COMUNICADO DE PRENSA

Nº 16/00

 

1.       El 20 de octubre de 2000 concluyó el 108o. período ordinario de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (la "Comisión Interamericana" o la "CIDH").  Participaron de las sesiones el Dr. Hélio Bicudo, Presidente; Decano Claudio Grossman, Primer Vicepresidente; Dr. Juan E. Méndez, Segundo Vicepresidente; y los Comisionados Lic. Marta Altolaguirre, Prof. Robert K. Goldman, Dr. Peter Laurie y Dr. Julio Prado Vallejo.  La preparación y coordinación de las sesiones estuvo a cargo del Emb. Jorge E. Taiana, Secretario Ejecutivo, conjuntamente con el Secretario Ejecutivo Adjunto Dr. David J. Padilla.  La Comisión tuvo el honor de recibir como observador de sus sesiones al Prof. Emmanuel V.O. Dankwa, Presidente de la Comisión Africana de Derechos de los Hombres y de los Pueblos. 

I.        RECOMENDACIÓN SOBRE EL ASILO Y SU RELACION CON CRÍMENES INTERNACIONALES 

2.       Durante las sesiones, el plenario de la Comisión Interamericana decidió formular una recomendación referente al asilo y su relación con crímenes internacionales.  La recomendación, cuyo texto completo se acompaña en anexo, expresa en lo pertinente: 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 41(b) de la Convención Americana, recomienda a los Estados miembros de la OEA que se abstengan de otorgar asilo a presuntos autores materiales o intelectuales de crímenes internacionales. 

          II.       DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN 

3.       La Comisión aprobó asimismo la “Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión”, con miras a la protección más efectiva de este derecho humano fundamental para la consolidación y desarrollo de la democracia.  La Declaración, compuesta por trece principios, fue elaborada por el Relator Especial de la CIDH sobre Libertad de Expresión, Dr. Santiago Canton, y sometido a un amplio proceso de consulta a sectores de la sociedad civil especializados en la materia.  La libertad de expresión está definida en dicho documento como “un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”.  El texto completo de la Declaración está disponible en la página electrónica de la CIDH.

III.      PETICIONES Y CASOS INDIVIDUALES 

4.       La Comisión Interamericana prosiguió el estudio de numerosas comunicaciones individuales en las cuales se alegan violaciones de los derechos humanos protegidos por la Convención Americana y/o la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, y adoptó un total de 50 informes sobre los correspondientes casos y peticiones individuales. A continuación se enumeran los 29 informes sobre casos y peticiones en los cuales la decisión de la CIDH es de carácter público. 

A.      Decisiones 

i.        Inadmisibilidad 

  • Fernando Ribadeneira, Caso 12.267 – Informe 67/00, Ecuador;

  • Rosa Margarita Araúz Molina, Caso 11.630 – Informe 101/00, Nicaragua;

  • Salomón Homsani Abadí y otros, Caso 11.799 – Informe 102/00, Panamá;

  • Aldemaro Romero y otro, Caso 11.720 – Informe 68/00, Venezuela;

  • Braulio Jatar Alonso, Caso 11.724 – Informe 69/00, Venezuela;

  • Gladis Cardozo Andrade, Caso 11.797 – Informe 70/00, Venezuela. 

ii.       Admisibilidad 

  • Juan José López, Caso 11.395 – Informe 56/00, Argentina;

  • Mario Gómez Yardez, Caso 11.796 – Informe 91/00, Argentina;

  • Comunidades indígenas mayas, Caso 12.053 – Informe 78/00, Belice;

  • Gilson Nogueira Carvalho, Caso 12.058 – Informe 61/00, Brasil;

  • Norberto Javier Restrepo, Caso 11.726 – Informe 84/00, Colombia;

  • Hernando Osorio Correa, Caso 11.727 – Informe 62/00, Colombia;

  • La Granja, Ituango, Caso 12.050 – Informe 57/00, Colombia;

  • Juan Ramón Chamorro Quiroz, Caso 11.495 – Informe 89/00, Costa Rica;

  • Alejandra Matus Acuña, Caso 12.142 – Informe 55/00, Chile;

  • Daniel David Tibi, Caso 12.124 – Informe 90/00, Ecuador;

  • Ernst Otto Stalinski, Caso 11.887 – Informe 63/00, Honduras;

  • Leoncio Florian López y otros, Caso 11.849 – Informe 65/00, Perú;

  • María Mamérita Maestranza Chávez, Caso 12.191 – Informe 66/00, Perú.

          iii.      Solución amistosa

  • Edison Patricio Quishpe Alcívar, Caso 11.421 – Informe 93/00, Ecuador;

  • Byron Roberto Cañaveral, Caso 11.439 – Informe 94/00, Ecuador;

  • Angela Javier Ruales Paredes, Caso  11.445 – Informe 95/00, Ecuador;

  • Manuel Inocencio Lalvay Guaman, Caso 11.466 – Informe 96/00, Ecuador;

