OEA/Ser./L/V/II.111
doc. 20 rev.
16 abril 2001
Original: Español
SEGUNDO
INFORME DE PROGRESO DE LA RELATORÍA SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS Y
MIEMBROS DE SUS FAMILIAS EN EL HEMISFERIO
I.
INTRODUCCIÓN
1. La
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de
los Estados Americanos (OEA) ha comenzado a prestar especial interés a la
situación de los trabajadores migratorios y sus familias en el
hemisferio. Por ello, creó la Relatoría Especial sobre Trabajadores
Migratorios y Miembros de sus Familias. Esta Relatoría Especial está a
cargo de uno de los comisionados de la CIDH, el doctor Juan Méndez, y
cuenta con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva de la misma. Al crear esta
Relatoría Especial la CIDH delimitó su campo de acción únicamente a los
trabajadores migratorios y sus familias cuando éstos se mueven más allá de
sus Estados de origen. En tal sentido, la CIDH aclaró que ella no se
abocaría al conocimiento de otras categorías de personas migratorias como
"personas desplazadas en el ámbito interno", "apátridas", "refugiados" o
“solicitantes de asilo”. Sin perjuicio de lo anterior, la CIDH es
consciente que hay principios comunes que se aplican a todas estas
categorías de personas. En este sentido, es preciso observar que, dada su
delicada situación, refugiados, desplazados internos, apátridas y
solicitantes de asilo pueden en determinadas ocasiones transformarse en
trabajadores migratorios y viceversa.
2. La
CIDH decidió dedicar una atención especial al fenómeno de los trabajadores
migratorios y sus familias dados los graves problemas en materia de
derechos humanos que afectan a estas personas. A través de los años, la
CIDH ha tenido conocimiento de dichos problemas como consecuencia de sus
visitas in loco, denuncias sobre violaciones de derechos humanos y
audiencias especiales para tratar el tema. La CIDH estima que los
trabajadores migratorios y sus familias son sectores sociales
especialmente vulnerables que, en muchas ocasiones, son objeto de abusos y
de violaciones sistemáticas de sus derechos esenciales. De igual manera,
la CIDH tomó en consideración la importancia que los Estados miembros de
la Organización de los Estados Americanos (OEA) le han brindado al tema en
la agenda hemisférica.
3. La iniciativa de la CIDH de crear una Relatoría
Especial sobre Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias ha
tenido una gran acogida entre los Jefes de Estado y Gobierno de las
Américas, quienes en el Plan de Acción de la Segunda Cumbre de las
Américas señalaron que:
(Los Gobiernos) apoyarán las
actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con respecto
a la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y sus
familias, particularmente por medio del Relator Especial para Trabajadores
Migrantes.
4. La Relatoría Especial tiene por objetivo estimular de manera
preferente la conciencia por el pleno respeto de los derechos humanos de
los trabajadores migratorios y sus familias; formular recomendaciones
específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la
protección y promoción de los derechos humanos de estas personas, a fin de
que se adopten medidas progresivas en su favor; elaborar informes y
estudios especializados sobre la materia; así como actuar con prontitud
respecto a peticiones o comunicaciones en donde se señale que los derechos
de los trabajadores migratorios y sus familias son vulnerados en algún
Estado miembro de la OEA.
5. La
Relatoría Especial quiere señalar que muchas de las actividades que tiene
previsto desarrollar en el marco de su mandato se han visto coartadas,
toda vez que no se ha contado con suficientes apoyo financiero por parte
de los Estados miembros u otras instituciones o organizaciones. Las
diversas actividades desarrolladas por la Relatoría Especial se han
llevado adelante sólo gracias al aporte de 50.000 dólares efectuado por el
Gobierno de México en diciembre de 1999.
6. La CIDH ha creído necesario realizar informes de progreso anuales
sobre diferentes aspectos de la problemática de los trabajadores
migratorios desde una perspectiva de los derechos humanos. Se ha optado
por esta modalidad en vez de realizar un informe único sobre la situación
de estas personas en el hemisferio ya que, dada la dimensión y complejidad
del problema y dados los recursos con los que cuenta la Relatoría,
resultaría difícil, sino imposible, realizar un estudio comprensivo sobre
la materia.
7. El
informe que presentamos a continuación se divide en las siguientes partes.
En la primera sección se hace mención a las principales actividades
desarrolladas por la Relatoría durante el
año 2000.
En segundo lugar se
revisa la
jurisprudencia desarrollada por los
órganos del
sistema interamericano de protección de los derechos humanos (la Comisión
y la Corte Interamericana de Derechos Humanos)
durante el año 2000 en materias que dicen relación a trabajadores
migratorios y sus familias y otras áreas a fines con este fenómeno.
En la tercera sección del informe se
describe
brevemente de forma analítica el problema planteado por la migración en
materia de derechos humanos. A continuación, en la cuarta sección, se
analiza el problema planteado por la xenofobia, el racismo y la
discriminación en contra de trabajadores migratorios y sus familias. Las
condiciones de debido proceso y de detención de trabajadores migratorios
son examinadas en las secciones quinta y sexta de este informe. En la
penúltima parte se ensaya un análisis de las respuestas enviadas por los
Estados al cuestionario enviado por la CIDH sobre la situación de los
trabajadores migratorios y sus familias en el hemisferio. El informe
termina con la presentación de conclusiones y recomendaciones. Como anexo
se presentarán seis nuevas respuestas recibidas de parte de Estados al
cuestionario enviado por la Relatoría.
II.
PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA RELATORÍA DURANTE EL AÑO 2000
8. Durante su 106º período ordinario de sesiones de la CIDH
celebrado entre los días 22 de febrero y 10 de marzo de 2000, ésta designó
al doctor Juan Méndez como Relator Especial de Trabajadores Migratorios y
Miembros de sus Familias.
9. El 22 de marzo de 2000 en la sede de la CIDH se firmó un acuerdo
de cooperación entre la CIDH y la Organización Internacional de las
Migraciones (OIM), con la finalidad que ambas instituciones puedan de
manera conjunta desarrollar diferentes actividades destinadas a promover
la observancia y protección efectiva de los migrantes en el hemisferio.
Luego de la firma del acuerdo de cooperación ambas instituciones emitieron
un comunicado de prensa conjunto que señaló entre otros que:
Ambas
instituciones están conscientes que las cuestiones de migraciones, y en
especial lo referente a los trabajadores migratorios y miembros de sus
familias, constituye hoy una de las cuestiones más significativas en la
progresiva universalización del sistema de relaciones internacionales y
que es necesario abordarlas desde una perspectiva multilateral, teniendo
en cuenta además la voluntad expresada por los Jefes de Estado y Gobierno
del hemisferio en la Segunda Cumbre de las Américas en el sentido de
desplegar esfuerzos especiales para garantizar el pleno cumplimiento y
observancia de los derechos humanos de los migrantes.
Ambas
instituciones confían que este Acuerdo de Cooperación contribuirá al
desarrollo de diferentes actividades entre ambos organismos en un futuro
cercano.
10. En abril de 2000, en tanto, la CIDH fue informada que se le había
otorgado el estatus de observador en la Conferencia Regional sobre
Migraciones (CRM).
