COMUNICADO DE PRENSA

 

Nº 4/00

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha tomado conocimiento, a través de distintos medios de comunicación, de la publicación de algunos fragmentos del texto de su Informe No. 31/00 (Caso 11.481 - Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Galdámez), El Salvador.

La Comisión considera necesario dejar en claro que, conforme a su práctica y procedimiento, el Informe No. 31/00 fue transmitido al Estado de El Salvador y a los peticionarios el 13 de marzo de 2000. En la nota de transmisión, la CIDH señaló expresamente que "[el informe] es confidencial hasta que la Comisión decida publicarlo". En el mismo sentido, el párrafo final de dicho informe dice textualmente:

La Comisión decide transmitir el presente informe al Estado salvadoreño, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Convención Americana, y otorgarle un plazo de un mes para el cumplimiento de las recomendaciones precedentes, el cual comenzará a correr a partir de la fecha de transmisión. La Comisión decide igualmente transmitir el presente informe a los peticionarios. Ni el Estado ni los peticionarios quedan facultados para hacerlo público, hasta que la CIDH adopte una decisión al respecto.

En virtud de lo anterior, la Comisión deplora la difusión parcial y no autorizada del mencionado informe. La CIDH adoptará la decisión final sobre publicación una vez vencido el plazo para recibir la información del Estado salvadoreño sobre las recomendaciones formuladas.

 

Washington, D.C., 30 de marzo de 2000