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COMUNICADO DE PRENSA 

Nº 8/93

Durante su visita in loco a Guatemala en noviembre de 1992, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tenía la intención de visitar la zona del Quiché donde residen las llamadas Comunidades de Población en Resistencia, la que no llegó a concretarse en ese momento. En esa oportunidad las autoridades del país otorgaron la anuencia para realizar una visita complementaria a dicha zona y así lo anunció públicamente la CIDH en su comunicado de prensa, informando igualmente que la llevaría a cabo en el primer trimestre de 1993.

Posteriormente, la Comisión propuso al Gobierno que la misma podría tener lugar los días 23 y 24 de abril próximos. Con fecha 31 de marzo pasado, la Comisión fue informada por el Gobierno de Guatemala del deseo de éste de retrasar dicha visita, ya que la misma no se considera prudente en estos momentos en que están avanzando las negociaciones que está realizando con la Unión Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) en México, en el marco del proceso de paz.

La Comisión continúa sus conversaciones con el Gobierno de Guatemala tendientes a obtener una pronta posibilidad de visita a dichas poblaciones contando con lo asegurado al efecto por el Gobierno en la aludida nota, y señala que sigue teniendo la esperanza de poder estar en la zona del Quiché en tiempo oportuno para que no se frustre el objeto y fin de aquella, y así poder cumplir el mandato de promover y defender la vigencia de los derechos humanos que le confiere la Convención de San José, de la que Guatemala es Estado parte.

Washington, D.C., 16 de abril de 1993

 

COMUNICADO DE PRENSA

Nº 9/93

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, atendiendo una invitación formulada por el Gobierno de El Salvador, dispuso lo conducente para realizar, entre el 26 y el 29 de abril de 1993, una visita in loco a El Salvador. Dicha visita se desarrollaría en el marco de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual El Salvador es Estado parte, y estaba precedida de la anuencia expresa del Gobierno, manifestada mediante nota de fecha 18 de marzo de 1993.

De acuerdo con las disposiciones reglamentarias pertinentes, el Gobierno de El Salvador se había comprometido a conceder a la Comisión todas las facilidades necesarias para llevar a cabo su misión. En este orden de ideas, la Comisión remitió, el 30 de marzo de 1993, un proyecto de agenda a las autoridades gubernamentales, en el cual se sugerían los nombres de las personas con quienes se entrevistaría la Comisión Interamericana, sin perjuicio de los nombres adicionales que fueran propuestos por el Gobierno.

Sin embargo, a una semana de la iniciación de la visita de la Comisión, cuando la agenda con el sector no gubernamental se encontraba confirmada en su totalidad, el Gobierno de El Salvador, mediante comunicación de fecha 19 de abril de 1993, manifestó que las entrevistas y las audiencias solicitadas no habían sido confirmadas debido a que la mayoría de los funcionarios encargados de los Despachos de las instituciones a ser visitadas tenían compromisos ineludibles de carácter nacional e internacional adquiridos con anterioridad. Y concluyó proponiendo que la visita in loco de la Comisión sea pospuesta, para una fecha que se definiría en el futuro.

Esta actitud constituye, ciertamente, una falta de cumplimiento de los compromisos previamente adquiridos por el Gobierno, y denota una conducta que contradice las reiteradas manifestaciones de voluntad y cooperación con la Comisión.

La Comisión lamenta profundamente la inesperada cancelación de la visita por parte del Gobierno, y confía en que todos los sectores interesados en la realidad salvadoreña colaboren con la tarea de la Comisión, que elaborará, en breve, un informe especial sobre la situación de los derechos humanos en El Salvador.

Washington, D.C., 21 de abril de 1993

 

COMUNICADO DE PRENSA

Nº 10/93

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA expresa su complacencia por la reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia que condena severamente a los militares y civiles que ejecutaron el golpe de Estado de 1980, y cometieron graves violaciones a los derechos humanos durante dicho Gobierno.

La histórica sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia de Bolivia el 21 de abril de este año, culminando un juicio que duró casi una década, condena a 30 años de prisión al ex Presidente "de facto" Luis García Meza, a su Ministro del Interior ex Coronel de Ejército Luis Arce Gómez, y dispone severas sentencias para la mayoría de los miembros de su gabinete. Igualmente aplica condenas de 20 y 30 años de prisión a miembros de fuerzas paramilitares responsables por asesinatos, sedición y asociación para delinquir, además de congelarles los bienes y exigirles el pago de reparaciones por sus crímenes.

El Consejo Permanente de la OEA deploró en su oportunidad el golpe de estado y las violaciones a los derechos humanos, y por su parte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en un extenso informe especial sobre la Situación de Derechos Humanos en Bolivia publicado en 1981, denunció las numerosas violaciones efectuadas por dicho Gobierno y sus agentes, solicitado la investigación y condena "con todo el rigor de la ley" para los responsables, así como distintas medidas destinadas a restaurar las libertades e instituciones democráticas.

La Comisión cree que las instituciones del Estado boliviano han demostrado su ejemplar capacidad y voluntad de defender los principios del derecho y de la democracia a través de esta sentencia histórica. Al expresar la complacencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por este ejemplar logro del Estado boliviano, queremos también señalar la importancia de la acción conjunta y constante de todos los órganos de nuestro sistema para defender los principios de la Carta de la OEA, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y las bases de nuestra convivencia y cooperación como pueblos y como Estados.

Washington, D.C., 11 de mayo de 1993

 

COMUNICADO DE PRENSA

Nº 11/93

El día de hoy, 17 de mayo de 1993, se inicia la visita que por invitación del Gobierno del Perú, realiza una Comisión Especial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el objeto de observar la situación de tales derechos en el país.

La Comisión Especial está integrada por el Presidente de la CIDH, Dr. Oscar Luján Fappiano, el Primer Vicepresidente, Prof. W. Michael Reisman, y el Dr. Leo Valladares Lanza, miembro de la Comisión. La Comisión será asistida durante su visita por la Embajadora Edith Márquez Rodríguez, Secretaria Ejecutiva, el Dr. David J. Padilla, Secretario Ejecutivo Adjunto, el Dr. Domingo Acevedo, Asesor Especial de la Comisión, el Dr. Sergio Apter y las Sras. Daisy Carmelino, Gabriela Hageman y el intérprete Sr. Marcelo Montecino.

Durante el curso de la visita que se extenderá hasta el día viernes 21 de mayo, la Comisión se entrevistará con autoridades del Poder Ejecutivo, representantes del Congreso Constituyente Democrático y del Poder Judicial, altas autoridades de las Fuerzas Armadas, dignatarios de la Iglesia Católica, dirigentes políticos, directores de medios de comunicación social, representantes de organizaciones de derechos humanos, y otros sectores representativos de la sociedad peruana. Asimismo, la Comisión visitará centros penales de reclusión.

Como es habitual en estas visitas, la Comisión recibirá denuncias sobre alegadas violaciones a los derechos humanos que presenten las personas interesadas, de 10:00 a.m. a 12:00 m. y de 3:00 a 5:00 p.m. durante su estadía en Lima, en sus oficinas del hotel El Pardo.

La visita de la Comisión se realiza de acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y con lo dispuesto en las normas reglamentarias de la Comisión, según las cuales el Gobierno del Perú se ha comprometido a otorgar todas las garantías a las personas, grupos y entidades que deseen entrevistarse con la Comisión, así como de prestar todas las facilidades que la Comisión requiera para cumplir con las tareas que demanda la visita.

La Comisión está consciente de la situación por la que atraviesa la sociedad peruana como consecuencia del empleo del terror y la violencia, así como de la necesidad de encontrar soluciones que permitan superar los problemas existentes mediante el fortalecimiento del régimen democrático y la defensa y protección de los derechos fundamentales de la persona humana.

Al concluir su visita, la Comisión celebrará una conferencia de prensa en el Hotel El Pardo el día viernes 21 de mayo.

