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COMUNICADO DE PRENSA

 

Nº 7/99

1. El 12 de marzo de 1999 concluyó el 102º Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (la "Comisión" o la "CIDH"). En su primera sesión, la Comisión integró de la siguiente manera su nueva mesa directiva: Profesor Robert K. Goldman, Presidente; Dr. Hélio Bicudo, Primer Vicepresidente; Decano Claudio Grossman, Segundo Vicepresidente. Participaron además en las sesiones los Comisionados Prof. Carlos Ayala Corao, Dr. Jean Joseph Exumé y Dr. Alvaro Tirado Mejía.

I.    INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA

2. Durante el período de sesiones, la Comisión aprobó su Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia, en ejercicio de la competencia atribuida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 41), el Estatuto (artículo 8) y el Reglamento de la CIDH (artículo 62). El Informe fue elaborado con base en la información y documentación recibidas antes, durante y después de la visita in loco que realizara la CIDH a la República de Colombia del 1° al 8 de diciembre de 1997, con la anuencia de su Gobierno. Tanto el texto completo del informe como su resumen ejecutivo están disponibles en la página de la Comisión en el World Wide Web: http://www.cidh.org (Ver Comunicado de Prensa CIDH No. 6/99 del 12 de marzo de 1999).

II.    INFORME ANUAL

3. La Comisión consideró y aprobó el esquema general de su Informe Anual correspondiente a 1998. De acuerdo con el artículo 41(g) de la Convención Americana, concordante con el artículo 63 del Reglamento de la CIDH, dicho Informe será presentado a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

III.    PETICIONES Y CASOS INDIVIDUALES

4. La Comisión prosiguió el estudio de numerosas peticiones individuales sobre supuestas violaciones a los derechos humanos protegidos por la Convención Americana y/o la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. La Comisión adoptó durante las sesiones un total de 60 informes sobre los correspondientes casos y peticiones individuales, en distintas modalidades. A continuación se enumeran los informes sobre casos y peticiones en los cuales la decisión de la CIDH es de carácter público.

A.    Informes publicados

i. Inadmisibilidad

  • Víctor Saldaño (Informe No. 38/99, petición), Argentina;

  • Mevopal S.A. (Informe No. 39/99, petición), Argentina;

  • Gabriel Lastra Pedrero (Informe No. 24/99, Caso 11.812), México;

  • Steve Shaw (Caso 12.018), Desmond Taylor (Caso 12.022), Beresford Whyte (Caso 12.024); Silvert Daley (Caso 12.025), Deon McTaggart (Caso 12.026), Andrew Perkins (Caso 12.027), y Everton Morrison (Caso 12.029); todos acumulados en el Informe No. 25/99, Jamaica;

ii. Admisibilidad

  • César Chaparro y V.Hincapié (Informe No. 30/99, Caso No. 11.026), Colombia;

  • Mauricio García Prieto (Informe No. 27/99, Caso 11.697), El Salvador

  • Diego y Matías Velásquez (Informe No. 32/99, Caso 11.677), Guatemala;

  • Masacre Plan de Sánchez (Informe No. 31/99, Caso No. 11.763), Guatemala;

  • Whitley Dixon (Informe No. 28/99, Caso No. 11.884), Jamaica;

  • La Cantuta (Informe No. 42/99, Caso 11.045), Perú;

  • Alan García (Informe No. 43/99, Caso 11.688), Perú;

  • Wilson Prince (Informe No. 35/99, Caso 12.005), Trinidad y Tobago;

  • Mervyn Edmund (Informe No. 36/99, Caso 12.042), Trinidad y Tobago;

  • Martin Reid (Informe No. 37/99, Caso 12.052), Trinidad y Tobago.

iii. Fondo

  • Menores detenidos (Informe No. 41/99, Caso 11.491), Honduras;

  • Manuel Manríquez San Agustín (Informe No. 2/99, Caso 11.509), México;

  • Pastor Juscamaita Laura (Informe No. 19/99, Caso 10.542), Perú;

  • Rodolfo Robles (Informe N1 20/99, Caso 11.317), Perú.

iv. Solución amistosa

  • Roison Mora Rubiano (Informe No. 45/99, Caso 11.525), Colombia;

  • Faride Herrera y otros (Informe No. 46/99, Caso 11.531), Colombia.

