PARTE IV

RECOMENDACIONES

 

Entre las recomendaciones propuestas por la Comisión en el Informe Anual presentado en marzo de 1971 y que fueron atendidas por la Asamblea General, en su Resolución 53,  figuran las siguientes: 

1.      Que se recomienda a todos los gobiernos que, dentro de lo posible, se sirvan absolver en breve plazo los pedidos de informes que les curse la Comisión de conformidad con el Artículo 42 del Reglamento. 

2.      Que se recomiende a todos los gobiernos que suministren a la Comisión las informaciones que les sean requeridas, en conformidad con el Estatuto y el Reglamento, para poder elaborar el Informe Anual, especialmente en cuanto a los progresos alcanzados en la consecución de los objetivos señalados por la Declaración Americana.

3.       Que se recomiende a todos los gobiernos, como una forma efectiva de hacer progresar la vigencia de los derechos humanos en este Hemisferio, la pronta ratificación de la Convención aprobada en la Conferencia de Plenipotenciarios de San José de Costa Rica.

La Asamblea General, en su Resolución 53, recogió las propuestas de la Comisión y recomendó a los gobiernos de los Estados miembros, entre otras cosas, lo siguiente: 

1        Que suministren a la Comisión las informaciones que sean solicitadas, especialmente en cuento a los progresos alcanzados en la consecución de los objetivos señalados por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre para elaborar, de conformidad con su Estatuto, el Informe Anual.

2        Atender en plazo razonable los pedidos de informes que les curse la Comisión.

3        Invitar a los gobiernos de los Estados miembros que no lo hayan hecho, a considerar la conveniencia de firmar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, y a los que la firmaron, de activar los procedimientos constitucionales respectivos para la pronta ratificación de dicha Convención.  

No habiéndose obtenido progreso alguno sobre la ratificación de la Convención de 1969, desde la expedición de la Resolución 53 hasta la fecha, y subsistiendo las mismas causas que determinaron las otras recomendaciones, la CIDH reitera a la Asamblea los pedidos de referencia.

 

A N E X O S

CUADRO I

 NUMERO DE COMUNICACIONES Y CASOS CONCRETOS POR PERIODOS DE SESIONES CELEBRADOS ENTRE EL 1 DE MARZO Y EL 4 DE NOVIEMBRE DE 1971 

 

 

25 Período de Sesiones

26 Período de Sesiones

PAIS

No. de comunicaciones

No. de casos concretos

Comunicaciones informativas

No. de comunicaciones

No. de casos concretos

Comunicaciones informativas

ARGENTINA

5

1

0

2

2

5

BARBADOS

0

0

0

0

0

0

BOLIVIA

0

0

0

0

0

0

BRASIL

19

3

4

7

1

0

COLOMBIA

0

0

0

1

 

0

COSTA RICA

0

0

0

0

0

0

CUBA

3

3

15

3

3

15

CHILE

0

0

0

0

0

0

ECUADOR

3

3

1

0

0

1

EL SALVADOR

10

2

1

1

1

1

ESTADOS UNIDOS

2

2

1

1

1

0

GUATEMALA

15

1

4

0

0

0

HAITI

1

1

5

3

3

6

HONDURAS

0

0

0

0

0

0

JAMAICA

0

0

0

0

0

0

MEXICO

0

0

0

0

0

0

NICARAGUA

1

1

0

1

1

0

PANAMA

0

0

0

0

0

0

PARAGUAY

2

2

0

0

0

1

PERU

0

0

0

1

1

0

REP. DOMINICANA

0

0

0

2

2

4

TRINIDAD Y TOBAGO

0

0

0

0

0

0

URUGUAY

0

0

0

0

0

0

VENEZUELA

0

0

0

0

0

0

TODOS LOS PAISES

0

0

2

0

0

5

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

61