Lima, 17 de mayo de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 12/93

El día de hoy 21 de mayo de 1993 finalizó la visita que, por invitación del Gobierno, realizó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con el objeto de observar la situación de los derechos humanos en el Perú. Participaron en la visita el Presidente de la Comisión, Dr. Oscar Luján Fappiano, el Primer Vicepresidente, Profesor W. Michael Reisman y el miembro de la misma Dr. Leo Valladares Lanza. La Comisión estuvo asistida por la Secretaria Ejecutiva, Embajadora Edith Márquez Rodríguez, el Dr. David J. Padilla, Secretario Ejecutivo Adjunto, el Dr. Domingo Acevedo, Asesor Especial de la Comisión, y el Dr. Sergio Apter, contando con el apoyo técnico de la señora Daisy Carmelino, Oficial Administrativo; la señora Gabriela Hageman, secretaria; y el señor Marcelo Montecino, intérprete.

Durante su visita, la Comisión se reunió con: el Presidente de la República, Ingeniero Alberto Fujimori; el Presidente del Congreso Constituyente Democrático (CCD), Ingeniero Jaime Yoshiyama; el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Luis Serpa; la Fiscal de la Nación, Dra. Blanca Nélida Cobán; el Ministro de Relaciones Exteriores y Presidente del Consejo de Ministros, Dr. Oscar de la Puente Raygada; el Ministro de Justicia, Dr. Fernando Vega Santa Gadea; el Ministro de Defensa, General Víctor Malca Villanueva; el Ministro del Interior, General Juan Briones Dávila; el Director de la Policía Nacional, General Guillermo Bovil Cevallos; el Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, Vicealmirante Roberto Duboc; y el Comando Conjunto de la Fuerza Armada, bajo la Presidencia del General Nicolás de Bari Hermoza Ríos e integrado, además, por el Comandante General de la Marina, Almirante Alfredo Arnaiz Ambrossiani y el General del Aire José Nadal Paiva.

La Comisión también mantuvo reuniones con los miembros de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso Constituyente Democrático; con el Presidente y el Secretario General de la Conferencia Episcopal, Monseñores Augusto Vargas y José Irizar; y con el Jefe de Delegación del Comité Internacional de la Cruz Roja, Sr. George Comninos.

Voceros de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, la Comisión Andina de Juristas, el Consejo Peruano de Derecho Internacional, el Foro Democrático y el Consejo para la Paz dialogaron con la delegación, al igual que otras personas e instituciones representativas de la sociedad peruana, como el Colegio y la Federación Nacional de Periodistas, la Federación Médica Peruana, asociaciones de abogados, y directivos de órganos de prensa.

La Comisión recibió también a familiares de detenidos o desaparecidos, a representantes de personas que han presentado peticiones de acuerdo con lo previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su reglamento, y a otras personalidades y entidades interesadas en la situación de los derechos humanos en el Perú.

También se hizo presente en la tumba de María Elena Moyano en la Villa El Salvador, en reconocimiento a su benemérita obra en favor de la niñez y de las personas de menores recursos.

En Lima, la Comisión visitó los centros penales Castro Castro, Santa Mónica, Lurigancho, Real Felipe y el Centro Juvenil de Maranga, mientras que una delegación se trasladó a Puno para tomar conocimiento de la situación de los centros penitenciarios de Yanamayo, San Sebastián, y entrevistarse con la Vicaría de la Diócesis de Puno, la Vicaría de Solidaridad de la Prelatura de Juli y la Comisión de Derechos Humanos de Puno (CODEPUNO).

Las observaciones y contactos realizados en estos días de intensa actividad, le han permitido a la Comisión percibir la compleja situación de los derechos humanos en el país. Se ha recopilado valiosa información, que será utilizada para elaborar el informe que sobre la visita se publicará oportunamente.

La CIDH ha recibido información en el sentido de que en los primeros cuatro meses del corriente año y con referencia al mismo período del anterior, se ha observado una disminución de denuncias sobre violación del derecho a la vida -en particular desapariciones forzadas de personas- y a la seguridad personal, entre otros.

Las autoridades del Gobierno peruano se mostraron receptivas a las sugerencias de la Comisión, la que fue informada sobre medidas adoptadas y otras en curso de serlo, a fin de prevenir que continúen produciéndose violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad. La CIDH espera que aquéllas puedan ser aplicadas de manera efectiva y complementadas con otras que reconozcan y protejan, en forma eficaz, los derechos y garantías consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Comisión considera que deberían formar parte de tales medidas, el ajuste de la legislación antiterrorista (Decretos Leyes Nos. 25659 y 25435) a las garantías y protección judicial establecidas principalmente en los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Igualmente toma nota de la próxima entrada en vigencia de una nueva legislación en materia de minoridad, acorde con la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y espera que ella corrija anomalías que se advierten en la actualidad, como los aspectos relativos a la responsabilidad e imputabilidad penal de los menores.

La eficacia de la Convención en el ámbito interno de los Estados partes depende, en gran medida, de la aplicación que haga de la misma el poder judicial, cuyas características esenciales deben ser la independencia e imparcialidad. Por ello, la pronta culminación de la reorganización de un Poder Judicial que asegure estabilidad en los cargos a sus integrantes, constituye un objetivo de ineludible cumplimiento. La Comisión no puede dejar de expresar su preocupación por la excesiva demora en el juzgamiento de muchas personas inculpadas en el fuero penal, lo que conduce a que permanezcan durante un período muy prolongado en centros de detención sin que se les inicie el correspondiente juicio a efecto de determinar su culpabilidad o inocencia. Por otra parte, la Comisión considera que es necesario se deje sin efecto la regla impuesta a los abogados de no defender más de un caso, y que éstos conozcan en tiempo y forma oportunos de los actos procesales a fin de un adecuado ejercicio del derecho de defensa.

La Comisión encuentra positiva la política penitenciaria encarada últimamente por el Gobierno, razón por la cual lo alienta a seguir profundizando en ella a fin de superar la problemática detectada en algunos establecimientos carcelarios.

La Comisión ha recibido con satisfacción la información sobre recientes modalidades de cooperación entre el Gobierno y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos. Espera que tal colaboración continúe y se fortalezca en beneficio de los derechos fundamentales, siendo el diálogo, la concertación y el intercambio de opiniones de vital importancia a ese objeto. La Comisión estima que con esta nueva política se dará un reconocimiento a las importantes y a veces arriesgadas tareas que cumplen las organizaciones de defensa y promoción de los derechos humanos.

La Comisión ha recibido abundantes manifestaciones y testimonios sobre el impacto y los sufrimientos que causa a la población la utilización de coches-bomba, el asesinato selectivo, la ejecución sumaria, la tortura, la desaparición forzada de personas y, en general, el empleo del terror como medio de control social, métodos condenables a los que acuden ciertos grupos, instituciones y personas en el país para imponer sus convicciones.

Como se hizo notar en ocasiones anteriores, la CIDH considera que a ninguna persona, grupo, o entidad, le está permitido actuar de manera que suprima, lesione o menoscabe los derechos y garantías reconocidos en la Declaración Americana y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Los Estados partes en la Convención se han obligado a garantizar los derechos que ella reconoce. En consecuencia, cuando tales derechos resultan violados, aún por particulares, es deber de los Estados investigar las violaciones, sancionar a los responsables y reparar las consecuencias derivadas de esas transgresiones, según el mencionado Pacto y las pautas interpretativas que de sus preceptos ha hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En el ejercicio de esta función, es claro que el Estado debe contar con el poder suficiente, de modo que aquel no se revele impotente a ese efecto, pero a la par, que no se muestre opresivo de los derechos fundamentales de la persona.

Perteneciendo al hombre por su naturaleza, en la protección y desarrollo de tales derechos, el Estado no debe discriminar a las personas por su origen social, posición económica o cualquier otra condición social.

La Comisión desea expresar su reconocimiento al Gobierno del Perú por las facilidades que le concediera para realizar sus actividades y la amplia colaboración que prestaran sus autoridades durante la visita, así como al pueblo peruano por las atenciones brindadas, correspondiendo resaltar el interés demostrado por los medios de comunicación, lo que se tradujo en una extensa cobertura periodística. Al hacerlo, manifiesta su esperanza en que las relaciones establecidas continúen fortaleciéndose y se profundicen aún más en un futuro cercano, con miras a lograr la plena vigencia y protección de los derechos humanos, los que constituyen la base más sólida sobre la que debe sustentarse la convivencia social en el marco de una sociedad democrática.