11. En mayo de 2000, la CIDH reiteró a los Estados miembros que no
habían contestado el cuestionario sobre trabajadores migratorios y sus
familias el cual había sido enviado por primera hace apróximadamente dos
años. Dicho cuestionario había sido elaborado y enviado a los Estados para
indagar acerca de las características, prácticas y la legislación
existente en el hemisferio con respecto al fenómeno de los trabajadores
migratorios y sus familias. En el transcurso del año se recibieron seis
nuevas respuestas, tal como se verá más adelante en este informe.
12. En junio de 2000, la CIDH co-auspició junto a la OIM y la Comisión
Económica para América Latina (CEPAL) un seminario de expertos sobre
“Mejores Prácticas en el Trato de Migrantes”, el cual tuvo lugar en la
sede de la CEPAL en Santiago de Chile.
13. En septiembre de 2000, la OEA a través de la CIDH, co-auspició el
“Simposio sobre Migración Internacional en las Américas” que se desarrolló
en San José, Costa Rica. Dicho evento contó con la participación de
representantes de los diferentes Estados del hemisferio, así como
representantes de la sociedad civil y expertos sobre el fenómeno
migratorio.
14. En octubre de 2000, el Relator Especial sobre Trabajadores
Migratorios y sus Familias fue invitado por Guatemala a realizar una
visita in loco a fin de observar el fenómeno de los trabajadores
migratorios en dicho país. Sobre el particular, tanto Guatemala como el
Relator se encuentran determinando los días en que se realizará la visita
señalada.
15. En noviembre de 2000, la Relatoría Especial participó en calidad
de experta en un seminario organizado por la Red de Organizaciones de la
Sociedad Civil que integran la CRM. En esa oportunidad, la Relatoría
Especial abordó el tema “Trabajadores Migrantes y Derechos Humanos a la
luz del sistema interamericano de protección de derechos humanos.”
16. Por otro lado, a través de la Relatoría Especial, la CIDH
participó por primera vez en calidad de observador en la VI Conferencia
Regional sobre Migraciones (CRM) que se realizó en San José, Costa Rica,
entre los días 19 y 23 de marzo de 2001. Asimismo, participó en la
Conferencia Regional de la Red Organizaciones de la Sociedad Civil,
que se realizó de manera paralela a dicho foro.
III.
JURISPRUDENCIA DESARROLLADA POR EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN Y
PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN RELACIÓN A LOS TRABAJADORES
MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS
17. La Relatoría Especial ha considerado
necesario informar anualmente a la Asamblea General sobre la diversa
jurisprudencia desarrollada por los órganos del Sistema Interamericano de
Protección de los Derechos Humanos en cuanto a los derechos de los
trabajadores migratorios y sus familias como una manera de enriquecer el
análisis sobre la materia, así como para servir de guía para la protección
de los derechos fundamentales de estas personas.
18. En su informe de 1999, la Relatoría Especial esbozó algunos
principios sobre la problemática de trabajadores migratorios y miembros de
sus familias que habían sido desarrollados por la jurisprudencia de la
Comisión y la Corte. De esta manera, se hizo mención a: a) la prohibición
de expulsiones masivas de extranjeros; b) derecho a las garantías
judiciales y a la protección judicial (con especial énfasis en la
protección consular); c) derecho a la nacionalidad y; d) protección a la
familia.
19. Durante el año 2000, el sistema interamericano de
derechos humanos tuvo la oportunidad de abordar la problemática de los
trabajadores migratorios y sus familias a través de una solicitud de
medidas provisionales presentada por la Comisión a la Corte con motivo de
la expulsión masiva de haitianos y dominicanos de origen haitiano que se
encontraban en territorio de República Dominicana.
La solicitud de medidas provisionales presentada por la Comisión a la
Corte dio lugar a que ésta última ordenara medidas provisionales en favor
de determinadas personas a fin de proteger sus derechos fundamentales.
20. Lo importante de esta jurisprudencia
desarrollada por el sistema interamericano de derechos humanos, tal como
se verá más adelante, radica en que es la primera vez que se pone en
movimiento el mecanismo de medidas provisionales con el fin de: a) frenar
las expulsiones masivas de personas; b) requerir a un Estado que se
abstenga de expulsar de su territorio a determinadas personas; c) requerir
a un Estado que permita el retorno inmediato de determinadas personas a su
territorio; y d) requerir a un Estado que permita la reunificación
familiar de determinadas personas.
21. De igual manera, la Comisión declaró admisible dos casos que se
refieren en alguna medida a trabajadores migratorios. Uno de estos es el
caso el No 11.495 y que se denuncia la deportación del ciudadano
nicaraguense Juan Ramón Chamorro de Costa Rica y quien alega que se le han
violado diversos derechos consagrados en la Convención Americana.
El otro caso es el 12.198 y que se denuncia que a las niñas Dilcia Yean y
Violeta Bosica se les ha negado la nacionalidad dominicana a pesar de
haber nacido en territorio dominicano y de que la Constitución Política
establece el principio de jus solis.
22. Por
último, la Comisión el 4 de abril de 2001 aprobó e hizo público el informe
51/01 (caso 9903 Rafael Ferrer Mazorra v. Estados Unidos de América), caso
conocido como “los cubanos del Mariel”.
La solicitud de medidas provisionales y la
resolución de la Corte
23. El
12 de noviembre de 1999, la Comisión recibió una comunicación en la cual
se denunciaba la realización de expulsiones masivas por parte del Estado
dominicano de personas haitianas y dominicanas de origen haitiano. En la
denuncia se indicaba que las expulsiones se realizaban mediante redadas
colectivas, sin procedimiento legal que permitiera identificar
adecuadamente la nacionalidad de los “ expulsados”, ni su estatus
migratorio, ni sus vínculos familiares; simplemente eran separados de sus
hogares, sin previo aviso y, sin permitirles llevar sus pertenencias.
24. El
22 de noviembre de 1999 la Comisión emitió una medida cautelar y solicitó
a la República Dominicana que cesara las expulsiones masivas y que, en
caso de que éstas procedieran, las realizara satisfaciendo los requisitos
del debido proceso.
El 7 de diciembre de 1999, el Estado dominicano rechazó la medida
cautelar.
25. Según los peticionarios, el flujo de deportaciones
descendió un poco luego de noviembre de 1999, sin embargo, volvió a
incrementarse en el primer cuatrimestre del año 2000. A raíz de ello, el
30 de mayo de 2000, la CIDH elevó ante la Corte Interamericana de Derechos
Humanos una solicitud de medida provisional de carácter genérico en favor
de personas haitianas y dominicanas de origen haitiano que se encontraban
sujetas a la jurisdicción de la República Dominicana y que corrían el
riesgo de ser expulsadas o deportadas colectivamente. Dicha situación
ponía en riesgo el derecho a la vida e integridad física de los
deportados, así como la de los familiares, especialmente menores de edad.
Asimismo, la Comisión solicitó a la Corte que adoptara las medidas
provisionales para que el Estado dominicano estableciera procedimientos
que permitieran verificar los casos donde no procedía la deportación, de
aquellos casos en que sí procede. En casos de proceder la expulsión o
deportación de personas que se encuentran en territorio dominicano, éstas
deberían satisfacer plenamente los requisitos del debido proceso,
incluyendo el plazo mínimo de notificación, acceso a miembros de la
familia, audiencias adecuadas y decisiones adoptadas legalmente por las
autoridades competentes. Asimismo, solicitó que en todos los casos, las
deportaciones deberían realizarse de manera individual y no en forma
masiva.
