas y el respeto a la diversidad étnica, cultural
y religiosa, contribuyen al fortalecimiento de la democracia y la participación
ciudadana. 54.
La Comisión observa
que en Guatemala se vive una exclusión social, particularmente de los pueblos
indígenas, de las mujeres y de la niñez. La exclusión social que la Comisión constata en Guatemala
comprende la falta de acceso a la justicia, así como al ejercicio efectivo de
los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de
estos sectores de la sociedad. Por
lo tanto, la puesta en marcha de estrategias de inclusión social
indisolublemente unidas a la promoción, protección y respeto de los derechos
humanos de estos sectores debe ser una prioridad
para el Estado y la sociedad guatemalteca.
El Estado de Derecho en Guatemala sólo podrá consolidarse cuando estos
sectores históricamente marginados logren una participación más igualitaria
en la sociedad y en las decisiones que afectan sus vidas. LOS
PUEBLOS INDÍGENAS
55.
Guatemala es un país
multiétnico, multilingüe y pluricultural, donde los pueblos indígenas mayas,
garífuna y xincas representan más de la mitad de la población. De acuerdo con
la Comisión de Esclarecimiento Histórico los pueblos indígenas constituyeron
el 83% de las víctimas del conflicto armado. La
CIDH en el Quinto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en
Guatemala del año 2001 expresó que los pueblos indígenas históricamente han
sido discriminados, constituyen gran parte de la población pobre o en extrema
pobreza y son mayoría en los departamentos con los más altos índices de
exclusión social. Dos años después de dicha afirmación la Comisión constata
que la situación no ha variado. 56.
Los Acuerdos de Paz
representaron la oportunidad histórica para superar dichos flagelos, en
especial el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. Sin
embargo, a ocho años de su firma la CIDH constata que es el de menor grado de
cumplimiento, cuestión reconocida por el propio Presidente de la República el
24 de marzo del presente año en el marco de la presentación de la Comisión
Presidencial contra la Discriminación y el Racismo contra los Pueblos Indígenas
de Guatemala. 57.
La Comisión valora
los esfuerzos del Estado de Guatemala encaminados a reconocer y garantizar los
derechos de los pueblos indígenas en áreas como justicia, educación y
derechos culturales. No obstante, estos esfuerzos no han sido suficientes. La
CIDH ha podido verificar en la presente visita que el acceso a la justicia sigue
siendo una de las tareas pendientes. Asimismo, los grados de desnutrición crónica
en niños y niñas indígenas, la falta de asistencia médica, la necesidad de
una educación culturalmente pertinente, y la discriminación que sufre en
especial la mujer indígena, son ejemplos de la exclusión social a la que
continúan sometidos los pueblos indígenas de Guatemala. 58.
La Comisión valora
las iniciativas estatales de sancionar una ley sobre discriminación y de crear
la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo contra los
Pueblos Indígenas de Guatemala. Es de esperar que esta Comisión,
surgida a propuesta de organizaciones indígenas e integrada por cinco
dirigentes indígenas, pueda formular políticas públicas que garanticen la
erradicación de la discriminación y del racismo contra los pueblos indígenas. 59.
Un medio de
comunicación fundamental de los pueblos indígenas son las radios comunitarias.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH recomendó al
Estado que suspendiera la subasta de frecuencias radiales, con el objeto de que
las disponibles fueran entregadas a las comunidades indígenas en cumplimiento
de los Acuerdos de Paz. Sin
embargo, según se informó a la Comisión, el Estado ha reanudado las subastas,
sin reservar las frecuencias necesarias para las radios comunitarias. La CIDH solicita al Estado que en cumplimiento de los
Acuerdos de Paz reglamente el acceso de los pueblos indígenas a frecuencias
radiales. 60.
Entre los obstáculos
que la Comisión advierte para garantizar la erradicación de la discriminación
y del racismo se encuentra la falta de implementación efectiva de instrumentos
internacionales que el Estado de Guatemala ha ratificado,
tales como el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independientes de la Organización Internacional del Trabajo y la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación
Racial de Naciones Unidas. LA
MUJER
61.