Lima, 21 de mayo de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 13/93

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresa que la ruptura del orden constitucional en Guatemala anunciada por su Jefe de Estado, Ingeniero Jorge Serrano Elías constituye una quiebra de los compromisos internacionales contraídos por dicho Estado al ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Comisión señala que la ratificación por un Estado de dicha Convención representa un compromiso erga omnes con todos los otros Estados del Hemisferio, de que dicho Estado administrará sus asuntos internos de acuerdo con los principios de garantía y respeto a los derechos civiles y políticos reconocidos por esa Convención.

La Comisión expresa su más enérgico rechazo a dichas medidas que incluyen la suspensión parcial de la Constitución Política y la disolución del Congreso, de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Constitucionalidad, y exige el más completo respeto a los derechos civiles y políticos, en especial al derecho a la vida, a la libertad y a la integridad personal de todos los habitantes de su territorio.

La CIDH expresa igualmente su más enérgico repudio a toda amenaza o atentado contra los defensores gubernamentales y no gubernamentales de derechos humanos, y hace un llamado a las autoridades y en especial a las fuerzas militares y de seguridad para que en estos difíciles momentos que viven las instituciones y el pueblo guatemalteco sean respetuosos de los mismos.

Recuerda la Comisión que la democracia representativa constituye la única garantía para la vigencia de los derechos humanos y es el firme sustento de la solidaridad entre los Estados del Hemisferio, tal como lo ha señalado reiteradamente la Asamblea General reafirmando el principio establecido en la Carta de la Organización de los Estados Americanos.

Washington, D.C., 25 de mayo de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 14/93

El día 3 de agosto del corriente año el Congreso Constituyente Democrático de Perú acordó incorporar en la nueva Constitución una norma mediante la cual se amplían los casos de aplicación de la pena de muerte previstos en la Constitución de 1979 a los delitos de terrorismo. El nuevo artículo dispone que "la pena de muerte sólo podrá aplicarse por los delitos de traición a la patria en caso de guerra externa y de terrorismo, conforme a las leyes internas y a los tratados de los que el Perú es parte".

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos exp_esa su profunda preocupación por esta decisión del Congreso Constituyente Democrático porque considera que la misma contradice expresamente la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuyo artículo 4 establece, inter alia, que:

- No se establecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.

- En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos.

- No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieran menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se aplicará a las mujeres en estado de gravidez.

La última parte del nuevo artículo expresa que la pena de muerte se aplicará conforme "a los tratados de los cuales, el Perú es parte". La Comisión considera que es imposible armonizar esa referencia con lo que establece el artículo 4 de la Convención Americana.

Además, el Perú como Estado parte en la Convención Americana está obligado de conformidad con lo previsto en el artículo 1, a respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención y "a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción". El artículo 27 de la Convención, por su parte, no autoriza, bajo ninguna circunstancia la suspensión del derecho a la vida.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, a su vez, ha interpretado en la Opinión Consultiva OC-13/83 de 3 de septiembre de 1983 que la Convención Americana no permite "aplicar la pena de muerte a delitos para los cuales no estaba contemplada anteriormente en su legislación interna".

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera que la situación es aún más grave si se tiene en cuenta que numerosos casos de delitos de terrorismo y traición a la patria se resuelven mediante juicios sumarísimos y existe por esa razón la posibilidad de que se cometan errores judiciales irreparables y se condene a personas inocentes.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera que el valor de la vida humana debe prevalecer sobre cualquier otro. La pena de muerte afecta radicalmente a la dignidad humana y su aplicación implica un trato cruel, inhumano y degradante contra el condenado.

Washington, D.C., 10 de agosto de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 15/93

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos decidió en su 83 período de sesiones continuar dando prioridad a la situación de los derechos humanos en Haití. Con la anuencia del Gobierno de Haití, y en desarrollo del Acuerdo alcanzado en Governors Island el 3 de julio de 1993, la Comisión realizará una visita a Haití para observar y evaluar la situación de los derechos humanos.

El propósito de la visita es continuar observando los derechos humanos en Haití y evaluar el ejercicio de estos derechos de acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Haití es parte, y formular las recomendaciones que la Comisión considere necesarias. La presente visita se realiza también de acuerdo con previas resoluciones emitidas por la Reunión Ad-Hoc de Ministros de Relaciones Exteriores y las recientes resoluciones adoptadas por la Organización de los Estados Americanos en su 23 Asamblea General, llevada a cabo en Managua, en junio del presente año.

La Comisión estará en Haití entre el 23 y el 27 de agosto de 1993, para evaluar la situación de derechos humanos en este país. La delegación está conformada por las siguientes personas: Profesor Michael Reisman, Vicepresidente de la Comisión y jefe de la delegación; Embajador Oliver Jackman, Dr. Marco Tulio Bruni Celli, Dr. Leo Valladares Lanza, Dr. Patrick Robinson, Miembros de la Comisión; Personal de la Secretaría, Secretaria Ejecutiva, Dra. Edith Márquez Rodríguez; especialistas en derechos humanos, Dra. Berta Santoscoy Noro, Dra. Relinda Eddie y Dra. Meredith Caplan; Sra. María Julia Meyer, funcionaria administrativa; y Sr. Serge Bellegarde, intérprete de francés y creole.

La aceptación de la visita de la Comisión por parte del Gobierno de Haití, garantiza que la Comisión podrá entrevistar a las personas, grupos entidades o instituciones que la CIDH estime pertinentes, y que no se tomarán represalias en su contra.

Durante el desarrollo de su misión, la Comisión espera entrevistarse y obtener información de parte de funcionarios, grupos, y en particular, representantes de los diferentes sectores de la sociedad haitiana.

La Comisión seguirá el mencionado calendario estructurado de actividades. Durante la visita, la Comisión está contando con la cooperación de representantes de las diferentes entidades que conforman la sociedad haitiana, para alcanzar un mejor entendimiento de la realidad de los derechos del hombre en la sociedad de Haití.

La Delegación de la Comisión se hospedará en el Hotel Villa Creole, y los representantes de la Comisión estarán a disposición de todas las personas que deseen dar información o presentar denuncias individuales, el miércoles 25 de agosto de 1993, entre las 2:00 y las 6:00 p.m.

Washington, D.C., 16 de agosto de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 16/93

Hoy una delegación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos concluye su visita a Haití. El propósito de la visita era continuar observando la situación de los derechos humanos en este país, evaluar la vigencia de los derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y formular las recomendaciones que la Comisión considere necesarias.

La visita de la delegación de la CIDH tuvo lugar del 23 al 27 de agosto. La delegación estuvo conformada por las siguientes personas: Profesor Michael Reisman, Vicepresidente de la Comisión y jefe de la delegación; Embajador Oliver Jackman, Dr. Marco Tulio Bruni Celli, Dr. Leo Valladares Lanza, Dr. Patrick Robinson, Miembros de la Comisión; Dr. David Padilla, Secretario Ejecutivo Adjunto de la CIDH; Dra. Berta Santoscoy Noro, especialista principal en derechos humanos; Dra. Relinda Eddie y Dra. Meredith Caplan, especialistas en derechos humanos; Sra. María Julia Meyer, funcionaria administrativa; Sr. Serge Bellegarde, de los servicios de idiomas de la OEA, y Sra. Oliviere Bellande, quienes se desempeñaron como traductores e intérpretes de francés y creole.

La Comisión es el principal órgano de la OEA encargado de informar acerca del cumplimiento de las normas de derechos humanos en el hemisferio. Los siete miembros de la Comisión, cada uno cumpliendo un período de cuatro años, son elegidos por la Asamblea General de la OEA, a título individual y no como representantes de los Gobiernos. Las atribuciones de la Comisión se derivan fundamentalmente de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Haití es Estado parte desde 1977. La jurisdicción de la Comisión comprende dos categorías de problemas relacionados con derechos humanos. Se pueden presentar peticiones por o en representación de individuos, o grupos de individuos, cuyos derechos han sido presuntamente violados. Pero cuando está ocurriendo un gran número de graves violaciones en un país, es poco probable que las peticiones individuales ayuden. Para tales situaciones, la Comisión puede emprender por su propia iniciativa, un estudio del cuadro de violaciones de derechos humanos en el país.