B.    Archivo

5. En aplicación de los artículos 48(1)(b) de la Convención Americana y 35(c) de su Reglamento, la Comisión examinó diversos expedientes y en consecuencia decidió archivar los siguientes casos:

  • Juan Antonio Chumil Mejía (Caso 11.334), Guatemala;

  • Senaida Canná Chonay (Caso 11.396), Guatemala;

  • María de León Santiago (Caso 11.475), Guatemala;

  • Isaac Guzmán Casanova (Caso 10.791), Perú;

  • Julio Chimaico Ipchas y Arturo Arteta (Caso 10.822), Perú;

  • Máximo San Román Cáceres (Caso 11.093), Perú;

  • Luis Alberto Aguirre Gómez y otros (Caso 11.156), Perú;

  • Delia Dina Berrocal Tito y otros (Caso 11.181), Perú;

  • José Gabriel Pastor Vives (Caso 11.032), Perú;

  • Walter Ledesma Rebaza y Carlos Mauricio Agurto (Caso 11.486), Perú;

  • José Cecilio Blanco Martelo (Caso 11.879), República Dominicana;

  • Hitler Leocadio Mayi Santos (Caso 11.880), República Dominicana;

  • Larry Tovar Acuña (Caso 11.611), Venezuela;

  • Luis A. Torres (Caso 11.638), Venezuela.

C.    Casos y procedimientos ante la Corte Interamericana

6. Desde el anterior período de sesiones, la Comisión ha cumplido diversas actividades en los casos contenciosos y en los procedimientos de medidas provisionales, que se encuentran actualmente en trámite ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

i.    Casos

7. El 10 de marzo de 1999, la Comisión introdujo una demanda contra la República Argentina, alegando la violación en perjuicio del señor José María Cantos de los derechos humanos protegidos en las siguientes disposiciones de la Convención Americana: artículos 8 (garantías judiciales), 25 (protección judicial) y 21 (propiedad), en concordancia con la obligación general establecida en el artículo 1(1); y de los siguientes derechos contemplados en la Declaración Americana de los Derechos y los Deberes del Hombre: artículo XVIII (justicia) y XXIV (petición). Asimismo, la Comisión solicitó a la Corte, con fundamento en el artículo 2 de la Convención Americana y en el principio pacta sunt servanda, que declarara la violación del artículo 50 (3) de la Convención; y que ordenara al Estado argentino, con base en el artículo 63(1) de la Convención Americana, la reparación e indemnización de las consecuencias de las violaciones objeto de la demanda.

8. El 15 de enero de 1999, la CIDH interpuso la demanda en el Caso 11.803 – Olmedo Bustos y otros (Chile), referente a la violación de la Convención Americana debido a la censura judicial impuesta a la exhibición cinematográfica de la película "La última tentación de Cristo", que fuera confirmada por la Corte Suprema de Justicia de dicho país el 17 de junio de 1997.

9. La Corte emitió el 20 de enero la sentencia sobre reparaciones en el Caso Suárez Rosero (Ecuador), en el cual se determinó la responsabilidad de dicho Estado por la privación ilegal de la libertad de Rafael Iván Suárez Rosero y el trato cruel, inhumano y degradante al que fue sometido por agentes estatales. La sentencia incluye la justa indemnización a las víctimas y el resarcimiento de los gastos en que incurrieron en sus gestiones ante las autoridades de Ecuador. Igualmente, el 22 de enero de 1999, la Corte fijó las reparaciones en el Caso Blake (Guatemala), consistente en la indemnización por daño moral, gastos médicos y gastos extrajudiciales a favor de los familiares del señor Nicholas Chapman Blake.

10. Por otra parte, el 26 de enero, la Corte dictó sentencia en el Caso Cesti Hurtado (Perú), en la cual decidió rechazar por improcedentes las excepciones preliminares opuestas por el Estado, y continuar con el conocimiento del caso.

11. El 27 de enero de 1999 la Corte llevó adelante en la sede de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica la audiencia sobre excepciones preliminares en el Caso Baena Ricardo y otros (Panamá). La Corte escuchó los alegatos de la Comisión, del Estado panameño y de un testigo propuesto por este último. Asimismo, la Corte declaró impedido al juez ad-hoc propuesto por el Estado en dicho caso.

