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PARTE
IV RECOMENDACIONES Entre
las recomendaciones propuestas por la Comisión en el Informe Anual
presentado en marzo de 1971 y que fueron atendidas por la Asamblea
General, en su Resolución 53, figuran
las siguientes: 1.
Que
se recomienda a todos los gobiernos que, dentro de lo posible, se sirvan
absolver en breve plazo los pedidos de informes que les curse la Comisión
de conformidad con el Artículo 42 del Reglamento. 2.
Que
se recomiende a todos los gobiernos que suministren a la Comisión las
informaciones que les sean requeridas, en conformidad con el Estatuto y
el Reglamento, para poder elaborar el Informe Anual, especialmente en
cuanto a los progresos alcanzados en la consecución de los objetivos señalados
por la Declaración Americana. 3.
Que
se recomiende a todos los gobiernos, como una forma efectiva de hacer
progresar la vigencia de los derechos humanos en este Hemisferio, la
pronta ratificación de la Convención aprobada en la Conferencia de
Plenipotenciarios de San José de Costa Rica. La
Asamblea General, en su Resolución 53, recogió las propuestas de la
Comisión y recomendó a los gobiernos de los Estados miembros, entre
otras cosas, lo siguiente: 1
Que suministren a la Comisión las informaciones que sean
solicitadas, especialmente en cuento a los progresos alcanzados en la
consecución de los objetivos señalados por la Declaración Americana
de los Derechos y Deberes del Hombre para elaborar, de conformidad con
su Estatuto, el Informe Anual. 2
Atender en plazo razonable los pedidos de informes que les curse
la Comisión. 3
Invitar a los gobiernos de los Estados miembros que no lo hayan
hecho, a considerar la conveniencia de firmar la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, aprobada en San José, Costa Rica, el 22 de
noviembre de 1969, y a los que la firmaron, de activar los
procedimientos constitucionales respectivos para la pronta ratificación
de dicha Convención. No
habiéndose obtenido progreso alguno sobre la ratificación de la
Convención de 1969, desde la expedición de la Resolución 53 hasta la
fecha, y subsistiendo las mismas causas que determinaron las otras
recomendaciones, la CIDH reitera a la Asamblea los pedidos de referencia. CUADRO I NUMERO DE COMUNICACIONES Y CASOS CONCRETOS POR PERIODOS DE SESIONES CELEBRADOS ENTRE EL 1 DE MARZO Y EL 4 DE NOVIEMBRE DE 1971
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