Para las dos modalidades de jurisdicción, la Comisión concluye emitiendo un informe a la Asamblea General de la OEA y a la comunidad internacional.

La Comisión ha recibido, hasta el momento, un número alarmantemente grande de peticiones individuales. Debido a la crítica situación de derechos humanos en Haití, precipitada y en parte agravada por el golpe militar de 1991, la Comisión emitió un informe especial en 1992 y otro en 1993. Durante este período, la Comisión ha sido requerida en reiteradas oportunidades por el Consejo Permanente y la Reunión Extraordinaria de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA, a fin de realizar una visita in loco a Haití. En otras ocasiones, la Comisión recibió, de parte del Presidente Aristide, quien ha declarado ante ella, la solicitud de realizar una visita in loco. Desafortunadamente, cada iniciativa de la Comisión tendiente a organizar una visita a Haití, fue, o bien rechazada, o bien ignorada, por el Gobierno de facto. Recientemente, mediante nota del 6 de julio de 1993, el Presidente Aristide pidió a la Comisión que realizara una investigación in loco. Mediante comunicación de 19 de julio de 1993, el entonces Ministro de Relaciones Exteriores de facto, Benoit, indicó la voluntad del Gobierno de facto de permitir a la Comisión realizar una visita in loco. La Comisión organizó de inmediato la actual investigación in loco.

Las autoridades, al aceptar la visita de la Comisión, ofrecieron garantías de que la Comisión podría entrevistar libremente y en privado a las personas, grupos y organizaciones que la CIDH estimara pertinentes, y que no se tomarían represalias en su contra.

Durante su estadía, la delegación de la CIDH aprovechó la cooperación de representantes de organizaciones de diversos sectores de la sociedad haitiana, en su esfuerzo por alcanzar un mejor entendimiento de la situación de los derechos humanos en este país. La Comisión se entrevistó con el ex-Ministro de Relaciones Exteriores de facto, Sr. Francois Benoit; el Primer Ministro Robert Malval; miembros del Parlamento, Sr. Fermin Jean Louis, Presidente del Senado, Sr. Turneb Delpé, Sr. Rony Modestin, y Sr. Ebran Cadet; con el Jefe de las Fuerzas Armadas, General Raoul Cedras, y su alto comando.

La delegación también se entrevistó con miembros de la Comisión Presidencial, Padre Antoine Adrien, y el Sr. Chavannes Jean Baptiste. La delegación sostuvo conversaciones con el Director de la Misión Civil de la OEA y Naciones Unidas, Embajador Collin Granderson, quien estaba acompañado por el Sr. Ian Martin, Director de Derechos Humanos; el Sr. Tiebile Dromé, Director de la Sección de Investigaciones de Derechos Humanos, y la Sra. María Clara Martin, investigadora de derechos humanos de la Misión.

La delegación también se reunió con varias organizaciones de derechos humanos y diferentes representantes de los partidos políticos. Asimismo se entrevistó con periodistas de los diferentes medios de comunicación a fin de ilustrarse acerca de asuntos relacionados con la libertad de expresión. La delegación realizó entrevistas con líderes sindicales, industriales, miembros de comunidades religiosas, así como con otros sectores de la vida nacional. La delegación también recibió denuncias individuales, información y comunicaciones relativas a derechos humanos, de personas pertenecientes a todas las clases sociales.

El delegación visitó tres prisiones donde se entrevistó con las respectivas autoridades penales. Estos establecimientos fueron la Penitenciaría Nacional, la Cárcel de St. Marc y la Cárcel de Hinche.

La delegación obtuvo abundante información respecto a detenciones arbitrarias, condiciones de sobrepoblación en las cárceles, malos tratos y torturas a los prisioneros al momento del arresto, así como demoras injustificadas en presentar a las personas acusadas ante los tribunales.

La delegación viajó al interior del país, donde visitó las ciudades de St. Marc, Gonaives y Hinche, lugares en los que recibió copiosa información relativa a los abusos cometidos por los agentes del ejército, los jefes de sección y sus secuaces. La delegación fue informada de que existen "milicias" que están creando un clima de temor entre los habitantes rurales. De acuerdo con tales informaciones, fuerzas paramilitares asaltan, violan a las mujeres, y destruyen los hogares en la más completa impunidad.

La Comisión recibió considerable información y ayuda de parte de la Misión Civil. Aunque ésta tiene un mandato diferente al de la Comisión Interamericana, que opera bajo la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los informes de la Misión Civil sobre violaciones a los derechos humanos han sido una fuente sumamente importante de información para la Comisión. Aún más, los informes de las personas entrevistadas, según se indica más adelante, reafirman que la presencia del personal de la Misión Civil en situaciones y lugares de gran tensión, ha tenido en numerosas ocasiones un efecto disuasivo.

Durante su visita in loco, la Cámara de Diputados aprobó la nominación del Presidente del Sr. Robert Malval como Primer Ministro. La Comisión ve este hecho como un paso importante en la reconstrucción de un gobierno constitucional y elegido popularmente. Sin embargo, el cuadro general de la situación de derechos humanos que surgió de los testimonios recibidos, fue desalentador. La Comisión recibió información sobre múltiples violaciones a los derechos humanos en Haití. La mayoría de éstas confirmadas por las conclusiones publicadas por la Misión Civil y las organizaciones no gubernamentales.

La Comisión recibió numerosas denuncias que tienen las siguientes características comunes: primero, la delegación escuchó testimonios reiterados en el sentido de que los derechos a la vida, la libertad personal, la integridad personal, y las libertades de expresión y reunión, están siendo constantemente violadas. Segundo, el clima de temor e inseguridad en el país que se ha producido, ha generado movilizaciones de personas, internamente, a gran escala, desde las provincias a la capital y viceversa, buscando huir de la represión de los militares. Muchas de estas personas han abandonado sus hogares y familias, y frecuentemente cambian de vivienda en la noche para procurarse protección.

En su visita al campo, los testigos estaban tan atemorizados por las represalias por parte de las fuerzas militares y paramilitares, que muchos insistieron en que sus reuniones con la Comisión se realizaran en la clandestinidad. El patrón que surge de estos testimonios es la existencia de un grave abuso físico, algunas veces de familias enteras sospechosas de ser partidarias del Presidente Aristide. Muchos de estos ataques terminan en graves heridas.

También se señaló que este fenómeno de la violencia estaba ocurriendo en las ciudades por parte de grandes bandas de hombres armados llamados "zenglendos", quienes operan de una manera sistemática, cometiendo crímenes durante la noche, especialmente en vecindarios pobres de la capital, con la aparente aquiescencia de las fuerzas armadas.

La situación de inseguridad que es generalizada en el campo, ha generado un problema adicional de derechos humanos, el de los desplazamientos internos. Los ciudadanos que han sufrido abuso físico de parte de las fuerzas policiales o paramilitares temen volver a sus hogares. Los "mawons"(en Creole, aquellos escondidos), al parecer alcanzan la cifra de hasta 300.000 personas.

Otro grave problema que antecede a la actual crisis, es la excesiva demora en el procesamiento de las personas que han sido arrestadas y detenidas dentro del sistema judicial. Aparentemente, no es inusual que los individuos permanezcan hasta dos años en la cárcel antes de que sean incluso encausados. Este problema, que fue manifestado a la Comisión por muchos de los testigos, requiere de urgente atención, ya que las demoras prolongadas en el otorgamiento del debido proceso violan la Convención Americana.

La Comisión está convencida de que el requisito clave e indispensable --en realidad, una condición sine qua non--, para remediar la grave situación de los derechos humanos en Haití es el pronto restablecimiento del régimen democrático constitucional que fue elegido por el pueblo de Haití en las elecciones internacionalmente supervisadas y certificadas de 1990, pero el cual fue derrocado por el golpe militar de septiembre 29 de 1991. El golpe de estado fue, en sí mismo, una violación de la Convención. El remedio adecuado para tal violación es que sus resultados sean revertidos. Es claro que, hasta tanto el gobierno constitucional y legítimo no sea restaurado, no podrá tener lugar un cambio fundamental en Haití. Tal cambio necesariamente debe conllevar a:

a) una mejoría sustancial del sistema judicial;

b) la separación del ejército y la policía, como lo prevé la Constitución nacional; y,

c) la profesionalización de la fuerza de policía.