  • Carlos Juela Molina, Caso  11.584 – Informe 97/00, Ecuador;

  • Marcia Irene Clavijo Tapia, Caso 11.783 – Informe 98/00, Ecuador;

  • Carlos Santiago y Pedro Andrés Restrepo, Caso  11.868 – Informe 99/00, Ecuador;

  • Kelvin Vicente Torres Cueva, Caso  11.991 – Informe 100/00, Ecuador;    

iv.   Fondo 

5.       La CIDH analizó igualmente el fondo de dos casos en los que estableció que no hubo violación de la Convención Americana.  En consecuencia, decidió aprobar los respectivos informes y publicarlos: 

  • X y Z, Caso 11.676 – Informe 71/00, Argentina;

  • Marcelino Hanríquez y otros, Caso 11.784 – Informe 73/00, Argentina.

B.  Archivo 

6.       En aplicación de los artículos 48(1)(b) de la Convención Americana y 35(c) de su Reglamento, la CIDH examinó diversos expedientes y decidió archivar los siguientes casos:    

  • Horacio Héctor Guerrero y otro, Caso 11.781, Argentina;

  • Susana y Alberto Eguez, Caso 12.184, Argentina;

  • Jorgina María Freitas Fernandes, Caso 11.600, Brasil

  • De Marchi, Caso 12.001, Brasil;

  • Reza Eghdam, Caso 11.318, Canadá;

  • Tamara Minakina, Caso 11.839, Canadá;

  • María Joyce Francis, Caso 11.844, Canadá;

  • Juan Velásquez Méndez y otros, Caso 11.047, Guatemala;

  • Rodolfo Asmitia Jiménez, Caso 11.146, Guatemala;

  • Noel de Jesús Beteta y otros, Caso 11.211, Guatemala;

  • Brenda Lisette Mérida, Caso 11.408, Guatemala;

  • José Aristides Sánchez Herdocia, Caso 10.739, Nicaragua;

  • Blanca Rojas, Caso 10.842, Nicaragua;

  • Silvio René Vega Zúñiga y otros, Caso 10.950, Nicaragua;

  • Luis Pérez Calero, Caso 10.998, Nicaragua;

  • Adalberto Treminio Amador, Caso 11.018, Nicaragua

  • Arnoldo Alemán Lacayo, Caso 11.281, Nicaragua;

  • Ramiro Herdocia Castellón, Caso 11.398, Nicaragua;

  • Pedro Antonio Mora Rico, Caso 10.597, Venezuela;

  • Amílcar Rodríguez Macías, Caso 10.637, Venezuela;

  • Asunción Fajardo y otros, Caso 10.641, Venezuela;

  • Fidel José Jiménez Fuentes, Caso 10.914, Venezuela.

 C.      Audiencias y soluciones amistosas 

7.       La Comisión Interamericana celebró 52 audiencias sobre casos individuales, situación general de derechos humanos en distintos Estados del hemisferio, medidas cautelares, seguimiento de recomendaciones y otros temas de su competencia. En las audiencias de seguimiento, se evaluó el grado de cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la Comisión Interamericana en sus informes sobre casos individuales.

8.       La Comisión Interamericana ha seguido impulsando, con la mayor prioridad, la solución amistosa de casos bajo el mecanismo previsto en el artículo 48(1)(f) de la Convención Americana. En ese sentido, la Comisión Interamericana celebró audiencias y reuniones de trabajo con peticionarios y representantes de distintos Estados miembros de la Organización. 

IV.      BIBLIOTECA “RÓMULO GALLEGOS” 

          9.       El 18 de octubre de 2000 se inauguró la remodelación de la Biblioteca “Rómulo Gallegos” de la CIDH, con presencia del Observador Permanente de España ante la OEA, Embajador Eduardo Gutiérrez Sáenz de Buruaga.  Las mejoras realizadas a la Biblioteca de la Comisión Interamericana han sido posibles mediante la generosa cooperación financiera del Gobierno de España, iniciada en 1999.  La CIDH valora altamente el aporte de dicho país, en el marco del creciente apoyo a las actividades de protección y promoción de los derechos humanos y desarrollo democrático en las Américas. 

V.      RATIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS INTERAMERICANOS  

10.     El 5 de octubre de 2000, Guatemala depositó el instrumento de ratificación del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (“Protocolo de San Salvador”).  Este importante evento fue marcado por un acto oficial convocado por el Secretario General de la OEA, con participación de los representantes del Estado de Guatemala y de la Comisión Interamericana. 

11.     La Comisión Interamericana felicita al Estado de Guatemala por su iniciativa, e insta a todos los Estados miembros de la OEA a proseguir la ratificación de instrumentos interamericanos de derechos humanos, con miras a la incorporación plena al sistema. 