26. El 13 de junio de 2000 la Comisión presentó a la Corte un
addendum a la solicitud de medidas provisionales e individualizó a una
serie de personas víctimas de las expulsiones para quienes también pidió
medidas protección.
27. El
8 de agosto de 2000 en tanto, se celebró una audiencia pública sobre la
solicitud de medidas provisionales en la sede de la Corte, en donde
comparecieron la Comisión y el Estado dominicano. A la delegación de la
Comisión se agregaron representantes de las entidades peticionarias, CEJIL
y el Centro de Derechos Humanos de la Universidades de Columbia (Nueva
York) y California Berkeley. En calidad de testigos comparecieron a la
audiencia el sacerdote Pierre Ruquy, de origen belga, y la Sra. Sonia
Pierre, ciudadana dominicana, quienes trabajan con la población haitiana
radicada en República Dominicana.
28. El 18 de agosto de 2000, la Corte otorgó medidas provisionales en
favor de determinadas personas (aquellas señaladas en el addendum y
también a favor de los testigos), pero rehusó ordenar medidas a favor de
categorías o grupos de personas en número y de identidad indeterminadas.
Sobre el particular, la Corte señaló en sus considerandos:
Que es
atributo de la República Dominicana tomar decisiones soberanas acerca de
su política de migración, las cuales deben ser compatibles con las normas
de protección de los derechos humanos establecidas en la Convención
Americana.
Que los antecedentes presentados por la Comisión en su
solicitud demuestran prima facie una situación de extrema gravedad
y urgencia en cuanto a los derechos a la vida, la integridad personal,
protección especial a los niños en la familia y el derecho de circulación
y residencia de las personas identificadas en el addendum…
Que el artículo 1.1 de la Convención señala el deber de los
Estados Partes de respetar los derechos y libertades reconocidos en ese
tratado y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que éste
sujeta su jurisdicción.
Que es responsabilidad de la República Dominicana adoptar
medidas de seguridad para proteger a todas las personas que estén sujetas
a su jurisdicción; este deber se torna aún más evidente en relación con
quienes estén vinculados por procesos ante los órganos de supervisión de
la Convención Americana.
29. En la parte resolutiva de la decisión de
la Corte se resolvió:
1. Requerir al Estado de la República Dominicana
que adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para proteger la
vida e integridad personal de Benito Tide Méndez, Antonio Sension, Andrea
Alezy, Janty Fils-Aime y William Medina Ferreras.
2. Requerir al Estado de la República Dominicana
que se abstenga de deportar o expulsar de su territorio a Benito Tide
Méndez, Antonio Sension.
3. Requerir al Estado de la República Dominicana
que permita el retorno inmediato a su territorio de Janty Fils- Aime y
William Medina Ferreras.
4. Requerir al Estado de la República Dominicana
que permita, a la mayor brevedad, la reunificación familiar de Antonio
Sensión y Andrea Alezy con sus hijos menores en República Dominicana.
5. Requerir al Estado de la República Dominicana
que colabore con Antonio Sension para obtener información sobre el
paradero de sus familiares en Haití o en la República Dominicana.
30.
Como se ve, la Corte rehusó ampliar su jurisprudencia, que hasta ahora ha
sido consistente en el sentido de otorgar medidas provisionales sólo a
favor de personas claramente nombradas e identificadas. En cambio, la
medida de la Corte es innovadora en otro aspecto importante: hasta la
fecha, la Corte sólo había dictado medidas para proteger los derechos a la
vida y la integridad física de personas en riesgo. Con esta medida, sin
embargo, por primera vez la Corte extiende su protección a derechos como
el de residencia en el país de origen, a medida de protección de menores y
a la vida familiar.
IV.
MIGRACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
31. La
presente sección de este informe describe de forma analítica el problema
planteado por la migración en materia de derechos humanos. El objetivo de
esta parte es explicar el marco en el que ocurren las violaciones a los
derechos humanos de los trabajadores migratorios y sus familias en el
hemisferio. Para ello, se examinan diversos aspectos de esta problemática,
entre ellos, la evolución y nuevas características de la migración en la
última década, sobre todo en el hemisferio americano; se analizan los
intereses de los actores involucrados en el problema, como Estados y
trabajadores migratorios; y por último, se reseña brevemente la normativa
internacional en materia de protección de estas personas.
32. En
la última década, la migración se ha transformado en uno de los temas más
importantes de la agenda política internacional. En países receptores de
inmigrantes, como Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia, Canadá y
Australia, entre otros, gobiernos, partidos políticos, la sociedad civil,
las iglesias, y los medios de comunicación han debatido extensamente la
materia. Similares discusiones han surgido en una gran cantidad de países
en desarrollo como Malasia, Argentina y Sudáfrica, que recientemente han
recibido un creciente número de inmigrantes. Los debates sobre migración,
sin embargo, no se han circunscrito a las naciones receptoras, sino
también a los países de origen de las personas que migran, como México, El
Salvador, Turquía, Indonesia, Rumania, Albania, entre muchos otros.
33. En
los países receptores, la discusión se ha centrado en cómo restringir la
entrada de extranjeros, cuáles son las consecuencias sociales, culturales
y económicas de la migración, o de cuáles beneficios sociales es lícito
privar a los inmigrantes. En cambio, en los países de origen, el debate se
ha remitido a cómo se debieran o podrían proteger los derechos
fundamentales de millones de migrantes que se ven expuestos a abusos y a
explotación en países receptores, qué derechos y beneficios sociales
debieran hacerse extensivos a los migrantes y sus familias, o cómo
asegurar una estabilidad en los países de residencia que garantice que los
inmigrantes puedan continuar enviando remesas a las familias que quedan en
el país de origen.
34.
Como reflejo de la preocupación de los Estados por el tema, varios países
han fomentado debates en diversos foros intergubernamentales,
especialmente en Naciones Unidas. Asimismo, los Estados han creado
conferencias y foros especiales, sobre todo en el ámbito regional, para
intercambiar información y experiencias con relación al problema. En el
hemisferio americano se han creado dos importantes foros. Por un lado, la
Conferencia Regional sobre Migraciones, conocida como Conferencia de
Puebla, un foro creado en 1996 y en el que participan once países de
Centro y Norte América, Estados Unidos, Canadá, México, Guatemala,
Honduras, Costa Rica, Belice, El Salvador, Panamá, Nicaragua y República
Dominicana. Por el otro, la Conferencia Sudamericana de Migraciones,
iniciado en 1999 y que reúne a Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia,
Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
35. La
relevancia adquirida por la migración se debe en gran parte a que,
mientras al interior de muchos países desarrollados existe la impresión,
real o aparente, de que se ha llegado a un límite en cuanto a la capacidad
de absorber migrantes, en el mundo el número de personas que migran
continúa creciendo de forma notable. Esto quiere decir que mientras la
presión migratoria sobre los países receptores, sobre todo desarrollados,
ha aumentado en forma ostensible, la disposición de estas naciones a
recibir migrantes ha disminuido bruscamente (salvo algunas excepciones
como Irlanda y Suiza).