Esto sentaría las bases para la reconstrucción de la economía y la reinserción de Haití en la economía internacional, pasos indispensables en el proceso por medio del cual los ciudadanos del país pueden acceder a un estilo de vida acorde con los parámetros económicos y sociales prescritos por la Convención Americana y los Pactos de las Naciones Unidas.

La implementación de los artículos 2 y 3 del Acuerdo de Governors Island del 3 de julio de 1993, es un paso oportuno. La suspensión del embargo, según lo contempla el artículo 4 del mismo Acuerdo, traerá muchos beneficios económicos para Haití. Pero "Governors Island" requiere mucho más aún por realizarse. Además, debe ser leído en concordancia con el Acuerdo de Nueva York del 16 de julio de 1993, el cual el Secretario General de las Naciones Unidas describió como complementario del primero. En el Acuerdo de Nueva York, los partidos políticos y las fuerzas políticas de Haití hacen un llamado para el fin de las prácticas arbitrarias, las detenciones ilegales, la tortura física, las desapariciones, los asesinatos políticos, los actos de venganza personal, y piden la inmediata liberación de todas las personas detenidas debido a sus opiniones políticas. La Comisión insta al cumplimiento de todos esos compromisos a la brevedad posible.

El Acuerdo de Nueva York formula un llamado, en la sección 4(i), para la promulgación de una ley tendiente al establecimiento, organización y operación de una fuerza de policía. La Comisión está convencida de que ésta es una medida importante y urgente para la instalación de un régimen de derechos humanos aceptable. A fin de facilitarla, la Comisión urgiría al Presidente Aristide y al Primer Ministro Malval a crear inmediatamente un Ministerio responsable por la policía, dirigido por un ministro civil. El Ministro podría empezar a supervisar las operaciones de la policía, tal como está estructurada actualmente, y podría servir de enlace con la fuerza técnica de entrenamiento de las Naciones Unidas que se solicita en el Acuerdo de Governors Island. Puede también iniciar la preparación de la legislación primaria y secundaria necesarias para establecer una fuerza separada de policía. La pronta promulgación e implementación de dicha legislación es requerida para el funcionamiento de una fuerza de policía que satisfaga los parámetros internacionales.

Se han recibido numerosas denuncias bajo la Convención acerca del sistema de mantenimiento del orden público en las áreas rurales, tanto en desarrollo de esta visita como en el pasado. Tantas quejas se han recibido que es claro que más allá y por encima de la necesidad de soluciones individuales, este es un problema estructural. Cualquiera que sea la justificación histórica del sistema de los jefes de sección, está claro que un nuevo sistema de orden público en el campo es requerido con urgencia.

El establecimiento de una fuerza de policía separada y profesional, junto con la restructuración del sistema de orden público en el campo, deben estar acompañados del desarme y la desmovilización de los diferentes grupos irregulares que se han constituido. La Comisión ha recibido informes acerca del recrudecimiento de las actividades de diversos grupos armados irregulares del estilo de los Ton Ton Macoute. En muchas de las violaciones denunciadas tienen que ver dichas asociaciones. Muchos de los testigos insistieron, y algunos presentaron testimonios presenciales, respecto a que los militares estaban tras estas fuerza irregulares y eran responsables por ellas. En cualquier caso, es claro que las fuerzas armadas están obligadas a detener el uso no autorizado de la fuerza en el país.

El Acuerdo de Governors Island contempla una considerable asistencia internacional para Haití. La Comisión estima que dicha asistencia es requerida con urgencia. En particular, la Comisión cree que la vida de la Misión Civil debe extenderse, ya que ésta puede satisfacer muchas de las necesidades básicas de datos sobre la situación política y de derechos humanos en Haití, y con su sola presencia, puede actuar como medio para diferir la violencia no autorizada.

Análogamente, la Comisión estima que la introducción de la fuerza técnica de entrenamiento de las Naciones Unidas para la policía y el programa internacional de capacitación de los militares, deben ser cumplidos a la mayor brevedad posible.

La Comisión escuchó con satisfacción las garantías dadas por el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas respecto a su compromiso para crear un clima pacífico en todo el país a fin de permitir el regreso del Padre Aristide.

La Comisión agradece la cooperación que ha recibido de las autoridades y de los diferentes sectores de la población haitiana, los cuales contribuyeron al éxito de la misión. La Comisión piensa continuar monitoreando la situación de los derechos humanos en Haití.

 

Puerto Príncipe, 27 de agosto de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 17/93

El lunes 6 de septiembre de 1993 se inicia la visita in loco, que con la anuencia del Gobierno de Guatemala realiza la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), a fin de observar la situación general de los derechos humanos en este país. La visita se extenderá hasta el viernes 10 de septiembre y participan en ella el Dr. Oscar Luján Fappiano, Presidente de la Comisión, Profesor Michael Reisman y Dr. Alvaro Tirado Mejía, Primer y Segundo Vicepresidente de la Comisión, el Dr. Marco Tulio Bruni Celli, el Embajador Oliver Jackman y el Dr. Leo Valladares Lanza.

La Comisión estará asistida durante su visita por la Secretaria Ejecutiva de la Comisión, Dra. Edith Márquez Rodríguez, el Dr. David Padilla, y el Dr. Osvaldo Kreimer. Asimismo, contará con el apoyo administrativo de las señoras Gabriela Hageman y Gloria Hansen.

Durante su observación in loco la CIDH se entrevistará con autoridades del Gobierno y de instituciones oficiales, con representantes de organismos de defensa y promoción de los derechos humanos, con personas y miembros de instituciones representativas y con quienes consideren que hayan sido afectados en sus derechos humanos y deseen presentar denuncias ante la Comisión. Con el objeto de que estas personas puedan realizar dichas denuncias, la CIDH las recibirá en su salón de audiencias en el Hotel Princess del 6 al 9 de septiembre entre las 10 a 12 a.m. y de 3 a 5 p.m.

La Comisión se trasladará al interior del país, a las llamadas Comunidades de Poblaciones en Resistencia (CPR) en el Departamento del Quiché.

La visita de la CIDH se realiza en el marco de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tratado internacional del cual es parte el Estado guatemalteco, y de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto y Reglamento de la Comisión. De acuerdo con dichos instrumentos, el Gobierno de Guatemala se ha comprometido a otorgar todas las garantías a las personas, grupos, entidades y facilidades que ésta requiera para cumplir con su tarea de observar la situación general de los derechos humanos en el país (artículos 58 y 59 del Reglamento de la Comisión).

Al término de la visita, la Comisión convocará a una conferencia de prensa en el Hotel Princess el día viernes 10 de septiembre en horas de la tarde.

Ciudad de Guatemala, 5 de septiembre de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 18/93

El día de hoy, 10 de septiembre de 1993, finaliza la visita que, por invitación del Gobierno de Guatemala, ha realizado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a fin de observar la situación de tales derechos en el país. La Comisión estuvo integrada por el Dr. Oscar Luján Fappiano, Presidente; Prof. Michael Reisman y Dr. Alvaro Tirado Mejía, Primer y Segundo Vicepresidente respectivamente y por los miembros Dr. Marco Tulio Bruni Celli, Embajador Oliver Jackman y Dr. Leo Valladares. La Comisión estuvo asistida durante su visita por la Secretaria Ejecutiva, Dra. Edith Márquez Rodríguez, por el Secretario Ejecutivo Adjunto Dr. David J. Padilla y por el abogado de la Secretaría, Dr. Osvaldo Kreimer. Asimismo contó con el apoyo administrativo de las señoras Gabriela Hageman y Gloria Hansen.