Con base en el
reconocimiento de que diversas formas correlacionadas de discriminación impedían
la participación plena de la mujer en los espacios de toma de decisiones y de
desarrollo nacional, los Acuerdos de Paz establecieron una serie de compromisos
fundamentales respecto a los derechos de la mujer. A partir de esos compromisos,
se adoptaron algunas iniciativas importantes, tales como la Ley de Dignificación
y Promoción Integral de la Mujer, la Ley contra Violencia Intrafamiliar, la Ley
de Desarrollo Social, la Política Nacional de Promoción y Desarrollo de las
Mujeres Guatemaltecas y el Plan de Equidad de Oportunidades. Además se crearon
instancias como la Defensoría de la Mujer Indígena, el Foro de la Mujer, la
Secretaría Presidencial de la Mujer y la Coordinadora Nacional para la Prevención
de la Violencia Intrafamiliar y en Contra de la Mujer (CONAPREVI). Las mujeres
tuvieron un rol protagónico en la formulación de dichos avances, los cuales
establecieron un nuevo temario orientado hacía la superación de la
discriminación histórica. 62.
Durante su visita in
loco, sin embargo, la Comisión recibió consistentes informes en el sentido
de que estos valiosos avances no han sido seguidos por otros cambios
imprescindibles para remediar la discriminación sistemática que sigue
obstaculizando que las mujeres ejerzan sus derechos libre y plenamente.
En este sentido, es un tema de especial preocupación que el Estado no
haya dado los pasos necesarios para erradicar disposiciones legales que
discriminan por razones de género. Por ejemplo, durante la visita varias
fuentes hicieron hincapié en el hecho de que siguen vigentes disposiciones del
Código Penal que restringen la protección de la ley a la mujer “honesta” o
que permiten la extinción de la responsabilidad penal por ciertos tipos de
delitos sexuales cuando el perpetrador se casa con la víctima.
Por otra parte, varias organizaciones enfatizaron la necesidad de que se
establezcan sanciones legales para el hostigamiento y el acoso sexual.
Adicionalmente, la Comisión recibió información sobre la necesidad de
derogar ciertas disposiciones del Código Civil, por ejemplo, la que permite que
la mujer se excuse de ejercer ciertos tipos de tutela simplemente por ser mujer,
y asimismo ciertas normas discriminatorias del Código de Trabajo.
63.
Es evidente que
cuando la ley misma consagra distinciones injustificadas por razones de género,
lejos de garantizar el principio de igualdad se convierte en un factor de
subordinación. Es urgente que el
Estado tome las medidas necesarias para identificar y erradicar tales
distinciones injustificadas. 64.
Pese a ciertos
avances legislativos, subsisten disposiciones legales anacrónicas que perpetúan
formas de discriminación. Existe un contraste marcado entre los compromisos
positivos asumidos por el Estado y las escasas medidas que ha adoptado para
ponerlos en práctica. Por ejemplo,
aunque el Estado reconoce que la representación de la mujer en los altos cargos
de la administración pública sigue siendo muy escasa, no se han adoptado
medidas eficaces para impulsar la participación de la mujer en la vida política
en condiciones de equidad con el hombre. Tampoco se han tomado medidas decisivas para solucionar las
elevadas tasas de analfabetismo y mortalidad materna. Además, durante esta visita la Comisión recibió abundante
información que indica que las entidades estatales con competencia en los temas
de discriminación y violencia por razones de género no cuentan con el
presupuesto mínimo necesario para lograr sus metas, y que falta una coordinación
entre ellas para asegurar la incorporación transversal de la perspectiva de género
a las políticas públicas. 65.
La Comisión recibió
información alentadora sobre la creación de la Oficina de Equidad y Género de
la PNC para incorporar e impulsar en dicha institución la perspectiva de género
en el ámbito interno y en la prestación de servicios.
Es esencial que el Estado adopte medidas para incorporar dicha
perspectiva en el trabajo de todas las instituciones públicas.
Como se reconoce en la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará),
la violencia contra la mujer es una expresión de la discriminación basada en
las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. Cuando ratificó dicha Convención, el Estado de Guatemala se
comprometió a aplicar la debida diligencia tanto en la prevención como en la
respuesta a tal violencia: En especial, el Estado está obligado a investigar,
procesar y sancionar la violencia independientemente de que ocurra en la casa o
a manos de agentes del Estado. Al
respecto, la creación de la Coordinadora para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia Intrafamiliar y Contra la Mujer (CONAPREVI) es una medida valiosa.