36. De
acuerdo a la Organización Internacional de Migraciones (OIM) hoy en el
mundo hay 150 millones de migrantes (una cifra algo menor que la población
de Brasil).
La mayor parte de esta gente son personas que migran en busca de un futuro
mejor, huyendo de pobreza, violencia y falta de oportunidades en sus
países de origen. En uno de sus últimos informes, en tanto, la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) afirma que entre 1965 y 1990
el número de migrantes creció casi un cincuenta por ciento, de 75 a 120
millones.
De acuerdo a la OIT, de este número, entre 70 y 80 millones eran personas
que migraron voluntariamente en busca de trabajo, mientras que el resto
corresponde ya sea a refugiados o desplazados internos.
De los entre 70 y 80 millones de migrantes voluntarios, un porcentaje
alto, pero indeterminado corresponde a personas indocumentadas. (Es muy
difícil establecer la cantidad de personas indocumentadas dada la
reticencia de estas personas a ser empadronados por miedo a ser deportadas
o detenidas por las autoridades). De acuerdo al mismo estudio, entre 1970
y 1990 el número de países clasificados como receptores importantes de
migrantes subió de 39 a 67, mientras el de países de origen subió de 29 a
55. El estudio también señala que el número de países que son a la vez
receptores y de origen de migrantes subió de 4 a 15.
Crecimiento Migratorio
37. Los
expertos coinciden en que en el ámbito mundial la migración ha aumentado
como consecuencia de la combinación de factores demográficos, económicos,
políticos y sociales. Indudablemente, el crecimiento de la población
mundial, que el año 2000 llegó a 6 mil millones, ha generado un incremento
importante en el número de migrantes. Entre 1970 y 1990 la migración en el
mundo creció en un promedio de 1.9% al año. Este aumento, sin embargo,
representó sólo un 0.1% más que la tasa de crecimiento de la población a
nivel mundial (1.8%). En otras palabras, el crecimiento de la migración no
indica que haya habido un cambio importante en la propensión de las
personas a migrar, sino más bien refleja con notable precisión el
crecimiento poblacional.
38. El
crecimiento de la migración, empero, no sólo se explica por cambios
demográficos. Ciertos factores políticos, sobre todo el fin de la Guerra
Fría, también han contribuido a multiplicar la migración. Con el fin de la
Unión Soviética fueron suprimidas una serie de restricciones migratorias
impuestas por los regímenes comunistas para regular la inmigración. Esto
llevó a que miles de personas optaran por emigrar, sobre todo dado el
notable deterioro de las condiciones de vida en los ex países comunistas.
Del mismo modo, el resurgimiento de rivalidades nacionales, religiosas y
étnicas, en parte facilitadas por el fin de la Guerra Fría, desataron una
ola de violencia en los Balcanes (Yugoslavia, Bosnia, Croacia), el Cáucaso
(Georgia, Armenia, Azerbaiján, Chechenia) y en algunas ex provincias
soviéticas (Tayikistán), lo que generó un éxodo importante de personas,
sobre todo a Europa. De forma similar, problemas étnicos, sociales y
religiosos en África, Asia y América Latina y el Caribe también han
contribuido a incrementar el número de migrantes.
39. Al
mismo tiempo, el fin de la Guerra Fría incidió negativamente en el interés
por parte de los países desarrollados de recibir disidentes o de reconocer
militantes políticos extranjeros como disidentes que merecen protección
internacional. Los países desarrollados de occidente dejaron de apreciar
una ventaja estratégica en la protección de fugitivos de regímenes
comunistas.
40. Uno
de los factores que más ha incidido en el aumento de la migración ha sido
la creciente disparidad en los niveles de vida y beneficios sociales y
laborales (acceso a educación, servicios de salud y pensiones) entre los
países desarrollados y los países en desarrollo. Aunque diferencias entre
países ricos y pobres han existido siempre, en las últimas dos décadas la
disparidad ha tendido a acentuarse. Uno de los aspectos que ilustra mejor
esta tendencia es la evolución de las remuneraciones: mientras en los
países desarrollados los salarios han tendido a subir, en la mayoría de
los países en desarrollo han tenido alzas leves, se han mantenido
estacionarios o, en numerosos casos, incluso han caído. A modo de ejemplo,
en 1980 la diferencia en el salario por una hora de trabajo de un obrero
de manufacturas chino y otro estadounidense era de 1:36 (US$ 0.25 a US$
9.87); en 1995, la relación se disparó a 1:72 (US$ 0.25 contra US$17.20).
De modo similar, en 1996, un obrero mexicano podía ganar en promedio hasta
nueves veces más trabajando en Estados Unidos. Estas enormes disparidades,
naturalmente, han redundado en mayores índices de migración.
41. Los
cambios tecnológicos han tenido también una enorme repercusión en el
aumento de la migración. La masificación del tránsito aéreo unido a
mejoras en el transporte terrestre y marítimo, han facilitado la migración
al reducir el costo y aumentar la eficiencia del transporte. Asimismo, la
creciente penetración de los medios de comunicación ha permitido a una
mayor cantidad de personas en los países en desarrollo enterarse de las
condiciones de vida en los países desarrollados. Seducidos no sólo por las
oportunidades económicas sino también por nuevos patrones culturales
transmitidos por la televisión, el cine o la música popular, muchas
personas han decidido emigrar de sus países. Adelantos tecnológicos,
especialmente la reducción en el costo de las comunicaciones, por otro
lado, han permitido a las personas que migran establecer un contacto mucho
más fluido con sus familias en sus países de origen. Estas condiciones han
reducido la sensación de aislamiento y transculturación de los migrantes,
convenciendo a muchos de que es posible probar fortuna en otro país.
42. La
reciente aparición de organizaciones transnacionales dedicadas al tráfico
de personas también ha estimulado en forma notable la migración. Gracias a
sofisticados recursos y a un acabado conocimiento de los mecanismos de
control inmigratorio, estos grupos han sido capaces de burlar la
vigilancia de las autoridades y de introducir ilegalmente a países de
destino a cientos de miles de migrantes. Asimismo, estas organizaciones
han fomentado la migración al reclutar mujeres y niños de países en
desarrollo para actividades ilegales, entre ellas la prostitución.
43.
Factores sociales también han afectado el fenómeno migratorio. Un elemento
que ha contribuido de modo notable al crecimiento de la migración ha sido
el aumento del número de mujeres migrantes. De manera creciente, muchas
mujeres han comenzado a migrar siguiendo a sus maridos y familias. De
forma gradual, sin embargo, muchas otras han empezado a migrar por su
cuenta. Es importante consignar que históricamente las mujeres
representaban un porcentaje menor del número total de migrantes. Hoy en
día, sin embargo, ellas representan el 47.5% del número total de migrantes
en el mundo. El hecho de que millones de mujeres hayan engrosado las filas
migratorias no sólo ha incrementado el número total de personas que
migran, sino que también ha transformado de forma radical este fenómeno
social.
44.
Otro elemento que contribuye de forma importante al crecimiento de la
migración es el desarrollo de comunidades de migrantes. Estas últimas
ejercen un efecto de imán, ya que a través de canales informales diseminan
información, por ejemplo, acerca de las reglas de inmigración, el mercado
de trabajo o de vivienda. De este modo, incentivan y facilitan que un
mayor número de personas intenten migrar.