La Comisión Interamericana se reunió con el señor Presidente de la República, Lic. Ramiro de León Carpio; el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Lic. Arturo Fajardo Maldonado; el señor Ministro de Gobernación, Lic. Arnoldo Ortíz Moscoso; el señor Presidente de la Corte de Constitucionalidad, Lic. Epaminondas González; el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Lic. Juan José Rodil Peralta; el señor Ministro de la Defensa Nacional, General Mario Enriquez Morales; el señor Procurador de los Derechos Humanos, Dr. Jorge Mario García Laguardia; el señor Procurador General en funciones, Lic. Edgar Tuna Valladares; el señor Presidente de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos (COPREDEH), Lic. Jorge Cabrera Hurtarte; con los señores Directivos de la Comisión de Refugiados y Desplazados (CEAR), Fondo Nacional de la Paz (FONAPAZ), Instituto Nacional de Transformación Agraria (INTA); el señor Director General de la Policía Nacional, Lic. Mario René Cifuentes Echeverría; el señor Rector de la Universidad de San Carlos, Dr. Alfonso Fuentes Soria; el señor Presidente de la Comisión Coordinadora para la Paz, Dr. Héctor Rosada; y con una Comisión especial de la Instancia Nacional de Consenso.

Durante su permanencia en Guatemala, la Comisión se reunió con instituciones y organizaciones de derechos humanos. Recibió asimismo a personas y miembros de instituciones representativas de la sociedad guatemalteca, grupos religiosos, campesinos, indígenas, refugiados, desplazados, retornados, sindicales, estudiantes, Comunidades de Población en Resistencia (CPRs), y otros.

Igualmente se recibieron testimonios y denuncias de personas y grupos que plantearon alegadas violaciones a sus derechos humanos, las que serán oportunamente tramitadas de acuerdo con las normas convencionales y reglamentarias que rigen los trabajos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La Comisión se trasladó al interior del país, a zonas de los departamentos de El Quiché y Huehuetenango, en las cuales tuvo la oportunidad de reunirse con las autoridades, organizaciones, miembros de las llamadas Patrullas de Autodefensa Civil (C.V.A.C.), instalaciones militares y personas naturales interesadas en plantear su situación y apreciaciones respecto al contexto de los derechos humanos en su región. En Huehuetenango visitó Colotenango y comunidades vecinas, entre ellas, la Cumbre y Granadillos; en El Quiché, visitó Santa Cruz de El Quiché, San Pedro Jocopilas, y en las zonas de Ixcán, Polígono Catorce y Playa Grande.

La Comisión como resultado de la visita de observación que realizó al país en noviembre pasado, redactó y publicó el "Cuarto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos" que cubrió el período comprendido entre el año 1991 a marzo de 1993. Dicho Informe ha tenido una amplia difusión en el país. Con esta visita la Comisión ha podido constatar la situación que ha vivido Guatemala a partir de ese período, de la cual dará cuenta en su próximo informe.

La Comisión percibe que desde junio pasado, el Gobierno ha dado pasos iniciales en el mejoramiento de algunos de los problemas que señalara en su Cuarto Informe: la afirmación de la jurisdicción civil y del Ministerio de Gobierno sobre problemas de refugiados o de violaciones realizadas por las PACs, la diferenciación entre las tareas de la policía y la militar, con la asunción de autoridades civiles en la Policía Nacional y la vuelta a sus actividades específicas de los oficiales militares que allí actuaban; las instrucciones emitidas por el Ministerio de Gobernación de que todo allanamiento domiciliario debe hacerse con la correspondiente orden judicial y de manera legal; la activación de los programas de Fonapaz y Fonatierra, aunque limitadas para resolver problemas de refugiados, desplazados y retornados; el manejo legal de los distintos casos de asentamientos de desplazados; la promesa de facilitar los trámites de asociación civil y sindical cuya gestión en el pasado constituía un virtual atentado a la libertad de asociación; no obstante la Comisión ha recibido denuncias que contradicen su efectiva aplicación. Igualmente (COPREDEH) anunció a la Comisión que ha elaborado y propuesto a las autoridades un plan para el mejoramiento de la vigencia de los derechos humanos.

Estas medidas constituyen sólo el inicio de la asunción de responsabilidad que el Estado tiene frente a la comunidad nacional e internacional. Esta responsabilidad demanda una toma de posición clara respecto de los graves problemas que afectan la plena vigencia de los derechos humanos, la fijación de objetivos perfectamente definidos, la programación de políticas tendientes a su consecución y la observancia de todos los organismos del Gobierno, sin distinción alguna, de las directivas que a tal efecto se impartan.

La CIDH ve con seria preocupación la existencia de alrededor de medio millón de personas organizadas militarmente en las PACs (o Comités de Autodefensa Civil), con capacidad de acción armada sin el control efectivo del Estado. Ello es fuente de continuas fricciones y violaciones de derechos humanos en las áreas del país donde éstas operan. Más aún, la Comisión considera necesaria su disolución o su trasformación sujetas al marco normativo propio de una sociedad democrática. La experiencia de otros países muestra que, cuando se superan las situaciones de insurgencia que dieron lugar a la creación de ese tipo de organizaciones, las mismas pueden convertirse en un grave obstáculo a la paz interna al ser factores de caos e ilegalidad. Existen casos en que las PACS se han tornado ingobernables y desobedecen abiertamente las órdenes judiciales y policiales, estableciendo su propia justicia, mientras los responsables de su control se abstienen de desautorizarlas, desarmarlas y ponerlas a disposición del juez competente.

La Comisión continúa preocupada por el papel preponderante que desempeña personal militar en sectores claves del gobierno civil. Se requiere una clara separación entre los poderes civil y militar y la subordinación inequívoca de los militares al gobierno civil.

La Comisión ha recibido denuncias sobre la existencia de prisioneros clandestinos. Las evidencias recibidas por la Comisión le permiten afirmar que, efectivamente, han habido casos de detenidos que no han sido tratados de acuerdo con lo establecido en la legislación nacional y en los compromisos internacionales asumidos por Guatemala. La Comisión debe señalar que todas las personas detenidas bajo la acusación de cometer delitos deben ser puestos a disposición de los tribunales de justicia competentes. Los gobiernos pueden protegerse ante amenazas a su seguridad, pero deben hacerlo de manera consecuente con las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Desea también señalar la Comisión que ha recibido denuncias que indican que en los últimos meses y pese a las declaraciones y esfuerzos del Gobierno, han sucedido casos de detenciones arbitrarias, privación ilegítima de la libertad, que incluyen aislamiento, torturas, así como ejecuciones extrajudiciales. Según testimonios y evidencias obtenidos por la Comisión, dichos actos criminales parecen ser obra de agentes del Estado. Las indudables tensiones que existen en la sociedad guatemalteca y que la Comisión analiza en su capítulo sobre derechos socioeconómicos y culturales del Cuarto Informe, hacen que estos ataques individuales generen un nuevo temor social e impidan la pacífica solución de conflictos propios de toda sociedad. Es obligación del Estado garantizar la más seria investigación y procesamiento de dichos casos, y la toma de medidas necesarias para evitar que tales hechos se sigan produciendo. La Comisión espera que los casos que se encuentran en trámite e investigación sean esclarecidos y se impongan las sanciones a los responsables.

El reclutamiento militar arbitrario y discriminatorio de jóvenes es otro de los asuntos que preocupan a la Comisión. Se ha tomado conocimiento que este problema se agudiza en áreas rurales.

La existencia de cuerpos de Policía Nacional, o locales debidamente integrados equipados y remunerados, es condición indispensable para la seguridad pública y para la garantía que debe proveer el Estado a sus ciudadanos. La anunciada autonomía y control civil de la Policía Nacional y los programas de creación de policías municipales, deben ser reforzados con la reasignación de los correspondientes recursos presupuestarios.

Durante su visita la Comisión tomó contacto con representantes de las Comunidades de Población en Resistencia y recibió abundante información sobre las mismas. En su Cuarto Informe la Comisión coincide con lo señalado por autoridades y expertos nacionales e internacionales en el sentido de que las CPR son poblaciones civiles; pero que no obstante son hostigadas por la Fuerzas Armadas, Patrullas Civiles, y por autoridades de comunidades cercanas. La evidencia recogida en este viaje corrobora el criterio de la CIDH. La Comisión ha visto con satisfacción la pacífica marcha de los habitantes de las CPRs a la capital y la audiencia que les concedieran las autoridades para oír sus peticiones, así como el acompañamiento que les brindó la Procuraduría de los Derechos Humanos. La Comisión ha recibido por otra parte seguridades de todas las autoridades que los derechos de propiedad y de comercio de dichos habitantes serán respetados escrupulosamente y que están dispuestas a garantizar el respeto por el resto de la población.