La información recibida más recientemente indica, sin embargo, que este avance
no ha sido seguido por la adopción de medidas decisivas para poner fin a esta
problemática. En relación con los
importantes compromisos internacionales adoptados por el Estado en relación con
los derechos de la mujer, la Comisión desea expresar su preocupación por el
hecho de que muchos operadores de justicia no conocen los instrumentos
relevantes ni cómo aplicarlos debidamente.
66.
En relación tanto
con el tema de violencia como con el de discriminación por razones de género,
la Comisión desea expresar su especial preocupación acerca de los obstáculos
de hecho y de derecho que las mujeres encuentran cuando requieren la protección
judicial de sus derechos. Por
ejemplo, la Comisión recibió información que indica que una mujer que desea
denunciar una situación de violencia intrafamiliar enfrenta el llamado
“efecto péndulo”, en el sentido de que cada vez que acude a una autoridad
es dirigida a otra, sin lograr resultados oportunos y eficaces.
Más aún, la mujer pobre se ve limitada en su acceso a la justicia por
la falta de asesoría jurídica gratuita.
67.
Sobre esta materia,
el desafío prioritario para Guatemala es eliminar la brecha profunda que existe
entre los compromisos asumidos formalmente por parte del Estado y la
discriminación que padecen muchas mujeres guatemaltecas. NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES
68.
Los valores de una
sociedad se reflejan profundamente en la forma en la cual trata a sus niños.
En el sistema regional de derechos humanos se ha dado especial prioridad
y protección a los derechos del niño, porque la juventud de nuestro Hemisferio
representa nuestra posibilidad colectiva de “crear un régimen de libertad
personal y de justicia social fundado en el respeto de los derechos esenciales
del hombre”. 69.
De acuerdo con sus obligaciones bajo la Convención Americana, así como
bajo la Convención sobre los Derechos del Niño, el Estado de Guatemala se
compromete a adoptar las medidas legislativas y las prácticas necesarias para
asegurar la protección de los derechos del niño guatemalteco. En este sentido
la Comisión expresa su profunda preocupación por la falta de un marco
normativo adecuado para proteger esos derechos.
Aunque es evidente que el Código de Menores de 1979 no refleja los
compromisos del Estado bajo el derecho internacional, ni bajo la Constitución,
no se han tomado las medidas necesarias para avanzar hacia una protección
integral de los derechos de la niñez. La
ausencia de las protecciones legales requeridas pone en grave riesgo a la niñez
guatemalteca. La Comisión exhorta
al Estado, y en especial al Congreso, a que se adopten las medidas necesarias
para cumplir con sus deberes inmediatamente. 70.
Por otra parte, las
deficiencias en la administración de justicia señaladas anteriormente en este
Comunicado, implican que los niños son vulnerables al abuso, al cual no se
responde con la investigación, el enjuiciamiento y el castigo necesarios.
En este sentido, la situación de los niños y jóvenes de la calle es
emblemática. Desde hace años, la
Comisión ha prestado especial atención a este sector de alto riesgo.
Precisamente por la falta de medidas adecuadas de prevención y respuesta frente
a las violaciones que padecen, la Comisión presentó el caso “Niños de la
Calle” a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordenó, entre otras
medidas, que el Estado tome las acciones necesarias para adecuar el marco
normativo para cumplir con sus obligaciones.
71.
Durante esta visita, la Comisión recibió
información actualizada sobre graves violaciones a los derechos a la vida e
integridad física de los niños y niñas, así como sobre la falta de servicios
y programas para atender sus necesidades básicas. De acuerdo con la información
recibida, hay cerca de 8000 niños
de la calle en el país, aproximadamente 3500 de los cuales viven en Ciudad de
Guatemala. Durante la visita,
muchas organizaciones hicieron hincapié en las violaciones graves que padecen
muchos de estos niños y adolescentes, y en particular, acciones de
hostigamiento y persecución por parte de miembros de las fuerzas de seguridad.
Informaron asimismo sobre un aumento en el número de asesinatos y
ataques contra niños y adolescentes desde diciembre de 2002. En particular, la
Comisión recibió información según la cual en enero de 2003 fueron
asesinados 37 jóvenes. Dichas fuentes también opinaron que en ciertos casos
las características de estos asesinatos, que incluyen señales de tortura o
tiros de gracia, son consistentes con la llamada “limpieza social”.
La información recibida indica que casi todos los casos de violencia
contra niños de la calle u otros niños en situaciones de alto riesgo quedan en
la impunidad. 72.