45. Por
último, es importante consignar que, de manera creciente, catástrofes
naturales como terremotos, sequías, inundaciones, huracanes, están
contribuyendo a incrementar el número de migrantes. Si bien estos
desastres han generado históricamente movimientos migratorios, gracias a
que los adelantos tecnológicos facilitan la migración hoy más que nunca
las personas simplemente abandonan sus países luego de grandes desastres
naturales.
En el hemisferio americano se han dado casos paradigmáticos como el
Huracán Mitch de 1998 que catapultaron la migración de miles de
centroamericanos, sobre todo a México, Estados Unidos y Canadá
Tendencias en el Hemisferio
46. En
el hemisferio, la migración ha experimentado un aumento apreciable en las
últimas décadas. Al igual que en el resto del mundo, este crecimiento se
debe a factores económicos y políticos que han alimentado históricamente
la migración, pero también a cambios en ciertos patrones culturales y
sociales. Las fuentes migratorias tradicionales, especialmente el éxodo de
mexicanos a Estados Unidos, han mantenido o incluso aumentado su volumen.
Además de estos focos tradicionales, sin embargo, en los últimos años han
surgido varias nuevas vertientes migratorias, sobre todo en Sudamérica.
48.
Asimismo, una cifra indeterminada pero muy significativa de personas entra
sin documentación a Estados Unidos. Según la Organización Internacional
del Trabajo (OIT), alrededor de 5 millones de personas indocumentadas
vivían en Estados Unidos en 1996.
Por otro lado, de acuerdo a un informe del INS, citado por la OIM, el
número de migrantes indocumentados crece en 275.000 personas cada año.
Más de la mitad de los migrantes indocumentados en Estados Unidos son
mexicanos (es importante señalar que trabajadores mexicanos históricamente
han migrado a Estados Unidos en busca de mejores condiciones laborales).
Un número significativo, pero bastante menor de inmigrantes
indocumentados, proviene de Centro América. A raíz de la crisis política
que afectó a Centro América en la década de los ochenta, salvadoreños,
guatemaltecos y nicaragüenses comenzaron a emigrar en gran número a
Estados Unidos. Tras una caída significativa a principios de los noventa,
el éxodo de centroamericanos a Estados Unidos volvió a incrementar como
resultado de la devastación provocada por el huracán Mitch en 1998.
Canadienses, haitianos, dominicanos, jamaiquinos, bahameses, así como un
número importante de sudamericanos, la mayoría de la región andina,
también regularmente migran a Estados Unidos.
49.
Aunque mucho menor, otro polo tradicional de migración en el hemisferio es
Canadá. A diferencia de Estados Unidos, sin embargo, chinos, indios,
taiwaneses y filipinos, y no mexicanos, centroamericanos o caribeños
constituyen la principal fuente de inmigración en Canadá. Entre los
americanos, los salvadoreños y haitianos son los grupos inmigratorios más
importantes. Canadá también recluta de forma temporal cada año a casi
300,000 trabajadores agrícolas, la mayoría mexicanos.
50.
México es otro importante país receptor en la región, sobre todo de
guatemaltecos, hondureños, nicaragüenses, panameños, colombianos y
venezolanos. Muchas de estas personas emigran a México atraídas por
mayores salarios, otras para huir de la violencia o bien porque desean
continuar viaje a Estados Unidos.
Por otro lado, el Gobierno de México indica que cerca de 330.000
estadounidenses indocumentados residen en su territorio.
La migración de haitianos a República Dominicana, así como
centroamericanos a Costa Rica, particularmente
nicaragüenses, son otras dos fuentes importantes de migración en el Caribe
y Centro América.
51. En
Sudamérica, Argentina y Venezuela atraen el mayor número de migrantes.
Argentina alberga casi 2 millones de inmigrantes, más de la mitad de
América Latina. Cifras de OIM indican que el número de inmigrantes
latinoamericanos en Argentina subió de 571.000 en 1970 a 818.000 en 1991.
Estas personas migran atraídas por mejores condiciones salariales,
especialmente de Chile (la mayoría trabajadores zafrales en la Patagonia),
Bolivia, Paraguay, Brasil y Uruguay (en su mayoría trabajadores
calificados).
En Venezuela, en tanto, viven casi un millón de inmigrantes, la mayoría no
autorizados. En su gran mayoría provienen de Colombia, pero también de
Perú y Ecuador.
52.
Aunque menos importante que Argentina y Venezuela, Brasil también atrae un
vasto número de migrantes. Se calcula que hoy en día 800,000 extranjeros
viven en Brasil, la mayoría paraguayos, bolivianos y peruanos, y en menor
medida argentinos y uruguayos.
Otro receptor tradicional de migración en Sudamérica es Paraguay, donde
residen entre 350- 400, 000 trabajadores migratorios, la mayoría
brasileños indocumentados (brasiguaios).
53. En
la región han surgido en el último tiempo nuevas vertientes migratorias.
La difícil situación que vive Colombia, donde un incremento importante en
la violencia ha coincidido con una aguda crisis económica, ha generado un
éxodo importante de colombianos, principalmente a Estados Unidos, México,
Panamá y Europa. Una aguda crisis económica y política ha provocado una
salida masiva de ecuatorianos a Argentina y España. La inestabilidad
política y los problemas económicos en el Perú, por otro lado, han
precipitado la emigración de entre 350.00 a 500.000 peruanos a Japón,
Europa, Estados Unidos, Argentina y últimamente a Chile. De modo similar,
problemas económicos en Argentina y Uruguay han llevado a que muchas
personas, algunas con alta calificación profesional, emigren a Estados
Unidos, Europa y en menor medida a México. En este sentido, el caso de
Chile es paradigmático. Tradicionalmente un país de origen de migrantes,
Chile ha comenzado a absorber un número creciente de extranjeros, entre
ellos cubanos, ecuatorianos y peruanos, debido a un alza en el nivel de
salarios generado por un largo período de crecimiento económico.
54. El
hecho de que muchos países del hemisferio se hayan transformado en lugares
de tránsito de migrantes es una característica nueva y muy interesante.
Por México, Guatemala, Honduras, Costa Rica, Nicaragua y El Salvador,
pasan cada año miles de centroamericanos, caribeños y sudamericanos rumbo
a Estados Unidos o Canadá. En Sudamérica se da un fenómeno similar.
Peruanos y ecuatorianos atraviesan territorio boliviano o chileno para
entrar a Argentina y Colombia y Centro América camino a Estados Unidos. Un
fenómeno notable tiene que ver con la llegada de un número importante de
migrantes extra regionales a diversos países del hemisferio. De acuerdo a
estadísticas entregadas por diversos gobiernos a esta relatoría,
asiáticos, africanos y personas de Europa del Este arriban con el objetivo
de proseguir viaje a Estados Unidos, Canadá u otros destinos.
55.
Otra tendencia importante que se aprecia en el hemisferio tiene que ver
con la firma de acuerdos bilaterales o multilaterales entre los Estados.