Recuerda igualmente la Comisión que el derecho que legítimamente tiene el Estado de enfrentar y luchar contra la subversión debe realizarse respetando siempre a la población civil, sus bienes y su dignidad. La observancia de las normas del derecho humanitario es condición necesaria para el respeto a la acción del Estado por parte de la comunidad internacional. La aplicación del derecho humanitario no implica modificar el estatuto jurídico actual de los grupos armados irregulares y obliga a éstos a observar sus disposiciones para proteger a la población civil. La Comisión, por otra parte, señala que la Convención Americana no permite a persona o grupos, suprimir o limitar el goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en ella.

La Comisión ha comprobado igualmente que algunas Comunidades de Población en Resistencia se ven impedidas de ocupar tierras de su propiedad debidamente tituladas. La CIDH considera que el respeto al derecho de propiedad de las mismas y al de comerciar y a desarrollar toda actividad lícita facilitaría su reinserción completa y pacífica en la sociedad guatemalteca, y el goce de sus derechos fundamentales.

A la luz de lo sucedido en los últimos treinta años en Guatemala, la Comisión recomienda que el Estado dé satisfacción adecuada a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos.

Desde principios de este año han retornado al país aproximadamente diez mil refugiados, sea en forma colectiva o individual, con la supervisión y ayuda de varias instituciones nacionales e internacionales. La Comisión cree que este hecho es alentador: asimismo desea reconocer el esfuerzo que vienen realizando varias agencias estatales para atender las necesidades más urgentes de estas personas, a pesar de la escasez de recursos disponibles para ese propósito. Sin embargo, algunos retornados han informado a la CIDH que han sido objeto de intimidaciones en las áreas en las que han sido reinsertados. La Comisión considera que es muy importante que el Estado guatemalteco siga tomando las medidas necesarias a fin de facilitar el retorno y reincorporación de estos ciudadanos, particularmente en cuanto a la asignación de tierras idóneas y créditos financieros que les permitan su subsistencia y una vida digna.

Quiere señalar la CIDH que desde su creación la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala ha sido una salvaguardia para los derechos de los guatemaltecos. Su actual organización autónoma y competencia se han mostrado eficaces para resistir los ataques en los momentos menos propicios a la vigencia de los derechos humanos, por lo que la Comisión espera que a este órgano se le mantengan inalteradas sus funciones y competencia.

La Comisión desea reiterar al Gobierno de Guatemala su voluntad de cooperar en la consolidación del pleno respeto a los derechos fundamentales en el país. La CIDH debe reiterar asimismo su convencimiento de que el respeto de los derechos económicos, sociales y culturales debe ser un aspecto central de las políticas gubernamentales, ya que constituyen un factor esencial en el desarrollo pleno de la democracia.

De igual manera, la Comisión está plenamente convencida de que la paz es la piedra angular para el pleno disfrute de todos los derechos humanos de la población guatemalteca.

La Comisión desea reconocer las facilidades que le brindó el Gobierno para el cumplimiento de su misión y agradece a las autoridades, a las personas que contribuyeron con sus valiosos testimonios y a las distintas instituciones representativas de la sociedad guatemalteca entrevistadas, la cooperación, facilidades y hospitalidad que le brindaron.

Ciudad de Guatemala, 10 de septiembre de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 19/93

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos condena enérgicamente los actos de violencia perpetrados por grupos armados irregulares que operan impunemente en Haití, asesinando selectivamente aquellas personas que apoyan el retorno del Presidente Jean-Bertrand Aristide y tratan de impedir, mediante actos de vandalismo, la instalación y el funcionamiento del gabinete del nuevo Primer Ministro Robert Malval.

La Comisión deplora la represión ejercida por agentes de las Fuerzas Armadas de Haití, conocidos por el nombre de "attachés", la cual se ha recrudecido a partir de los primeros días del mes de septiembre y condena igualmente los recientes asesinatos de los que son víctimas los nacionales haitianos. Según la información obtenida por la CIDH, doce personas fueron muertas en las localidades de Canape Vert, Delmas, Musseau, Carrefour y Carrefour Feuille, en las cercanías de Puerto Príncipe.

Asimismo, la Comisión fue informada sobre el asesinato del Sr. Antoine Izméry, amigo personal del Presidente Aristide y fundador del Comité Manos Juntas para el Estallido de la Verdad (COMEVEB), que apoya el retorno de la democracia al país. El asesinato del Sr. Izméry fue perpetrado, el 11 de septiembre de 1993, por civiles armados, quienes lo obligaron a salir de la Iglesia del Sagrado Corazón de Turgeau en donde se oficiaba una misa en conmemoración de las víctimas de la masacre en la Iglesia de San Juan Bosco del 11 de septiembre de 1988.

La Comisión manifiesta su preocupación por las amenazas de que ha sido objeto el Sr. Dante Caputo, enviado especial de la OEA-ONU, las cuales se perciben como otro intento más por desestabilizar el proceso de negociaciones políticas de Haití.

Durante la visita in situ que efectuara la Delegación de la CIDH, del 23 al 27 de agosto de 1993, recibió las garantías de parte del Jefe de las Fuerzas Armadas, General Raoul Cédras, de crear un clima pa_ífico en todo el país a fin de permitir el retorno del Presidente Aristide. Sin embargo, el recrudecimiento de las violaciones de los derechos humanos en Haití y la pasividad del Ejército y la Policía ante esas, demuestran una clara contravención de los acuerdos alcanzados el mes de julio de 1993, en la Isla de Governors y el Pacto de Nueva York.

La Comisión hace un llamado a las Fuerzas Armadas de Haití para que estas desarmen y desmantelen los grupos civiles armados cuyos actos tienden a obstaculizar el restablecimiento pleno de la democracia y de las garantías individuales protegidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En su próximo período de sesiones (5-15 de octubre de 1993), la Comisión considerará nuevamente la situación de los derechos humanos en Haití y la posibilidad de enviar una Delegación a fines del mes de octubre.

Washington, D.C., 24 de septiembre de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 20/93

Ante las últimas manifestaciones de violencia y de las numerosas violaciones de los derechos humanos por parte de los miembros del Ejército y la Policía en Haití, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifiesta su profunda preocupación por la degradación de la situación de los derechos humanos en ese país, en donde los actos perpetrados por grupos paramilitares conocidos como "attachés" han dejado un saldo de decenas de muertes en los barrios de Canape Vert, Delmas, Musseau, y Carrefour, habitados particularmente por seguidores del Presidente Jean-Bertrand Aristide.

A los graves hechos ocurridos como el asesinato del Sr. Antoine Izméry, se agregan ahora las manifestaciones de violencia y la siembra de terror por parte de esos grupos armados paramilitares que actúan en completa impunidad, protegidos por las Fuerzas Armadas y cuya última manifestación, ha sido la trágica muerte del Ministro de Justicia, Sr. Guy Malary, quien fuera asesinado junto con sus dos guardaespaldas, el día de ayer.

A partir del mes de septiembre, después de haber sido ratificado el Primer Ministro, Sr. Robert Malval y de haberse levantado el embargo instaurado por la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos, los actos de violencia se han incrementado y se han dirigido a obstaculizar la instalación y funcionamiento del nuevo Gobierno. Varios Ministros del nuevo Gobierno han tenido que abandonar sus domicilios después de haber recibido amenazas de muerte. Algunos funcionarios recientemente nombrados se encuentran escondidos y no han podido tomar el control de sus oficinas.

Recientemente, grupos de civiles auxiliares de las fuerzas armadas tomaron los medios de comunicación para proferir amenazas contra el envío de la misión de Naciones Unidas en Haití (MINUHA), y pidiendo la expulsión del Sr. Dante Caputo y la dimisión del Primer Ministro.