12. Los días 28 y 29 de enero, la Comisión y sus asistentes comparecieron ante la Corte para presentar pruebas y argumentos orales finales en el Caso Anstraum Villagrán Morales y otros – "Bosques de San Nicolás" (Guatemala). Con la participación de sus asistentes, la Comisión interrogó a once testigos durante la audiencia sobre el fondo, y presentará oportunamente sus argumentos orales finales.

13. Finalmente, cabe mencionar que en el Caso Paniagua Morales y otros (Guatemala), el Presidente de la Corte resolvió fijar un plazo hasta el 27 de marzo de 1999 para que las víctimas presenten los escritos referentes a la determinación de las indemnizaciones y gastos, los cuales serán transmitidos posteriormente a la CIDH. La misma resolución fija un plazo de un mes a partir de la recepción en la Comisión de tales documentos, para que ésta presente las observaciones adicionales pertinentes; y luego un plazo de dos meses para que el Estado de Guatemala efectúe las observaciones que estime pertinentes.

ii.    Medidas provisionales

14. La CIDH y el Estado de Guatemala siguieron informando a la Corte acerca del estado de las medidas provisionales ordenadas para la protección del Prof. Justo Martínez y familia (el Prof. Martínez es testigo en el Caso 11.219 (Nicholas Chapman Blake). Tales medidas siguieron vigentes hasta el fin de febrero de 1999.

15. Asimismo, la Comisión prosiguió informando a la Corte acerca de las medidas provisionales otorgadas en los siguientes casos de Colombia: Caballero Delgado y Santana; José Daniel Alvarez y otros; Giraldo Cardona y otros; y Clemente Teherán y otros (Comunidad Zenú).

IV.    RELATORÍAS TEMÁTICAS

A.    Derecho a la libertad de expresión

16. El Relator de la CIDH sobre Libertad de Expresión, Dr. Santiago Cantón, ha realizado en los últimos meses numerosas actividades de promoción y difusión. Entre ellas, participó de seminarios en países de la región, entrevistándose con los distintos sectores vinculados a la libertad de expresión. A su vez, ha realizado una amplia investigación sobre violaciones a la libertad de expresión y actualmente está dedicado a la preparación de su informe anual. El Dr. Cantón ha señalado como objetivos fundamentales de la Relatoría la coordinación con organismos no gubernamentales para el establecimiento de una red hemisférica que provea repuesta rápida sobre posibles violaciones a la libertad de expresión; así como la realización de visitas a los distintos países de las Américas para lograr un contacto directo con cada situación particular.

B.    Derechos de los pueblos indígenas

17. Del 10 al 12 de febrero de 1999, el Relator de derechos de los pueblos indígenas, Prof. Carlos Ayala Corao, presidió la delegación de la Comisión ante la Reunión de Expertos Gubernamentales sobre el Proyecto de Declaración Americana de Derechos de los Pueblos Indígenas. En un acto sin precedentes, participaron de dicha reunión grupos indígenas de distintos países del hemisferio, conjuntamente con las delegaciones oficiales. Igualmente, cabe mencionar que el 16 de febrero de 1999 la Relatoría de la CIDH en la materia presentó sus trabajos en el marco de la "Segunda Reunión de Trabajo de la OEA y el Banco Mundial sobre cooperación solidaria en patrimonio cultural". El Prof. Ayala Corao informó sobre las actividades de la Relatoría para el próximo período, con especial énfasis en el proceso de discusión y aprobación de la Declaración Americana propuesta.

C.    Derechos del niño

18. El Comisionado Hélio Bicudo, Relator de los derechos del niño, presentó a la consideración de la Comisión su programa de trabajo para el presente año. La CIDH evaluará los avances en la materia durante su próximo período ordinario de sesiones.

D.    Derechos de los trabajadores migratorios y sus familias

19. La Comisión analizó el informe de avance presentado por el Dr. Alvaro Tirado Mejía, Relator sobre los derechos de los trabajadores migratorios y miembros de sus familias. Asimismo, se dio cuenta de las respuestas recibidas de los Estados miembros y organizaciones no gubernamentales a los cuestionarios sobre la materia que había remitido la CIDH durante 1998.