Estos acuerdos, algunos de larga data, otros muy recientes, tienen como
fin ayudar a los Estados a regularizar la migración de trabajadores
migratorios y sus familias a través de la coordinación de políticas. Hoy
por hoy existen en la región más de una decena de convenios migratorios
intergubernamentales. Entre los acuerdos bilaterales más importantes
podemos mencionar los firmados entre Canadá-México; Estados Unidos-México;
República Dominicana-Haití; Bolivia-Argentina; Costa Rica-Nicaragua;
Colombia-Venezuela y Perú-Argentina. Entre los acuerdos multilaterales más
importantes en materia de migración destacan los firmados por los países
del Mercosur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay);
y el Pacto Andino (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela).
Políticas
Migratorias y Violaciones de Derechos Humanos
56.
Para discutir de manera crítica la violación de los derechos humanos de
trabajadores migratorios miembros de sus familias en el hemisferio, es
preciso comenzarr por entender la naturaleza de la migración como fenómeno
social. En este sentido, es importante recalcar que la violación a los
derechos fundamentales de estas personas no se da en el vacío, sino que es
parte de un contexto y está vinculada a las políticas migratorias de los
Estados. La migración es un proceso complejo de múltiples repercusiones
políticas, sociales, culturales y económicas que involucra diversos
actores cuyos intereses difieren. Estos actores son, por una parte, los
Estados que regulan la entrada y la salida de personas para garantizar sus
intereses, y por otra, individuos y sus familias que migran porque aspiran
a mejorar sus condiciones de vida. Entre los Estados, como ya se mencionó,
es posible distinguir entre países receptores, de origen y de tránsito de
migrantes.
57. Los
países receptores intentan regular la entrada de extranjeros dependiendo
de factores económicos, sociales y también políticos. Durante ciclos de
expansión económica, estos Estados tienden a promover la inmigración para
suplir la escasez de mano de obra. A este respecto, mientras algunos
países promueven la emigración de personas calificadas, otros incentivan
la de mano de obra no calificada para cubrir puestos de trabajo que la
población local no está dispuesta a ocupar. Países con tasas de
crecimiento poblacional muy bajas o negativas y que se caracterizan por
tener un alto porcentaje de personas en edad de jubilar tienden a promover
la inmigración, ya que necesitan incrementar la fuerza laboral. Asimismo,
muchos países necesitan de trabajadores para aumentar el número de
personas que aportan a los sistemas previsionales para así poder mantener
el nivel de prestaciones a sus afiliados como jubilaciones o pensiones
vitalicias. Durante ciclos de contracción económica, por el contrario, los
Estados receptores imponen restricciones a la entrada de extranjeros en
vista del exceso de oferta en el mercado laboral y que muchas veces tiende
a reflejarse en altas tasas de desempleo.
58.
Criterios políticos también determinan la posición de los Estados
receptores con respecto a la inmigración. Como norma general, los Estados
restringen la entrada de extranjeros cuando la población local comienza a
manifestar inquietud o incluso malestar ante la presencia de inmigrantes.
Tal actitud por parte de la población local puede deberse a que un exceso
de mano de obra producto de la entrada de extranjeros puede provocar una
baja en las remuneraciones en el mercado de trabajo. Asimismo, puede
obedecer a cierta ansiedad que la presencia de extranjeros sobrecargue
servicios sociales prodigados por el Estado concebidos como beneficios
sólo para los ciudadanos del país. Los Estados muchas veces restringen la
inmigración cuando les preocupa que la presencia de extranjeros cambie los
patrones culturales imperantes de un modo impredecible o simplemente
indeseable. En muchos países, sobre todo los que tienen una población
homogénea, la presencia de extranjeros con religión, apariencia y
costumbres distintas puede llegar a generar mucha inquietud en la
población local. Los Estados son muy sensibles a este tipo de
manifestaciones; por ello, cuando la opinión pública manifiesta su
malestar y demanda acciones concretas para restringir la llegada de
extranjeros, los gobiernos tienden a implementar medidas anti-inmigratorias.
Por el contrario, cuando la opinión pública se manifiesta en forma
abrumadora en favor de acoger extranjeros, muchas veces como una medida
humanitaria, los Estados tienden a flexibilizar las normas inmigratorias.
Los Estados también reducen las restricciones inmigratorias ante la
presión de ciertos grupos influyentes. Muchas veces sectores empresariales
que requieren de trabajadores migratorios, ya sea porque hay un déficit en
la mano de obra o porque les conviene contratar trabajadores foráneos que
resultan menos onerosos, presionan a favor de una política de inmigración
más permisiva.
59. Al
igual que los países receptores, los Estados de origen de los migrantes
promueven la emigración de sus nacionales de acuerdo a diversos intereses.
Para estos Estados la inmigración muchas veces representa una válvula de
escape para problemas sociales. Países pobres caracterizados por una vasta
población y tasas de desempleo estructurales promueven la emigración de
mano de obra no calificada para aliviar presiones sobre sus servicios
sociales. En ciertas ocasiones, algunos gobiernos llegan incluso a
promover la fuga de cerebros si es que el mercado de trabajo no es capaz
de absorber personal calificado. Los países de origen también pueden estar
interesados en promover la emigración para asegurar las remesas enviadas
por sus ciudadanos. Para muchos de los países las remesas constituyen una
importante fuente de divisas. Por otra parte, las remesas muchas veces
representan también un valioso instrumento de política macro económica:
varios países, de hecho, las ocupan para cuadrar balanzas de pagos
deficitarias. Entre las razones políticas, los Estados de origen pueden
promover la inmigración para deshacerse de detractores, o bien para
incentivar la formación de personal calificado en el extranjero.
60. Los
Estados de tránsito comparten algunos de los temores de los países de
recepción de migrantes. Aunque gran parte de estas personas entran a su
territorio sin la intención de quedarse, muchas veces la llegada masiva de
extranjeros puede repercutir de modo negativo en la economía o afectar la
convivencia pública. Uno de los problemas más difíciles que estos países
tienen que enfrentar es la presión de los países receptores, generalmente
más ricos y poderosos, que les exigen endurecer sus políticas
inmigratorias para restringir la entrada de extranjeros a sus territorios.
Ceder ante estas peticiones, sin embargo, muchas veces fricciona las
relaciones de estos Estados con países de origen que reclaman por el trato
que reciben sus nacionales en los países de tránsito.
61. Por
último, como ya se enfatizó, los flujos migratorios también dependen en
parte de los propios migrantes. Son diversas las razones que empujan a las
personas a migrar. Gente sale de sus países en busca de un futuro mejor,
huyendo de violencia, guerra, pobreza o de la falta de oportunidades
económicas. Es importante recalcar, sin embargo, que la motivación de las
personas a inmigrar trasciende razones políticas y económicas. Muchas
personas emigran para elevar su estatus social. En el caso de mujeres y
minorías religiosas o étnicas, la emigración en ocasiones implica la
posibilidad de obtener igualdad y un trato más digno.
62.
Como se ha señalado, la migración es un proceso complejo cuya naturaleza y
características dependen de los intereses económicos, políticos, sociales
y culturales tanto de Estados receptores, de tránsito y origen, como
también de las motivaciones y aspiraciones de los propios migrantes. Este
es el contexto en que se dan los problemas de violaciones a los derechos
humanos a migrantes, ya sea de personas que piden asilo político o
trabajadores migratorios y sus familias. La mayor parte de dichas
violaciones tienen lugar en los países de recepción y tránsito. En este
sentido, es importante entender el dilema al que se ven expuestos estos
países. Al tratar de regular la inmigración de acuerdo a sus intereses y
prioridades, dichos Estados tropiezan con un problema político y ético de
muy difícil solución. En el diseño de cualquier política de inmigración,
los Estados están forzados a reconciliar dos principios fundamentales pero
contrapuestos: por un lado, su derecho a regular la entrada de personas a
su territorio de acuerdo a sus necesidades, en otras palabras, de ejercer
su soberanía; y por otro, respetar la dignidad intrínseca y el derecho de
millones de seres humanos que buscan emigrar de sus países en busca de
mejores condiciones de vida para ellos y sus familias.