La Comisión ha sido informada de las manifestaciones dirigidas por el llamado Frente para el Avance y el Progreso Haitiano (FRAPH), que se opone al retorno del Presidente Aristide, se han concentrado en la zona portuaria para impedir la llegada de la Misión de Naciones Unidas (MINUHA), asimismo, han impedido el acceso al muelle de Puerto Príncipe de los observadores de la misión OEA-ONU y de funcionarios de la Embajada de los Estados Unidos, cometiendo actos de violencia en contra de periodistas, de los vehículos de diplomáticos y disparando al aire para atemorizar a la población. Dichas manifestaciones han contado con la protección y ayuda de la policía, que inclusive reorganizó las vías de tránsito con la evidente finalidad de facilitar el paso a los manifestantes.

La Comisión condena enérgicamente la situación de violencia que impera en Haití, la que percibe como un acto de provocación tendiente a impedir el cumplimiento de los acuerdos alcanzados el mes de julio de 1993, en la Isla de Governors y el Pacto de Nueva York, en virtud de los cuales se levantaron las sanciones del embargo internacional el 27 de agosto de 1993. Sin embargo, el incumplimiento de dichos acuerdos, por parte de las Fuerzas Armadas, ha llevado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a establecer nuevamente el embargo.

La Comisión considera que aunque la ejecución de dichos acuerdos está siendo amenazada por la violencia y la represión ejercida por las Fuerzas Armadas, afirma que ellos siguen vigentes para la comunidad internacional, quien puede tomar las medidas necesarias contra esos grupos que obstaculizan el restablecimiento pleno de la democracia y de las garantías individuales protegidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Washington, D.C., 15 de octubre de 1993

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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 21/93

El día de hoy 15 de octubre de 1993 concluyó el 84º período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el que participaron su Presidente doctor Oscar Luján Fappiano, el Primer Vicepresidente, Profesor Michael Reisman, el Segundo Vicepresidente, Embajador Alvaro Tirado Mejía, y los miembros Embajador Oliver Jackman y doctores Marco Tulio Bruni Celli, Leo Valladares Lanza y Patrick Robinson.

Durante este período de sesiones la Comisión recibió en audiencia a representantes de gobiernos, de organizaciones no gubernamentales y de personas individuales interesadas en el tema de los derechos humanos. Se escucharon testimonios con relación a la situación general de los derechos fundamentales en diferentes Estados, y con referencia a casos individuales actualmente en trámite en la Comisión.

Con relación a El Salvador la Comisión recibió en audiencia al señor Ministro de Relaciones Exteriores de ese Estado miembro, quien concurrió acompañado por el Fiscal General de la República, el Comisionado Principal para Derechos Humanos de ese país, el Director de Política Exterior de la Cancillería Salvadoreña y el Representante Permanente de El Salvador ante la Organización, quienes se refirieron a la situación de los derechos humanos en El Salvador en el período que se inició con posterioridad a la firma de los Acuerdos de Paz. Los funcionarios salvadoreños manifestaron que el Gobierno de El Salvador desea que la CIDH realice la visita in loco que fue postergada en el mes de abril del corriente año. La CIDH ha seguido con el mayor interés la evolución de la situación de los derechos humanos en El Salvador y acogió con satisfacción esa nueva invitación; acordó que oportunamente fijará la fecha y aprobará el programa que cumplirá durante esa visita de observación.

La Comisión aprobó un Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos en El Salvador y, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62 de su Reglamento, acordó remitirlo al Gobierno para que formule las observaciones que pudiese tener.

La Comisión consideró el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia, preparado con motivo de las visitas de observación in loco

realizadas en diciembre de 1990 y en mayo de 1992, que con anterioridad había sido enviado al Gobierno colombiano para que tuviese la oportunidad de formular las observaciones que considerase pertinentes. La CIDH, después de tomar nota de las observaciones del Gobierno colombiano, acordó publicarlo.

Se aprobó asimismo un Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Perú y se acordó su publicación. La Comisión expresa su profunda preocupación por la inclusión, en el artículo 140 de la nueva Constitución aprobada por el Congreso Constituyente Democrático del Perú, de una norma mediante la cual se amplían los casos de aplicación de la pena de muerte, en expresa contradicción con lo previsto en el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La CIDH consideró la situación de los indios Yanomanis, quienes han sido objeto de ataques continuos por grupos de buscadores de oro. Consideró asimismo el caso de la masacre de los prisioneros de la casa de detención de Sao Paulo, a raíz de la cual 111 internos fueron asesinados por guardias de la prisión, y acordó solicitar información al Gobierno del Brasil sobre los asesinatos sistemáticos de los niños de la calle teniendo en cuenta que, de acuerdo con la información recibida, 650 niños habrían sido asesinados solo en el año 1992. La Comisión acordó solicitar al Gobierno del Brasil la anuencia correspondiente para efectuar una visita in loco a ese Estado miembro.

La Comisión recibió en audiencia al Representante Permanente de Nicaragua, Embajador José Antonio Tijerino, quien se refirió a la situación general de los derechos humanos en ese país.

La CIDH también recibió en audiencia al Representante Permanente del Gobierno Constitucional de Haití, Embajador Jean Casimir. La Comisión deplora la violencia que existe en Haití y considera que la misma constituye un acto evidente de provocación con el propósito de impedir el cumplimiento de los acuerdos suscritos el 3 de julio del corriente año en la Isla del Gobernador, en la ciudad de Nueva York. En opinión de la Comisión, estos actos de vandalismo y violencia están dirigidos a confundir a la población y a impedir el restablecimiento de la democracia y de las garantías individuales que prevé la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Dada la situación de gravedad que impera en Haití, la Comisión emitió un Comunicado de Prensa al respecto.

Durante este período de sesiones la Comisión consideró con preocupación la situación negativa de los derechos humanos que se registra en Cuba, debido principalmente a las numerosas restricciones a que son sometidas las personas que, de alguna manera, discrepan con el régimen político imperante en ese país. Una vez más la CIDH hace un llamado al Gobierno cubano a fin de que permita una auténtica libertad de expresión y el pleno restablecimiento del estado de derecho.

La situación de los derechos humanos en Guatemala fue también motivo de atención por parte de la Comisión. Se analizó la información obtenida durante la visita in loco que se realizó en el mes de septiembre del presente año y tomó conocimiento de la Declaración sobre Derechos Humanos emitida por el Gobierno de Guatemala el 4 de octubre de 1993.

La Comisión continuó la consideración de algunos de los aspectos que se incluirían en el proyecto de instrumento jurídico interamericano sobre los derechos de las poblaciones indígenas. Con referencia a este asunto se tomó nota de la respuesta del Gobierno del Brasil sobre los derechos que debería incluir dicho instrumento, así como de la reciente sanción de una ley sobre los derechos de las comunidades aborígenes por parte del Gobierno de Chile.

En cumplimiento de recomendaciones de la Asamblea General, la Comisión continuó con el análisis sobre la observancia de los derechos económicos, sociales y culturales, y los derechos del menor en el hemisferio. La Comisión ha iniciado, además, el análisis de las repercusiones que podrían tener los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos en el proceso de desarrollo y fortalecimiento del sistema interamericano.

La Comisión dispuso asimismo elaborar un programa de actividades para la promoción y difusión de los derechos humanos en los Estados miembros de la OEA.

La Comisión acordó dirigirse a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a efecto de solicitarle que adopte medidas cautelares para que los hijos del matrimonio de Juan Enrique Reggiardo y María Rosa Ana Tolosa, desaparecidos durante el régimen militar que se instaló en Argentina a partir de 1976, sean puestos en guarda provisoria en un hogar substituto y sometidos a un adecuado tratamiento sicológico hasta tanto se resuelva la entrega de los menores a su familia legítima.

La Comisión acordó asimismo solicitar a la Corte Interamericana una Opinión Consultiva sobre lo siguiente:

- Cuando un Estado parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos dicta una ley manifiestamente violatoria de sus obligaciones según esa Convención, cuáles son los efectos jurídicos de esa ley en términos de las obligaciones internacionales de ese Estado?

- Cuando un Estado parte en la Convención dicta una ley que manifiestamente autoriza y/o exige a sus agentes o funcionarios violar la Convención, cuáles son las obligaciones y responsabilidades de dichos agentes o funcionarios?

Finalmente la Comisión decidió celebrar su próximo período ordinario de sesiones del 31 de enero al 11 de febrero de 1994.

Washington, D.C., 15 de octubre de 1993