E.    Derechos de la mujer

20. A propuesta del Relator sobre derechos de la mujer, Decano Claudio Grossman, la CIDH publicó como documento separado el "Informe sobre la situación de los derechos de la mujer en las Américas". Se trata de la primera entrega de una nueva serie de publicaciones especiales emprendida por la Comisión, con el fin de estimular el interés de la comunidad internacional de los derechos humanos en ciertos temas específicos como el mencionado. La Comisión, en el marco de la reciente celebración del Día Internacional de la Mujer, insta nuevamente a los Estados miembros de la OEA a que --de acuerdo con sus obligaciones internacionales libremente contraídas-- adopten de inmediato las medidas necesarias para llevar a cabo su compromiso de poner fin a todo tipo de normas que discriminen a la mujer en las Américas. A más tardar en el año 2000, dicha desigualdad debería eliminarse para que a la mujer le sea reconocida capacidad plena en todos los ámbitos, y para que el continente inicie el Siglo XXI "sin discriminación hacia la mujer".

F.    Fondos voluntarios

21. Durante el 98o. período ordinario de sesiones, la Comisión estableció fondos voluntarios sobre sus relatorías temáticas, los cuales siguen abiertos a contribuciones de los Estados miembros, observadores, organismos multilaterales, agencias de cooperación, fundaciones y entes privados. La Comisión confía que los fondos voluntarios contarán con el apoyo necesario, de manera que cumplan con su finalidad de contribuir al avance hacia la plena protección de las personas y derechos a que se refieren.

22. La CIDH destaca el compromiso asumido por el Estado argentino y por el Reino de Suecia, respectivamente, consistente en aportes al Fondo Voluntario de la Relatoría de la CIDH sobre Libertad de Expresión. Tales aportes se sumarán al efectuado por el Gobierno de los Estados Unidos de América a dicho Fondo.

23. Por otra parte, la CIDH recibió con sumo agrado la noticia de que el Reino de España hará un aporte para el proyecto de fortalecimiento del Centro de Documentación de la CIDH, así como para la financiación parcial de las publicaciones de la Comisión. Tal contribución será efectuada como parte de las actividades de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica de dicho país.

V.    AUDIENCIAS Y REUNIONES

24. En este período de sesiones, la Comisión celebró 44 audiencias sobre peticiones y casos individuales en trámite, y sobre la situación general y particular de los derechos humanos en diferentes Estados miembros de la Organización. En dichas audiencias, la Comisión escuchó a representantes de Estados, a víctimas de presuntas violaciones y a sus representantes.

25. Igualmente, la CIDH celebró una reunión con el Sr. Dennis McNamara, Director de Protección Internacional de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), y una delegación de dicho organismo. En el curso de la reunión, se abordaron cuestiones de mutuo interés y preocupación para el ACNUR y la CIDH respecto a la situación de los refugiados en el hemisferio.

VI.   RATIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS Y ACEPTACIÓN DE LA JURISDICCIÓN OBLIGATORIA DE LA CORTE INTERAMERICANA

26. El 19 de enero de 1999, el Representante Permanente de Venezuela depositó el instrumento de ratificación de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, elevando a seis el número de Estados Miembros de la OEA que han completado dicho procedimiento. En la misma fecha, el Representante Permanente de Colombia depositó el instrumento de ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, con lo cual se ha completado un total de catorce Estados partes en dicho instrumento.

27. Por otra parte, el Representante Permanente de la República Dominicana anunció en la sesión inaugural del 102o. Período de Sesiones de la CIDH, celebrada el 22 de febrero de 1999, la decisión del gobierno de dicho país de reconocer la jurisdicción obligatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión recibe con satisfacción esta importante noticia, en virtud de su significación para el fortalecimiento creciente del sistema interamericano de protección y promoción de los derechos humanos.

VII.    VISITAS IN LOCO

28. Durante las sesiones, la CIDH analizó aspectos referentes a la preparación de diferentes visitas in loco, cuya realización está programada para el año en curso. La Comisión se reunió con el Representante de la República de Haití con relación a la invitación de su Gobierno a la Comisión para celebrar una visita in loco a dicho país. La CIDH propuso fechas a tal efecto. Igualmente, la Comisión continuará llevando a cabo visitas in loco especiales a diversas localidades en los Estados Unidos de América con relación a cuestiones de inmigración y trabajadores migratorios. La Comisión agradece la cooperación prestada por las autoridades de dichos Estados para que las mencionadas visitas se realicen con éxito.

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29. La Comisión celebrará su próximo período extraordinario de sesiones del 29 de abril al 7 de mayo de 1999.

 

Washington, D.C., 16 de marzo de 1999