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COMUNICADO DE PRENSA N° 17/03
PREOCUPACIÓN DE LA
CIDH POR LA SITUACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO EN GUATEMALA Y LA
CANDIDATURA DE RÍOS MONTT |
La
Comisión expresa su preocupación por el persistente deterioro del Estado de
Derecho en Guatemala que adquiere particular intensidad en el contexto del
proceso electoral que culminará con las elecciones generales de noviembre de
2003. La
Comisión destaca que desde el inicio del proceso electoral once activistas políticos
han sido asesinados. Asimismo, ha recibido información
sobre el incremento de actos de intimidación, asesinatos,
amenazas, ataques a la integridad personal y violaciones de domicilio, dirigidos
tanto contra líderes sociales y políticos, como contra defensores de derechos
humanos, operadores de justicia y periodistas, en el marco del proceso electoral
guatemalteco. Dada la gravedad de la situación, la Comisión otorgó medidas
cautelares para proteger la integridad personal de activistas políticos en el
departamento de Chiquimula. Asimismo,
la Comisión fue informada que de abril a julio de 2003 se han registrado más
de 30 incidentes contra líderes campesinos, guías espirituales mayas,
defensores de derechos humanos y funcionarios estatales encargados de la
protección y defensa de los derechos humanos. Entre dichos incidentes se
destacan el secuestro, el asesinato, las amenazas, los allanamientos ilegales,
la vigilancia de sedes de trabajo y lugares de residencia, así como el
seguimiento y persecución en la vía pública. La Comisión ha otorgado medidas
cautelares destinadas a amparar la vida e integridad personal de miembros de
diferentes organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos en
Guatemala. Durante
la última Asamblea General de la OEA realizada en Chile en junio de 2003, los
Estados adoptaron la Resolución Nº 1920 sobre Defensores de Derechos Humanos
en las Américas, en la cual condenaron los actos que dificulten las tareas que
desarrollan los defensores y exhortaron a los Estados miembros a que
intensifiquen los esfuerzos para la adopción de las medidas necesarias para
garantizar la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los
mismos. La
Comisión ha recibido información preocupante sobre la situación de seguridad
de los periodistas. Desde abril se han reportado a la CIDH más de 20 incidentes
de amenazas, vigilancia, seguimientos y allanamientos ilegales en detrimento de
comunicadores sociales y directores de medios, tanto en la capital como en el
interior. La libre cobertura periodística y el debate público son
fundamentales, en particular durante un proceso electoral en el que la sociedad
debe estar debidamente informada. Finalmente,
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifiesta su preocupación
porque el ex general Efraín Ríos Montt pueda ser uno de los candidatos para
participar en los comicios presidenciales. La CIDH considera que la participación
de Ríos Montt como candidato presidencial es una grave amenaza a la consolidación
del Estado de Derecho, a la estabilidad democrática y a la efectiva protección
de los derechos humanos en Guatemala, iniciada con la firma de los Acuerdos de Paz Firme y Duradera en diciembre de 1996.
Bajo el gobierno de facto de Ríos Montt (1982-1983) se produjeron graves y
masivas violaciones a los derechos humanos. Durante este período se
implementaron estructuras militarizadas, como las Patrullas de Autodefensa Civil
para consolidar el control sobre la población, responsables de graves
violaciones a los derechos humanos, y se dio continuidad a la estrategia de
tierra arrasada, en la que fueron destruidas cientos de aldeas, se eliminó
parte de la población maya y se provocó un desplazamiento masivo de la población
civil que habitaba las áreas de conflicto. La espiral de violencia dentro del
marco del conflicto armado que dejó como saldo más de 200.000 personas muertas
y desaparecidas alcanzó su máximo nivel entre 1981 y 1983, período en que
tuvieron lugar 81% de las ejecuciones y desapariciones forzadas. Asimismo,
la decisión que habilitaría al ex general Ríos Montt a participar en el
proceso electoral ha sido cuestionada por diversos actores y organizaciones de
la sociedad guatemalteca y en particular, por una resolución del Procurador de
Derechos Humanos en la que concluye que la forma utilizada para elegir, mediante
sorteo secreto, a los dos magistrados suplentes que integraron la Corte de
Constitucionalidad para decidir el recurso de amparo sobre la inscripción del
ex general como candidato presidencial, “entraña un comportamiento lesivo a
los principios del debido proceso”. En
1993 la Comisión se pronunció sobre la postulación del ex general Ríos Montt
a la candidatura de la Presidencia de la República. En el Informe Nº 30/93, la
Comisión expresó que la condición de inelegibilidad
para quienes hayan liderado movimientos o gobiernos de ruptura del orden
constitucional consagrada en el artículo 186 de la Constitución de Guatemala,
“corresponde con principios jurídicos de relación internacional y de defensa
común de la consolidación democrática de la región,… para hacer efectivo
el funcionamiento del sistema constitucional y para defender la integridad de
los derechos de sus ciudadanos”. Durante
una visita a ese país en marzo del presente año, la CIDH expresó
su seria preocupación por el deterioro significativo en asuntos cruciales para
la preservación y el fortalecimiento del Estado de Derecho, como son, entre
otros, la debilidad del Poder Judicial, la existencia de grupos clandestinos que
actúan impunemente al margen de la ley y los ataques a defensores de derechos
humanos, operadores de justicia, periodistas, sindicalistas y otros
representantes de sectores sociales. La
Comisión observa que en la actualidad la situación de derechos humanos
continua agravándose e insta al Estado de Guatemala a adoptar todas las medidas
necesarias para asegurar la plena vigencia del Estado de Derecho en
los términos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Carta
Democrática Interamericana,
en particular la libre participación en el proceso electoral, la transparencia
en todas las decisiones, administrativas y judiciales, que puedan afectar al
mismo y garantizar la seguridad de todos los actores del proceso electoral. |