La Comisión recibió
también información sobre la situación de los derechos económicos, sociales
y culturales de la niñez guatemalteca, y en especial sobre el impacto de la
pobreza en el desarrollo del capital humano del país.
De acuerdo con los datos del Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo, aproximadamente el 64% de la niñez vive en la pobreza, y dentro de
este grupo la mayoría es indígena. La desigualdad y marginación social ha
repercutido sobre la educación y sus resultados, en especial en relación con
el acceso a la educación primaria, la inseguridad alimentaria y las tasas de
desnutrición elevadas, así como el elevado índice de trabajo infantil.
73.
Con el fin de avanzar
hacia la construcción de una sociedad multicultural, democrática y
participativa, los Acuerdo de Paz pusieron énfasis en la educación como un
eje central. La Comisión supo de iniciativas positivas a favor de la
reforma educativa y la educación bilingüe, pero también recibió información
que indica que muchos niños todavía no tienen acceso a los tres primeros años
de educación. Por otra parte,
varias organizaciones expresaron la necesidad de incorporar la participación de
la niñez en la formulación de los programas y políticas que la afectan. La
Comisión recibió información sobre un mecanismo de participación de la niñez
en el ámbito municipal en el que actúan UNICEF, la sociedad civil, y
representantes estatales. La Comisión
alienta la búsqueda de mecanismos para ampliar la participación de la niñez.
74.
La adopción infantil
en Guatemala es un tema de especial preocupación para la Comisión debido a que
el país presenta uno de los mayores índices de adopción internacional y no
cuenta con un marco normativo adecuado. De
acuerdo con la información recibida durante esta visita, el año pasado se
realizaron más de 2000 adopciones, casi exclusivamente internacionales.
Sin embargo, la tramitación respectiva no requiere la aprobación
judicial y no hay control estatal sobre el origen del niño, sobre el
consentimiento libre e informado de los padres biológicos ni sobre la idoneidad
de los padres adoptantes. 75.
Dada dicha falta de
control estatal y el alto precio que pagan los adoptantes internacionales, la
adopción, en lugar de ofrecer una solución apropiada para niños huérfanos o
en abandono, se ha convertido en una operación comercial rentable, que
involucra, además, la existencia de redes de tráfico de niños.
En vista de la gravedad de la situación, la Comisión celebra que el
Estado ha dado un importante paso al ratificar la Convención de la Haya sobre
la cooperación en materia de adopción entre países.
Por otra parte, la Comisión recibió información sobre una iniciativa
de ley de adopción, bajo consideración actualmente en el Congreso, que ofrecería
unos avances importantes. En vista
de que el Estado no está cumpliendo con sus deberes bajo la Convención
Americana y la Convención sobre los Derechos del Niño de adecuar sus normas y
prácticas, la Comisión exhorta al Congreso a que proceda a la aprobación
pronta de las reformas necesarias. 76.
Finalmente, durante su visita la Comisión recibió información sobre
iniciativas no gubernamentales destinadas a aclarar la situación de los niños
desaparecidos durante el conflicto, y los resultados positivos que se han
producido en más de una decena de casos. En
relación con esta cuestión, debe recordarse que tanto los informes de la
Comisión de Esclarecimiento Histórico como del proyecto REMHI recomendaron
establecer una comisión especial para esclarecer el destino de los niños y
adultos desaparecidos, y que el Presidente Portillo declaró su voluntad de
implementarla. La Comisión llama al Estado a cumplir con su deber pendiente de
investigar y esclarecer los hechos. VII.
LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN 77.
El pleno respeto al ejercicio de la libertad de expresión es otro de los
temas que la Comisión incluyó en la agenda para el análisis de la situación
de los derechos humanos en Guatemala. El Relator Especial para la Libertad de
Expresión acompañó a la CIDH en sus encuentros con funcionarios del Estado y
miembros de la sociedad civil, reuniéndose además con el Secretario de
Comunicación Social de la Presidencia de la República, Alejandro Pérez Martínez,
representantes del Consejo Guatemalteco de Comunicación Comunitaria, de la Cámara
de Radiodifusión de Guatemala, de la Asociación de Periodistas de Guatemala,
del Centro de Reportes Informativos sobre Guatemala (CERIGUA), periodistas y
directores de medios de comunicación. Esta visita ha servido al Relator para
recabar información necesaria para la preparación de una futura visita específica
sobre el tema de su mandato. 78.