          VI.      MEDIDAS CAUTELARES Y PROVISIONALES 

          12.     El 3 de octubre de 2000, la CIDH presentó una solicitud de medidas provisionales a la Corte Interamericana de Derechos Humanos conforme al artículo 63(2) de la Convención Americana en el Caso 12.235.  El objeto de las medidas consiste en proteger la vida y la integridad personal de los miembros de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, situada en Apartadó, Departamento de Antioquia, República de Colombia.  Desde la fundación de la Comunidad de Paz en 1997, sus residentes han sido objeto de graves y continuos actos de violencia y hostigamiento por parte de grupos paramilitares que operan en la zona.  El 9 de octubre de 2000 la Corte Interamericana, mediante una Resolución de su Presidente, hizo lugar a la solicitud de la Comisión. 

13.     En el curso de su período de sesiones, la CIDH recibió información del Estado peruano de acuerdo a la cual el Poder Ejecutivo indultó por razones humanitarias a dos personas que figuran como presuntas víctimas en casos pendientes ante la Comisión Interamericana: los señores Francisco Xavier Morales Zapata (caso 11.167) y Juan Francisco Tulich Morales (caso 12.171).  Ambos padecen graves enfermedades y se encontraban privados de su libertad personal en cárceles peruanas, por lo cual la CIDH había pedido a Perú que adoptase medidas cautelares relacionadas con su debida atención médica.  La Comisión Interamericana considera positivo dicho gesto humanitario del Estado peruano. 

          VII.     REGLAMENTO DE LA CIDH 

          14.     La Comisión Interamericana ha dedicado una parte importante de las presentes sesiones al estudio de un proyecto de texto reformado de su Reglamento.  El proceso de reforma se ha llevado a cabo de manera amplia, y la CIDH ha considerado los comentarios, documentación y observaciones suministrados oportunamente por los Estados miembros de la OEA y por unas doscientas organizaciones no gubernamentales.  La Comisión Interamericana estima que la reforma de su Reglamento es una cuestión esencial dentro del proceso de fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos. 

          VIII.    VISITAS IN LOCO  

15.     Entre las actividades programadas para el año próximo, cabe mencionar que la CIDH ha sido invitada a efectuar visitas de observación in loco a la República Bolivariana de Venezuela y a la República de Panamá, por los respectivos Estados.  Igualmente, el Representante Permanente de Guatemala ante la OEA formuló una invitación en nombre de dicho Estado a la Comisión Interamericana, a efectos de realizar una visita in loco para observar la situación de los trabajadores migratorios y de sus familias en la región de la frontera entre dicho país y México.   

          16.     La Comisión inició la consideración preliminar de las fechas en que se desarrollarían las visitas mencionadas, y lo dará a conocimiento público una vez concluida la coordinación con los Estados respectivos. 

IX.      REUNIÓN CON REPRESENTANTES DE CARICOM 

17.     El Secretario General de la OEA, Dr. César Gaviria, a solicitud de los Jefes de Gobierno de la Comunidad Caribeña, convocó a una reunión entre la Comisión Interamericana y los representantes de los países del CARICOM, liderados por el Fiscal General de Jamaica, Honorable Arnold Joseph Nicholson. 

18.     Durante dicha reunión, celebrada en la sede de la OEA el 18 de octubre pasado, se verificó un intercambio de opiniones acerca de los procedimientos y jurisprudencia de la Comisión Interamericana con relación al sistema de peticiones, y respecto a las maneras de fortalecer la cooperación entre los Estados miembros de CARICOM y la Comisión Interamericana.   

19.     La CIDH ofreció reunirse con los fiscales generales de CARICOM, a conveniencia de éstos, a fin de proseguir con el diálogo.  Asimismo, la Comisión Interamericana informó a los participantes que tenía previsto realizar próximamente dos seminarios con miras a consolidar el entendimiento y participación de los Estados del Caribe en el sistema interamericano de protección y promoción de derechos humanos.

X.      OTRAS ACTIVIDADES 

20.     El Presidente de la CIDH, Dr. Hélio Bicudo, acudió el 19 de octubre de 2000 a la sesión de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la OEA para continuar el diálogo respecto al fortalecimiento del sistema interamericano de protección y promoción de los derechos humanos, a invitación de la Emb. Margarita Escobar, Representante Permanente ce El Salvador ante la Organización y Presidenta de la CAJP.          Asimismo, el Dr. Juan E. Méndez, Vice Presidente 2o. y Relator de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias participó de una sesión en la cual la CAJP trató las actividades desarrolladas en dicha materia. 

21.     La señora Soledad Alvear, Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Chile, ha invitado a la Comisión Interamericana a celebrar un período extraordinario de sesiones en dicho país el año próximo.  La CIDH aceptó la amable invitación y determinará próximamente con el Estado chileno la fecha en que se desarrollará tal evento. 

* * * * * * * * * 

22.     La Comisión Interamericana celebrará su próximo período extraordinario de sesiones el 4 al 8 de diciembre de 2000.

 

Washington, D.C., 20 de octubre de 2000