63.
Hasta ahora, esta contradicción se ha resuelto claramente en favor de los
Estados los que, parapetados en el principio de la soberanía, limitan la
entrada de extranjeros a su arbitrio. Es interesante subrayar, sin
embargo, que los Estados propugnan que la emigración es una aspiración
legítima, y por ello, abogan por suprimir cualquier restricción a la
salida de personas de sus países de origen.
Al tratar de controlar la inmigración, sin embargo, los Estados a menudo
violan derechos fundamentales de los migrantes. Dichos abusos afectan a
gente que ha entrado en forma legal, pero de manera aún más acentuada a
trabajadores indocumentados y refugiados. Las violaciones a los derechos
humanos de inmigrantes y trabajadores migratorios muchas veces obedecen al
deseo deliberado de los Estados de desincentivar la inmigración.
64. A
este respecto, es preciso recalcar que inmigrantes y trabajadores
migratorios se encuentran en una condición muy vulnerable. Estas personas
muchas veces ignoran las leyes y el idioma del país receptor y en varias
ocasiones deben enfrentar abierta hostilidad por parte de la población,
incluso de las autoridades. La situación es particularmente grave en el
caso de los migrantes indocumentados, cuya situación inmigratoria los
expone aún más a abusos. De hecho, dada la situación particular de los
migrantes se sostiene que estas personas enfrentan una condición de
vulnerabilidad estructural.
A raíz de ella, los migrantes están expuestos a una serie de atropellos.
Entre ellos se pueden mencionar arrestos arbitrarios y la ausencia de
debido proceso; deportaciones masivas; discriminación para concesión de la
nacionalidad o para acceder a servicios sociales a los que extranjeros
tienen derecho por ley; condiciones de detención infrahumanas; apremios
ilegítimos por parte de autoridades como policías y funcionarios de
inmigración; y completa indefensión cuando son expuestos a condiciones de
explotación por parte de empleadores inescrupulosos. Estas situaciones
afectan de forma particular a las mujeres y niños migrantes, quienes están
además expuestos a excesos como acoso sexual, golpizas y condiciones de
trabajo deficiente.
65. Un
fenómeno preocupante, no necesariamente vinculado con los Estados, pero
que vulnera de modo directo la situación de los migrantes, es el aumento
de las mafias dedicadas al tráfico de personas. Dado su poder y recursos
estas organizaciones se han transformado en un problema grave. Un estudio
reciente indica que el contrabando de personas a Estados Unidos es un
negocio que mueve cada año alrededor de 3 mil millones de dólares
estadounidenses.
Es importante recalcar que estas organizaciones delictivas no sólo lucran
de forma ilícita, sino que a menudo maltratan, estafan o despojan a
migrantes desesperados que contratan sus servicios. Además, en su afán de
burlar la vigilancia de las autoridades, estas organizaciones muchas veces
exponen a personas, incluidos mujeres, ancianos y niños, a peligros
innecesarios que a veces terminan de forma fatal. Por ejemplo, traficantes
de migrantes en ocasiones abandonan a sus clientes en el desierto o en el
mar o los transportan en camionetas o contenedores en condiciones de
hacinamiento tal que pueden llevarlos a morir por asfixia.
66.
Otro fenómeno muy preocupante relacionado con la aparición de mafias
dedicadas al tráfico de personas es la criminalización de las fronteras.
De forma creciente, las fronteras, sobre todo las caracterizadas por
grandes flujos de personas, se han transformado en lugares muy peligrosos
donde operan una serie de bandas criminales. Estos grupos aprovechan la
condición de vulnerabilidad de los migrantes para cometer todo tipo de
fechorías como robos, asaltos, violaciones, extorsión, pillaje y
asesinatos. La delincuencia, sin embargo, no solamente se remite a bandas
criminales, sino, por desgracia, muchas veces también se extiende a
funcionarios corruptos que roban, abusan y extorsionan a trabajadores
migrantes. La actitud de estas personas en muchos lugares fronterizos no
hace más que agravar la situación general de inseguridad en las áreas
fronterizas.
Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos de los Trabajadores
Migratorios
67.
Hasta ahora los esfuerzos internacionales para enfrentar el problema
creado por la creciente violación de los derechos humanos de millones de
migrantes en todo el mundo han sido más bien modestos. Existen una serie
de tratados y acuerdos internacionales que prodigan garantías generales a
todas las personas, y que se extienden, por ese solo hecho, a quienes
migran como la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas.
Del mismo modo, varios artículos de la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos
Humanos protegen de manera genérica los derechos de estas personas.
De modo más específico, los convenios 97 (revisado) de 1949 y 143 de 1975
de la OIT brindan ciertas garantías de protección a los trabajadores
migratorios y sus familias. Sin embargo, estos convenios han sido
ratificados por pocos países (41 en el caso del convenio 97 y 18 en el del
convenio 143).
A nivel del sistema de Naciones Unidas, se han desarrollado una serie de
iniciativas. Primero, la Asamblea General aprobó la “Convención
Internacional de Protección de los Derechos de los Trabajadores
Migratorios y los Miembros de sus Familias” en 1990. Más tarde, en 1997,
la Asamblea General creó un Grupo Especial de Expertos para tratar el tema
de los derechos humanos de los trabajadores migratorios, compuesto por
cinco reputados investigadores y encabezado por Jorge Bustamante.
Dos años después, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU nombró a
Gabriela Rodríguez Pizarro como Relatora Especial de Naciones Unidas sobre
los Derechos Humanos de los Trabajadores Migratorios.
Asimismo, recientemente en el marco de la Convención de Naciones Unidas en
Contra de la Delincuencia Organizada Transnacional, varios Estados
suscribieron el Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por
Tierra, Mar y Aire.
68.
Entre sus puntos principales, la Convención Internacional de Protección de
los Derechos de los Trabajadores Migratorios y los Miembros de sus
Familias busca ampliar los mecanismos de protección para los trabajadores
migratorios y sus familias, sobre todo en los siguientes temas:
condiciones de explotación y discriminación; control del tráfico ilegal de
personas; y creación de lineamientos claros con relación a los beneficios
sociales a los que debieran tener acceso estas personas. Lamentablemente,
a más de diez años de su aprobación, la Convención no ha podido entrar en
vigencia ya que hasta ahora sólo ha sido ratificada por 16 países
(Azerbaiján, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Cabo Verde, Egipto, Ghana,
Guinea, México, Marruecos, Filipinas, Senegal, Las Islas Seychelles, Sri
Lanka, Uganda y Uruguay) y firmada por otros diez ( Bangladesh, Chile,
Comoros, Guatemala, Guinea-Bissau, Paraguay, Sao Tomé y Príncipe, Sierra
Leona, Tayikistán y Turquía).