La Comisión observa con preocupación un
aumento de amenazas a periodistas, particularmente aquellos que cubren
investigaciones relacionadas con actos de corrupción y violaciones a los
derechos humanos. Los casos de las periodistas Elizabel Enriquez y María de los
Angeles Monzón son ejemplo de estos ataques. También las expresiones de
desprestigio contra periodistas y medios de comunicación por parte de altas
instancias del Gobierno pueden constituir, si son reiteradas, actos de
hostigamiento que contribuyen a crear un ambiente poco propicio para el pleno
ejercicio de la libertad de expresión en Guatemala. La CIDH llama a las
autoridades a buscar canales que permitan una mayor tolerancia hacia la crítica
y el escrutinio de la administración pública.
La CIDH recibió información sobre el aumento de las citaciones a
periodistas a los efectos de interrogarlos sobre sus fuentes de información;
ello genera un efecto negativo en la investigación periodística dado que
inhibiría a futuras fuentes de información a aportar elementos a los
periodistas ante la posibilidad de que ellos pudieran ser obligados a revelar
tales fuentes. La CIDH recuerda que la protección de las fuentes de los
periodistas debe ser un derecho respetado por los jueces y fiscales. 79.
El derecho de acceso a la información pública fortalece las democracias
al permitir alcanzar niveles necesarios de transparencia mediante la fiscalización
ciudadana de la gestión pública. El Presidente del Congreso informó a la CIDH
que una ley sobre acceso a la información será aprobada en el transcurso del
próximo mes. La CIDH reitera al Estado guatemalteco la necesidad de sancionar
leyes que permitan un acceso efectivo a la información en poder del Estado, con
el objeto de garantizar mecanismos para combatir la corrupción y la impunidad
fundamental para el fortalecimiento de las instituciones democráticas. 80.
En su Quinto Informe
sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, la CIDH recomendó que
se investigara la posible existencia de un monopolio de hecho en los canales de
televisión abierta y que se permitiera una mayor pluralidad de los medios. En
esta oportunidad la CIDH pudo corroborar que se mantiene la situación que diera
origen a esa recomendación. La CIDH reitera que la existencia de prácticas
monopólicas en los medios de comunicación afecta seriamente la libertad de
expresión y el derecho de información de los guatemaltecos. La emisión de un
nuevo canal por cable, si bien resulta una nueva vía para recibir información,
es insuficiente para paliar los problemas referidos a la televisión abierta. 81.
En el mismo informe se recomendó que las
reglamentaciones sobre concesiones de televisión y radiodifusión debían revisarse para
incorporar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades
en el acceso. En este sentido, la entrega o renovación de licencias de
radiodifusión debe estar sujeta a un procedimiento claro, justo y objetivo que
tome en consideración la importancia de los medios de comunicación para que la
ciudadanía participe informadamente en el proceso democrático. La obligación
del Estado se hace aún más evidente en el contexto guatemalteco en relación
con la implementación de los Acuerdos de Paz que propician la inclusión y
participación de aquellos sectores mayoritarios de la población guatemalteca
tradicionalmente excluidos como son los pueblos indígenas, los campesinos, las
mujeres y jóvenes. Resulta por
ello necesario que se garantice el ejercicio de la libre emisión del
pensamiento mediante el otorgamiento de frecuencias radioeléctricas para
radiodifusión, en igualdad de condiciones, que aseguren la representatividad de
todos los sectores que conforman la sociedad guatemalteca. 82.
Finalmente la CIDH reitera una vez más la
necesidad de que se efectúen campañas de promoción y capacitación sobre el
derecho a la libertad de expresión y que se adopten medidas tendentes a
eliminar obstáculos al ejercicio de libertad de expresión.
Ciudad de Guatemala,
29 de marzo de 2003
[1]
La
licenciada Marta Altolaguirre, Presidenta de la CIDH y de nacionalidad
guatemalteca, se abstuvo de participar de la delegación de conformidad con
el artículo 17 del Reglamento de la Comisión que establece que los
Comisionados no pueden participar en deliberaciones o decisiones de asuntos
referentes a los países de los que son nacionales. [2]
La
licenciada Marta Altolaguirre, Presidenta de la CIDH y de nacionalidad
guatemalteca, se abstuvo de participar de la delegación de conformidad con
el artículo 17 Reglamento de la Comisión que establece que los
Comisionados no pueden participar en deliberaciones o decisiones de asuntos
referentes a los países de los que son nacionales. |