69. El
bajo nivel de ratificación y sobre todo el hecho de que no la ha suscrito
ningún país desarrollado, ni siquiera los más progresistas en materia de
legislación internacional en derechos humanos, como Suecia, Dinamarca,
Noruega, Holanda y Finlandia, le han restado cierta legitimidad al
documento. Muchos países se han negado a firmar la Convención porque
sienten que es un instrumento excesivamente generoso, sobre todo en cuanto
a la extensión de beneficios sociales a extranjeros, incluso
indocumentados. En este sentido, muchos Estados se niegan a ratificar el
instrumento porque temen que éste no sólo restringiría su capacidad para
regular los flujos migratorios de acuerdo a necesidades e intereses, sino
que también generaría mucha inquietud en la ciudadanía, sobre todo en
circunstancias en que el número de migrantes ha crecido y la economía
mundial muestras signos de debilidad.
70. La
falta de apoyo por parte de los países se traduce en que los trabajadores
migratorios y los miembros de sus familias se encuentran en una situación
de indefensión. En su último informe, Gabriela Rodríguez Pizarro enfatiza
este problema al advertir que con respecto a este grupo existe un vacío
importante en la jurisprudencia internacional de derechos humanos. La
Relatora Rodríguez manifiesta que “el régimen casi universal de protección
a los refugiados permite reconocer y remediar las violaciones de los
derechos civiles y políticos sobre todo cuando amenazan la vida y la
seguridad de las personas de tal modo que éstas se sienten obligadas a
huir de su país. Pero no existe igual reconocimiento de las violaciones de
los derechos económicos, sociales y culturales, que también pueden ser tan
graves que obliguen a las personas a huir de sus lugares de origen. No se
reconoce, por lo tanto, la necesidad de proteger de alguna medida a las
personas que no quieran o no puedan volver a situaciones en las que a
falta de derechos económicos, sociales y culturales hace la supervivencia
precaria o imposible.”
71. Como se señaló con anterioridad, algunos países han formado grupos
de trabajo para intercambiar ideas y ver cómo abordar el problema
presentado por los trabajadores migrantes. Los quince miembros de la Unión
Europea, que han avanzado en la armonización de sus políticas de
inmigración a través de la firma de la Convención de Dublín sobre Asilo
(1997) y del Tratado de Amsterdam (1999), han discutido por ejemplo
medidas para asegurar que el trato a los migrantes se lleve a cabo de
acuerdo a los estándares fijados por la Convención Europea de Derechos
Humanos. El Consejo de Europa también ha aprobado resoluciones y
declaraciones en las que fija normas y principios para determinar el trato
de trabajadores migratorios.
Iniciativas como éstas, sin embargo, lamentablemente constituyen una
excepción.
72. A modo de resumen, esta sección de nuestro informe
examinó de forma general el marco en el que ocurren las violaciones de
derechos humanos de trabajadores migratorios y sus familias. A este
respecto, se hizo hincapié en que la migración es un proceso complejo de
múltiples repercusiones políticas, sociales y económicas que involucra
diversos actores como Estados y migrantes. Las violaciones a los derechos
humanos de trabajadores migrantes, como se indicó, obedecen a veces al
deseo premeditado de los Estados de limitar la inmigración. Del mismo
modo, se indicó que los trabajadores migratorios y sus familias padecen de
una vulnerabilidad estructural la que los expone a múltiples abusos. Por
último, se indicó que en materia de jurisprudencia internacional existe un
vacío preocupante en cuanto a la protección de trabajadores migratorios.
La falta de instrumentos que garanticen los derechos de estas personas
deriva en gran medida de la reticencia de los Estados a firmar acuerdos
que podrían limitar su capacidad para controlar la inmigración y
comprometerlos a otorgar una serie de derechos y beneficios a extranjeros.
V.
DISCRIMINACIÓN, XENOFOBIA Y RACISMO EN CONTRA DE
LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS EN EL HEMISFERIO
73.
Mary Robinson, Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones
Unidas, recientemente declaró que la migración a gran escala ha provocado
un aumento preocupante de casos de racismo y xenofobia.
Uno de los grupos más afectados por este problema son los trabajadores
migratorios y sus familias quienes, independientemente de su condición
legal, son comúnmente el blanco de actos de discriminación o de
manifestaciones racistas o xenófobas. Como reflejo de esta
tendencia, un número significativo de países han experimentado en los
últimos años incidentes extremadamente serios de xenofobia. En Europa, por
ejemplo, en países como Alemania, Francia, Austria, e Italia, grupos de
ultra derecha han perpetrado violentos ataques en contra de trabajadores
migratorios de origen africano, turco, europeo del este o latino. En
Libia, el
año
pasado la población local organizó violentos pogroms en contra de
trabajadores visitantes de Ghana, Nigeria y Chad. Trabajadores migratorios
de Bangladesh e Indonesia han recibido cruentas golpizas en Malasia. En
Sudáfrica, en tanto, trabajadores migratorios de Angola, Mozambique, la
República Democrática del Congo, entre otros, han sido asesinados o
linchados por la población local.
74.
Aunque en la gran mayoría de los países del mundo las manifestaciones
xenofóbicas en contra de trabajadores migratorios son menos
espectaculares, no por ello dejan de ser preocupantes. Trabajadores de
origen extranjero son a menudo discriminados en el mercado de trabajo y se
restringe severamente su acceso a la vivienda, servicios sociales y
justicia. Más aún, deben soportar evidente hostilidad por parte de la
población local. En su forma más benigna, ésta se manifiesta en burlas o
insultos, En su forma más nociva, dicha oposición se transforma en
estigmatización social: los migrantes muchas veces son injustamente
asociados a toda clase de actividades delictuales o bien son tildados de
haraganes, abusivos que tratan de sacar provecho de los servicios
prodigados por el Estado receptor.
75. De igual modo,
los trabajadores migratorios y sus familias son a menudo hostigados o
maltratados por las propias autoridades. En varios países, la policía
controla de manera regular la documentación de los trabajadores
migratorios también realiza redadas en lugares donde extranjeros se reúnen
o residen, muchas veces sin que haya un motivo aparente para tal
vigilancia. Los extranjeros son arrestados en repetidas ocasiones sin
motivo, golpeados o insultados por las autoridades. Peor aún, muchas
mujeres migrantes denuncian regularmente que han sido violadas por la
policía. Por otro lado, la policía muchas veces no interviene cuando la
población local fustiga o maltrata a trabajadores extranjeros, o bien
simplemente se niega a investigar denuncias de maltrato interpuestas por
trabajadores extranjeros.
Por último, en numerosos países se promulgan legislaciones y se mantienen
prácticas discriminatorias en contra de trabajadores extranjeros,
incluyendo parcialidad en el otorgamiento de visados y reglamentaciones
abiertamente discriminatorias para insertarse en el mercado laboral.
76. Al
igual que la migración, el racismo, la xenofobia y otras formas de
discriminación son fenómenos sociales bastante complejos. Por ello, nos
parece pertinente explicar, aunque sea de manera breve, la naturaleza de
dichas manifestaciones, y en particular como éstas pueden afectar la
política migratoria de los Estados. De acuerdo a la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación
Racial de Naciones Unidas,
la discriminación es “toda distinción, exclusión, restricción o
preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o
étnico que tenga por objeto o por resu |